Ingeniería social: legislación divorcista

En un artículo anterior traté sobre la historia en España del matrimonio civil, el cual mantuvo la indisolubilidad como característica hasta el advenimiento de la Segunda república (1931).

En febrero de 1932 el parlamento aprobó el divorcio, por disenso de los cónyuges, o a petición de uno de ellos. Basado en el modelo francés (leyes de 1884, 1893, 1904 y 1908), fue un liberal progresista y masón el ministro de Justicia firmante de esta ley revolucionaria, Álvaro de Albornoz Liminiana, diputado de Izquierda republicana. En el debate en las cámaras, el diputado socialista masón Juan Simeón Vidarte fue el encargado de defender el proyecto. Calificó de “bello sueño” la unión indisoluble entre marido y mujer, afirmando que la mayoría de los matrimonios no necesitan una ley de divorcio, pero que los que viven desunidos ya se han acogido a lo que la Iglesia llama “divorcio imperfecto”, criticando que esta combata el divorcio y permita a la vez los abusos e imperfecciones de las causas de nulidad, y pidiendo para esos matrimonios una resolución adecuada. Llama la atención cómo el ponente, que refleja muy bien el pensamiento sobre el tema de la mayoría parlamentaria de la izquierda (tanto liberal como marxista), considera que el divorcio vincular puede incluso consolidar la unión de los matrimonios convivientes, y lo reserva para aquellos que ya se han roto, siendo partidario de la teoría “de la causalidad objetiva” como motivación de divorcio. También hay que registrar como se opone a los motivos clásicos de culpabilidad (adulterio, bigamia, crueldad), postulando la voluntad de uno de los cónyuges (“discrepancia objetiva”) como motivo suficiente de ruptura, y oponiéndose a los que consideraban que eso era romper un contrato matrimonial de forma unilateral, ya que consideraba que “el contrato matrimonial es de especie muy singular, no equiparable a otros contratos”. Vale la pena quedarse con esta afirmación del diputado socialista: “parece como si siguiéramos entendiendo que el divorcio es un mal, cuando en realidad, es el remedio de un mal”.

Esta concepción filosófica de la ruptura permite comprender cómo el divorcio se convierte en la contraposición de dos visiones opuestas sobre el matrimonio: en su respuesta a este proyecto, el diputado y canónigo Guallar se hace eco de la doctrina católica y afirma que la ley del divorcio no iba a solucionar ningún problema sino a dar “mayores facilidades para el estrago”, y concluye “al legislador le importa más la discordia definitiva que la reconstrucción del hogar”. Una auténtica revolución, no sólo política, sino social, y muy relacionada con el intento de acabar con la influencia de la Iglesia católica en la población, que no tenía en cuenta las consecuencias a largo plazo que esta ley podría acarrear.

La ley de septiembre de 1939, ya finalizada la guerra, derogó la ley de divorcio vincular de la Segunda República, estableciendo normas que anulaban algunos divorcios y regulaban la disolución de otros matrimonios, y restablecía la ley vigente anteriormente. Esta disposición produjo numerosos conflictos, siendo no poco frecuente el caso de personas que habían contraído matrimonio civil al amparo de la ley de 1932, divorciándose después y contrayendo posteriormente matrimonio canónico con una tercera persona, dándose bigamias formales. La abultada colección de sentencias sobre estos casos, que se prolongaron durante más de 30 años, determinó en general la validez legal del matrimonio civil “republicano”, aunque no se penó el matrimonio canónico posterior como delito de bigamia por falta de malicia.

Tras la muerte del general Franco y la apertura de un periodo constituyente, el Partido Socialista Obrero y el Partido Comunista propusieron en sus programas políticos para las elecciones de junio de 1977 la aprobación de una ley que permitiera la disolución del vínculo conyugal civil. La Constitución aprobada en 6 de diciembre de 1978 recogía en su artículo 32: “la ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de disolución y separación, y sus efectos”.

Según una encuesta del CIS de 1979, citada por Inés Alberdi (Historia y sociología del divorcio en España, CIS, Madrid, 1979, pag 128), ese año el 55% de los españoles estaban a favor de legalizar el divorcio si concurrían circunstancias graves, el 37% se oponían en cualquier caso, y sólo el 8% de los que contestaron la encuesta aceptaban el divorcio por mutuo consenso.

Tras las elecciones de marzo de 1979, el democristiano Íñigo Cavero fue elegido por el presidente Adolfo Suárez para ocupar la cartera de Justicia y preparar el proyecto de ley de divorcio civil que había ofertado el partido triunfador (Unión de Centro Democrático) en su programa electoral. El proyecto de Cavero presentado a las Cortes el 13 de marzo de 1980 estipulaba la disolubilidad del vínculo por motivos graves en los casos de abandono injustificado del hogar, adulterio, conducta injuriosa o violación grave de los deberes conyugales o respecto a los hijos comunes, condena a prisión superior a 6 años de un cónyuge, toxicomanía, alcoholismo, o enfermedades mentales importantes. Se exigía un período de separación previo variable (hasta de 4 años), se impelía a los contrayentes a buscar la reconciliación, y se admitía que el juez podía denegar el divorcio cuando podía producir perjuicio grave al otro contrayente o, sobre todo, a los hijos.

