Indulgencias, pena temporal y actos espirituales

Indulgencias, pena temporal y actos espirituales

Las indulgencias, aunque no son necesarias, son ciertamente útiles, porque además de completar la remisión de la pena temporal, nos recuerdan el sentido del pecado, de la justicia divina, de la redención de Cristo, del valor de la satisfacción de Cristo y de los Santos, de la potestad del Romano Pontífice, del purgatorio y fortifican nuestra fe en el misterio de la Iglesia, Cuerpo de Cristo y de la comunión de los santos, pues entroncan en la función salvífica de la Iglesia, y en especial con su oración de intercesión ante Dios en favor de la remisión de los pecados.

 

El Catecismo de la Iglesia Católica resume así los efectos espirituales del sacramento de la Penitencia: «a) la reconciliación con Dios por la que el penitente recupera la gracia; b) la reconciliación con la Iglesia; c) la remisión de la pena eterna contraída por los pecados mortales; d) la remisión, al menos en parte, de las penas temporales, consecuencia del pecado; e) la paz y la serenidad de la conciencia, y el consuelo espiritual; f) el acrecentamiento de las fuerzas espirituales para el combate cristiano»(CEC 1496).

Puesto que hemos mencionado la remisión de las penas temporales, conviene en este punto hacer una referencia a las indulgencias, tan estrechamente ligadas a los efectos de nuestro sacramento.

Para el Código de Derecho Canónico: «La Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos»(c. 992).

Esta definición de indulgencia requiere algunas precisiones. Y es que la Penitencia sacramental nos perdona los pecados, pero no toda la pena temporal debida por ellos, es decir sus consecuencias, pues el pecado ha producido el debilitamiento de nuestra unión con Dios y con los demás y el perdón sacramental no hace que nuestra actitud quede del todo purificada, pues junto a una vida en gracia pueden coexistir en nosotros actitudes periféricas malas, ayudándonos nuestras obras penitenciales y las indulgencias a irnos purificando de estas actitudes.

Pero para conseguir las indulgencias son necesarias por parte del penitente disposiciones de contrición y penitencia, es decir de gracia, pues las indulgencias no son magia. «La indulgencia es parcial o plenaria, según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente»(c. 993).

Para ganar la indulgencia plenaria se requieren la ejecución de la obra enriquecida con la indulgencia (normalmente una visita piadosa a una Iglesia u oratorio que tenga vinculado a sí una indulgencia plenaria) y el cumplimiento de estas tres condiciones: confesión sacramental, comunión eucarística y oración (Padre nuestro y Credo) por las intenciones del Sumo Pontífice. Se requiere además que se excluya todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial.

En cuanto a la indulgencia parcial supone una buena acción del cristiano y entonces la Iglesia añade del tesoro de las satisfacciones de Cristo y de la Iglesia otro tanto a lo que la acción en sí del fiel ha merecido.

Las indulgencias pueden ofrecerse también por los difuntos a manera de sufragio, es decir dado que la Iglesia no tiene poder sobre los difuntos, rogamos a Dios que tenga a bien conceder a las almas del purgatorio las indulgencias que hayamos obtenido.

Las indulgencias, aunque no son necesarias, son ciertamente útiles, porque además de completar la remisión de la pena temporal, nos recuerdan el sentido del pecado, de la justicia divina, de la redención de Cristo, del valor de la satisfacción de Cristo y de los Santos, de la potestad del Romano Pontífice, del purgatorio y fortifican nuestra fe en el misterio de la Iglesia, Cuerpo de Cristo y de la comunión de los santos, pues entroncan en la función salvífica de la Iglesia, y en especial con su oración de intercesión ante Dios en favor de la remisión de los pecados. Por todo ello hemos de estimarlas, aunque sin exagerar su justo valor. Es el deseo de fomentar la penitencia y la caridad en el pueblo cristiano lo que mueve a la Iglesia a anunciarnos las indulgencias y los tiempos jubilares.

Toda la tradición cristiana ha subrayado el valor penitencial de la plegaria, la limosna y el ayuno, los actos espirituales por excelencia. Sobre ellos san Pablo VI afirmó tajantemente en la Constitución Apostólica «Paenitemini» del 17-II-1965: «Por ley divina todos los fieles están obligados a hacer penitencia»(I & 1), siendo la penitencia sobre todo la aceptación consciente, serena y fecunda de la vida misma con todas sus dificultades. La penitencia es una virtud antes de ser un sacramento, siendo la virtud el fruto de actos humanos libres y responsables que pertenecen a la dignidad personal del hombre. Ni todo es penitencia en la vida cristiana, ni ésta puede estar ausente de una vida de fe medianamente adulta y completa. El sacramento cristiano presupone esta virtud y constituye el signo de la justa relación del cristiano con Cristo y con el mundo, si bien no se puede reducir la penitencia al solo sacramento de este nombre, ya que debe coextenderse a toda la vida cristiana, como nos recuerda el Evangelio: «Arrepentíos, porque se acerca el Reino de Dios»(Mt 4,17).

