(507) La pena de muerte es «inadmisible»

 

–¿En qué sentido es «inadmisible»?.

–El título de un artículo suele indicar cuál es el tema que el autor expone en él. Tenga usted, pues, la esperanza de que mi artículo responde a su pregunta. 

 

–La pena de muerte es «inadmisible»

El papa Francisco, en audiencia concedida al Cardenal Ladaria, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la fe (11-V-2018), aprobó una nueva redacción del nº 2267 del Catecismo de la Iglesia, acerca de la pena de muerte. Y posteriormente se publicó el texto de la modificación en diversas lenguas (1-VIII-2018), según ya informamos en InfoCatólica.

La modificación ha suscitado reacciones diversas, especialmente en su afirmación más importante: «la pena de muerte es inadmisible» (inammissibile). Como la palabra «inadmisible» nunca ha sido empleada en el lenguaje del derecho canónico o de la teología moral para calificar le entidad moral positiva o negativa de una cierta obra, carece de un sentido unívoco, preciso y comúnmente reconocido. Y por eso las polémicas actuales sobre la modificación del Catecismo en este tema proceden en parte del sentido que se dé al término inadmisible, como veremos en seguida.

 

En la historia comprobamos que todas las culturas han considerado lícita la pena de muerte sobre los más culpables criminales, de modo que no es excesivo afirmar que sobre el tema ha habido, hasta tiempos modernos, un consentimiento universal de la humanidad. Este argumento es un indicio de que tal pena es de derecho natural. Pero no no lo prueba, propiamente, porque también sobre otros objeto morales malos, como el divorcio, se ha dado ese consentimiento universal.

Lo que sí decide nuestro pensamiento es la enseñanza de la Sagrada Escritura y del Magisterio de la Iglesia, que considera lícita la pena de muerte, como un medio penal extremo. Son muchos los documentos católicos que dan esa doctrina. 

-Sagrada Escritura

En la alianza que establece Yavé con Noé ya Dios prescribe: «Quien derrame la sangre de un hombre, por otro hombre su sangre será derramada; porque a imagen de Dios hizo él al hombre» (Gén 9,6). «El que hiera a otro mortalmente sea castigado con la muerte» (Ex 21,12; cf. 21,14-15). Esta doctrina se da con frecuencia en la A.T., pero también en el N.T. En el Calvario, San Dimas replica al otro malhechor, refiriéndose a la pena de muerte: «En nosotros se cumple la justicia, pues recibimos el castigo merecido por nuestras obras». Y Jesús le asegura: «Hoy estarás conmigo en el paraíso» (Lc 23,40-43). San Pablo declara ante el tribunal que le juzga: «Si he cometido alguna injusticia o crimen digno de muerte, no rehuso morir» (Hch 25,11). Y en otra ocasión: «La autoridad es para ti un ministro de Dios para el bien. Pero si obras el mal, teme, pues lleva espada: está al servicio de Dios para hacer justicia y castigar al que obra mal» (Rm 13,6). . La misma enseñanza nos da el Señor en un buen número de sus parábolas (p. ej., Lc 19,27).

 

-Padres y doctores de la Iglesia, teólogos y santos

Clemente de Alejandría (+215): «Cuando [la la autoridad judicial] considera a alguien que parece incurable, que va por el camino de la extrema injusticia, se preocupa entonces de los otros, para que no vayan a la perdición por obra de aquel, y como amputando una parte del cuerpo entero, lo manda a la muerte» (Stromata).

San Agustín (+430). «Hay excepciones a la prohibición de “no matar”… De ahí que no quebrantaron, ni mucho menos, el precepto [del Decálogo] “no matarás” aquellos hombres que, movidos por Dios, han llevado a cabo guerras, o los que, investidos de pública autoridad y ateniéndose a su ley, es decir, según el dictamen de la razón más justa, han dado muerte a reos de crímenes» (La Ciudad de Dios lib.I, v.21).

Santo Tomás de Aquino (+1274). «Se prohibe en el Decálogo el homicidio en cuanto implica injuria… Pero matar a los enemigos de la república no es cosa indebida… ni tal muerte es el homicidio que se prohíbe en el precepto del Decálogo» (STh I-II, 100, a.8, ad 3m). «Cada parte existe naturalmente para el todo», y eso justifica, «si fuera necesaria para la salud de todo el cuerpo humano, la amputación de algún miembro»… «Si un hombre es peligroso a la sociedad y la corrompe por algún pecado, es laudable y saludable quitarle la vida para guardar el bien común» (ib. II-II, 64, a.2).