No obstante, la convulsa situación provocada dentro del partido gobernante llevaría a la sustitución de Cavero en septiembre de 1980 por el socialdemócrata Francisco Fernández Ordoñez. El nuevo ministro de Justicia rehizo completamente el proyecto en un sentido netamente progresista, en cuyo preámbulo se especificaba que el propósito de la nueva legislación divorcista era la “ruptura” con el pasado, no se sabe si aludiendo a la dictadura del Movimiento Nacional franquista (del cual había sido secretario general el presidente de su partido) o de la Tradición católica. Básicamente se facilitaba la ruptura del vínculo: era suficiente la petición de una parte y consentimiento de la otra (no era necesario mutuo acuerdo), bastaba con haber transcurrido un año desde el matrimonio, con una separación de hecho de 2 años (en vez de 4), no se exigían las causas de “quiebra profunda e insuperable de la convivencia” que incluía el proyecto de Cavero, incluso podía tramitarse el divorcio a petición de una sola parte sin consentimiento de la otra si concurrían ciertas circunstancias (separación previa consentida, ausencia legal del otro cónyuge o resolución judicial firme). Una causa de divorcio unilateral llamativa era la demostración del cese efectivo de la convivencia durante 6 meses, si el otro cónyuge no solicitaba medidas previsorias ante el juzgado, aunque no hubiese consentido de ningún modo.

El nuevo proyecto fue presentado en el parlamento del 17 de marzo de 1981. En su discurso, Fernández Ordoñez aludió a los cambios profundos en la estructura de la familia, que había pasado de ser “unidad de producción a unidad de consumo”, dijo que la libertad sexual había sido una revolución comparable a la libertad de pensamiento, que las tasas de nupcialidad se habían desplomado, aumentando las parejas de hecho y los hijos extramatrimoniales. Afirmó que su proyecto se basaba en la aconfesionalidad del estado, y que el hecho de que hubiese una mayoría católica no podía esgrimirse como razón para “evitar el cambio”. Asimismo, consideraba que la crisis familiar no tendría su origen en esta ley sino en otras causas: “no tiene sentido la negativa al divorcio basada en la defensa de la familia. A la familia la ha deshecho mucho antes el desamor, el abandono, el adulterio, el desamparo”.

La ley, aprobada por el parlamento el 22 de junio de 1981 (siendo ya presidente Leopoldo Calvo Sotelo) con los votos de socialistas, comunistas y nacionalista junto a los socialdemócratas de UCD (y la ausencia deliberada de algunos dudosos), consagró por primera vez la disolución del vínculo conyugal sin causa objetiva, por simple voluntad de los cónyuges (es decir la que apoyaba el 8% de los españoles según la encuesta del CIS de 1979). Dos meses después, y a raíz de la polémica que se produjo dentro del propio partido de la UCD por el tema del divorcio (tanto la mayoría de sus electores como de sus diputados eran contrarios al modelo aprobado), Fernández Ordóñez saldría del mismo para engrosar las filas del partido socialista obrero.

En 1981 se tramitaron 9.487 divorcios (mas aproximadamente otros 7.000 tramitados con anterioridad y pendientes de la ley). En 1989, 23.063; en 1993, 28.857; en 1997, 34.147; en 2001, 39.242. Durante esos años el número de matrimonios civiles y canónicos osciló en torno a 200.000 por año. En 2004 se produjo un incremento del 20% con respecto a la tendencia anterior, al producirse ese año 51.000 divorcios.

Ese año accedió al poder el Partido Socialista Obrero (PSOE). En el debate de investidura, su secretario general y candidato, José Luis Rodríguez, citó como una de sus prioridades impulsar y facilitar el ejercicio del “derecho al divorcio”. El ministro de Justicia encargado de esta reforma fue Juan Fernando López Aguilar, por cierto hijo de un notorio masón, y él mismo masón en una logia canaria según el historiador Ricardo De la Cierva, que afirma basarse en el testimonio de Josep Corominas, gran maestre de la Logia de España. Al contrario que en el pasado, la ideología del ministro tiene una importancia solo relativa, pues el alma del proyecto es el propio presidente del gobierno. Pese a su titularidad socialista y obrera, el PSOE actual es un movimiento liberal progresista con algunos (cada vez menos) rasgos de socialdemocracia.

En la modificación del código civil en materia de divorcio, promulgada el 8 de julio de 2005, solo una semana después de la modificación de la nueva ley de matrimonio, se afirma expresamente que “la reforma que se acomete pretende que la libertad, como valor supremo de nuestro ordenamiento jurídico, tenga su más adecuado reflejo en el matrimonio”, así como lamenta que la anterior ley, por el proceso judicial que disponía “hiciera patente la inutilidad de sacrificar la voluntad de los individuos demorando la disolución de la relación jurídica por razones inaprensibles a las personas a ella vinculadas”. En coherencia con las palabras del presidente del gobierno, la modificación afirma que “el ejercicio del derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud”. Este apriorismo conceptual de lo que es un matrimonio está en línea directa con la filosofía de la ley del 1 de julio de 2005 sobre la naturaleza del matrimonio, en el que este deja de ser una institución familiar para convertirse en la pura expresión de una voluntad de dos personas, sin compromiso perdurable ulterior alguno.

La modificación del código civil de 8 de julio de 2005 eliminó la obligatoriedad del período de separación, alegando motivos de ahorro económico y procesal, y poniendo fin así al tiempo de reflexión prudencial que la ley anterior daba a los cónyuges para recapacitar y buscar la reconciliación. Se eliminó la obligatoriedad de consentimiento mutuo, pudiendo uno de los cónyuges disolver el matrimonio por iniciativa propia, independientemente de la voluntad del otro. Es decir, se legalizó el repudio. Se estipuló que bastaban 3 meses de matrimonio para poder iniciar el proceso de divorcio (de hecho, se podía tramitar la demanda de divorcio antes si se denunciaba riesgo para la integridad del cónyuge denunciante o de alguno de los hijos- se presupone que tenidos antes del matrimonio, claro). Se aceptaban las medidas de conciliación judicial, pero no para recomponer el matrimonio, sino para decidir amistosamente los términos del divorcio.

