No basta con no ser hereje
La herejía es una cosa muy grave. El Código de Derecho Canónico la define así: “Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma” (c. 751).
Para ser un buen católico y estar en plena comunión con la Iglesia y con su magisterio es imprescindible no ser hereje, pero no basta con ello. En una “Carta a los Presidentes de las Conferencias Episcopales”, del 24 de julio de 1966, la Congregación para la Doctrina de la Fe, entonces presidida por el card. Ottaviani, observaba, señalándolo como un abuso en la interpretación del Vaticano II: “El magisterio ordinario de la Iglesia, sobre todo el del Romano Pontífice, a veces hasta tal punto se olvida y desprecia, que prácticamente se relega al ámbito de lo opinable”.
El 25 de julio de 1986, en una “Carta al R. D. Charles Curran”, firmada por el card. Joseph Ratzinger, se dice muy claramente: “En todo caso los fieles no están obligados a aceptar solo el Magisterio infalible. Están llamados a dar el religioso obsequio de la inteligencia y de la voluntad a la doctrina que el Supremo Pontífice o el Colegio de los Obispos, ejercitando el Magisterio auténtico, enuncian en materia de fe o de moral, incluso cuando no pretenden proclamarla con un acto definitivo. Usted ha rehusado siempre hacer esto”.
De un modo más general, años antes, el 15 de febrero de 1975, una “Declaración sobre dos obras del Profesor Hans Küng”, firmada por el card. Seper, reprocha a Hans Küng, diciendo que “compromete gravemente” su doctrina, “su opinión sobre el Magisterio de la Iglesia. En realidad [se añade] el autor no se atiene al concepto genuino de Magisterio auténtico”.
En esta misma línea, el 30 de noviembre de 2000 se le recuerda, entre otras cosas, al Prof. Dr. Reinhard Messner, que “el Magisterio no está por encima de la Palabra de Dios, sino que le sirve. Pero está por encima de las explicaciones de la Palabra de Dios, en cuanto juzga si esa explicación corresponde o no al sentido que transmite la Palabra de Dios”. La notificación la firma el card. Ratzinger.
Otros documentos, más amplios, son de gran importancia. Por ejemplo, la Declaración “Mysterium Ecclesiae” (24 de junio de 1973) y, más reciente en el tiempo, la Instrucción “Donum Veritatis” (24 de mayo de 1990). En esta última se precisa: “Aunque la doctrina de la fe no esté en tela de juicio, el teólogo no debe presentar sus opiniones o sus hipótesis divergentes como si se tratare de conclusiones indiscutibles. Esta discreción está exigida por el respeto a la verdad, como también por el respeto al pueblo de Dios” (n.27).
No quiere decir que las “divergencias” quepan sobre cualquier asunto. No. La misma Instrucción especifica diversos niveles de enseñanza con sus correspondientes grados de adhesión: pronunciamiento infalible, que pide un asentimiento de fe teologal; proposición de doctrinas de modo definitivo, que han de ser firmemente aceptadas y retenidas; magisterio auténtico no definitivo, que exige “un religioso asentimiento de la voluntad y de a inteligencia”, que no puede ser puramente exterior y disciplinar, sino que “debe colocarse en la lógica y bajo el impulso de la obediencia de la fe” (n.23). Y un cuarto grado, cuando el Magisterio interviene sobre asuntos discutibles. La norma es, en este caso, la voluntad de asentimiento leal.
El tema daría para mucho más, pero un post debe tener sus límites.
Guillermo Juan Morado.
51 comentarios
GJM. El Magisterio, sea formalmente infalible o no, exige, en su aceptación, un cierto grado, mayor o menor, de obligatoriedad. Nunca es meramente "opcional": si me gusta, lo acepto; si no, no.
No es así, digan lo que digan y se pongan como se pongan.
Y, en esta línea, el asentimiento religioso y la fe no se ubican en compartimientos estancos. Sino que la primera permanece abierta hacia la segunda, y existe una disposición positiva general que se mantiene en un caso o en el otro.
El título de este post quizás dice más de lo que parece: para un católico no se trata de contentarse con no ser hereje. Tampoco se trata de ser minimalista en la acogida de la voz del Magisterio, de instalarse en una actitud suspicaz y defensiva, de notar continuamente las insuficiencias, etc. Es decir, de asentarse en todos los "no" y los "pero" que puedo formular ante lo que dice el Magisterio.