San Alfonso María de Ligorio (+1787). «A la autoridad pública se le ha dado potestad de matar a los malhechores, no injustamente, sino cuando sea necesario para la defensa del bien común» (Theologia moralis, Dubium II. An et quomodo liceat occidere malefactorem).

 

-Romanos Pontífices

Inocencio III (+1216), exige en la Confesión de fe prescrita a los Valdenses (1208) que reconozcan lícita la pena de muerte, cuando justamente es aplicada (Denz 795).

León XIII (+1903). Tanto la razón como la Revelación divina «prohíben a cualquiera, de modo absoluto, matar o herir a un hombre en ausencia de una razón pública justa» (enc. Pastoralis Oficii, 1881).

Pío XII (+1958). «Está reservado al poder público privar al condenado del “bien” de la vida, en expiación de su falta, después de que por su crimen él se ha desposeído de su “derecho” a la vida» (Disc. 13-IX-1952, n. 28).

San Juan Pablo II (+2005). «No se debe llegar a la medida extrema de la eliminación del reo salvo en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la defensa de la sociedad no se sea posible de otro modo» (1995, enc. Evangelium vitae nº 56.)

 

-Catecismos de la Iglesia

Catecismo del concilio de Trento (1566). «Matar lícitamente pertenece a las autoridades civiles, a las que se confía el poder de la vida y de la muerte, mediante la aplicación legal y ordenada del castigo de los culpables y la protección de los inocentes» (III parte, nº 333).

Catecismo de San Pío X (+1914). «Es lícito quitar la vida al prójimo cuando se combate en guerra justa, cuando se ejecuta por orden de la autoridad suprema la condenación a muerte en pena de un delito y, finalmente, en caso de necesaria y legítima defensa de la vida contra un agresor injusto» (nº 415).

Catecismo de San Juan Pablo II (+2005). «La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito. La pena tiene, ante todo, la finalidad de reparar el desorden producido por la culpa. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, adquiere un valor de expiación» (n. 2266) … «La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender del agresor injusto las vidas humanas…  Hoy los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo “suceden muy… rara vez…, si es que aún en realidad se dan algunos” (Evangelium vitae 56)» (n. 2267).

Estos testimonios documentales, y otros muchos, hacen pensar que la licitud de le pena de muerte es una doctrina que pertenece a la fe católica. Así lo estima, por ejemplo, el P. Teófilo Urdánoz, O. P., en su introducción a la Summa Theologica II, q. 64 (tomo VIII, ed. BAC bilingüe, pg. 422): «Es una verdad de fe».

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¿«Inadmisible»?

–Sentido falso: la pena de muerte es siempre «inadmisible», en toda circunstancia, porque es per se íntrísecamente mala

Este sentido debe ser descartado, porque es inconciliable con lo enseñado siempre por la Iglesia. El Magisterio de la Iglesia, bajo la acción del Espíritu de la Verdad, nos «guía hacia la verdad completa» (Jn 16,13), y nunca se contra-dice, nunca enseña lo contrario de lo que anteriormente enseñó siempre y en todas partes como perteneciente a la fe católica. No sería propiamente Magisterio apostólico si así lo hiciera, porque la doctrina de la Iglesia crece siempre en la misma dirección y sentido: se desarrolla como un árbol, que continuamente crece fiel a sí mismo.

Afirmaciones del papa Francisco como éstas que siguen parecen indicar que la pena de muerte es mala en sí misma, en toda circunstancia: «Se debe afirmar con fuerza que la condena a la pena de muerte es una medida inhumana que humilla la dignidad de la persona… Es en sí misma contraria al Evangelio… Incluso en los Estados Pontificios se recurrió a este remedio extremo e inhumano, dejando a un lado la primacía de la misericordia sobre la justicia. Asumimos las responsabilidades del pasado y reconocemos que estos medios fueron dictados por una mentalidad más legalista que cristiana. La preocupación de conservar intacto el poder y la riqueza material llevó a sobrestimar el valor de la ley y a impedir profundizar en la comprensión del Evangelio»… Consciente el Papa de que no es fácil conciliar estas palabras con la doctrina de la Iglesia, niega que haya contradicción real: «La Palabra de Dios es una realidad dinámica, siempre viva, que progresa y crece… La doctrina no puede preservarse sin progreso, ni puede estar atada a una lectura rígida e inmutable sin humillar la acción del Espíritu Santo» (Disc. en el 25 aniversario del Catecismo de la Iglesia Católica [el de 1992], 11-X-2017).