Si la unión matrimonial es un puro ejercicio de voluntad de ambos contrayentes que se puede romper en cualquier momento por la voluntad de uno de ellos, el corolario lógico es preguntarse para qué es necesario contraer matrimonio en una relación de pareja. Probablemente, el sentido de las sucesivas leyes va en la dirección de desalentar a la población española de contraer vínculo matrimonial, para terminar a medio plazo con la institución estable que fundamenta la familia. Esta ley solo es un jalón en ese camino.

A partir de la ley de 2005, los divorcios se han multiplicado por 2.5. Ese mismo año la cifra de divorcios fue de 141.000 divorcios, de 122.000 en 2008 y de 106.000 en 2010. No olvidemos que la cifra de matrimonios ha descendido (pese al incremento de población, en 45 millones de habitantes actualmente) desde los 209.000 de 2005 hasta los 172.500 de 2010, por lo que el porcentaje de divorcios con respecto al de matrimonios no ha hecho sino aumentar. Es obvio que la modificación legal ha estimulado las rupturas matrimoniales. ¿Es eso algo bueno para la sociedad, dado que según el viejo adagio romano la ley debe buscar siempre el Bien Común?

La experiencia personal nos dice que no existe persona que haya pasado por un divorcio que no haya sufrido una herida, probablemente permanente, en su alma. Existen no obstante numerosos estudios realizados en todo el mundo que demuestran los daños personales (y consecuentemente sociales, tanto más profundos cuanto más extendida es la práctica) que provoca. Se ha demostrado que la experiencia vital de divorcio se asocia al riesgo de depresión (Zhong BL, Holroyd R), sobre todo en la ancianidad (Kaji T), e incrementa por 6 el riesgo de ideación suicida (Lee J), y por 3 las tentativas de suicidios en pacientes con patología psicótica (Nyer M). Trágicamente, la experiencia de divorcio se asocia a un mayor riesgo de asesinato del cónyuge mas suicidio (Dogan KH, Eliason S). También aumenta el ratio de bajas laborales por enfermedad en varones (Voss M) e incluso incrementa por entre 2 y 3 veces el riesgo de sufrir episodios de asma (Lietzén R).

Pero si el efecto sobre los cónyuges es objetivamente negativo, sobre los hijos, sobre todo menores de edad, es sencillamente devastador. Está demostrado que el divorcio parental se asocia a depresión y neurosis en los hijos (Roberts JE, Ronning JA), también junto a esquizofrenia (Rubino IA), a ansiedad (Melchior M), aumenta el riesgo de enfermedades mentales y autolesiones en la edad adulta (Sakilleadis EI), el incremento de consumo de medicamentos ansiolíticos (2 veces más), antidepresivos (3 veces más), antipsicóticos (10 veces más) y anti trastorno maníaco-depresivo (17 veces más) (Anda RF). Asimismo incrementa el riesgo de suicidio entre 2 y 5 veces más en hijos adolescentes (Dube SR), sobre todo mujeres (Lizardi D, Thompson RG), se le considera un factor independiente de aumento de riesgo de enfermedades mentales en adolescentes (Farbstein I) y se asocia a depresión mayor y trastornos del pánico (Young EA).

Aparte de las enfermedades mentales, esta demostrado que el divorcio paterno causa trastornos del comportamiento en los hijos (Holroyd R, Shaw DS), por ejemplo impulsividad, neurosis, desconfianza, rebeldía y personalidad antisocial (Zhang J). También se asocia a problemas en la adquisición de recursos emocionales (Yárnoz-Yaben S, Flouri E), a hiperactividad (Stadelmann S), y a alteraciones del comportamiento social en niñas de 5 a 9 años (Japel C). En la escuela se ha probado su asociación con el riesgo de absentismo y rechazo a la escuela (Knollmann M), a practicar el acoso escolar (Undheim AM), e incluso hay registrado un curioso caso de histeria colectiva en adolescentes hijas de padres divorciados, en 1979 (Small GW).

Una secuela ya ampliamente comprobada en los hijos de padres divorciados es el consumo más precoz, adictivo y elevado de sustancias tóxicas, como el tabaco, que se multiplica de 2 a 3 veces más que en la población normal (Anda RF), así como sus secuelas (Papadodima SA), como la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica, que es 2,5 veces más frecuente en personas adultas que han experimentado divorcio parental siendo niños o adolescentes (Anda RF). Mucho más demostrada está la relación en el caso del alcoholismo, pues los hijos de divorciados tienen un mayor riesgo de borracheras adolescentes (Tomcikova Z) y alcoholismo crónico, tanto en adolescencia (Staff J) como en la vida adulta (Huurre T), hasta un 30% más (Sartor CE). De hecho, hay una asociación demostrada entre divorcio parental y abuso de tabaco, alcohol, precocidad y promiscuidad sexual, enfermedades venéreas y embarazos adolescentes (Anda RF), así como de los cánceres derivados de esas prácticas (Hemminki K).

Hay estudios que demuestran que los hijos de padres divorciados han sufrido con frecuencia otras experiencias infantiles adversas, como negligencia parental, violencia doméstica, abuso de sustancias en un miembro de la familia (Dong M), y tienen más riesgo de sufrir abusos sexuales en la familia (Al-Fayez GA). El divorcio parental aumenta el estrés y la ansiedad en los hijos (como demuestra un interesante trabajo que mide el incremento del cortisol en saliva para verificarlo, Kraft AJ), y el riesgo de padecer de adulto enfermedades asociadas a estos padecimientos, como el colon irritable (Porsch U). En los países subdesarrollados la expectativa no es mucho mejor: un estudio demostró que en Bangla Desh el riesgo de muerte de hijos con padres divorciados se multiplicaba por 3.2 en la infancia y por 1.4 en la pubertad (Bhuiya A).

