(korazym/InfoCatólica) El plazo expiraba hoy. La Corte de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano había ordenado el pasado 17 de marzo al Promotor de Justicia, Alessandro Diddi, depositar en Cancillería «todos los actos del procedimiento instructorio» del proceso penal sobre la gestión de los fondos de la Secretaría de Estado en su versión íntegra, sin posibilidad de selección por parte de la acusación. El Promotor no ha cumplido: ha depositado los actos con omisiones, alegando que la divulgación completa del material «expondría a grave peligro el bien y el interés del Estado de la Ciudad del Vaticano».
Entre los documentos reclamados figuran las videograbaciones completas de las declaraciones del principal testigo de cargo, monseñor Alberto Perlasca, y numerosos chats hasta ahora omitidos que nunca fueron puestos a disposición de las defensas.
La justificación del Promotor
En el escrito depositado hoy, Diddi sostiene que la obligación de entrega se limita exclusivamente al material «pertinente y relevante» para los cargos que subsisten tras la sentencia de primera instancia y tras la declaración de inadmisibilidad de la impugnación presentada por la acusación. Cualquier interpretación más amplia, argumenta, contradiría el principio de pertinencia.
El resto del material investigativo, según la Fiscalía, incluiría «personas y circunstancias completamente ajenas» al procedimiento, y su difusión resultaría «impropia» y «lesiva de los derechos personales». En cuanto a los chats intercambiados entre el propio Diddi, la relaciones públicas Francesca Chaouqui y Genoveffa Ciferri (figura cercana a Perlasca), el Promotor alega que ya habrían sido «ampliamente divulgados». No obstante, aunque los pone a disposición de los jueces de apelación en su forma íntegra, limita el acceso a los abogados defensores.
Reacción inmediata de las defensas
Los abogados Fabio Viglione y Maria Concetta Marzo, defensores del Cardenal Giovanni Angelo Becciu, han expresado su «estupor» ante la decisión. «La Corte había impuesto específicamente el depósito íntegro de todos los actos y documentos del procedimiento instructorio, sin posibilidad alguna de selección por parte del Promotor de Justicia», señalan, y subrayan que «la acusación no puede decidir unilateralmente qué actos tiene derecho a conocer la defensa». A su juicio, cualquier depósito parcial «traiciona el sentido de la ordenanza y reproduce el vicio ya censurado por la Corte, con la consiguiente nulidad de la citación a juicio».
En la misma línea, los abogados Cataldo Intrieri y Massimo Bassi, defensores de Fabrizio Tirabassi, hablan de «enésima negativa del Promotor a obedecer al juez vaticano». «Elementos decisivos son sustraídos a las defensas y reservados exclusivamente a los jueces, que por lo demás no podrán utilizarlos. Un hecho sin precedentes», afirman, planteando dudas sobre la posibilidad de un juicio justo y pidiendo el cierre del proceso con «la restitución del honor a los imputados».
Un conflicto sin precedentes en la justicia vaticana
El depósito íntegro de los actos ha sido uno de los aspectos más controvertidos del proceso penal de primera instancia sobre la compraventa del edificio de Sloan Avenue en Londres, que concluyó con la condena de nueve imputados, entre ellos el Cardenal Becciu. La Corte de Apelación, presidida por el Decano de la Rota Romana, monseñor Alejandro Arellano Cedillo, y completada por los jueces Turrini Vita y Ducci Teri, había decretado en marzo la «nulidad relativa» de la primera instancia, ordenado «la renovación del debate», el depósito de todos los actos y fijado para el 22 de junio la comparecencia de las partes para establecer el calendario de audiencias.
Entre las irregularidades detectadas por la Corte figuraba la existencia de un Rescriptum del Papa Francisco, emitido durante la fase instructoria pero no comunicado a las defensas. La Corte tomó además distancia de las posiciones expresadas por los exministros de Justicia Giovanni Maria Flick y Paola Severino, hoy abogados de la APSA y de la Secretaría de Estado constituidas como parte civil, que habían excluido violaciones del justo proceso.
No había sucedido en la historia moderna del Vaticano que unos magistrados desatendieran las disposiciones de otros magistrados de rango superior. Como señala Franca Giansoldati en Il Messaggero, «el enfrentamiento sigue abierto y cada vez más áspero» bajo el pontificado de León XIV, y en el fondo late «una cuestión que va más allá del proceso concreto: la credibilidad del sistema judicial vaticano y el respeto de las garantías fundamentales del derecho». En términos similares, Sante Cavalleri escribe en Il Faro di Roma que «una justicia que parece incierta en sus propias reglas termina inevitablemente por debilitar su autoridad».