Hay una positividad indudable al asumir el Magisterio según cada grado de sus pronunciamientos: lo mantiene a uno en la ruta de la verdad, en un SÍ imprescindible.
GJM. Sí, ha interpretado exactamente lo que yo pienso. No se puede separar ese asentimiento del asentimiento de fe, aunque no sea lo mismo, ya que el magisterio de la Iglesia no es Dios. Pero, desde el punto de vista de las disposiciones, no puede ser muy diferente.
Cuando se debate sobre un tema que está estructurado en regla y excepciones, o en una parte general y otra especial, siempre está el riesgo de ser unilateral. Se puede poner tanto énfasis en la regla que se oscurecen las excepciones. O se exalta tanto las excepciones que terminan ocupando el lugar de las reglas.
Saludos.
Saludos.
GJM. Será eso. Si no tiene "objeciones", habré hecho algo mal? SPH.
______________
Huy, felipe, hilas tú muy fino... qué va, qué va, no es ese el error que cometen. Para cometer ese error habría que entrar en sutilezas y no da para tanto la cosa.
El error es de los de sostenella y no enmendalla, pura soberbia. Hay mucho más de visceralidad que de razonamiento, resentimientos antiguos pero personales; poco, muy poquito de lógica y mucho de rabieta.
Charles Curran, Reinhard Messner, Hans Kung, sion censurados en esos textos que se citan en el post, no por "progres" recalcitrantes,q ue lo serán, sino por su opinión sobre el Magisterio de la Iglesia. Es decir, por lo mismo que se puede censurar a otros recalcitrantes del extremo contario...
Muchas gracias D. Guillermo.
GJM. Inmediata o no? Usted, por si las moscas, no se acerque a ella.
GJM. En la Instrucción "Donum Veritatis" de la Congregación para la Doctrina de la Fe, por ejemplo.
GJM. Ok.
;)
GJM. Lo de Mozart está rozando el mínimo exigible! El "Strudel", no, engorda.
GJM. Savonarola, sí, por indisciplinado. SPH, a medias.
El magisterio auténtico no definitivo exige “un religioso asentimiento de la voluntad y de a inteligencia”, y lo dice también claramente la carta apostólica en forma de Motu Proprio Ad Tuendam Fidem:
«Me adhiero, además, con religioso asentimiento de voluntad y entendimiento, a las doctrinas enunciadas por el Romano Pontífice o por el Colegio de los Obispos cuando ejercen el Magisterio auténtico, aunque no tengan la intención de proclamarlas con un acto definitivo»
Como hemos dicho muchas veces, podría parecer una obviedad, pero hay que machacarlo ante quienes insisten en que esto es una mera manifestación del voluntarismo cronolátrico al exigir adhesión a algo que eventualmente puede no ser verdadero.
A buen entendedor...
GJM. No sé, no sé.
«A los decretos doctrinales de la Santa Sede aprobados auténticamente por el Sumo Pontífice se les debe el asentimiento interno y religioso de la mente.»
«EL ASENTIMIENTO que debe prestarse a estos decretos de la Santa Sede, debe ser; a) Un obsequio de la mente, y por tanto no es suficiente el conformismo práctico de aquellos que, incluso pensando lo contrario a tal obsequio, sin embargo en la práctica no obran de forma distinta que si mostraran este obsequio de la mente; b) Acto del juicio intelectual, y por tanto no es suficiente el silencio obsequioso oral de aquellos que simplemente se abstienen de manifestar el Juicio contrario que tienen; c) Interno por el que alguien se adhiere positivamente a una proposición del Magisterio y piensa en verdad lo mismo que piensa el maestro, y por tanto no es suficiente el silencio obsequioso de la mente de aquellos que simplemente se abstienen de formar un Juicio diverso; d) Cierto si bien no con certeza absoluta que excluye la posibilidad de lo opuesto y la cual se debe solamente al decreto infalible, sin embargo con una verdadera certeza relativa la cual excluye la probabilidad o temor de lo opuesto, y condicionada, a saber bajo esta condición, a no ser que la Iglesia decretara otra cosa con una autoridad igual o superior. Tal asentimiento se llama religioso, porque se presta por motivo de religión, esto es por la reverencia debida a Dios el cual gobierna a los fieles con la autoridad sagrada y Jerárquica de la Iglesia.»