Casi todos los artículos citados han sido publicados en la última década, retratando un problema muy actual. Entre ellos, varios del Grupo de Estudios ACE del “Centro Nacional para la promoción de la salud y la prevención de enfermedades Crónicas de Estados Unidos” (Atlanta, Georgia), el más importante del mundo a nivel de medicina preventiva, que emplea con regularidad muestras de más de 10.000 sujetos. Son sólo una parte representativa. El lector puede hallar muchos más artículos que prueban lo mismo en el buscador oficial de la Biblioteca Nacional de Medicina de EEUU, el más empleado en el mundo. Basta con colocar el término “divorce” en el cajetín de búsqueda. No hallará ningún trabajo en el que se le considere positivo para los cónyuges o los hijos. Buena parte de los trabajos sobre divorcio y paternidad se orientan a buscar estrategias que puedan compensar en parte los efectos de la separación paterna. No existe forma cabal, razonable ni científica de considerar al divorcio como un bien social, a la vista de las pruebas que la experiencia y la investigación muestran. Mas bien como un mal que hay que evitar o paliar.

Toda esta problemática personal, sanitaria y social es la que favorece la legislación divorcista, en mayor medida cuanto más facilita el divorcio. Este es el resultado real del impulso a ese “derecho al divorcio” al que aludía en 2004 José Luis Rodríguez. Esta es la consecuencia de las leyes de 1932, 1981 y 2005, promulgadas en aras a una mayor libertad y progreso.

La enseñanza católica sobre el sacramento y la institución del matrimonio, que ya traté en otro artículo prevee que el camino de convivir y fundar una familia nunca es sencillo. Precisamente el periodo de noviazgo sirve para conocer mejor a la otra persona, poder detectar signos de trastorno mental, impulsividad incontrolable o toxicomanías que desaconsejen la unión; entablar una relación de amor y confianza en la que se establezcan juntos las bases de un proyecto de vida en común y paternidad en el que ambos se comprometan por igual, procurando que la pasión o el enamoramiento no cieguen la realidad que una unión de por vida impone, con sus momentos buenos y malos, con sus ventajas e inconvenientes. Para ello hace falta que cada uno de ambos contrayentes tenga una formación rectamente cristiana, y esté suficientemente maduro para adquirir el compromiso. La madurez no la proporciona el cumplimiento de una edad determinada (sea 16, 18 o 21 años). De hecho, la legislación civil actual en España impulsa un fenómeno social alentado por ciertas corrientes de pensamiento y no pocos medios de comunicación social y cultural: la de la inmadurez prolongada en el tiempo, incapacitada para adquirir ningún compromiso duradero. Las relaciones prematrimoniales “a prueba”, que estuvieron de moda en un tiempo, son así valoradas por Juan Pablo II en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (1982): “la unión carnal sólo es moralmente legítima cuando se ha instaurado una comunidad de vida definitiva entre el hombre y la mujer. El amor humano no tolera la “prueba”. Exige un don total y definitivo de las personas entre sí”. El tiempo ha dado la razón al Santo Padre: en términos estadísticos, las relaciones prematrimoniales no han dado lugar a matrimonios más robustos, sino a más concubinatos, normalmente temporales.

Una vez llevado a cabo el sacramento, la invocación al patrocinio y ayuda de Dios entre los contrayentes es imprescindible para su buen funcionamiento, comprendiendo e integrando la indisolubilidad del vínculo como parte integrante del mismo. Como dice Erasmo de Rotterdam en su Encomium matrimonii “estando excluido el divorcio por decisión inapelable de Jesucristo mismo, había que tomar el matrimonio tal como existe, es decir, a veces mediano, a veces malo y hacerlo bueno a fuerza de buena voluntad”. Sobre las características del matrimonio cristiano se puede consultar el Catecismo de la Iglesia Católica (CIC, 2360-2379).

El magisterio de la Iglesia, basándose en el mandato de Cristo (Mt 5, 31-32; Mt 19, 3-9; Mc 10, 9-12; Lc 16, 18; I Co 7, 10-11), y en la Ley natural que contempla el matrimonio perpetuo como la forma primera y preferente en todas las culturas, establece la indisolubilidad del vínculo sacramental. Esta doctrina ha sido reafirmada en las encíclicas Arcanum Divinae (León XIII, 1880), Casti Connubi (Pío XI, 1930), Mater et Magistra (Pío XII, 1942), y numerosos documentos de todos los papas modernos (Pablo VI en sus “Enseñanzas al Pueblo de Dios", Juan Pablo I en una entrevista a L´Osservatore Romano el 22 de septiembre de 1978, Juan Pablo II en numerosas ocasiones). Bástenos con el resumen del CIC (2382-2386), en el que se especifica que “el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa fuera de la muerte”. En su lugar, impele la Santa Madre Iglesia a que los cónyuges resuelvan sus diferencias con paciencia y benevolencia, en recuerdo del amor primero cuando este se hubiese debilitado, que practiquen el arrepentimiento, la misericordia y el perdón si un cónyuge ofendió al otro, incluso si fuere grave la ofensa. Se contempla la posibilidad de establecer una separación temporal de los esposos si la convivencia pudiera dañar los derechos legítimos o el cuidado de los hijos, pero siempre con vistas a una reconciliación ulterior. En ningún caso se podrá aceptar el recasamiento de uno de los separados, que incurrirá en pecado de concubinato y adulterio. Hay varias indicaciones sobre aspectos prácticos de los problemas conyugales en CIC 1646-1651.

