27.10.09

La monseñora divorciada

Para los que no conocen bien en qué consiste el protestantismo, quizás resulte sorprendente la noticia de que una “obispa” luterana divorciada puede convertirse en la presidenta del Consejo de Iglesias Evangélicas Alemanas. Para mí no. Una de las peculiaridades de ese movimiento que comenzó con Lutero -aunque hubo precursores- es que tiene como fundamento básico el libre examen de las Escrituras. Los apologetas evangélicos podrán disfrazar dicho fundamento de mil y una maneras pero en la práctica consiste en que cada cual puede interpretar la Biblia como le venga en gana. El mismísimo Lutero se dio cuenta del monstruo que había creado y llegó a escribir lo siguiente: “Hay tantas sectas y opiniones como cabezas. Este niega el bautismo; el de más allá cree que hay otro mundo en el nuestro y el día del juicio. Unos dicen que Jesucristo no es Dios; otros dicen lo que se les antoja. No hay palurdo ni patán que no considere inspiración del cielo lo que no es más que sueño y alucinación suya” (Grisar, Lutero). O sea, el “reformador” alemán hizo de pirómano sorprendido al ver que el incendio que había provocado era ciertamente destructivo. Al liberarse del “yugo papista", se encontraron con el yugo del desmadre doctrinal y la división eclesial.

Con el paso del tiempo, lo que había empezado por una rebelión contra la autoridad de la Iglesia, cuyos pastores ciertamente ayudaron a que tal desastre ocurriera, se convirtió en una rebelión contra la autoridad de la Palabra de Dios, que para los protestantes es únicamente la Escritura (sola scriptura), ya que rechazan la Tradición como parte del depósito de la fe. El protestantismo liberal llevó el libre examen hasta sus últimas consecuencias, de tal forma que se convirtió en un “acepto lo que me da la gana de la Biblia, cuya inerrancia e infalibilidad niego". Por supuesto, gran parte de los protestantes, los llamados evangélicos -aunque la terminología en Alemania varía algo-, no dieron ese paso y se conformaron con seguir su propia tradición “eclesial” de ir dividiéndose en multitud de denominaciones que se diferencian unas de otras en doctrinas ciertamente importantes (predestinación, bautismo, etc), sobre las que son absolutamente incapaces de ponerse de acuerdo. En algunas de esas denominaciones conviven diversas tendencias. El caso más claro lo tenemos en el anglicanismo, donde, al menos hasta ahora, tan pronto ordenan obispo a un hombre que comparte vida y lecho con otro señor como aparecen un grupo importante de obispos africanos diciendo que eso es una barbaridad. Cuando no hay autoridad eclesial, vale todo.

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26.10.09

¿De qué hay que hablar con esos depravados?

Damos hoy la noticia de que los representantes católico y ortodoxo para el diálogo ecuménico con los luteranos suecos condenan la decisión del sínodo de la “Iglesia” Luterana de Suecia de aprobar la celebración de matrimonios entre homosexuales en sus comunidades eclesiales. En el comunicado conjunto firmado por un sacerdote católico y otro ortodoxo, se asegura que tal medida ensancha las diferencias entre unos y otros. Eso sí, luego dicen que el diálogo ecuménico es más necesario que nunca. Y ahí es donde llega mi pregunta. ¿Para qué es necesario dialogar con quienes son una panda de depravados que se saltan la clara enseñanza de la Biblia sobre ese tema?

¿Qué sentido tiene dialogar con quienes se ciscan en 20 siglos de tradición cristiana sobre el matrimonio, por no hablar de los 15 siglos anteriores de tradición judía? ¿qué ganamos con hablar con los que pretenden que Dios sea instrumento de bendición del pecado de la sodomía? ¿no sería mejor romper de forma radical cualquier relación con ellos, de forma que quede patente que católicos y ortodoxos no queremos mezclarnos con quienes prostituyen la Revelación y la moral cristiana?