Más adelante respondiendo a una hipotética excepción en la que aparentemente se pudiera suspender el asentimiento interior:
«No obstante a nosotros nos parece que ni siquiera en este segundo caso basta con el simple silencio obsequioso, puesto que aunque el decreto sea falible y se opongan a él razones de peso, sin embargo el juicio de los teólogos puede equivocarse más y estar no menos lleno de dificultades. Por eso juzgamos que incluso en ese caso hay que someterse al decreto de la Sagrada Congregación, al menos como probable, hasta tanto que o bien la Congregación misma o bien un tribunal superior decretare otra cosa acerca de este asunto.»
Una pena que hoy no se hagan manuales de teología tan claros como los de antaño.
GJM. Sin duda!
Vale, que le ha quedado redondo el post... lo guardaré como pieza en mi repertorio sobre le Magisterio de la Iglesia, esperando los subsecuentes.
"
"Pertenecer a la Iglesia implica, primero, recibir como de fide todo lo que esta propone de fide; acatar las decisiones de la Schola Theologorum, cuando sea unánime en cuestiones de fe y moral, teniendo por seguro que está prohibido contradecirles; obedecer los mandatos de la Iglesia de hecho y en el actuar, aunque por cuestiones de prudencia, política, etc. se pueda pensar que otras indicaciones resultarían mejores. No estás llamado a creer de fide nada que no haya sido promulgado como tal; no estás llamado a ejercer una creencia interna de cualquier doctrina que las sagradas congregaciones, los sínodos locales, determinados obispos o el papa, como doctor privado de la Iglesia, puedan enunciar. No estás obligado a creer o actuar en contra de la ley moral por mandato de algún superior".
Saludos.
Recomiendo la Carta al Duque de Norfolk para algunos confundidos. En su defecto, repasar un poco la doctrina del Aquinate, no contaminafa por la ominosa manualística barroca.
La no adhesión al Magisterio extraordinario, supone la pérdida de la comunión por cuanto se rechaza una verdad "de fide" y, por tanto, se deja de ser católico "stricto sensu".
En cambio, la no adhesión al Magisterio ordinario obligatorio es pecado. Uno no deja de ser católico, sino que, en todo caso, es un mal católico.
En este segundo caso, estamos ahora en terreno moral y no dogmático, por lo que entran a jugar el objeto, la intención y las circunstancias, la inteligencia y la voluntad, la libertad y la conciencia, las virtudes y los vicios, y el soplo del Espíritu. Por lo que se puede juzgar objetivamente, pero no subjetivamente (lo que sólo a Dios compete).
Siguiendo la enseñanza del Aquinate, podemos decir (al menos hipotéticamente) que uno puede "aquí y ahora", en un caso concreto bajo circunstancias concretas, no adherir al Magisterio ordinario sin ser por ello pecado.
Claro que la causa deberá ser lo suficientemente grave y la conciencia estar perfecta y rectamente formada.
Hay miles de ejemplos que se pueden dar, pero no quiero entrar en casuísticas.
Para Salaverry era magisterio que el Papa dijera de un Fundador, públicamente, que era "un modelo eficaz para la juventud". Para Salaverry era magisterio que el mismo Papa, en una audiencia general, dijera que "el evolucionismo ha dejado de ser una mera hipótesis científica" o que "San José era un hombre joven cuando se casó con María".
Es por eso que los sedevacantistas, que adolecen de una concepción rígida y cristalizada del magisterio, nutrida en manualistas que sostenían que hasta las decisiones de la Secretaría de Estado del Vaticano tenían rango doctrinal, llegan a la conclusión de que no hay Papa, porque el Papa no puede equivocarse en nada que diga, porque todo lo que se dice es Magisterio. La lógica es impecable.
Si no se distingue el Magisterio de las opiniones contingentes, las apreciaciones fenoménicas, las exhortaciones piadosas y los juicios que escapan al ámbito de la fe y la moral por ser de índole estrictamente técnica o temporal, no se puede debatir la cuestión.
Esto no tiene nada que ver con el disenso teológico, que no es más que una manifestación del moderno protestantismo progresista.
