(InfoCatólica) El 62,03% de los 12.313 votantes optaron por el sí. El 36,62% se decantó por el no. Solo ejerció el derecho al voto el 53,75 % del censo.
Hasta ahora, la ley prohibía el aborto en todos los supuestos a excepción que la vida de la gestante corriese peligro. La condena para las mujeres que la incumpliesen era de cadena perpetua, aunque nunca había sido aplicada.
El Parlamento local aprobó en 2019 un texto que autorizaba a las mujeres a abortar por razones de salud física o mental y también si el feto presenta malformaciones, pero la puesta en marcha de la ley estaba pendiente del referéndum, que hubo de retrasarse por la pandemia de Covid-19.
La reforma permitirá el aborto por parte de un médico colegiado dentro de las primeras 12 semanas en los casos en que el embarazo conlleve más riesgo para la salud físicia o mental de la madre que matar al no nacido. Los abortos se permitirán en una fase posterior del embarazo en un conjunto limitado de circunstancias.
La excusa de la salud mental es el coladero habitual de los abortos en las primeras fases de despenalización de ese crimen en los países que tenían una legislación provida.