(Vatican.news/infocatólica) El primer documento precisa el límite y el modo de la administración ordinaria de los dicasterios de la Santa Sede. En tres artículos, en la línea de renovación de la constitución apostólica Praedicate Evangelium, se establece esencialmente que una entidad vaticana está obligada a solicitar la aprobación del Prefecto de la Secretaría de Asuntos Económicos «cuando el acto supera el 2% de la cifra resultante de la media calculada sobre el total de los costes del Ente que lo requiera, tal como resulta en los balances anuales aprobados relativos a los últimos tres años». «De todas formas, para los actos cuyo valor sea inferior a 150.000,00 € no se necesita aprobación», añade.
En otro punto del documento se fija en 30 días el límite para recibir la aprobación, más allá del cual incluso la falta de respuesta equivale a la concesión de la solicitud, y en cualquier caso se indica que este procedimiento «debe concluir en un plazo máximo de 40 días».