"Me parece una locura que los católicos ingleses vinculen a la infalible Iglesia y a la Sede de San Pedro con cada acto de cada persona que, en el transcurso de 1800 años, ha tenido una autoridad eminente en ella. ¿Por qué no vinculamos a la Iglesia con lo que el propio San Pedro hizo en Antioquía, según lo relata el segundo capítulo de la Epístola a los Gálatas? O ¿por qué pensamos que no hubo nada humano entre la discusión de San Pablo y San Bernabé? Puedo entender que un italiano pretenda inculcar una veintena de creencias irrelevantes en los ingleses, porque no nos conoce; pero el que los ingleses que desean la conversión de Inglaterra pretendan relacionar, de manera indisoluble, el dogma con el hecho de que un papa no puede errar como médico privado o en aspectos particulares de su conducta, eso es para mí incomprensible... o considerar prácticamente como un punto de fe a la necesidad del poder temporal del papa. ¿En dónde estamos, si individuos y partidos, de acuerdo con sus propios sentimientos o puntos de vista, nos pueden acarrear adiciones a la fe católica, tal como ya ha sucedido alguna vez?"
GJM. Sí, pero eso no significa que Newman relativice el magisterio auténtico, incluso el no infalible. El texto es suficientemente claro y está muy matizado.
“No dudo en afirmar que la verdad es la idea central de la concepción intelectual de Newman. La conciencia ocupa un puesto central en su pensamiento precisamente porque en el centro está la verdad. Con otras palabras, la centralidad del concepto de conciencia está ligada en Newman a la precedente centralidad del concepto de verdad y únicamente a partir de este puede comprenderse”. J. Ratzinger.
Una cosa es negar la Humanae Vitae sobre la base de la conciencia (error), otra es discrepar con la teoría heliocentrica, (o con el evolucionismo moderado postulado por Juan Pablo II). Una cosa es sostener el sacerdocio de las mujeres por motivos de conciencia (error), otra es estar en contra de las monaguillas por la grave confusión que puede acarrear y por ser contrario a la tradición de las Iglesias.
GJM. Si le parece bien, formúleme esa pregunta dentro de un tiempo. Gracias.
REGLA: “Aunque es obligatorio el asentimiento mental y sincero al magisterio auténtico, sin embargo no es absoluto, porque cabe la posibilidad de errar, al tratarse de un magisterio no infalible.
EXCEPCIONES: “De ahí que sea también posible que ocurran razones de tanto peso que
(1) justifiquen la suspensión del juicio del creyente
(2) y aun le induzcan a tener por verdadero lo contrario.”
Opiniones como las de Salaverri respecto de las excepciones, en los manuales de "autores probados" (como dijo la Comisión conciliar), se pueden registrar en buena cantidad.
¿Se quiere dialogar sólo sobre la REGLA o también sobre las EXCEPCIONES? ¿O cuando uno plantea lo segundo se le menciona unilateralmente lo primero?
Saludos.
GJM. Las excepciones no constituyen la norma. Serían casos personales, de conciencia. Jamás banderas levantadas para desprestigiar aquella enseñanza que no nos gusta, como lamentablemente se hace a veces.
Los casos particulares, son tema más bien de la teología moral, del confesionario y del acompañamiento espiritual.
También considero que sembrar dudas sobre el magisterio no infalible es malo. Y presentar como magisterio lo que no es tal también puede ser malo, habida cuenta del inflacionismo declarativo que aqueja la jerarquía católica. Gherardini nota que una parte nada más de lo que dice el Papa puede calificarse como Magisterio Ordinario. Estas declaraciones no magisteriales, manipuladas por la prensa, conforman la "Iglesia de la Publicidad" y el "Magisterio paralelo" que señalaba proféticamente el Padre Meinvielle. Y esgrimidas por personas con formación fundamentalista, tienden a cristalizarse en algo parecido a los ultramontanos que acusaban a Newman de "tibio" y "poco católico" por no entusiasmarse con las opiniones de Pío IX.
Si en un blog vecino hay comentaristas que sostienen que forma parte del Magisterio las causas del calentamiento global, está todo dicho.
Por ejemplo, hasta época muy reciente no ha habido necesidad de ocuparse de la reproducción humana asistida, y ahora sí es un problema que el magisterio ha tenido que orientar.
