El archivo parroquial, parte del secreto de confesión

No es infrecuente encontrar en las parroquias laicos encargados del archivo parroquial. Suelen ser personas de confianza que se ocupan tanto de pasar nuevas partidas de bautismo, matrimonio y, en muchos lugares aún, de difuntos, como de emitir las partidas y certificados que puedan solicitarse. No sé si acabamos de ser conscientes de lo que eso significa.

Los libros parroquiales son auténticos chivatos de la vida de las personas. Un asiento de bautismo consta de datos del bautizado, sus padres y abuelos, matrimonio de los padres… En la mayoría de las ocasiones nada especial que reseñar, pero en cualquier caso fuente de informaciones reservadas que a nadie importan.

Ejemplos. Quizá el niño no tenga padre conocido… Tampoco importa a nadie si los padres están casados por la iglesia o no y si el niño nació a los poquitos meses de la boda. O si falta algún abuelo porque el padre o la madre son hijos de soltera…  Podría pasar que el niño fuera adoptado y así constara. O que se bautizara como hijo de padre desconocido y posteriormente hubiera sido reconocido.

Los libros de bautismo tienen lo que se llaman “notas marginales”, donde se apuntan acontecimientos como confirmación, matrimonio, profesión religiosa, ordenación in sacris. Y si se anota eso, también las posibles modificaciones de ese estado, es decir, nulidad matrimonial, dispensa de votos, secularización de un sacerdote.

Creo que es suficiente como para comprender que contienen una información que no puede estar al alcance de cualquiera. Por muy de confianza que sean don Manuel o doña Isabel, no les importa nada si los papás de Vanessa están casados o no, si Héctor es adoptado, o si mamá no tenía padre reconocido.

Tampoco les importa si María del Carmen dejó las monjas y pidió dispensa de votos, si el matrimonio de José fue anulado y con qué condiciones -a veces hay que anotarlo-, o si don Francisco recibió dispensa de celibato y se casó con María. Ejemplos, no de diario, pero sí reales como la vida misma. Y porque esas cosas pueden pasar, de hecho pasan, los libros sacramentales no se dejan a nadie y punto.

Por eso me atrevo a decir a mis compañeros sacerdotes que guarden los libros sacramentales como oro en paño, que sea el sacerdote quien pase partidas, se responsabilice de ese tesoro y que nadie toque eso.

Los libros sacramentales deberíamos considerarlos casi como parte del secreto de confesión. Ponerlos en manos de cualquier laico, por muy de confianza que sea, me parece pudiera considerarse traición a la confianza de la gente. Por eso, aunque sea más trabajo, más incordio, más problemas, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE los sacerdotes, y conscientes de que lo escrito en ellos pertenece a las personas y debemos guardarlo con exquisito cuidado.

 

46 comentarios

  
josep
hombre......
02/07/16 9:47 AM
  
Victoria
Ya le digo que no se vive así en muchas ocasiones. El que está en ese momento en sacristía da toda la información cuando de pide algún documento, incluso cuando de pide la partida de bautismo-soy encargada de confirmación-a veces no sólo ponen los datos precisos del certificado, sino las anotaciones adjuntas que,como usted dice, no interesan a nadie.
Hasta ahora no lo había pensado pues creía q era lo normal, nacido fuera matrimonio, fechas de boda, observaciones de cambio de religión, cambio de apellido por nuevas nupcias de los padres, etc. Tendré yo también más cuidado al leerlo. Gracias. Saludos y oraciones.
02/07/16 10:34 AM
  
Antonio Navarro
Lo siento pero no estoy de acuerdo en esta ocasión. Muchas cosas delicadas las gestionan laicos, sean voluntarios (archivo de Caritas, qué familias viven en pobreza y otros datos comprometidos) o trabajadores (ecónomos o arquitectos o secretarios de los Obispados o la Conferencia, ni que decir tiene cuánta información delicada de la Iglesia y de los sacerdotes manejan).
El archivo se puede delegar perfectamente en laicos de confianza que guarden reserva, pues también los laicos saben lo que es el secreto profesional y la prudencia. Además tal vez sea realizable en parroquias pequeñas pero en muchas parroquias que tienen gran volumen sacramental es imposible que lo haga el sacerdote.
02/07/16 10:49 AM
  