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25.10.09

Fascistas y antifascistas, misma basura

Hace unos días se ha conocido la sentencia por la que se condenaba a 26 años de cárcel a Josué Estébanez por el asesinato de Carlos Palomino en el metro de Madrid. Creo que casi todo el mundo ha podido ver el vídeo del crimen. El tal Josué, soldado profesional, se encontraba en un vagón del metro madrileño cuando vio que se acercaban un grupo de jóvenes “anti-fascistas” que iban a reventar una manifestación de fascistas, o algo parecido. Antes de que Palomino entrara donde estaba su asesino, éste había sacado el puñal con el que finalmente le quitaría brutalmente la vida. Las imágenes muestran claramente que a Estébanez no le llegaron a poner la mano encima, así que difícilmente se puede alegar defensa propia.

Tengo la sensación de que si la cosa hubiera sido al revés, o sea, que el asesinato lo hubiera cometido un anti-fascista contra un fascista, la repercusión mediática habría sido diferente. La extrema derecha violenta tiene peor fama que la extrema izquierda violenta, aunque ambas son la misma basura. Alguien me dirá que no existe tal cosa como una extrema derecha o izquierda violenta, pero yo creo que conviene diferenciar entre quienes defienden una ideología política extrema y no por ello van abriendo cabezas y matando gente y los que sí lo hacen, aunque también es cierto que algunas ideologías políticas llevan la violencia inserta en sus genes.

Por lo general son jóvenes los que se meten en grupos de uno u otro signo. Ellos piensan que son muchas las cosas que les diferencian, pero son bastante más, y de mayor importancia, las que les unen. Por ejemplo, el odio hacia el contrario, hacia el diferente. Por ejemplo, su extremismo. Se dice que los extremos se tocan y en este caso eso es especialmente cierto, con la particularidad de que el toque a veces resulta mortal.

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23.10.09

La responsabilidad moral del Rey en la sanción de las leyes, por monseñor Guerra Campos

Como quiera que la buena gente de Bebé-Aído ha enviado un muñequito de los suyos a la Familia Real y han pedido al Rey que interceda para que no salga adelante la nueva ley del aborto, recupero para los lectores de este blog y de InfoCatólica una carta que escribió monseñor Guerra Campos el 19 de julio de 1985, a cuenta de la primer ley del aborto y su sanción por el sucesor de Franco a título de Rey y actual Jefe de Estado de nuestra querida España:

MORAL CATÓLICA Y MONARQUIA CONSTITUCIONAL
La responsabilidad moral del Rey en la sanción de las leyes

El 19 de julio “YA” publicó un editorial titulado “El Rey y la ley del aborto”. Envié al diario una exposición complementaria con el propósito de que la doctrina moral católica no quedase rebajada a mero liberalismo. “YA” no se ha dignado publicar dicha aclaración. Y así me veo obligado a hacerla pública en este número del “Boletín”, añadiéndole un párrafo conclusivo.

“YA” en su editorial de hoy glosa mi declaración de 13 de julio en lo tocante a la sanción y promulgación de la ley. Destaca este punto como novedad. La novedad, si la hay, no me corresponde, pues, en 1983, un Obispo muy ligado al “YA”, escribió sobre el “grave problema de conciencia para muchas personas porque no es lícito cooperar ni a la elaboración, ni a la promulgación, ni a la puesta en práctica…”

El artículo de “YA” merece ser continuado para que podamos asomarnos de verdad al problema moral que nos preocupa. Recuerda primero la conocida falta de responsabilidad jurídica del Rey según la Constitución, su carencia de iniciativa y de libertad para oponerse, su función meramente nominal, su preeminencia simbólica y puramente representativa como encarnación suprapartidista del Estado.

En el último párrafo, que es el que toca la cuestión, hace dos afirmaciones. En la primera reconoce que “la responsabilidad moral no queda agotada en la responsabilidad jurídica ni de las personas ni de las instituciones”. “Puede darse incluso contraposición entre ambas, lo mismo que puede darse entre la legalidad de una norma y su moralidad”. Reconocimiento oportuno, pues el gran problema tras la promulgación de la ley está precisamente en que numerosos practicantes del aborto quedan exentos de responsabilidad jurídica mientras permanece su responsabilidad moral, como autores de lo que la Iglesia califica de “crimen abominable”.