Lo mismo puede suceder en relación con las responsabilidades morales en relación a lo creado, a la naturaleza, etc.
Ahora, no hace "magisterio" lo que un papa, apoyándose en los conocimientos comunes de cada época, pueda afirmar sobre ciencias naturales. Sí lo que diga sobre, por ejemplo, implicaciones morales del uso de la ciencia, etc.
Estoy intentando formular el concepto de "obsequium" en los términos mas precisos (por no decir simplemente "tomistas") posibles. Hasta el momento, creo que consiste en formar la intención de comprender y dar asentimiento a una doctrina, sin la obligación de conformar la conciencia a la misma en caso de que el intelecto no la de por verdadera.
¿Cómo interpreta usted esta palabra? De antemano le agradezco.
GJM. Sí, entiendo que es la aceptación, por parte de la mente y de la voluntad, de una doctrina como verdadera. Es disponibilidad, como mínimo, a aceptarla lealmente y no solo por razones disciplinares, sino bajo el impulso de la obediencia de la fe.
Le recomiendo un libro que, indirectamente, puede ayudar: L. Gahona Fraga, "El objeto indirecto de la infalibilidad en Santo Tomás de Aquino. La carta apostólica Ad Tuendam fidem a la luz de la teología tradicional", Instituto Teológico San Ildefonso, Toledo 2004.
Dice: "no basta para evitar el pecado el llamado 'silencio obsequioso' del que calla exteriormente, pero disiente por dentro, sino que hay que rendirse incluso 'interiormente' ante la autoridad de la Iglesia" (Royo Marín, "La fe de la Iglesia", BAC Minor 16, 95-96).
Por tanto, el obsequio religioso, deduzco, consiste en:
- reconocer con reverencia la autoridad doctrinal de la Iglesia cuando enseña una doctrina de modo auténtico.
- prestando con sinceridad adhesión al parecer expresado por el magisterio auténtico.
Teniendo en cuenta, claro, la mente y voluntad del magisterio, según los criterios de LG 25: la índole de los documentos, la frecuencia en la proposición de una misma doctrina, la forma de decirlo...
Canon 1371
Debe ser castigado con una pena justa:
1º quien, fuera del caso que trata el canon 1364, §1, enseña una doctrina condenada por el Romano Pontífice o por un Concilio ecuménico o rechaza pertinazmente la doctrina descrita en el canon 750, §2 o en el canon 752, y, amonestado por la Sede apostólica o por el Ordinario, no se retracta;
2º quien, de otro modo, desobedece a la Sede apostólica, al Ordinario o al superior cuando mandan o prohiben algo legítimamente, y persiste en su desobediencia después de haber sido amonestado.
No basta con no ser hereje
----------------------------
En plan sencillo lo entiendo así:
El que no está conmigo está contra mí, el que no recoge conmigo desparrama.
Por cierto hoy es la vigilia de la Inmaculada, no os lo perdáis, en mi parroquia rezaremos laudes, misa solemne y finalmente chocolates con churros para festejar el mismo día.
En algunos puntos de nuestro querido planeta muchos niños/as harán su primera comunión,me uno en oración al gozo de este día.
Las excepciones son lo que son. Si dada la índole de la bitácora, el público al que está orientada, etc. no se quiere hablar de ellas, es comprensible.
No he dicho, ni siquiera insinuado, que se pueda no asentir porque "no nos gusta" porque hacen falta "razones de tanto peso" (Salaverri), e.d. causa proporcionada.
Saludos.
Por “suspensión del juicio” entiendo Salaverri que quiere decir no prestar asentimiento sin a una proposición sin realizar ulteriores razonamientos. La expresión “tener por verdadero lo contrario” se explica por sí misma.
Le agradezco que reitere el aspecto eclesiológico del asunto. Pareciera que en este punto hay dos “manías”:
1) Inclusivista: con la categoría de los cristianos anónimos se incluye a todos;
2) Exclusivista: se excluye de la Iglesia a los pecadores (materiales o formales), lo que es una forma de puritanismo eclesial.
Saludos.
V. PROAÑO GIL.
"Ninguna doctrina se considera definida infaliblemente si no consta así de modo manifiesto." (CIC 749 § 3)
Ahora bien, que alguien haga la cuenta y nos diga en los últimos 100 años ¿cuántas veces el Sumo Pontífice ha definido una doctrina de manera infalible que así conste de modo manifiesto?