Sergio
Totalmente de acuerdo.
02/07/16 10:54 AM
  
regina
Estuve cuatro años haciendo un voluntariado, junto a cuatro personas más, en un despacho parroquial, y no teníamos tiempo de andar curioseando.El sacerdote no hubiera dado abasto. Todo quedaba archivado en los libros, y en el ordenador.Es una basílica con más de 1000 años y en una ciudad grande.Había trabajo...Para dar y tomar.A lo mejor, en parroquias pequeñas, o en pueblos, puede pasar lo que usted dice.
Paz y bien.
02/07/16 11:38 AM
  
Eunice
P. Jorge, me parece que se ha pasado un poquito de la prudencia a la superprudencia. A mi me delegaron durante años esta tarea- con plena confianza- y jamás pasó por mi imaginación ir aireando al exterior los datos que concernian a las personas que obraban en el archivo. Pienso que si los seglares a quienes tanto se adula con que se inserten en tareas pastorales, a la hora de la verdad todo se reduce acciones de infima categoria--leccionario, encender velas, pasar el cepillo, preparar los ornamentos y cosas similares.Eso no creo que sea lo que propugna la nueva evangelización y la llamada insistente al laicado a implicarse en apoyo a la Iglesia
02/07/16 12:04 PM
  
María B
Es verdad que hay que ser prudente. Yo he realizado esa labor bastante tiempo en un pueblo. Y nunca se me ocurrió desvelar nada, al igual q no lo hago en mi vida laboral. Si ese volumen de trabajo lo tuviese que hacer el párroco, él solo en un pueblo de 10 mil habitantes censados que llega a más de 30 mil en época estival, capellán de las cuatro grandes residencias de ancianos del pueblo... si tiene que hacer también todo el trabajo de archivo y administrativo, lo deja por estrés. Que por cierto, apoyar en esto, también es ayudar a salvaguardar el sacerdocio.
02/07/16 1:15 PM
  
María
Muy de acuerdo con Vd.

He tenido acceso profesional por restauración y sé que anotaciones hay. El párroco no me hizo ninguna observación pero al ir pasando hojas, colegí por instinto que muchos datos eran muy confidenciales y no podían ser comunicado a nadie. Con todo observé que sí estaba escrito por no sacerdotes porque había asientos sin firmar por el sacerdote que administró el sacramento! Con permiso de mi párroco fui a que el celebrante del matrimonio firmara el de uno de mis hermanos, cuyas bodas de plata se celebraban entonces y el propio párroco me había dicho 'dales una sorpresa, fotocopia eso, les hará ilusión'... todavía vivía y como un favor accedió a firmar. Y restauré el volumen estropeado, claro.

Pienso que deberían tener unos mínimos conocimientos de conservación y restauración libros para evitar eso y que se escribieran en libros de mala calidad y mal encuadernados. Se evitarían muchas indiscreciones.
02/07/16 1:47 PM
  
jaquins
Padre Jorge, estabamos hablando de lo siguiente hace un par de días en otro artículo y aprovecho para preguntárselo a propósito del archivo parroquial: se podría celebrar un matrimonio entre dos hermanastr@s políticos que no son parientes cosanguíneos? Un cordial saludo.
02/07/16 2:03 PM
  
Juanlu - Sevilla
Quizás lo que habría que hacer es aplicar adecuados procedimientos y protocolos de la LOPD en el conjunto de las diócesis
02/07/16 2:07 PM
  
jaquins
Padre Jorge, aprovechando hablabamos de la validez matrimonial en mi anterior comentario me ha surgido otra duda. En el blog de Miguel Vinuesa estábamos hablando del Modernismo y leyendo el Syllabus Errorum me asalta una duda que me parece no fue resuelta en su momento. En el punto 73 (LXXIII) del Syllabus no se resuelve que premisa es la errónea: 1) Que el contrato de matrimonio es siempre sacramento. 2) Que el contrato (de matrimonio) es nulo si se suprime el sacramento. ¿Cuál de las dos premisas es la correcta según el Código de Derecho Canónico (CIC)? Un cordial saludo.
02/07/16 2:23 PM
  