Ya anteriormente había declarado el Papa en Carta al presidente de la Comisión internacional contra la pena de muerte (20-III-2015) que la pena de muerte «contradice el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa», y que más bien «fomenta la venganza». 

Por otra parte, el Papa sabe que el apoyo dado a los abolicionistas de la pena de muerte con la modificación del n. 2267, calificándola de «inadmisible», será interpretada por todos los medios mundanos como una prohibición absoluta, y que la gran mayoría de los católicos la entenderá como la reprobación de algo «intrinsece malum». Y con eso se conforma, sin exponer más abiertamente en el Catecismo su personal opinión.

No podemos creer, sin embargo, que la Iglesia enseñó un error en materia tan grave durante tantos siglos, porque ella es la Esposa indefectible de nuestro Señor Jesucristo, siempre guardada en la verdad. Tampoco podemos creer que hay en la Iglesia un verdadero crecimiento doctrinal y progreso cuando enseña lo contrario de lo que ha enseñado durante siglos en Oriente y Occidente. En ésta y en otras cuestiones graves la Esposa de Cristo no puede negar lo que afirmó siempre o afirmar lo que siempre negó. No sería un  edificio espiritual fundamentado sobre roca, sino sobre arena. No podríamos creer que la Iglesia católica es «la Iglesia de Dios vivo, columna y fundamento de la verdad» (1Tim 3,15).

 

Sentido verdadero: la pena de muerte es hoy «inadmisible» en la situación de no pocas naciones, en las que debe procurarse su abolición

El Cardenal Ladaria, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la fe, en carta a los Obispos, afirma que «la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica, aprobada por el Papa Francisco, se sitúa en continuidad con el Magisterio precedente, llevando adelante un desarrollo coherente de la doctrina católica» (n.7).

Notemos que en la modificación del n. 2267 del Catecismo sobre la pena de muerte, el Papano ha integrado cuanto dijo contra la pena de muerte en otras ocasiones que acabo de citar. Se autolimita, autorizándose a decir solamente que en las circunstancias actuales la aplicación de la pena de muerte es «inadmisible». Ateniéndonos exactamente al texto que modifica el n. 2267, se entiende que no hace el Papa un cambio en la doctrina, sino en el juicio prudencial que la aplicación de esa pena extrema merece a su juicio. Y en este juicio práctico, efectivamente, viene a continuar con lo ya dicho por Juan Pablo II (Homilías de 23-I-1999 y de 27-I-1999) y Benedicto XVI (exhort. ap. Africae munus, 19-XI-2011), documentos que el mismo cardenal Ladaria cita.

Como dice uno de nuestros blogueros: «algunas de las cosas que dice el nuevo texto [Catecismo, 2267] parecen indicar que el Papa se está refiriendo a que la pena de muerte es instrínsecamente mala, es decir, que siempre y en cualquier circunstancia es moralmente ilícita»… Pero, por el contrario, «¿“inadmisible” se refiere solo a que hoy no es conveniente? Si así fuera, no habría en realidad cambio alguno. Doctrinalmente la Iglesia seguiría enseñando que la pena de muerte es lícita en algunas ocasiones, pero prudencialmente el Papa diría que no le parece que «hoy» se den esas ocasiones, opinión que los católicos tendrían que respetar, pero con la que no estarían obligados en conciencia a estar de acuerdo».

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«… inadmisible en todo el mundo»

–Seguimos, pues, creyendo en la licitud de la pena de muerte, porque es una verdad del derecho natural y una verdad de fe. Y consideramos con el respeto debido el deseo pontificio expresado de conseguir «su abolición en todo el mundo». Con uno u otro matiz, también Juan Pablo II y Benedicto XVI se han mostrado partidarios de su eliminación –aunque ambos reconocían la posibilidad de su licitud en principio–. Pero, de hecho, no es fácil conocer con seguridad qué normas legales son más convenientes para conseguir el bien común en «todo el mundo». Los niveles de criminalidad son sumamente diferentes en unos y otros lugares; la eficacia e incluso la honradez de los cuerpos policiales y judiciales apenas admiten comparación de unas naciones con  otras; si en una hay 500 homicidios anuales, en otra hay 30.000…

A estas realidades sociales tan diferentes, se añaden las grandes diferencias ideológicas y tradicionales, filosóficas y religiosas, que sobre la pena de muerte –como en tantas otras cuestiones– conducen a opiniones muy diversas en sociólogos y psicólogos, policías y criminalistas, políticos y pensadores de filiaciones mentales diversas. Los juicios prudenciales concretos, en un mundo tan heterogéneo y tan cambiante, no pueden proponerse con la estabilidad y la aplicación universal propias de los juicios doctrinales.

