Para los apóstatas: unas sugerencias

En las parroquias, en los últimos años, se han multiplicado los problemas de índole jurídica. Uno de ellos por la venta que tiene en los diarios locales es: el ejercicio de la apostasía. La mayoría de los sacerdotes nos hemos encontrado con la siguiente situación:

Una persona, de edad mediana a madura, llega, educadamente, pidiendo ser borrada del libro de registro de bautismos. Según la cultura del demandante así se desarrolla la conversación. Normalmente, se le indica el camino jurídico y se le insiste que en el libro del archivo parroquial nadie puede llegar y arrancar la hoja, donde el demandante esté inscrito, ni tampoco nadie puede tomar un bolígrafo y hacer un tachón en equis y colocar un letrero que diga: No es válido a petición del bautizado.

Para iluminar este asunto, con una doctrina serena y actual, hemos encontrado un articulo fimado por don Silverio Nieto Núñez, titulado Protección de datos personales y abandono formal de la Iglesia (apostasía). Se puede encontrar en: www.analisisdigital.com.

El artículo es largo, pero bien construido, por esto nosotros vamos a alojar aquí solamente las conclusiones:

“Conclusiones

1.- Las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos, aplicando un criterio técnico y unos principios de los ficheros como conjunto organizados de datos personales, a unos Libros de registro que no son ficheros, parece haber alentado una polémica puesta al servicio de una causa ideológica que se ha valido de un instrumento jurídico pensado para la protección de otros derechos.

2.- En ninguno de los casos en los que se ha exigido la cancelación de los datos del bautismo ha habido denuncia alguna contra el uso ilegítimo de esos datos por parte de las instituciones eclesiásticas o un tratamiento contrario a la ley, por lo que la actuación de la Agencia no parece haberse orientado a garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

3.- De los hechos se desprende que la finalidad última de las reclamaciones contra la entidad eclesiástica era poner de manifiesto una actitud personal contraria a la Iglesia Católica.

4.- La exigencia de supresión de la inscripción de bautismo, parece ser una forma de protesta contra la institución eclesiástica y una manifestación de convicciones personales que no tiene incidencia directa en el contenido esencial del derecho fundamental al honor o a la intimidad personal y familiar, ni en el derecho a la protección de datos personales.

5.- El apartamiento de la Iglesia Católica tiene unas vías de ejercicio con eficacia canónica, único ámbito en el que el sacramento del bautismo inscrito en los Libros parroquiales tiene eficacia jurídica.

6.- El ejercicio de la apostasía es un acto vinculado al rechazo de la fe católica que nada tiene que ver con la cancelación de datos registrales que no hacen prueba de ninguna clase de adhesión a la fe ni son manifestación de creencias sino solo de un hecho histórico con relevancia exclusivamente eclesial como es el sacramento del bautismo. Por esa misma razón, el abandono de la confesión carece de eficacia civil.

7.- Como existe un procedimiento reglado que garantiza jurídicamente el ejercicio del derecho de salida de la Iglesia y, además, el mecanismo establecido por el Derecho Canónico para la constancia del abandono de la Iglesia por acto formal es sustancialmente coincidente con el civil, no existiría conflicto alguno si se respeta la autonomía de cada orden en las cuestiones que son de su competencia. Los poderes públicos deberían abstenerse de dar instrucciones a los órganos eclesiásticos en materias con exclusiva relevancia canónica, evitando una instrumentalización interesada y abusiva del ordenamiento jurídico.”

Tras su lectura se extraen varias consecuencias. Una es la más importante: el ejercicio a la apostasía es un acto vinculado al rechazo de la fe católica que nada tiene que ver con la cancelación de datos registrales. Es decir, que la persona que demanda nunca se podrá llevar la hoja arrancada del libro bautismal, como me decía un compañero, que un hombre le pedía y le amenazaba con ir a la prensa local con el asunto.

Al final no pasó nada de eso. Pero en otros lugares sí han salido en los medios de comunicación los asuntos de ciertos apóstatas, que buscan un minuto de gloria y de fogonazos fotográficos, creyendo que así irán a las revistas del papel de colorines.

Tomás de la Torre Lendínez

4 comentarios

  
miguel
El enlace del artículo reseñado, para que no haya que buscarlo:

http://www.analisisdigital.com/noticias/noticia.asp?IDNodo=-7&IdAccion=2&Id=39568

19/05/09 8:34 AM
  
Tomás de la Torre Lendínez
Gracias, Miguel, por servir a todos los lectores.
19/05/09 8:50 AM
  
camilo
He leido su artículo y el de el señor Silverio. Es un asunto muy interesante. Yo fuí uno de los que estuve visitando al cura de mi parroquia para que me borrara mis datos, porque me estaba replanteando apostatar de la fe cristiana.
Gracias a unos amigos del Camino Neocatecumenal abandoné la idea y hoy estoy muy feliz en la vida cristiana y en la Iglesia Catolica.
19/05/09 11:08 AM
  
cinta
Este articulo toca un tema muy actual. Pero yo le digo que existen millones de personas que viven al margen de lo cristiano y no desean irse de la Iglesia.
Esto es otra forma de apostasía.
19/05/09 12:06 PM

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