Myrian
Totalmente de acuerdo, como secreto de confesión. No hay porque dar aire a la vida intima de cualquier persona y los que andamos por la Iglesia, ojo con algunos de nosotros, que nos gusta demasiado saber cosas y no siempre somos tumbas.
02/07/16 3:04 PM
  
Mori
En total desacuerdo padre. Creo que ese tipo de registro debe ser público. Especialmente lo referido al estado de las personas.
02/07/16 3:17 PM
  
jaquins
Mori, el estado civil o marital de las personas debería ser público. Cualquier interesado debería poder consultarlo si lo justifica. Me parece que había una comedia de enredo de Henry Fonda donde el protagonista casi acaba denunciado por bígamo: quería casarse con su amante sin estar separado o divorciado de su cónyuge. Todo esto con el consiguiente fraude para ambas de sus parejas. En ciertos casos, la consulta de los registros parroquiales estaría justificada. Del mismo modo, la revelación del secreto de confesión está justificada en ciertos casos. Un cordial saludo.

---------
Jorge:
El secreto de confesión es sagrado SIEMPRE Y EN CUALQUIER CURCUNSTANCIA.
02/07/16 4:09 PM
  
Enrique
Estoy de acuerdo con que los datos del archivo parroquial son confidenciales. Pero de ahí a pedir que solo los maneje el sacerdote, hay un abismo.

En España puede ser así, pero en América, donde las parroquias son enormes, si el sacerdote debe dedicarse a rellenar partidas y dar certificados, a veces no haría otra cosa. Prefiero que tenga un laico bien entrenado (también en la confidencialidad) y que el sacerdote dedique ese tiempo a confesar o estar disponible.
02/07/16 4:38 PM
  
manuel d
quizá con asegurar la protección de datos fuera suficiente, responsabilizándose el sacerdote de la posible difusión de los datos.
el sacerdote creo que debe tratar los temas pastorales, y con eso ya tiene bastante. creo que la parroquia debe ser lugar de colaboración, diferenciando las tareas y contando con el buen hacer de los laicos.
02/07/16 5:53 PM
  
Ibique Seneh
Estoy de acuerdo en lo que dice, en principio. Lo dificil es la carga de trabajo que implicaría al sacerdote. Si de por si muchas veces las labores son extenuantes, con eso se haría insostenible. El delegar esa actividad pordría suplir el Secreto de Confesión, por el secreto de Profesión. Al igual que otras disciplina tienen secreto profesional, acá se podría realizar un juramento de silencio, que no veo dificil se pueda efectuar y respetar. Aunque siento que de por sí, muchos de los asistentes de las parroquias son discretos.

Lo que verdaderamente me preocupa, es otra cosa que no se ha mencionad y es mucho mas grave. No había pensado en ello hasta ahora, y lo externo: los mormones.

Es sabido que ellos, en su "doctrina" quieren saber quienes son los 144 mil, por lo que idearon que tenían que sistematizar los datos biográficos de todo el mundo, ....literalmente. Y no solo los de su "creencia", sino de TODOS.

Por internet es fácil accesar su sitio (Ancestry) y hacer búsquedas de registros parroquiales (en nuestro caso). Ellos han escaneado y digitalizado toda la información disponible de cuanta parroquia han tenido a su alcance. Nunca he sabido (y ahora investigaré) quien autorizaría dicha acción, no creo que vayan pidiendo permiso partiquia por parroquia, y esto a nivel mundial, incluyendo registros de alcaldías y municipios. No lo había pensado como inadecuado (el que ellos tuvieran acceso a esa información), incluso uno de mis hermanos hizo un rastreo de un dato que nos faltaba de un antepasado para hilar un dato (Yo había procurado evitar acceder a ese servicio por no querer nada con quienes son tan diamentramente opuestos a mi fe, pero mi hermano hizo "el trabajo sucio").