Podemos ilustrar lo dicho con la cuestión siguiente.

 

–¿Puede negarse la comunión al católico que vota en favor de la pena de muerte?

El 3 de julio de 2004 se publicó  la carta que el cardenal Joseph Ratzinger, como prefecto de la CDFe, había dirigido a los obispos norteamericanos sobre el controvertido tema de negar o no la Comunión a los políticos católicos pro-aborto: Dignidad para recibir la Sagrada Comunión. Principios generales. Y en el nº 3 decía:

 «No todos los asuntos morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. Por ejemplo, si un católico discrepara con el Santo Padre sobre la aplicación de la pena de muerte o en la decisión de hacer la guerra, éste no sería considerado por esta razón indigno de presentarse a recibir la Sagrada Comunión. Aunque la Iglesia exhorta a las autoridades civiles a buscar la paz, y no la guerra, y a ejercer discreción y misericordia al castigar a criminales, aún sería lícito tomar las armas para repeler a un agresor o recurrir a la pena capital. Puede haber una legítima diversidad de opinión entre católicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de muerte, pero no, sin embargo, respecto del aborto y la eutanasia».

Creo, creemos, que modificado en el Catecismo el nº 2267 en los términos que ya conocemos, esta carta de la Congregación de la Fe sigue expresando la verdad.

 

–Ya es sabido que la Iglesia admite los diversos regímenes de organización política –más o menos autoritarios o participativos–, siempre que se muevan en el campo de lo lícito y se orienten verdaderamente al bien común.  No reconoce una forma concreta de gobierno como la más conveniente para ser aplicada «en todo el mundo».  También ese principio puede aplicarse al mantenimiento o a la abolición de la pena de muerte en todas las naciones. Son muy claras en estos temas las consideraciones sobre la pena de muerte que ha expuesto Jorge Soley.

 

En fin

Tengamos también en cuenta al tratar de esta cuestión que desde hace un siglo, sobre todo en los países occidentales antes cristianos, se ha difundido notablemente en las naciones la prohibición de la pena capital. En 122 Estados del mundo no hay ya pena de muerte, porque en 93 se ha prohibido y en 29 no se aplica. Solo en 52 Estados –la mayoría de ellos islámicos o comunistas, en todo caso ajenos por completo al influjo de la Iglesia– la pena de muerte se mantiene y se aplica. Dios quiera en su providencia que el desarrollo de las naciones sea tan positivo que pueda abolirse la pena de muerte en todas ellas sin desmedro del bien común.

José María Iraburu, sacerdote

Índice de Reforma o apostasía

 

 

 

61 comentarios

  
javier
Supongo que habrá que modificar el Evangelio Mc 12,6: ' "Qué hará el dueño de la viña? Vendrá y dará muerte inadmisible a los labradores y entregará la viña a otros."
15/08/18 5:34 PM
  
Pensador
Dos cosas muy simples que las dice en su artículo y que son el quid de la cuestion.

1) la pena de muerte es parte de la autoridad natural del gobernante, no puede ser negada a priori. La prudencia de su aplicación determinará su "justicia" o "injusticia"

2) El texto del pontífice va contra la comprensión natural del tema, al indicar que es "contraria al evangelio". Cualquier lectura que deriva de las palabras del pontífice roza lo contrario a la doctrina católica.

¿Por qué simplemente no proponer que tal redacción del catecismo es contraria a la doctrina (por error o ambiguedad) y asunto acabado?
¿Yo, como católico, tengo obligación no solo de asentir con respeto la doctrina del pontífice, sino también de hacer esfuerzos mentales para interpretar sus propias palabras a la luz de una doctrina que "a prima facie" contradice?

Creo que se está revirtiendo la carga de la responsabilidad sobre el pueblo de Dios y no sobre los que ejercen la autoridad y el oficio de enseñar con claridad.
15/08/18 5:44 PM
  
Alberto GT
De acuerdo en general con lo aquí expuesto.