 

Pedro Trevijano

InfoCatólica cuenta con tu ayuda, haz clic aquí

Solo contamos con tu ayuda. InfoCatólica seguirá existiendo mientras sus lectores quieran.

Haz tu donativo

Por bizum (solo para España)

Qué es bizum

Por PayPal, selecciona la cantidad:

Si prefieres otras modalidades para poder donar (ingreso, transferencia, ...), haz clic aquí.

13 comentarios

Esron ben fares
Existe alguna diferencia entre culpa y dolo como en las ciencias juridicas?
16/01/20 12:10 AM
Ana
Siempre me pregunto..
Siguen siendo validas las antiguas indulgencias concedidas oraciones....
Tipica estampa de duelo con oraciones indulgenciadas..
Siguen siendolo?
16/01/20 1:23 AM
sofía
Un punto difícil muy bien explicado. Me gusta especialmente el párrafo de Pablo VI. También la referencia a los difuntos.
16/01/20 9:43 AM
Roberto
¿pena temporal por los pecados?
Pero si en el "mas allá" no existe ni el espacio ni el tiempo, tal como lo entendemos en nuestra historia.
O es que estamos hablando en términos de analogía para orientarnos un poco sobre realidades que sobrepasan nuestro intelecto; yo así lo quiero entender.
Es que estamos trasladando al "más allá" nuestras categorías humanas y mentales. ¿de qué vamos?
16/01/20 11:30 AM
José Ángel Antonio
"Tesoro de las satisfacciones", "remisión", "pena temporal", "obtener a manera de sufragio"... si no entiendo yo este vocabulario, que soy católico, practicante, de letras y creo en el poder de atar y desatar que Cristo dio a la Iglesia, ¿quién lo va a entender?

Llevo ya unos 20 años intentando que alguien me explique de forma comprensible lo de las indulgencias y todos se limitan a repetir la fórmula esa... ¡¡incluso este artículo!!

Lo de "actitudes periféricas malas" no se entiende tampoco.

Muchas veces los clérigos se atan a repetir fórmulas medio calcadas del antiguo derecho romano que ni nos dicen nada ni podemos aceptar/comprender en nuestra época.

Hay que esforzarse mucho más en hacer comprensible esto. Las personas entendemos cosas como sanar, mejorar, aprender, perfeccionarnos, potenciar unos sentimientos buenos y reducir o eliminar los malos, cosas así...
16/01/20 7:04 PM
sofía
Bueno, yo comprendo las pegas que se ponen respecto al lenguaje y el concepto. De hecho yo no he entendido nunca del todo el asunto de las indulgencias; pero aquí se deja muy claro cuál es la doctrina al respecto. Además se subraya que no se trata de una especie de ritual mágico sino que se supone la actitud adecuada del penitente y se resaltan algunos puntos relacionados.
Respecto a la pena temporal, explica la realidad de que el pecado, aunque se te perdone tiene un efecto en nosotros que nos llevará tiempo arreglar.
Esto es una gran verdad, todo lo que hacemos tiene consecuencias, nos construye positiva o negativamente y hará después que nos resulte más fácil o más difícil la virtud. Depende de nuestra oración y nuestra fe en el amor de Dios y nuestra actitud de aceptación de la voluntad divina que nos vayamos transformando.
El purgatorio supone que si no estamos purificados totalmente, después de la muerte, el amor misericordioso de Dios nos acabará de purificar. Cierto que el concepto del tiempo se mide desde nuestra realidad y no desde la otra vida y no sabemos exactamente cómo se produce, pero sí sabemos que el camino hacia Dios resulta purificador para el alma.
Y luego está el concepto de comunión de los santos. Mi padre aplicaba siempre todas las indulgencias a las almas del purgatorio, de modo que cuando alguien me decía que con algo se ganaban indulgencias, aun sin tener demasiada fe en ellas, yo procuraba también ganarlas para las almas del purgatorio. Es con
16/01/20 8:25 PM
Albert Peez
A la institución eclesiástica le causa fruición canónica toda esta jerga represiva y represora de “indulgencias”, “penas”, “satisfacciones”, y demás cadenas espirituales que sólo “satisfacen” su insaciable ambición de control de las conciencias del Pueblo de Dios.

A ver cuando nos soltamos de una vez toda esta miseria sojuzgadora y entramos plenamente en la dimensión de la gracia restauradora del Señor resucitado...
17/01/20 2:20 PM
Luis López
Roberto, José Ángel Antonio, el lenguaje teológico es el que es, y en vez de protestar deberíamos coger un manual de teología (hay de todos, y también de lenguaje asequible) y leerlo con intención de aprender, y no criticar. O podemos hacernos protestantes y rechazar toda esta sublime doctrina con un simple "peca mucho, pero si tienes fe te salvas", que diría Lutero.

