Piden mejorar la medicina paliativa y permitir la objeción de conciencia

Los obispos aragoneses alertan del riesgo de que las leyes «de muerte digna» permitan la «eutanasia encubierta»

Los obispos de las diócesis aragonesas han publicado un documento en el que valoran la «Ley muerte digna», aprobada el 24 de marzo en el Parlamento Aragonés. Los obispos se muestran a favor de «un ejercicio de la medicina fiel a su fin propio, que es y será siempre la defensa de la vida humana», y alertan de que la ley aprobada «pudiera proteger acciones de eutanasia encubierta, por abandono terapéutico o sedación final inadecuada».

(SIC/InfoCatólica) En su escrito conjunto, titulado «Solo Dios es el Señor de la Vida», de más de treinta páginas, Mons. Manuel Ureña Pastor, Arzobispo de Zaragoza; Mons. Carlos-Manuel Escribano Subías, Obispo de Teruel y de Albarracín; Mons. Eusebio Hernández Sola, de Tarazona; Mons. Alfonso Milián Sorribas, de Barbastro-Monzón; así como el Obispo de Huesca y Jaca, Mons. Julián Ruiz Martorell, hacen una “valoración católica” de la nueva ley autonómica, la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte.

Defienden “a los enfermos más frágiles y vulnerables y a aquellos que están en los umbrales de la muerte” y se muestran a favor de “un ejercicio de la medicina fiel a su fin propio, que es y será siempre la defensa de la vida humano”. Por ello, recuerdan “el valor y la dignidad de cada vida humana”, haciendo referencia a la encíclica “Evangelium Vitae”.

A su juicio, mejorar la atención a los enfermos en la fase terminal de su enfermedad y a sus familias “es positiva y apoyamos la petición de una mejor dotación en medicina paliativa, hospitalaria y domiciliaria” pero “cabría temer que esta ley pudiera proteger acciones de eutanasia encubierta, por abandono terapéutico o sedación final inadecuada, así como también obligar a los médicos y personal sanitario a realizar o a colaborar en acciones contrarias a los principios éticos fundamentales y al verdadero fin de la medicina. Por lo menos, da la sensación de poder abrir la puerta a ello”.

Los obispos destacan que “a cada ser humano, desde la concepción hasta la muerte natural, se le debe reconocer la dignidad de persona” y afirman que “la vida humana es un bien inviolable e indisponible”. Así, “la acción de quitar la vida intencionalmente a alguien es, pues, siempre inmoral. No caben excepciones. Es siempre y en toda circunstancia gravemente inmoral porque la vida es un bien tan nuclear en la persona que ningún otro bien puede ser puesto en la balanza para justificar la eliminación de alguien inocente”.

Ninguna acción médica debe tener como fin acortar o terminar una vida humana

Añaden que “el fin de la medicina y, por tanto, de toda acción médica, es el bien del enfermo” y que “la última decisión sobre las posibles acciones diagnósticas y terapéuticas corresponde al enfermo” pero insisten en que “un hombre, aunque esté gravemente enfermo o impedido en el ejercicio de sus funciones superiores, es y será siempre un hombre” porque “ningún ser humano tiene nunca vida sólo biológica”. “La persona es, desde el primer instante de su existencia, esencialmente relacional”, añaden.

El Episcopado Aragonés subraya también que “la vida humana es siempre un bien y un don” y advierten que la expresión ‘calidad de vida’, aplicada a la vida humana, “puede en muchos casos generar confusión desde el punto de vista ético”.

Sobre la libertad de conciencia, recuerdan que “es un derecho humano fundamental” y que la ley no lo considera, lo que supone “una grave carencia”. “No es sólo un derecho sino un deber”.

Se refieren también a la fase terminal, donde “es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia” pero precisan que “es éticamente importante distinguir entre medios de conservación de la vida y cuidados normales, incluyendo la alimentación e hidratación incluso por medios artificiales”.

Sin embargo, “las acciones realizadas intencionalmente para causar la muerte del enfermo y así evitarle sufrimientos –por acción positiva o por acción de omisión–, aunque se sumen a la causa de la enfermedad presente, han de calificarse de eutanasia”.

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