Durante siglos se ha reconocido la licitud de ejecutar a los herejes y León X exigia ala Lutero, entre otras muchas cosas, que para evitar la excomunión dijese que es lícito quemar herejes. La excomunión por negar esta proposición se mantuvo hasta el siglo XX. ¿No choca esto con las ñedidas de perdón de San Juan Pablo II en el ju ileo del año 2000?
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JMI.-En mi artículo he considerado solamente la licitud en principio de la pena de muerte como pena extrema. No he entrado en analizar el uso que de esa ley se hizo en tal tiempo, tales autoridades o ciertas instituciones. Ésa es otra cuestión en la que no voy a entrar.
15/08/18 6:11 PM
  
Miguel García Cinto
Gracias querido Padre J. M. Iraburu, como de costumbre sus enseñanzas son clarísimas e inteligibles.
El Señor le bendiga y le guarde.
15/08/18 8:39 PM
  
Echenique
Vittorio Messori, con Romano Amerio, concluye quel el no a la pena de muerte se fundamenta, no en la religión, sino en la irreligión contemporánea.
El artículo, profundísimo, lo recoge Chiesa e Postconcilio.
15/08/18 9:18 PM
  
Pablo
Javier,

"Y se puso a hablarles en parábolas: «Un hombre plantó una viña, la rodeó de una cerca, cavó un lagar y edificó una torre; la arrendó a unos labradores, y se ausentó. 2.Envió un siervo a los labradores a su debido tiempo para recibir de ellos una parte de los frutos de la viña. 3.Ellos le agarraron, le golpearon y le despacharon con las manos vacías. 4.De nuevo les envió a otro siervo; también a éste le descalabraron y le insultaron. 5.Y envió a otro y a éste le mataron; y también a otros muchos, hiriendo a unos, matando a otros. 6.Todavía le quedaba un hijo querido; les envió a éste, el último, diciendo: "A mi hijo le respetarán". 7.Pero aquellos labradores dijeron entre sí: "Este es el heredero. Vamos, matémosle, y será nuestra la herencia." 8.Le agarraron, le mataron y le echaron fuera de la viña. 9.¿Qué hará el dueño de la viña? Vendrá y dará muerte a los labradores y entregará la viña a otros."

Legítima defensa ante unos agresores armados.
15/08/18 9:42 PM
  
Rubén (de Argentina)
A ver, en la nueva redacción del art. 2267 del Catecismo, en su último párrafo dice lo siguiente:

Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona

Si la Iglesia enseña a la luz del Evangelio que la pena de muerte es inadmisible, entonces es inadmisible no solo hoy, sino también lo era en el pasado y lo seguirá siendo en el futuro, porque la luz del Evangelio no puede cambiar ("el cielo y la tierra pasarán pero mis palabras no pasarán" dijo el Señor). Y si era inadmisible en el pasado, entonces la Iglesia, como bien se dice en el presente artículo, estuvo en el error durante dos milenios cosa que no puede ser ni fue.

Conclusión: La nueva redacción del art. 2267 no puede contener la frase "a la luz del Evangelio" porque no se corresponde y conlleva un quiebre, con la enseñanza bimilenaria de la Iglesia sobre este tema. Y a mi juicio, hay un quiebre aunque se quiera tratar de compatibilizar el "nuevo" enfoque con el antiguo con proezas lingüisticas.
15/08/18 10:04 PM
  
Jordi
1. Yo sí soy partidario de la pena de muerte, y si pudiera, ahora votaría a favor de ella, tanto en el código penal ordinario como en el militar.

2. La pena de muerte es un reproche grave a un crimen grave, cometido en libertad, conocimiento y consentimiento.

3. La reforma del Catecismo tiene premisas deficientes, y por ello, la conclusión es deficiente. Contiene argumentos no morales, como el demoscópico, que hay prisiones mejores...

4. La pena de muerte es lícita según la doctrina católica, pero al hacerla inadmisible en ningún caso, en la práctica, la convierte en un acto moral perverso intrinsece malum per se semper et pro semper, lo cual es un absurdo lógico.