Durante el debate de la ley de divorcio de 1981, todos los prelados católicos españoles, desde Vicente Enrique Tarancón hasta José Guerra Campos (cada uno en su estilo, matices y tiempos diversos) se manifestó a favor de la indisolubilidad del matrimonio civil, y advirtió de los males de una legislación divorcista del mismo. Vale la pena recordar la conclusión del mensaje de los obispos de Castilla y León a propósito de este tema, el 11 de febrero de 1977, que además de ser profética se puede suscribir plenamente hoy día: “Creemos que aun queriendo resolver situaciones lamentables por todos conocidas y que merecen también el respeto de todos, la ley del divorcio ocasionaría males muy graves e irreparables en la sociedad española: entre otros, se crearían situaciones irreversibles en ciertas uniones conyugales y serviría de incitación a matrimonios sin problemas, pero débiles, solicitados de una manera cada vez más avasalladora por la permisividad del medio ambiente, sobre todo teniendo en cuenta que por parte del pueblo es fácil confundir lo legal con lo moral, cuando en realidad no todo lo permitido legalmente es ético”.

Ya en casa, de nuevo los discípulos le preguntaron acerca de esto y Jesús les dijo “quién se divorcie de su mujer, y se case con otra, comete adulterio contra la primera, y si la mujer se divorcia de su marido y se casa con otro, adultera”.
Mc 10, 10-12

También se puede leer:
José María Rives Gilabert, magistrado y profesor de Derecho Canónico.Historia de la legislación del matrimonio.
Pablo Martín de Santa Olalla Saludes. La ley de divorcio de junio de 1981 en perspectiva histórica.


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15 comentarios

  
ciudadano
Magnifico artículo, por fin se empieza a destapar aquella falacia según la cual la mayoria de los divorcios se producen en beneficio de los hijos. Pues según los estudios por Vd. mostrados no parece que sea así.

Existe además un fenómemo que he observado, obviamente no de forma científica, en divorciados, quizás mas en hombres que en mujeres. En los casos a los que me refiero, aún despues de haber creado una nueva familia, da un poco la sensación de que cuando esa persona habla de la familia sigue pensando en su primera familia, con un consideración por la actual como si fuera una familia de inferior categoria.
Tal vez Vd. conozca y podria recomendar algún estudio sobre ese tema.

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LA
Gracias, ciudadano. No conozco personalmente ningún caso como el que usted cita, ni tampoco ningún estudio en ese sentido. Tampoco estoy seguro si esa actitud resulta encomiable. Siempre hay que buscar incansablemente la resolución de las diferencias, antes que dar un paso como la ruptura y una nueva unión, tan trascendente y grave. Una vez se llega a ese extremo, es imposible hacer nada sin dañar al cónyuge antiguo o al nuevo. Le adjunto aquí las recomendaciones en casos como ese que cita el CIC en los puntos 1650 y 1651 (este último creo que está pensado para el cónyuge inocente abandonado, caso cada vez más frecuente desde la legalización del repudio en 2005):

"1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.

1651 Respecto a los cristianos que viven en esta situación y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (FC 84)."
14/04/11 6:09 PM
  
Ano-nimo
Luis:

Muy buen artículo, enhorabuena.Como señala Voltaire, hoy en día solo el "amor" puede mantener una pareja, por eso se van a pique tantos matrimonios. La responsabilidad, el sacrificio, el deber, etc...son un estorbo y cuado aparecen situaciones complicadas, o simplemente el paso del tiempo, que acaba con ese "amor", se acabó tal matrimonio. Sí, da gusto vivir en España, sobre todo en la España de Voltaire y Belen Esteban...así nos va de bien.

Un cordial saludo.
14/04/11 8:08 PM
  
Óscar
La concepción que tiene Voltaire del amor me pone los pelos de punta...
15/04/11 8:06 AM
  
Ano-nimo
De todas formas, creo que es un buen reflejo de lo que pasa hoy; es injusto generalizar, pero mucha gente va al matrimonio con la idea clarísima de que si no les va bien, se divorcian y ya está; es decir, piensan únicamente en su propio beneficio, en lo que la otra persona les aporta, en su propio bienestar, en lo que reciben, pero no en lo que ellos pueden aportar al otro, en el bien del otro, en la ayuda mutua y solidaridad, en lo que pueden y deben dar. No es extraño que ahora con la crisis esten aumentando los divorcios, según parece, pese a que quizás lo lógico sería lo contrario. Pero desde las premisas desde las que se parte que son el egoismo más brutal, es perfectamente entendible. La verdad, me gustaría saber para qué se casan.

Y otro tema que personalmente cada vez me revienta más, es que aquí todo el mundo habla de derechos y ni se mencionan para nada los deberes; es más, parece que no existen deberes y que solo tienen importancia los derechos. Y así, en nombre de tales "derechos", nos encontramos con el terrible asesinato de los propios hijos no nacidos, y que los nacidos sean sacrificados sin importar nada más que la comodidad de los padres.

Un cordial saludo.
15/04/11 9:20 AM
  
Ano-nimo
Y otra cosa más que se me olvidó apuntar, y que aunque no tiene que ver con el tema, sí esta muy relacionado con la filosofía del "primero yo, después yo y siempre yo" que rige al modelo de "familia" que vamos teniendo en España. Ya no solo es el sacrificio de los hijos nacidos y el asesinato de los no nacidos, es que además veremos, con la aprobación de la ley de la eutanasia, como muchos se desembarazarán de los padres ancianos y "molestos" aprovechando esa ley. Las cosas como son, el proyecto liberal de eliminación de la institución familiar está teniendo un gran éxito, pues digan lo que digan, esos nuevos "modelos de familia" que quieren hacer pasar por tales, ni son familia ni son nada; son puros engendros.