Tendré que investigar.
02/07/16 6:29 PM
  
Juan Felipe Castro
Aqui en colombia las actas de sacramentos son un importante acento legal antes de este siglo eran verdaderos documentos publicos ya que con ellos se demostraban quien era la esposa legitima y los hijos que merecian la herencia de su padre y abuelos los libros y sus datos son muy portantes a la hora de levantar sucencion de tierras en los municipios, incluso hay personas que nunca fueron registradas legalmente que hay sustento de que existieron gracias a un partida de bautismo. en mi municipio abogados e historiadores (y yo un joven curioso) consutlan estos libros con total libertad con permiso dela secretaria, ademas de los libros que contienen comunicados de los obispos me encotrado con viejas instrucciones pastorales hacia los obispos que dejarian helado a cualquier modernista, entonces por ahora esta medida no es tan facil de aceptar por mis lares,
02/07/16 7:13 PM
  
miguel
D Jorge, bien comprendo yo que el sacerdote /parroco debe velar por los contenidos de los libros parroquiales y si asi lo decide, guardarlos en caja fuerte, como su conciencia de organización parroquial le dicte.
No es menos cierto que al colaborar con el sacerdote, queremos cumplir al máximo con lo encomendado y conociendo en lo laico el secreto profesional, se puede uno acercar a comprender el secreto cuasi de confesión que contienen esos libros.De todas formas dependerá del sacerdote, a quien encomienda tal o cual misión, si es eficiente o no, si es chismoso o no...Y todo esto me recuerda a otro artículo que vd escribió sobre los fundamental que son las labores del sacerdote en el despacho. Pero el volumen de trabajo de muchas parroquias no permiten ese lujo a los fieles. De todas formas quede tranquilo.Esta advertencia sobre lo libros parroquiales la llevaré a la oración intentando no cometer ningun error y servir mejor.
02/07/16 7:13 PM
  
Ruby Salazar
Yo fui secretaria parroquial de confianza, y nuestro párroco siempre fue muy prudente y cuidadoso de los libros. No se daba información por así, las constancias eran solicitadas personalmente y solo para asuntos sacramentales.
Como laicos también sabemos vivir el sigilo y velar porque se lleve el orden y el cuidado de varios asuntos.
02/07/16 7:28 PM
  
jaquins
Padre Jorge, me parece que se equivoca. En cierta ocasión, un catequista (aleccionado por sus presbíteros) me dijo que el secreto de confesión es sagrado (bajo pena de excomunión para el confesor) salvo que corra peligro la vida de un inocente.

A todos nos viene a la mente la película de suspense dirigida por Alfred Hitchcock en la década de los 50 titulada "Yo confieso". Un asesino confiesa su crimen al presbítero protagonista de una parroquia. Días después, el presbítero es acusado por la policía de asesinato. Mantiene el secreto de confesión incluso después del juicio penal posterior. Sin embargo, en este caso la vida del confesor inocente corre peligro porque le podían haber condenado incluso con la pena capital.

Pero a donde yo quería llegar es que el estado marital de cada persona no debería de ser un secreto y que cualquier persona interesada podría preguntar sobre el mismo y obtener una respuesta sin que ello implique saber más información sobre cada caso concreto.

Un cordial saludo.
02/07/16 7:40 PM
  
David V
Señor mío como si no hubiera sacerdotes o y consagrados que se van de la lengua. En la parroquia que me pilla de cerca así ha sido durante años. Y hasta podría hablar de todo un señor Obispo que no sabe que todo lo que se habla en un despacho parroquial o arzobispal se entiende como secreto de confesión por aquel que acude esperando total confidencialidad. Es que ni decir tiene.
02/07/16 7:52 PM
  
