La diócesis de Cartagena facilita el funcionamiento de las cofradías

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La diócesis de Cartagena facilita el funcionamiento de las cofradías

El obispo de Cartagena, Mons. José Manuel Lorca Planes, ha promulgado un decreto, con naturaleza de ley particular, por el que establece medidas que facilitan el funcionamiento habitual de las más de 600 hermandades y cofradías de la Diócesis.

(Agencia SIC/infoCatolica) Mons. José Manuel Lorca Planes, obispo de Cartagena, ha promulgado un decreto donde suspende los plazos que se hayan visto afectados por la declaración del estado de alarma, a la vez que prorroga los mandatos de los presidentes y hermanos mayores que en este tiempo hubieran caducado, concediendo tres meses para que puedan ser renovados en sus respectivas asociaciones. También recuerda, en cuanto a los mandatos que hubieran finalizado con anterioridad, que deben proceder a su actualización mediante elecciones, sin perjuicio de que se puedan adoptar otras medidas que garanticen el gobierno de la entidad.

Algunos puntos a resaltar son los siguientes:  Los presidentes y hermanos mayores, que hubieren finalizado su mandato durante los plazos afectados por la situación de alarma, podrán optar a reelección, incluso por plazo menor al previsto en sus estatutos; de igual modo, se permite la reelección por un año más, aún en caso de haber agotado los períodos máximos estatutarios.

Se distingue entre celebración de asamblea de elecciones, asamblea ordinaria y extraordinaria, facilitando la convocatoria de todas ellas por diversos medios, incluidos los digitales, estableciendo plazos mínimos antes de la celebración de la sesión correspondiente.

En relación a las asambleas electorales, se deberá facilitar el ejercicio del voto durante un tiempo mínimo de dos horas, en locales debidamente acondicionados para ello. Para aquellas cofradías que superen los 500 miembros de pleno derecho, se establece el voto en ausencia, con las debidas garantías. La votación se llevará a cabo incluso aunque exista una sola candidatura.

Con respecto a las asambleas ordinarias, se exige la puesta a disposición de los cofrades, en la secretaría de la cofradía, de la documentación de la que se debe dar cuenta en esa sesión para asuntos ordinarios, permitiendo así su examen previo y el voto delegado, con el fin de facilitar la menor concurrencia simultánea de cofrades. Si, adoptando estas medidas, se superará el aforo permitido, la reunión deberá ser aplazada.

De igual modo en las asambleas extraordinarias no se permitirá el voto delegado, debiendo ser únicamente presencial.

Mons. José Manuel Lorca Planes, para terminar el decreto recuerda el necesario cumplimiento de todas las disposiciones actualmente vigentes sobre las medidas de prevención y contención en materia de sanidad, debido al COVID-19.

2 comentarios

Cristiano
Pues un Obispo que se preocupa por dar soluciones ante las limitaciones que padecemos. Bravo !
27/06/20 10:11 PM
hornero (Argentina)
No sé cómo puede funcionar un mundo frenado así.
27/06/20 10:13 PM

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