El "inflacionismo" magisterial es, además de a-canónico, peligroso.
GJM. En este post se habla de la debida obediencia al magisterio auténtico no infalible.
Muchas gracias
GJM. El magisterio auténtico - con autoridad - es la enseñanza del Papa y de los Obispos en comunión con él cuando tratan de cuestiones relativas a la fe y a las costumbres.
No hay magisterio no auténtico.
¿Cómo se sabe si el Papa y los Obispos pretenten enseñar algo? Atentiendo al tipo de documento, al lenguaje usado y a la insistencia a la hora de proponer la doctrina.
GJM. Ok, pero nada obsta a la necesidad de obediencia.
Y es que a muchos católicos nos pasa lo que nos decía un profesor de física en COU cuando salíamos a la pizarra y no pillaba en la más absoluta ignorancia:"es que usted pasa por los cursos pero los cursos no pasan por usted".
Un saludo
GJM. De nada.
-----
Algunos ejemplos de verdades del segundo apartado, Magisterio definitivo y por tanto infalible (Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la Professio fidei):
En lo que concierne a la reciente enseñanza de la doctrina sobre la ordenación sacerdotal reservada sólo a los hombres, se debe observar un proceso similar. La intención del Sumo Pontífice, sin querer llegar a una definición dogmática, ha sido la de reafirmar que tal doctrina debe ser tenida en modo definitivo[32], pues, fundada sobre la Palabra de Dios escrita, constantemente conservada y aplicada en la Tradición de la Iglesia, ha sido propuesta infaliblemente por el Magisterio ordinario y universal[33]. Nada impide que, como muestra el ejemplo precedente, en el futuro la conciencia de la Iglesia pueda progresar hasta llegar a definir tal doctrina de forma que deba ser creída como divinamente revelada.
Se puede también llamar la atención sobre la doctrina de la ilicitud de la eutanasia, enseñada en la Encíclica Evangelium Vitae. Confirmando que la eutanasia es « una grave violación de la ley de Dios », el Papa declara que « tal doctrina está fundada sobre la ley natural y sobre la Palabra de Dios escrita, que ha sido transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal »[34]. Podría dar la impresión de que en la doctrina sobre la eutanasia hay un elemento puramente racional, ya que la Escritura parece no conocer el concepto. Sin embargo, en este caso emerge la mutua relación entre el orden de la fe y el orden de la razón. En efecto, la Escritura excluye con claridad toda forma de autodisposición de la existencia humana, la cual está presupuesta en la praxis y la teoría de la eutanasia.
Otros ejemplos de doctrinas morales enseñadas como definitivas por el Magisterio ordinario y universal de la Iglesia son: la ilicitud de la prostitución[35] y de la fornicación[36].
Entre las verdades relacionadas con la revelación por necesidad histórica, que deben ser tenidas en modo definitivo, pero que no pueden ser declaradas como divinamente reveladas, se pueden indicar, por ejemplo, la legitimidad de la elección del Sumo Pontífice o de la celebración de un concilio ecuménico; la canonización de los santos (hechos dogmáticos); la declaración de León XIII en la Carta Apostólica Apostolicae Curae sobre la invalidez de las ordenaciones anglicanas[37], etc.
¿Puede considerarse la actitud de estos obispos un pecado grave por no asentir con la Humane Vitae?. ¿Es la Humane Vitae magisterio auténtico, o al no haber comunión entre los obispos no puede entenderse como tal?. Agradecería que alguién tuviera a bien aclararme la cuestión. Gracias anticipadas.
GJM. Parte de su pregunta no la he entendido. Pero lo ensencial sí: Las enseñanzas de la Humanae Vitae forman parte, sustancialmente, de la enseñanza del magisterio auténtico ordinario y universal de la Iglesia Católica. Se trata, además, de una enseñanza infalible (cf LG 25).
...Y eso que se trataba de una cuestión dogmática.
GJM. Será todo lo interesante que se quiera, pero eso no empaña la actitud de docilidad con la que un católico ha de acoger las enseñanas del magisterio auténtico no infalible. No se puede ser tan suspicaz.