Jaime Z
Pues imagine usted lo que sucede en muchos pueblos pequeños, en donde muchos sacerdotes delegan esa tarea a las típicas señoras viudas, aburridas y cotillas.
02/07/16 7:53 PM
  
jaquino
Padre Jorge, ahora me asaltan las dudas. La legislación española exime a los confesores de prestar declaración sobre alguna materia sobre la que apareciese el sigilo sacramental. Además, he leido que revelar el secreto de confesión no es una prueba suficiente para inculpar al acusado. Es que el sigilo sacramental es diferente según el país del que estemos hablando? Un cordial saludo.
02/07/16 8:09 PM
  
jaquino
Padre Jorge, ahora que lo pienso más detenidamente, no es necesario acudir al archivo parroquial para saber el estado civil de un persona. Es mucho más rápido dirigirnos al registro civil si nos interesa saber si una persona esta casada o soltera. Siga guardando los archivos parroquiales con sigilo.

Por otro lado, quizás pueda interesar a alguien saber si su pareja está bautizada para poder recibir el sacramento del matrimonio pero eso debería quedar resuelto en la primera charla matrimonial. Además, no conozco a ningún no creyente hoy en día que oculte que no está bautizado.

Un cordial saludo.
02/07/16 10:03 PM
  
jaquino
Padre Jorge, hay una cosa que no entiendo. Dice usted que los libros de bautismo tienen notas marginales sobre otros sacramentos. Pero me imagino que eso será el caso de una persona que haya recibido los sacramentos en la misma parroquia. Lo digo porque yo me bauticé y me confirmé en parroquias distintas. Supongo que cada parroquia tendrá su registro propio porque cuando me confirmé nadie me preguntó en que parroquia me bautizaron. Supongo que llevarán registros independientes.

Esa es otra razón por la que digo que para saber el estado civil de una persona es mejor preguntar en el registro civil. Lo digo porque cuando alguien contrae matrimonio canónico también contrae un matrimonio civil al mismo tiempo. Es de suponer que su estado civil también aparecen estos acontecimientos.

Un cordial saludo.
02/07/16 10:10 PM
  
Kinxo
No va con el tema pero leyendo un comentario, me pregunto. ¿Porque siempre suponemos que las personas que ayudan en pueblos son mujeres, viudas, aburridas y cotillas? Por lo general SON PERSONAS MOVIDAS POR UN GRAN AMOR A LA IGLESIA. Me gustaria oir la opinión df Doña Rafaela, al respecto
02/07/16 10:32 PM
  
JuanSimon
Los laicos también tenemos secreto profesional y sabemos ser discretos. No estoy para nada de acuerdo en esta ocasión.
03/07/16 12:13 AM
  
Rufus T. Firefly
Respecto a lo de las notas marginales y su actualización, en mi diócesis para... confirmarse, casarse, etc... si no será en tu parroquia de bautismo se te exige certificado de bautismo, para confirmarte, y el de confirmación para ser padrinos o para casarse. ¿Qué sucede una vez se administra el nuevo Sacramento? La parroquia en la que lo has recibido remite a la parroquia de origen una nota para que actualicen sus libros. De este modo, te cases o no te cases en la misma parroquia del bautismo, dicha parroquia puede realizar la nota marginal correspondiente.
03/07/16 12:44 AM
  
JCA
«El secreto de confesión es sagrado SIEMPRE Y EN CUALQUIER CURCUNSTANCIA.»

Cierto, pero aquí se está hablando de otra cosa. Entiendo que bautismo, confirmación, matrimonio, nulidad, apostasía, etc. son siempre ACTOS PÚBLICOS y para eso está el archivo, para su consulta. Otra cosa es el chafardeo, pero eso no se puede evitar.
03/07/16 12:57 AM
  
JCA
jaquins:
«me dijo que el secreto de confesión es sagrado (bajo pena de excomunión para el confesor) salvo que corra peligro la vida de un inocente.»

FALSO. En ninguna circunstancia.
03/07/16 1:01 AM
  
Guillermo
jaquins/jaquino: Le copio directamente del CIC, can. 983 § 1. Pondría negritas, pero por no saber cómo hacer esto, se lo resalto en mayúsculas: «El sigilo sacramental es INVIOLABLE; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y POR NINGÚN MOTIVO».

