Chile: la Justicia ordena transfusión de sangre a una testigo de Jehová en peligro de muerte
La Corte de Apelaciones de Santiago de Chile acogió un recurso de protección presentado por la dirección del Complejo Hospitalario San José contra una paciente y sus familiares, quienes se niegan a recibir transfusiones de sangre por ser testigos de Jehová, tal como informa El Ciudadano.
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar y ordenó brindar toda la asistencia médica y tratamientos, incluidas las transfusiones de sangre, que aseguren la vida e integridad física y psíquica de María José Pino Garrido.
Situación de gran riesgo
La mujer ingresó el 10 de junio de este año en el servicio Urgencias del Hospital San José debido –según se detalla en el fallo de la Corte– “a un cuadro de cefalea súbita, con compromiso de conciencia y hemiparesia derecha”, detectándose en ese momento una “hemorragia intracerebral e hidrocefalia aguda, lo que motivó su ingreso urgente a pabellón para la instalación de drenaje ventricular externo”.
Sin embargo, al momento de realizar su ingreso formal en el recinto asistencial, la mujer aseguró ser testigo de Jehová, lo que quedó registrado en su ficha clínica. De ahí que sus familiares rechazaran la transfusión de glóbulos rojos que el equipo médico les informó que debían realizar a María José.
Ante este escenario el Hospital recurrió a la Justicia, advirtiendo una evolución “compleja” de la paciente, quien presentó “un shock séptico, una infección de catéter venoso y una anemia de carácter aguda y severa”. Actualmente, se añadió, María José Pino “se encuentra en estado grave, afebril, con ventilación mecánica invasiva e hidrocefalia en regresión”.Un escenario que –según expusieron los facultativos– podría traducirse en graves consecuencias, como la muerte de la paciente o la generación de daños en su cerebro debido a la falta de oxígeno.
Una “manifestación de voluntad expresa”
La resolución en contra de Pino y sus familiares señala que el Hospital San José “no ha hecho más que cumplir con el deber de respetar, promover y proteger los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, en atención a la principal obligación que le pesa como institución dedicada a mejorar la salud de sus pacientes”.
Respecto a lo sostenido por la familia de la paciente, el tribunal plantea que si bien la ley establece que “toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud”, igualmente se sostiene que el ejercicio de este derecho “debe ser expreso, esto es, en términos explícitos y directos”.
Una “manifestación de voluntad expresa”, agrega la Corte, que en el caso de la mujer testigo de Jehová no se constataría al menos en los antecedentes vistos por la Justicia.
En conclusión, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al recinto hospitalario “adoptar y aplicar (…) todas las medidas terapéuticas y tratamientos médicos que sean necesarios para proteger y salvaguardar la vida y la integridad física y psíquica de la paciente (…), incluyendo eventuales transfusiones de sangre”.
Defensa de la vida
“El mandato constitucional de asegurar la vida y la integridad física y psíquica de las personas (…) es de carácter absoluto y por ello no puede ser limitado ni aún con la voluntad o anuencia de aquellas personas a quienes está destinada la acción cautelar por la conculcación de ese derecho fundamental”, se señaló en el fallo, tal como informa Bio Bio Chile.
“Debe también tenerse en consideración que no obstante que el inciso primero del artículo 14 de la Ley N° 20.584 prescribe que toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud, el inciso segundo del mismo precepto agrega que este derecho debe ser ejercido en forma libre, voluntaria, expresa e informada”, se lee también en el fallo.
7 comentarios
aquí es el Estado el que se coloca a favor de la vida y la religión, en cambio, a favor de la muerte.
Pero es mujer pide según su conciencia.
No está lejos el día en que nos obliguen en nosotros o en nuestros parientes a aceptar tratamientos que vayan contra lo más íntimo de nuestras creencias. Y sin exagerar, ya lo hacen.
- Hay vacunas con células embrionarias humanas -al menos en EUA- y los padres se debaten si ponerlas o no. La Iglesia pasa porque las vacunas ya está hechas.
- Hay piel sacada de células embrionarias humanas para curas.
- Habrá otras intervenciones que desconozco... y sin ir muy lejos, la falta de respeto a los embriones humanos anónimos, deseables, objeto de experimentos escalofriantes, en la reproducción asistida es tan común que si uno objeta algo ya le miran como marciano... y por supuestísimo, práctica habitual de catolicísimos, "...que no es para tanto porque la fulanita o le fulanito lo hacen que a mí lo que me parece mal es el alquiler de úteros porque la pobres indias..." Y se nos pasa por alto, al acto conyugal, la masturbación, la extracción de gametos, la manipulación de embriones para que sean 'ad usum delphini', las reducciones embrionarias, amén del derecho a su propia identidad, que no sabe ni la señora que lo parió de quién es hijo.
Los presuntos argumentos bíblicos aducidos por la secta para orillar a sus fanáticos a arriesgar la vida de esta manera son de risa.
Esta táctica de convertir en "mártires de la obediencia bíblica según la interpretación jehovista" a sus miembros, es un golpe publicitario y mediático que les funciona y les mantiene el rating vivo. Yo quisiera saber de alguno de los dirigentes de la secta que haya arriesgado su vida o la de un ser querido de esta manera.
Tampoco yo defiendo esta doctrina, defiendo la libertad de las conciencias.
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