La segunda afirmación es aplicable al caso del Rey. Dice que para “calibrar su verdadera responsabilidad moral” es forzoso tener en cuenta como condicionante: 1º la obligación jurídica de obrar en un sentido determinado, en razón de su cargo; 2º la necesidad de ponderar, en difícil discernimiento, las gravísimas consecuencias de carácter general que pudieran derivarse de sus decisiones.

Y aquí se detiene la exposición de “YA”. Que hay que tener en cuenta ese condicionante es evidente; pero no basta para formar un criterio moral. Nos deja en una hipótesis indeterminada. En primer lugar, ¿consta que el Rey tuviese obligación jurídica de sancionar cuando la ley se opone a las garantías que exige el Tribunal Constitucional? Y dado el condicionante, ¿elimina sin más y en cualquier caso la responsabilidad moral? ¿No se requiere alguna otra condición, al menos como propósito de futuro?

Una respuesta cómoda sería que el Rey, en virtud del sistema constitucional, queda exento de responsabilidad moral sancionando con pasividad permanente y automática todo lo que produzca aquel sistema, aunque ello le convirtiera en símbolo de un Estado que conculque valores inviolables.

En nuestro caso es forzoso no olvidar que, mientas dure la ley del aborto, lo que se produce no es sólo una situación insatisfactoria respecto a opiniones o formas constitucionales. Lo que ocurre es que se está destruyendo de manera monstruosa la vida de niños inocentes. Esto condiciona seriamente la valoración de las consecuencias que pudieran derivarse de evitarlo (¿es claro que sean realmente más graves?). Además, según enseño la Santa Sede, no es aplicable al caso el criterio del pluralismo democrático, porque “la vida de un niño prevalece sobre todas las opiniones; no se puede invocar la libertad de pensamiento para arrebatársela”. No se puede invocar ningún concepto de tratadistas constitucionales. Si una ley ataca esa vida, un Rey constitucional no puede olvidar que la ley existe con su sanción y sin ella no.

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22.10.09

¿Qué hacer ante las quejas de los curas casados apartados del sacerdocio?

Como era de esperar, la llegada de miles de presbíteros anglicanos casados a la Iglesia Católica, donde serán ordenados para poder ser curas católicos, está provocando reacciones un tanto airadas de aquellos sacerdotes católicos que decidieron quebrantar el celibato para poder casarse, lo cual les llevó a ser apartados del ministerio sacerdotal. Alguno asegura que se produce un agravio comparativo. ¿Por qué los anglocatólicos podrán ser sacerdotes y tener familia mientras que a nosotros no se nos deja ejercer?

No sé cuál será la respuesta que desde Roma se dé a esa pregunta. Yo respondería que hay una razón de peso: los anglicanos se hicieron presbíteros en una tradición eclesial donde no existe el celibato obligatorio, mientras que los sacerdotes católicos de rito latino que se han casado han quebrantado el celibato al que se comprometieron libremente. Por tanto, por mucho que se empeñen, la situación no es la misma. Unos no han roto ningún compromiso, los otros sí.

Es más, yo creo que aunque la Iglesia decidiera suprimir, de ahora en adelante, la obligatoriedad del celibato para poder ser sacerdote católico de rito latino, eso no supone que los que se secularizaron tengan por qué volver a ejercer el sacerdocio. Ellos seguirán siendo aquellos que habiendo aceptado libremente ser célibes rompieron su compromiso con Dios y con la Iglesia. En las iglesias ortodoxas y entre los católicos de rito oriental, todo aquel sacerdote que se compromete a ser célibe, no puede casarse. De hecho, quien entre ellos se ordena presbítero estando soltero, soltero se ha de quedar por vida. Es más, los que se ordenan estando casados, en caso se enviudar no pueden volverse a casar. Espero que ese “mínimo” les sea exigido a los anglocatólicos, que hasta ahora han podido casar a sacerdotes ya “ordenados".

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