No es tarea del confesor poner los medios para salvar la vida de una persona que estuviere en peligro de muerte, sino del penitente. Por eso, en estos casos la Iglesia prescribe al confesor que anime fervientemente al penitente para que confiese sus delitos ante la autoridad competente, o haga lo posible para evitar males mayores.
03/07/16 1:05 AM
  
patricio vilches
Ibique Seneh, cual será el verdadero propósito de los Mormones para tener fichado a medio mundo??
Resulta extraño, muy extraño. En nuestro pequeño país (Chile) has sentado templos hasta en minúsculas ciudades y sus componentes es fácil encontrarlos por cada barrio. Son parte del paisaje actual.
03/07/16 2:38 AM
  
TLM
Hasta donde yo sé (al menos es lo que se aplica en mi diócesis, y eso después de haber consultado al responsable del archivo diocesano), los registros de los archivos parroquiales que lleguen hasta los últimos 50 años están afectados por la LOPD, y como tales son de acceso restringido (y el párroco es el responsable de que eso se cumpla, evidentemente). A partir de ese plazo ya se consideran archivo histórico y desaparece esa restricción. Otra cosa es que vengan en momentos intempestivos a querer bucear para buscar temas de árbol genealógico y demás (eso para sus recopliaciones de anécdotas de sacristía y despacho, padre).

Un saludo fraterno.
03/07/16 7:36 AM
  
José Luis
En pleno siglo XXI leer este tipo de afirmaciones sobre los libros parroquiales causa estupor, «fuente de informaciones reservadas que a nadie importan». Sinceramente, debería cambiar el régimen de acceso a la documentación eclesiástica, considerar el patrimonio documental como un tesoro propio que a nadie importa, y que sólo debe estar custodiado por personal de la Iglesia cuando existe un oficio propio para ello, el de archivero/a y una ciencia auxiliar de la historia como la genealogía, que se alimenta de esos libros parroquiales, [me] provoca indignación. Un poco de reflexión, por favor.

- - - - -
Jorge:
Eso.
03/07/16 9:10 AM
  
José Gabriel
Los párrocos deben llevar todo lo referido al archivo parroquiales, incluyendo su custodia. Es la ley de la iglesia, tal como aparece en el vigente Código Canónico. No cabe la delegación. Así se lo manifesté a un párroco, con todo el cariño del mundo. Que qué pienso. En la hora actual de la Iglesia, todos, incluyendo los laicos, deben saber cuál es su papel y su lugar. Un ejemplo. El presbiteriado es el lugar propio para los clérigos. Nunca para los seglares o no consagrados. Otro tanto pasa con el sagrario. El párroco tiene un gravísimo deber de custodia y así queda manifesto en su toma de posesión. En muchas ocasiones son los seglares lo que abren el sagrario y sin ningún derecho depositan allí el cáliz con las sagradas especies. Y así lo hacen sin el debido respeto y sin la adoración debida ante el Señor de Cielos y Tierra. Soy testigo de ello. Más. Hay un claro abuso sobre los llamados ministros extraordinarios y no digamos nada sobre la comunión. El párroco debía velar por la correcta administración del santísimo sacramento. Es ley universal de la iglesia recibir al Señor de rodillas y en la boca. Y debía cumplirse esta ley, cosa que no ocurre. Se impone contra derecho recibir al Señor de pie y en la mano. Otra costumbre. Si se administra en la mano muchos fieles no consumen inmediatamente la sagrada forma delante del ministro. Casi nunca. Y lo peor. Nunca bajo ningún concepto el seglar puedo tomar el cáliz con sus manos... Por tanto, podía seguir con más abusos que el párroco debía evitar, y no ocurre. Lo del archivo parroquial es, si se me permite, la punta del iceberg.
03/07/16 10:57 AM
  