Un cordial saludo.

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LA

Hola, Ana. Creo que lo que tratas de expresar es una realidad evidente: la sociedad actual ha separado radicalmente el concepto de matrimonio de su raíz natural, la unión perdurable de un hombre y una mujer con objeto de engendrar y crear a su descendencia. Este último concepto era el que compartían las generaciones anteriores.
Como bien dice el preámbulo de la ley de 2005, el matrimonio queda reducido a un contrato precario que expresa una simple voluntad.

Lo interesante es que las modificaciones legales que han influido poderosamente en ese cambio de mentalidad nunca lo fueron por demanda social. El legislador adujo todo tipo de razones (adaptarse a la "modernidad legislativa" de otros países, desarrollar unas libertades, ejercer unos supuestos derechos) contra la opinión de la mayoría de la sociedad (o la indiferencia en 2005), e incluso en 1981 contra la opinión mayoritaria de su propio partido.

Progresista tal vez, democrático, no.

un cordial saludo
15/04/11 9:48 AM
  
Ano-nimo
Bueno Luis, eso desde luego. Pero iba un poco más allá, en el sentido de la falta de valores que impera en nuestra sociedad. Trataré de explicarme aunque no sé si lo conseguiré. Antes, cuando la gente se casaba, tenía muy asumido no solamente el fin del matrimonio que indicas; también sabían que tal estado implicaba una serie de obligaciones y deberes tanto hacia los hijos como hacia el otro cónyuge, e incluso hacia las propias familias de ambos (me refiero a los padres de los cónyuges). Y lo mismo se puede decir de los hijos y de los abuelos. Todos tenían sus propias obligaciones y deberes, y esto era lo que se remarcaba. Cuando además eran familias profundamente cristianas, de verdad, no solo de nombre, a lo anterior se sumaba la generosidad, la donación, etc.., es decir, los valores cristianos, por lo que ya no se trataba únicamente de obligación o deber.

Hoy en día no se puede hablar de valores, y menos aún cristianos. Yo más bien les llamaría anti-valores: egoísmo, propio beneficio, hedonismo, materialismo, individualismo, consumismo, etc...Con todo esto, ¿qué nos puede extrañar que pase lo que está pasando?. Y de acuerdo en que han sido los legisladores los que lo fueron imponiendo sin contar con la mayoría (y así lo siguen haciendo), pero por muy poderosos que sean los medios para cambiar el sentir y las creencias de las personas, esto no hubiera pasado y menos en tan poco tiempo, si en el fondo no hubiera complacido a un gran número de personas. Será por nuestra naturaleza pecadora, pero está claro que se ha optado por el camino de la comodidad, del no compromiso, del egoismo, etc...y que en realidad, al final, todos han optado por la esclavitud del mercado aunque se hagan la ilusión de lo contrario, pues además del "primero yo, después yo y siempre yo" se le tiene que sumar "el tanto tienes, tanto vales" y otras cosas bastante penosas. A lo que voy es que al final todos mercancías, que cuando ya no complace o cansa o presenta problemas, se cambia por otra como si de un coche se tratara o se elimina sin más. No sé si he conseguido explicarme.

Un cordial saludo.
15/04/11 11:56 AM
  
juan
Creo que no es correcto el enfoque. No tiene sentido que el estado obligue a dos personas a convivir. Desde el plano moral, estoy totalmente de acuerdo con la indisolubilidad del matrimonio. Y desde la fe, más. Pero tanto la moral como la fe se siguen voluntariamente, no compulsivamente. Pecar es malo, pero no ilegal. De hecho, no veo por qué tenemos que casarnos frente al estado. Yo estoy casado frente a mi iglesia, mi Dios y mis hermanos, y ante ellos responderé. El estado que no se meta.

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LA

Hola, Juan. Creo que con la mejor voluntad del mundo comete un error muy común. Este artículo no trata específicamente sobre el sacramento del matrimonio, sino sobre el matrimonio como ente social que tiene su reflejo en la legislación civil.
Los católicos formamos parte de la sociedad y nos afectan sus leyes, por tanto tenemos el derecho y la obligación de influir, como cualquier otro colectivo, en que esas leyes se ajusten a nuestra cosmovisión.
De hecho, considerar normal que el pecado sea legal es una muestra de cómo los católicos hemos renunciado a hacer política (de polis, "lo de la ciudad", lo que es común a todos), corriendo un serio riesgo de autoimponernos un ghetto que nos segregue del resto de la sociedad (con el riesgo que tal actitud puede tener hacia nuestra viabilidad como comunidad también humana).

En ese sentido, considerar que al contraer matrimonio canónico (ceremonia y vínculo privado pero también público) nos podemos desentender de la regulación legal, supone la expresión de un rechazo o desapego a la sociedad en la que vivimos. Es el primer paso hacia una quiebra social, en algo tan fundamental como el matrimonio y la familia.