"Se podría resumir lo que se pide de la libre voluntad diciendo que uno está obligado a renunciar a toda actitud de 'obstinación' en la propia opición, y a adoptar una actitud de docilidad hacia la enseñanza del papa".
La obstinación ha de entenderse como cerrazón de la propia mente, como negativa a escuchar sinceramente la enseñanza oficial. La docicilidad reclama una actitud abierta hacia la enseñanza, "haciendo todo lo posible por apreciar las razones en su favor y convencerse de su verdad, facilitando así el propio asentimiento intelectual".
_________________________________________________
Aquí creo que se equivoca V. PROAÑO GIL. porque eso que indica contradice claramente los puntos anteriores. ¿Cuál sería el criterio intelectual (SUBJETIVO) para conocer con certeza que determinadas razones justifican la suspensión del juicio hacia esta o aquella enseñanza magisterial no infalible?. En realidad esa excepción acabaría justificando cualquier disenso con el Magisterio ordinario. La adhesión a las enseñanzas magisteriales no infalibles dependerían en último término de si a mi me parecen coherentes o no. Por eso la Donum Veritatis dice que NO ESTÁ JUSTIFICADO el desacuerdo o discrepancia con la enseñanza magisterial no irreformable cuando esta se basa en CRITERIOS SUBJETIVOS.
«Lo anterior tiene una aplicación particular en el caso del teólogo que encontrara serias dificultades, por razones que le parecen fundadas, a acoger una enseñanza magisterial no irreformable.
Un desacuerdo de este género no podría ser justificado si se fundara exclusivamente sobre el hecho de que no es evidente la validez de la enseñanza que se ha dado, o sobre la opinión de que la posición contraria es más probable. De igual manera no sería suficiente el juicio de la conciencia subjetiva del teólogo, porque ésta no constituye una instancia autónoma y exclusiva para juzgar la verdad de una doctrina.» (Donum Veritatis 28)
Por lo tanto un católico puede estar perfectamente tranquilo de que aceptando serenamente todas las enseñanzas del Magisterio según su grado de obligatoriedad no va a ofender nunca a Dios. Sin embargo, si empieza a dudar de la validez de alguna enseñanza puede estar dando fácilmente cabida al pecado de desobediencia. Ahora bien, lo que sí resultaría muy conveniente es que la Iglesia católica llegara a concretar mejor qué partes dentro de un texto magisterial son verdadero Magisterio de aquellas que no lo son. Así por ejemplo, cuando el papa Juan Pablo II decía aquello de que la teoría evolutiva era algo más que una hipótesis no significa obviamente que el fiel católico deba tomarlo como un acto de magisterio eclesiástico sino más bien como la opinión respetable de un papa hablando sobre materia científica en la que puede equivocarse y no obliga a nadie.
GJM. Lo de V. PROAÑO GIL creo que está bastante matizado y no tiene por qué contradecir lo que dice "Donum veritatis". De todos modos, serían circunstancias muy peculiares, muy de hipótesis. La norma general es la obediencia serena... Lo otro, la suspicacia, equivale, en la práctica, a negar la obediencia a la autoridad doctrinal de la Iglesia, limitándose solo a las definiciones dogmáticas y, si acaso, al magisterio definitivo. Y eso, lo diga quien lo diga, NO es católico.
_________________
Me he pasado la tarde -ya que la suspicacia del coronel lo considera tan interesante- analizando la cuestión del Decreto "Pro Armenis" del Concilio de Florencia, aprobado por el Papa Eugenio IV, contrario a la Tradición, y el debate teológico que se extendió por casi 500 años, hasta que Pío XII puso fin al tema en la "Sacramentum Ordinis", resultando en sentido contrario al Concilio de Florencia y el Papa Eugenio.
Analizado lo cual, desde la perspectiva que inspiran las intervenciones de W. Kurtz y otros de su escuela, obstinados en la propia opinión, decido hacerme protestante.
SPH
Si se analiza ambas actitudes antitéticas, tienen la misma raíz: cierta debilidad de la fe.
GJM. Sí. Aunque lo del cambio climático, la teoría de la evolución... etc. puede ser una opinión respetable, pero no es magisterio, por versar ni sobre la fe ni sobre la moral.
«Es posible que en algunas ocasiones ocurran razones de tanto peso que justifiquen la suspensión del juicio del creyente y aun le induzcan a tener por verdadero lo contrario.»