Cuando cometemos un pecado grave y acudimos al confesor, es fácil entender que el perdonarnos la culpa no lleva necesariamente consigo que nos purifiquemos de las consecuencias de nuestros pecados, en nuestra alma y en la sociedad.

Es como si me operan a corazón abierto; siempre llevaré conmigo la cicatriz en mi pecho. Y en el Cielo no podemos entrar con alguna cicatriz espiritual por pequeña que sea. En el Cielo las únicas llagas que se verán son la de Cristo y, acaso, la de los mártires, como imagen de la gloria de morir por Cristo. Las de los pecados hay que purgarlas sí o sí.
17/01/20 7:21 PM
Yus Pellonis
Gracias Padre por la explicación, yo si que la entendí, porque eso era una cosa que nunca digería bien, Gracias Sofía por tu comentario tambien clarificador.
17/01/20 7:52 PM
alma
A/ de Roberto :Probablemente en el paraíso no existan ni el tiempo ni el espacio ni otras limitaciones terrenales; pero en el purgatorio , como parte integral de la pena??
18/01/20 9:50 AM
Vive tu Fe Católica
En el Purgatorio el tiempo es diferente al de la tierra, nosotros estamos por así decirlo, “metidos en el tiempo” el cual medimos en horas, dias, años, etc. la vida sobrenatural es la participación de la eternidad, cuando estemos en el Purgatorio, hablamos humanamente de un tiempo para purificar aquello que en vida no hicimos bien y ha manchado nuestra alma, sin embargo, no podemos encasillarlo al tiempo nuestro. Sino mas bien, un modo de estar en la eternidad mientras el alma va perfeccionando aquello que le es necesario para entrar en la presencia de Dios. Recordemos que para Dios no hay tiempo porque El es eterno, nosotros podemos, por ejemplo, pedir por un antepasado que no conocimos, y que descubrimos que no vivía cristianamente, nuestras oraciones aunque aparentemente sean a destiempo, serán aplicadas por la Misericordia Divina, a este familiar, en el momento en que estuviera en el Purgatorio, así, entonces Dios puede recibir estas oraciones. Saludos en Cristo.
19/01/20 3:11 AM
Maricruz
Padre, le cuento que lo de las indulgencias me ha encantado siempre.
Haberlos descubierto y comprendido ha sido para mí de una riqueza espiritual infinita ya que por mis muchos y graves pecados el recorrido a ellas para suplicar a Dios la remisión de la pena temporal.
Efectivamente, lo ha hecho y lo sé porque, dada la gravedad de mis pecados, no existe explicación para la vida plena, colmada de paz y bendiciones que llevo ahora si no es porque Dios ha sido misericordioso conmigo y me ha devuelto a un estado de gracia maravilloso.

Permita Dios que sus lectores tengan la apertura de mente y espíritu para comprender lo que ha dicho ya que, detenerse en particularidades, siempre será un obstáculo para obtener lo que el Señor nos tiene preparado.

Cómo se habrá dado cuenta , le estoy muy agradecida por su artículo tan sencillo y esclarecedor.
19/01/20 11:23 AM
José
Muy acertada la referencia del tiempo en el purgatorio, creo, es mi pensamiento, que el tiempo aquí en la tierra es una referencia relativa al espacio y a la velocidad, los años vienen medidos por el espacio que recorre la tierra alrededor del sol, es decir, tomando un punto cualquiera de referencia en el momento de volverlo a ver, decimos que es un año, sin podernos despegar de esta idea trasladamos este concepto más allá de nuestro espacio, Tierra y Sol, ambos se quedan aquí, cuando morimos ya no nos sirven.

Hemos de entender por tanto y siendo que no podernos despegarnos de este concepto, que hablemos de tiempo de purgatorio, mi idea es que lo que llamamos tiempo es solo la purificación necesaria para ver a Dios, un ejemplo, salvando distancias, puedo entenderlo cuando una persona caída en algún vicio, por ejemplo las drogas, no es capaz de ver el trabajo y el amor que sus padres puedan estar haciendo por redimirlo, esa persona no puede ver el amor de sus padres, sería necesario salir de esos vicios es decir purificarse para comprender todo lo que estarían haciendo por él y así poderles a su vez amar. Sé que es un ejemplo muy simple pero tal vez pueda ayudar.

Gracias Padre por acercarnos este tema, lo que quisiera es una explicación más detallada del concepto “Se requiere además que se excluya todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial”, entiendo que el afecto al pecado no es lo mismo que el afecto al objeto de pecado, las pasiones nos llevan a desear mucho
22/01/20 12:18 AM

Dejar un comentario



Los comentarios están limitados a 1.500 caracteres. Faltan caracteres.

No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.

Los comentarios aparecerán tras una validación manual previa, lo que puede demorar su aparición.