Hay quién postula que los católicos debemos "apartarnos del mundo", cuando este se aleja de Cristo. No obstante, y con todos los matices, yo soy partidario de ser sal en el mundo.
A mí no me es indiferente con qué valores y bajo qué premisas se regula el matrimonio como institución social. Máxime cuando en el artículo demuestro que la legislación divorcista ha sido introducida contra la voluntad general de la sociedad en su momento, por un plan muy determinado para modificar valores y pautas sociales, con resultados catastróficos.
Un saludo.
15/04/11 1:06 PM
  
juan
Entiendo y respeto su punto de vista. Gracias por tomarse el trabajo de responderme. Pero no lo comparto. Los católicos debemos ayudar a hacer un estado que no elimine las libertades individuales, no a "hacer las leyes según nuestra cosmovisión". Justamente, esto es lo que piensa la izquierda, que todos debemos hacer lo que su cosmovisión marca.
El estado no es el mundo: ese es el gran logro de la izquierda: reducir lo político a lo estatal. Nuestro mensaje es un mensaje que se asume libremente. La salvación está en nuestra libertad (bueh, estoy hablando de nuestra parte: la salvación es un don divino pero asumido libremente por el hombre).
Estoy de acuerdo en ser sal en el mundo. Y no renuncio a hacer política, a ser visibles en el mundo. Pero me rehuso a que el estado me obligue a esto o aquello, según el color del gobernante.
Ganar la batalla política, para un católico, es justamente lograr que el estado nos permita ser libres. A todos, por eso la defensa de la vida y la oposición al aborto y la eutanasia. Esto no se trata de mayorías o minorías: se trata de ser, cada uno, artífice de su propia vida. Los católicos elegimos consagrarnos a Dios mediante sus sacramentos, entre ellos el sagrado matrimonio. El matrimonio tiene sentido en cuanto sacramento e institución civil libremente asumida. No en cuanto registro estatal de estados civiles. Repito: lo civil, lo político, no se reduce a las leyes estatales. Las leyes deben ser el límite más allá del cual no podemos movernos sin dañar al otro (su vida, su propiedad, su seguridad). Pero las leyes no pueden obligar a ser bueno (cfr. Santo Tomás sobre la prostitución: aplicaría -yo- lo mismo sobre el divorcio).
Los valores no se defienden "tomando el poder estatal", sino siendo sal en la tierra: siendo ejemplos claros de coherencia vital, y como me dijo el cura en mi curso prematrimonial, siendo reflejo del amor del Padre (que lo logre, es otra cosa... pertenecemos a una iglesia santa y prostituta).
Para concluir, entiendo su preocupación. Pero a mí me preocupa más lo que hacemos los católicos (la decadencia doctrinal, moral y sacramental que estamos padeciendo) que lo que hagan los "gentiles". El estado que no me moleste, ya suficiente me roba para encima obligarme a más cosas.
Saludos! Y felices pascuas!

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LA

Estimado juan, comparto muchos de sus puntos de vista, muy particularmente aquellos relacionados con el compromiso de los cristianos hacia nuestra fe. No obstante, he de hacerle varias consideraciones:
1- Toda ley se inspira en un código ético y moral, para castigar o premiar un comportamiento. Es ingenuo creer que existen las leyes "neutrales"; todas están inspiradas en una cosmovisión. Si no es la cristiana, será otra. Como mucho existirán leyes en las que se pueda llegar a un cierto compromiso entre distintos sistemas morales.
2- Lo político no es solo lo estatal, es obvio, pero la legislación tiene una labor de docencia social mucho más importante de lo que nos creemos. En España, en el tema del divorcio, las cifras son muy elocuentes: cuanto más fácil ha sido divorciarse, más rupturas conyugales se han producido, con todo su corolario de afectación personal, filial, familiar y social.
3- Por experiencias negativas, nos salta el "automático" de rebelarnos contra supuestas leyes que "obligan". Desde luego, la enseñanza católica no obliga a nadie, solo indica los medios de salvación, que cada uno puede aceptar o no en virtud de su libre albedrío. Lo que sí hace es descalificar las acciones malvadas (el ejemplo más evidente actual es el aborto) o las enseñanzas erróneas (como afirmar que el divorcio es un bien). Pero no "obliga" a nadie a ser católico o a casarse por medio del sacramento, puesto que la conciencia es inviolable
4- En ningún sitio afirmo que la evangelización cristiana pase por tomar el poder (precisamente esa mentalidad es más bien racionalista y liberal), pero tampoco está escrito en ningún sitio que debamos pasar al otro extremo de no hacer apostolado en política. Presentar ambas opciones como únicas y excluyentes es una falacia. Se puede, y se debe evangelizar (ser espejo del amor de Dios) en la sociedad no política y también en la sociedad política. En un artículo anterior (creo que también el de ingeniería social) ya tuve un interesante diálogo con Winston Smith acerca de esto. No sé muy bien quién y en base a qué nos ha convencido a los católicos de que debemos evitar basarnos en nuestras convicciones morales y nuestra fe a la hora de participar en política. No se halla tal enseñanza ni en los Padres de la Iglesia ni en el magisterio católico. Muy al contrario, debemos predicar "a tiempo y a destiempo" y "gritar desde las terrazas lo que se nos dijo al oído".
5- La Iglesia es santa porque su fundador fue Santo. En cuanto a sus miembros... pues de barro son, y pecadores, y por tanto, se cometen errores y caídas. Mi impresión personal, no obstante, es que sobreabunda la santidad sobre el pecado, lo que ocurre es que, como dice el proverbio oriental, hace más ruido un árbol que cae que todo un bosque que crece. Con todo, hay que rezar, sin duda, por nuestra comunidad.
6- Por último, me causa tristeza su última frase "si el estado me roba...". Esa visión tan negativa de la administración pública es muy hispánica (entre los anglosajones es desconocida), y está fundamentada en una larga y triste experiencia. Pero la respuesta no es alienarse del "estado", porque nosotros también formamos parte del mismo, sino evangelizarlo, participar y cambiarlo a mejor. A mí sí me importa lo que hagan los gentiles. Pablo, Bernabé, Lucas, Tito... dieron su vida para que ellos también conocieran la palabra de Dios.
Un saludo y que Dios le conceda una Buena Semana Santa.
15/04/11 4:10 PM
  
Ano-nimo
Yo entiendo a Juan; la verdad es que participar en esa especie de comedia bufa en que se ha convertido el matrimonio civil, espanta a cualquiera. Pero también estoy de acuerdo con Luis; como ciudadanos que somos, tenemos todo el derecho del mundo a exigir que se respeten instituciones tan fundamentales como es el matrimonio y la familia, y desde luego, si no bajamos a la arena política, ya podemos quejarnos lo que queramos, que no por eso van a cambiar las cosas.

