Aranceles y nueva evangelización
En la misa de conclusión del Sínodo de los Obispos sobre La nueva evangelización para la transmisión de la fe cristiana Benedicto XVI ha subrayado que los verdaderos protagonistas de la nueva evangelización son los santos: ellos hablan un lenguaje comprensible para todos, con el ejemplo de la vida y con las obras de caridad.
La nueva evangelización supone una llamada incesante a la conversión. Antes que nada, la nueva evangelización exige la conversión pastoral de la Iglesia, pero la condición es que se rehaga la trabazón cristiana de las mismas comunidades eclesiales (Motu Proprio, Ubicumque et Semper, Benedicto XVI).
La vieja historia sobre las riquezas de la Iglesia dice que los curas ganan mucho y con poco esfuerzo, slogan que proviene a veces de la calumnia y de campañas antirreligiosas bien orquestadas por los cristofóbicos de siempre.
Las reacciones frente a los ingresos materiales de la Iglesia siempre dependerán de dos condiciones: 1) saber a dónde va ese dinero, y 2) cómo se lo va a emplear.
Los fieles aportan generosamente a las necesidades de la Iglesia, cuando ven que sus oblaciones son empleadas en necesidades reales, entre muchas, por ejemplo el sostenimiento de hogares de niños, de ancianos, hospitales, escuelas, comedores para pobres, difusión de la prensa católica.
Por instinto hay una reacción de sospecha contra el sacerdote que lo organiza todo por sí mismo o por medio de alguna persona amiga. La organización de actividades destinadas a la recolección de fondos de los que después no se informa, genera la sensación que va a enriquecer a los sacerdotes a expensas de los fieles, y muchos despachos parroquiales parecen una tienda donde le dicen a uno: Vale tanto. Debe tanto, consecuentemente la gente emplea casi siempre fórmulas comerciales, como ¿cuánto debo?, ¿cuánto cuesta?, porque sencillamente no sabe emplear otras fórmulas.
La normativa eclesial establece como obligatoria la conformación de un consejo de asuntos económicos parroquial. Sin menoscabo de la antigua y piadosa tradición de los fieles de contribuir al sostenimiento de la Iglesia, las normas que lo regulan, buscan
crear en la sociedad eclesial un orden tal que, asignando la parte principal al amor, a la gracia y a los carismas, haga a la vez más fácil el crecimiento ordenado de los mismos en la vida tanto de la sociedad eclesial como también de cada una de las personas que pertenecen a ella (Constitución Apostólica Sacrae disciplinae leges, Juan Pablo II).
Antiguamente la aportación material de los fieles consistía, ante todo, en dones naturales; actualmente las oblaciones son ofrecidas casi exclusivamente en dinero. El canon 848 prohíbe pedir más de las ofrendas establecidas por la autoridad competente y ha de procurar siempre que los necesitados no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza.
Hay un aspecto que parece vital ante los desafíos de la nueva evangelización, es el tema de las misas llamadas colectivas. El Decreto de la Congregación para el clero sobre las misas llamadas colectivas señala que es lícito
unir las diversas ofertas para celebrar el número de santas misas que corresponde a las estipendios vigentes, empero los argumentos en favor de esta nueva práctica son engañosas y constituyen un pretexto, cuando no reflejan una eclesiología equivocada, por lo que la Congregación para el clero, tras un examen atento
estableció con aprobación expresa del Papa Juan Pablo II, el 22 de enero de 1991, entre otros aspectos que al celebrante sólo le será lícito conservar el estipendio fijado en la diócesis, debiendo entregar al respectivo Obispado la suma que exceda a dicho arancel establecido por el Ordinario del lugar. Lo cual significa que aunque la misa tenga un valor infinito la cantidad de las ofertas no puede ser infinita, lo contrario sería prácticamente una acción simoníaca.
La simonía consiste en la compra o venta de cosas sagradas, así como exigir un pago a cambio de oraciones. Es comprensible la falta de sacerdotes y la demanda de celebraciones, pero eso no justifica de ninguna manera que la pastoral se mueva por motivos económicos. Hay quienes se dedican casi completamente a la administración de sacramentos como tiroteo de metralletas.
Quien celebra o recibe un sacramento con simonía, debe ser castigado con entredicho o suspensión (Can. 1380), y quien obtiene ilegítimamente un lucro con el estipendio de la Misa, debe ser castigado con una censura o con otra pena justa (Can. 1385).
Es contraproducente, por decir lo menos, participar del Santo Sacrificio de la misa en la que la lectura de las intenciones resulte inacabable, con 200 ó 300 intenciones.
Sobre todo en los santuarios y los lugares de peregrinaciones, a los que llegan diariamente numerosas ofertas para la celebración de misas, los rectores tienen el deber en conciencia de vigilar con suma atención a fin de que se apliquen cuidadosamente las normas de la ley universal en esta materia (cf. principalmente los cánones 954-956) y las del señalado decreto.
Se trata de celebrar los sacramentos sin que la economía de la Iglesia dependa de éstos. Si no se puede prescindir del sistema de estipendios, es capital purificar el modo de hacerlo y sobre todo evitar los abusos.Un signo grandioso de nueva evangelización.