El eco de la sentencia de la madre condenada
El tribunal afirma que el castigo físico está prohibido
La Audiencia de Jaén eleva la pena a la madre que abofeteó a su hijo
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha elevado la pena impuesta a María del Saliente A.M., la madre de Pozo Alcón (Jaén) condenada por un delito de malos tratos, al darle a uno de sus hijos un bofetón y agarrararle del cuello cuando le reprendía por no hacer los deberes. La nueva condena le impone 67 días de prisión así como un año y 67 días de alejamiento del menor. La sentencia también recoge la petición de un indulto parcial para que no se aplique el alejamiento.
(Agencias/ReL) En la primera sentencia, la madre había sido condenada a 45 días de prisión y a un año y 45 días de alejamiento. En la nueva resolución, los magistrados resuelven a favor del recurso planteado por la fiscalía que alegó que al producirse estos hechos en el domicilio familiar la pena debía ser la ahora impuesta.
La Audiencia desestima el recurso de la defensa, que solicitaba la libre absolución. Los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia aseguran que el “simple hecho de golpear al niño ya incardina la conducta de la acusada” en el artículo 153 del Código Penal, en el que se contempla el delito de violencia doméstica.
“Corregir no equivale a agredir, maltratar o golpear", afirma, para agregar a continuación que “el derecho de corrección no autoriza ni alcanza la utilización del castigo físico".
A todo ello añade que los hechos enjuiciados no fueron un simple acto de reprensión ante una conducta impropia, sino el uso de la violencia física “como único medio de corrección", de ahí que sólo quepa aplicar lo estipulado lo recogido en el Código Penal sobre los delitos de violencia doméstica.
Indulto parcial
Pese a todo ello, el tribunal propone el indulto de la pena de prohibición de aproximación, “con la consiguiente suspensión de su ejecución", ya que considera que su aplicación puede conllevar consecuencias perjudiciales para los dos hijos menores de esta madre.
El fiscal jefe de Jaén, José María Casado, ha explicado a los periodistas que ya se ha solicitado al Ministerio de Justicia el expediente de indulto, pidiendo al juzgado la suspensión de la ejecución de la pena mientras que aquél se resuelve.
Los hechos se desarrollaron el 6 de octubre de 2006, cuando María del Saliente A.M. estaba en su domicilio de Pozo Alcón y recriminó a su hijo de diez años de edad porque no había hecho los deberes del colegio, a lo que este le respondió tirándole una zapatilla y corriendo a encerrarse en el cuarto de baño.
La madre fue tras el pequeño y, pese a la oposición del menor, consiguió abrir la puerta, lo que hizo que el niño cayera al suelo; fue entonces cuando la mujer le levantó agarrándole del cuello, dándole seguidamente un tortazo por detrás en la cabeza que hizo que se golpeara la nariz y sangrara.
La sentencia reconoce que el niño tiene un carácter “difícil” y es “desobediente” en el colegio, y que ello era motivo de nerviosismo para la madre.
La noticia de la sentencia ha caido como un mazazo sobre la población de Jaén. Entre padres y educadores, que es donde lo he podido comprobar, nadie está de acuerdo con el contenido, ni con las formas, ni con el futuro que puede abrir este asunto en toda España.
Los padres me decían que educar no supone estar a latigazo limpio con sus hijos, ni mucho menos, pero que un cogotazo, un pellizco, un azotazo en el trasero y cosas así son moneda corriente en cualquier casa. Y, por supuesto, las palabras más altas o más fuertes, tambien son formas de educar a los chicos de hoy en los hogares de la provincia de Jaén. La situación de muchos padres es la siguiente: ¿Y, ahora, que puedo hacer cuando mi hijo me conteste en mi cara: !No me da la gana¡, o palabras similares. Estamos asustados, dicen, porque el mismo chico tiene el arma legal en la mano para llevarnos a los tribunales y como en el caso de Pozo Alcón, nos metan una condena parecida o igual.
Entre los docentes las opiniones recogidas se parten en dos vertientes:
1.- Los que están de acuerdo con la sentencia, ya que fue un docente quien descubrió el caso de la sentencia y lo puso en conocimiento de un médico y éste del forense de guardia. Los profesores entrevistados nos afirman que ellos harían lo mismo, y que es una sentencia ejemplar. Ante la pregunta de que harían si fueran ellos los condenados por sus propios hijos afirman tajantes: Mis hijos no harán eso conmigo, porque yo no les doy motivos.
2.- Los que están en contra de la sentencia que son mayoría. Justifican su opinión en que es desproporcionado el castigo, en que diversas asociaciones de padres han pedido la anulación de la sentencia, y en que no les gustaría tener en clase ni en sus casas a chicos capaces de poner una denuncia a unos padres, como el de la sentencia. Además, se preguntan que va a pasar en el futuro tanto en las clases donde la violencia ha llegado de modo patente, o en las casas donde la educación, las voces y alguna forma física de obligar a los hijos es moneda de curso legal.
La ciudadanía de Jaén está haciendose estas preguntas. Claro está en el sector más progresista me acaba de decir por teléfono que desean que la sentencia sirva de ejemplo para desterrar la violencia contra los chicos. El resto de gente, en cafeterías, comercios y locales públicos, consideran la sentencia desproporcionada y que se nota que los jueces se han pasado muchos pueblos con la aplicación de una ley que da un palo, pero quita parte del palo en el mismo texto pensando en lo que podría ocurrir a los hijos menores si esta madre es obligada a la pena de alejamiento del hogar.
Ahora, esperamos que los lectores y visitantes dejen sus opiniones, como siempre, con la libertad total. Pero nos preguntamos: ¿Padres o hijos?, ¿quienes educan a quien?.
Tomás de la Torre Lendínez