Por otra parte, el matrimonio civil es un contrato legal, en que el están implicadas ya no solo las personas que lo contraen; también se tiene que tener en cuenta a la descendencia, que además es la parte más débil, y lo que no puede ser es que sea más fácil cambiar de cónyuge que de compañía de teléfono (y es que es así, no son exageraciones). La cuestión es que el matrimonio civil se ha convertido en una especie de contrato kleenex, en papel mojado, en nada. Y la verdad, para pasar una temporadita con alguien, no hace ninguna falta casarse. Precisamente por esa descomposición de la institución familiar, los católicos debemos participar activamente en la política (aunque sin vendernos), ya que si se desmorona la familia, se desmorona todo, y no se trata de imponer nuestra cosmovisión, se trata de que las cosas sean lo que son y no otra cosa distinta.

Un cordial saludo.
15/04/11 4:46 PM
  
Alfonso
8 costes sociales del divorcio: a la sociedad le conviene evitarlos

El divorcio libre, "sin culpa", cumple 40 años: Reagan se arrepintió de firmarlo (excelente artículo de Pablo J. Ginés)


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LA

Interesantes aportaciones las que haces, Alfonso. Me he tomado la libertad de enlazarlas directamente. Gracias
15/04/11 7:56 PM
  
Nova
La ley del divorcio, más que una "ley del repudio", en realidad es mucho más una "ley del adulterio". Pues la posibilidad de separarse legalmente existe. La diferencia entre ésta y el divorcio estriba en que, con éste último, los separados puede casarse con otras personas; "rehacer su vida", como lo llaman muchos ahora.

Respecto a los hijos, muchos intentan justificar el divorcio diciendo que es mejor que los padres estén separados, que no discutiendo y peleándose todo el tiempo, con el sufrimiento que eso supone también para los hijos. Quienes se expresan de este modo tienen razón en cuanto a que un mal ambiente en casa es tremendo para los hijos; pero la solución a ese problema no está en separarse, sino en volver a quererse y luchar por salvar el matrimonio; que eso es, además, lo que quieren los hijos: Que sus padres se quieran y estén juntos. Y, para los casos más extremos, existe la posibilidad de separación legal, que no niega la existencia del matrimonio.

Muchos que se casan no saben lo que es el matrimonio, porque no conocen el valor de la palabra dada, de su propia palabra, cuando prometen al otro, ante Dios, ser fieles en la salud y enfermedad, etc... todos los días de su vida. La libertad es algo muy distinto de faltar a la propia palabra y pasar a convertirse en un mentiroso infiel.
15/04/11 9:49 PM
  
Alfonso
Me alegra enormemente que te hayan interesado estos 2 artículos; lo cierto es que parece que los países anglosajones se estan empezando a dar cuenta de la influencia de la familia en el capital social:

Los gobiernos se preocupan: el divorcio tiene un alto coste económico

Los padres casados lo hacen mejor, admite el think-tank de Tony Blair

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LA

Aunque el coste económico para la sociedad nunca puede ser la primera motivación de un cristiano para oponerse al divorcio, no cabe duda que tiene también importancia. Gracias.
15/04/11 11:50 PM
  
José Ángel Antonio
Felicidades por el artículo, muy trabajado y documentado.

Hemos de insistir en que el divorcio no daña solo a la pareja adulta, ni tampoc solo a sus hijos: nos perjudica a todos.

1) Los hijos de divorciados, que en condiciones normales serían buenos estudiantes, emprendedores y creadores de puestos de trabajo y tecnología, al deprimirse, empeorar estudios, etc... se convierten en malos estudiantes y no crearán tanta riqueza. Todos perdemos.

2) Los psiquiatras, profesores de refuerzos, médicos, educadores y luego policía y funcionarios de prisiones que pagamos todos nos los ahorraríamos si esos chicos (y a veces adultos) no hubiesen visto su vida emocional y familiar rota por el divorcio.

Es verdad que el 90% de las familias rotas no van a la cárcel (aunque sí al psicólogo, sospecho).

Pero como dijo el obispo de Alcalá después de visitar Meco y las otras 3 prisiones de su diócesis "el 90% de los que están en prisión vienen de familias rotas".

Cuando tú rompes tu familia, nos cuesta dinero, recursos, calidad educativa y pérdidas en seguridad a todos.
16/04/11 3:01 PM
  
gringo
Jose Ángel Antonio:
Y en tiempos de Franco cuando no había divorcio, el 100% de los presos venía de familias no divorciadas.
¿Lo ves como no todo se puede solucionar diciendo perogrulladas?
16/04/11 8:57 PM
  
Alfonso
Respuesta a gringo:"Y en tiempos de Franco cuando no había divorcio, el 100% de los presos venía de familias no divorciadas."Falso,en 1975 habia en España 16.000 presos y una bajísima tasa de delincuencia; hoy España tiene 75.000 presos y 950.000 delitos al año.

16/04/11 10:38 PM

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