Vd. P. Guillermo señala como excepción posibles «circunstancias muy peculiares, muy de hipótesis", eso y no decir nada es casi lo mismo. ¿Podría darme un ejemplo concreto de legítima discrepancia con el Magisterio ordinario no infalible?. Yo creo que si hubieran razones legítimas de discordancia estas deberían primero ser declaradas por la Iglesia para poder tener al menos certeza moral de no pecar en tales circunstancias.
Por otro lado me parece raro que Vd. diga estas cosas cuando unos mensajes atrás se ha encargado de mostrarnos un texto del P. Royo Marín que dice: "no basta para evitar el pecado el llamado 'silencio obsequioso' del que calla exteriormente, pero DISIENTE por dentro, sino que hay que rendirse incluso 'interiormente' ante la autoridad de la Iglesia". Este padre dominico pone como ejemplo de pecado mortal una oposición a la enseñanza de una encíclica, así que es de suponer que un rechazo a una enseñanza magisterial de menor grado (discursos papales, exhortaciones, etc) sería pecado venial si la enseñanza en sí no fuera especialmente relevante. En todo caso, está claro que la no adhesión por parte del fiel sería pecado.
Como he dicho antes, el que empieza viendo una excepción acaba viendo miles. No digamos si esto lo aplicamos al ámbito moral donde muchas de las enseñanzas de los papas son Magisterio ordinario (y en las que a veces es difícil distinguir entre lo que es falible e infalible).
GJM. Estoy de acuerdo, en general. Pero creo que usted ha leído muy rápidamente los textos. Son textos muy matizados, en los que cada palabra cuenta. No hacemos ningún servicio a la buena causa simplificando las cosas.
Yo he mantenido desde el principio la misma línea de pensamiento. La misma.
Tampoco entiendo por qué firmó el 5 de mayo de 1988 el Protocolo propuesto por el Card. Ratzinger que incluía la aceptación de LG 25, la nueva misa, el Código de Derecho Canónico del 83, la fidelidad al Papa, etc.
Si alguien sabe las respuestas, le agradeceré mucho que me las aclare pues es algo que no entiendo en absoluto y nunca he leído algo convincente sobre estos asuntos.
GJM. No. Lo de Lefevbre, aquí, no. Están en curso unas conversaciones con la Santa Sede. Ya se verá en qué queda todo. Pero entrar ahora en el blog con el asunto Lefebrvre, no. Lo siento, pero no.
«Hay que tener en cuenta, pues, el carácter propio de cada una de las intervenciones del Magisterio y la medida en que se encuentra implicada su autoridad; pero también el hecho de que todas ellas derivan de la misma fuente, es decir, de Cristo que quiere que su pueblo camine en la verdad plena.» (D.V. 17)
«Junto a esta infalibilidad de las definiciones ex cathedra, existe el carisma de asistencia del Espíritu Santo, concedido a Pedro y a sus sucesores para que no cometan errores en materia de fe y moral, y para que, por el contrario, iluminen bien al pueblo cristiano. Este carisma no se limita a los casos excepcionales, sino que abarca en medida diferente todo el ejercicio del magisterio.» (J.P.II, 24-3-1993)
Por otro lado encontramos la dificultad que señalaba al principio: la subjetividad como criterio de discernimiento. Muchos tradicionalistas han rechazado enseñanzas del CVII precisamente por que estaban convencidos de que eran contrarias a la Sagrada Tradición. Esa ya de por sí es una prueba de que ese criterio no puede ser bueno y de hecho la Donum Veritatis enfatiza este punto y en ningún momento dice que sea posible al teólogo la no aceptación del Magisterio no irreformable; si encuentra dificultades advierte debe profundizar en la cuestión o ponerse en contacto con la autoridad competente pero en ningún caso afirma que sea legítimo suspender el juicio o no acatar la enseñanza.
Si Vd. P. Guillermo tiene argumentos fundamentados en los que cree que es posible la suspensión del juicio o el no asentimiento relioso a una enseñanza no infalible hágamelo saber o corríjame si en algo me equivoco. Creo que un sano debate desde el respeto no perjudica a nadie. No se trata de ganar o perder sino de buscar la verdad.
GJM. No tengo mucho más que decir. Gracias por su aportación.
Dejar un comentario