FC Romero
Para aclarar un poquito estas cosas es conveniente leer el Canon 535 del Código de Derecho Canónico en sus cinco párrafos que nos enseña la realidad de lo que debe ser, frente a lo que en ocasiones se hace o se omite y a lo mucho de lo dicho erróneamente en muchos de los comentarios anteriores.
Así, en el párrafo 1º, se nos habla de los libros parroquiales prescritos por el propio Código (bautizos, matrimonios y difuntos) y de la posibilidad de que la Conferencia Episcopal o el Obispo prescriban otros. Se manifiesta expresamente que el párroco ha de cuidar que los libros se han de guardar diligentemente y anotarse todos los datos en ellos con exactitud .
El 2º párrafo nos habla de la anotación de la Confirmación y de las referidas a los estados canónicos de los fieles (Matrimonio, Orden Sagrado, Profesión Perpetua y cambio de rito) que han de anotarse obligatoriamente en la partida de bautismo.
El tercer párrafo está referido a los requisitos formales de los certificados sobre el estado canónico y demás actas con valor jurídico de la parroquia (sello parroquial , firma del párroco o su delegado).
El cuarto se refiere al lugar donde ha de guardarse estos libros junto con otros documentos como las cartas de los obispos y demás documentos, necesarios o útiles, que están sometidos a la revisión de los propios obispos o sus delegados, cuando realicen sus visitas o en ocasiones oportunas, y se exige que el párroco cuide que el archivo no vaya a parar a manos extrañas. Se entiende que ese último deber se ha de extender a todos los datos incluidos en el mismo.
03/07/16 12:58 PM
  
jaquino
Guillermo, gracias por resolver mis dudas. Si eso es lo que dice el CIC (Código de Derecho Canónico) será la verdad sobre el caso. Un cordial saludo.
03/07/16 1:28 PM
  
Juan Segura
Ibique Seneh :El concepto donde se dice que los mormones en su doctrina quieren saber quienes son los 144.000, es confundido con la de otra creencia religiosa; el sitio oficial es FamilySearch.org donde se puede hacer búsquedas sobre personas no vivas, no se encuentran de quienes no hayan pasado 110 años de su nacimiento; en muchos países convienen con parroquias para el microfilmado de los libros antiguos, lo que permite preservar estos documentos ante cualquier acontecimiento, además da a la parroquia la posibilidad de manejar digitalmente los archivos a través de un pc y de ese modo preservar el deterioro de los libros originales por la manipulación.No se incluye en esto los libros de menos de 100 años para consulta pública obviamente.-
05/07/16 5:48 AM
  
José Luis
Durante años colaboré en dos archivos parroquiales. El párroco era tan responsable de su archivo, que en una ocasión, a una religiosa de un conocido colegio, le recomendó no pidiera a los padres nada más que una Nota de Bautismo. La Partida completa,¡no!
Y por supuesto, jamás se me ocurrió hacer comentario alguno. Son datos protegidos por las leyes, al igual que los contenidos en los registros civiles.
05/07/16 11:39 AM
  
JUAN NADIE
Don Jorge,
Me parece muy bien lo que usted comenta,como siempre.
Pero permitame un añadido por si le sirve.
Creo que además de lo que usted dice, toda entidad, pública o privada que guarde datos personales de individuos esta obligado por la Ley de protección de datos a adoptar una serie de medidas muy importantes para proteger que nadie no autorizado accede a los mismos o los roba.
De hecho se dice que la ley de P de D es tan fuerte que es imposible de cumplir en su totalidad, por las condiciones de custodia que marca.
Este es un terreno muy delicado, pues una entidad puede ser acusada de delito si no custodia adecuadamente datos personales de terceros.
05/07/16 10:45 PM
  
Alvaro
Que hay que gestionar esta información con la máxima discrección, completamente de acuerdo. No son documentos públicos y quienes acceden a ellos deberían, como mínimo, firmar un compromiso de confidencialidad tal y como establece la Ley de Protección de Datos.

Pero secreto de confesión no es, simplemente por el hecho evidente de que no forman parte de ninguna confesión. ¿O es que va vd absolviendo e imponiendo penitencia a los que acuden a vd a casarse o a bautizar al niño?

El único caso en que entiendo que pueden requerir de ese sigilo es en el de actos administrativos derivados de confesiones, como puede ser el bautismo de un niño concebido extramatrimonialmente, del que el sacerdote ha tenido conocimiento en confesión, y que en confesión ha ofrecido dicho bautismo.

