(EP) El Supremo ha fallado a favor de las Hermanitas de los Pobres, una orden de monjas que gestiona residencias de ancianos, para determinar que, hasta que la Justicia resuelva los recursos pendientes, todo grupo sin ánimo de lucro puede presentar «objeciones religiosas» a la normativa.
Las Pequeñas Hermanas de los Pobres, no obstante, deberán notificar al Departamento de Sanidad que quieren acogerse a estas exenciones, según informa la cadena estadounidense CNN.
Se abre la puerta al resto de objetores
La resolución del tribunal abre la puerta a que otras organizaciones similares planteen las mismas objeciones a una ley que ya contempla la particularidad en el caso de las empresas con ideología religiosa.
La reforma sanitaria no obliga a estas organizaciones a introducir en sus pólizas la asistencia en materia de anticoncepción, pero sí pide que firmen un documento que permita a sus empleados recibir esa misma cobertura, sin coste, a través de una tercera parte. Las empresas religiosas consideran que la ley sólo les da a elegir entre la multa o «ser cómplices de un grave error moral».