De todos modos, a la protección del secreto de confesión no está obligado únicamente el sacerdote que confiesa, sino también todo aquel que tenga conocimiento de aquello que ha sido confesado.

O lo que es lo mismo: a quienes tengan acceso a esos archivos no sólo se les debe hacer firmar el compromiso de confidencialidad, legal, sino que se les debe poner sobre aviso de que cualquier información que encuentren podría formar parte de una confesión, y que por tanto deben, por prudencia sacramental, tratar el archivo completo con ese tipo de sigilo, sin publicidad ninguna de nada de lo que en él hallen.

Un saludo.
10/07/16 10:18 AM
  
María
¿Perdone? ¿Y en el caso de una historiadora de la música, que consulta informaciones de libros parroquiales con partidas de los siglos XVI, XVII, XVIII…, acerca de músicos, como es mi caso, también se lo prohibiría?
Con todo respeto, pero no me parece justo. O por lo menos, le pediría que aclarase su postura respecto a la documentación histórica. Jamás me han puesto dificultades en ningún archivo, ya sea capitular, diocesano o parroquial, para consultar sus fondos.
Evidentemente, no apruebo que alguien vaya a un archivo parroquial a cotillear y enterarse de mala manera de ciertos datos de las vidas de parientes y conocidos, que no son de su incumbencia. Por ello mismo, me gustaría que puntualizase acerca de su actitud sobre el acceso a fondos históricos. Muchas gracias.
11/07/16 12:43 PM
  
Maite
Estoy totalmente de acuerdo.
Estoy sufriendo las consecuencias de que esos archivos estén al alcance de cualquiera, he solicitado mi partida de bautismo literal y ha sucedido que una voluntaria de la iglesia al parecer ha leído mi partida de bautismo y no le interesa que me llegue porque el contenido le afecta.
Estoy pasándolo muy mal y dispuesta a Apostatar si no consigo mi documento.
El ejemplo de esa persona me parece nefasto; y de la iglesia por permitir que tengan acceso, debe respetar mi derecho, necesita más respeto a los fieles y nuestros derechos.
Me siento indignada.
La parroquia no debería delegar ese trabajo de archivero a nadie y deberían estar a buen recaudó con copias en lugar seguro.
No descarto la posibilidad de que desaparezca la hoja o incluso el libro de mi inscripción de bautismo.
No se a quien dirigirme.
Quizá me presente en la parroquia y me plante hasta que me hagan entrega de mi fe de bautismo y sino desde allí llamar a la policía, a un notario y a los periodistas para que informen de lo que está ocurriendo.
En fin. ...la iglesia me lo está poniendo complicado pero no me voy a rendir.
no se quien tiene la responsabilidad salinidad en caso de desaparición de archivos, pero debería ser una falta grave...muy grave.
Muchas gracias por su acertado artículo.
Un saludo afectuoso
Maite
02/12/16 6:41 PM
  
Roque Sanchez
Querido Padre, en España existe la ley de protección de datos además de la Ley de Archivos pertenecientes al Patrimonio Histórico. Como sabe estos libros sirven para construir la historia social y más que la opinión que ud. pueda dar en un blog, párrocos y ayudantes debieran conocer más las leyes que al efecto existen y son de obligado cumplimiento. Saludos
13/06/17 1:41 PM
  
Candy
El padre omite considerar el valor cultural de los documentos de la Iglesia, que una vez que adquieren edad histórica se vuelven del interés público. Estoy de acuerdo en lo que dice, únicamente para los archivos activos y de gestión, no para los archivos en su etapa histórica, que no solo pueden ser atendidos por laicos, incluso por profesionales sin importar su credo, (siempre que sean verdaderos profesionales) para salvaguardar estos importantes depósitos que constituyen la memoria histórica de la Iglesia como institución, y que forman parte del Patrimonio Cultural de la Humanidad.
20/02/19 6:23 PM

Dejar un comentario



No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.