5. A ello se suma la comunión y absolución de los adúlteros, que es magisterio ordinario pero yo no lo obedeceré, y a la comunión sin confesión previa de los herejes protestantes casados con católicos, ... (editado)
15/08/18 10:14 PM
  
carmelo
el Papa en la silla tiene derecho a opinar un día algo y el otro lo contrario.. asi opino el18 de agosto de 2014 en avion para Corea, donde apoya acción internacional para detener "agresor injusto" dice:
" en Irak En estos casos en los que hay una agresión injusta, sólo puedo decir que es lícito detener al agresor injusto. Subrayo el verbo ‘detener’. No estoy diciendo bombardear o hacer la guerra, (sino) detenerla. Los medios con los cuales puede ser detenida deberían ser evaluados. Detener al agresor injusto es lícito", contestó el Papa." Insistió en que “estoy solo de acuerdo en el hecho de que cuando hay un agresor injusto, debe ser detenido” y agregó que “sí, estoy dispuesto” a visitar Irak.

bueno como veran la cosa no ha cambiado.. y hay lugares que ni vistas se vislumbran.
la verdad de Dios no es así.. la verdad es Eterna.. y esta en VICTORIA Con la Virgen Inmaculada, siempre obediente a la palabra de Dios antes que a la del Hombre.
15/08/18 11:02 PM
  
Rafael
Es inadmisible porque con la riqueza que hay hoy existen sobrados medios para castigar al culpable de modo que no suponga un peligro, sin matarle. Aplicando lo que dijo Juan Pablo II, porque se puede defender a la comunidad por otros medios.
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JMI.-¿Sobrados medios? Un tercio/un cuarto de la humanidad pasa hambre.
¿Las riquezas que hoy existen en Mali, Burundi, Santo Domingo...?
15/08/18 11:47 PM
  
Fer
Las maromas, cabriolas y pintarrajos que hay que dar, para "justificar" las palabras de Francisco. A veces da risa, a veces no.
15/08/18 11:53 PM
  
Curioso
Curioso modo de citar a Bruno. Si no hubiera leído su post antes, hubiera creído que donde lo citaba era su postura. Vale señalar que en el párrafo siguiente dice Bruno "Algunas de las cosas que dice el nuevo texto, sin embargo, parecen indicar que la pena de muerte es intrínsecamente mala". E insiste en la gravedad de un magisterio confuso.
16/08/18 1:06 AM
  
Juan Pablo Lizcano
Padre José María Iraburu : Esperaba su artículo respecto a este tema . le agradezco por InfoCatólica, y por la Fundación Gratis Date, han sido pieza fundamental para mí proceso de conversión, y de enseñanza, nuestro Señor Jesucristo sabe cómo cambio mi vida gracias a pastores fieles como usted. respecto el tema en cuestión , me queda claro que la ambigüedad dio una vez más resultado : la confusión de la mayoría de católicos con poca formación es grande, llamando desarrollo a lo que no lo es, valiéndose de una palabra : inadmisible nunca utilizada, ya que como es bien sabido no es teológica , le han hecho un grave daño a la Tradición, y al Magisterio de la Iglesia, y lo que es más grave al hacer ese cambio queda la sensación como si el Espíritu Santo se contradice en su acción . Nunca pensé que ' Intrinsece Malum' generará tanto temor en la cabeza visible de nuestra Iglesia Católica . Dios le pague por su labor .
16/08/18 1:51 AM
  
Pepito
Si, como dice el nuevo Catecismo, la pena de muerte es inadmisible porque "atenta contra la dignidad de la persona" es que la pena de muerte constituye una falta del amor y el respeto debidos a la persona humana.

Ahora bien, parece evidente que nunca y bajo ninguna circunstancia se debe faltar al amor y al respeto debido a la persona humana aunque sea la del mayor criminal del mundo.

Luego, la pena de muerte no sería admisible nunca ni bajo ninguna circunstancia, y por tanto el Magisterio de la Iglesia se habría equivocado al considerarla moralmente buena y lícita en algun tiempo y circunstancias.

Por tanto si la pena de muerte de verdad atenta contra la dignidad de la persona humana, resultaría que la Iglesia habría estado permitiendo en el Magisterio bimilenario algo que falta al amor y al respeto debido a la persona humana

Como esto no puede ser, pues iría contra la infalibilidad de la Iglesia, es que la pena de muerte no puede ser inadmisible por atentar contra la dignidad de la persona humana.

Si es inadmisible, lo será por otras razones, pero no por la razón que enseña en nuevo Catecismo de atentar contra la dignidad de la persona humana.

Considero pues que debería de retirarse del nuevo Catecismo la afirmación de que "la pena de muerte es inadmisible porque atenta contra la inviolabilidad y dignidad de la persona humana."
16/08/18 2:04 AM
  
carmelo
los que solo conocen su cuadra suya, y jamás han visto (no de un día, de visita) como funciona la maldad del mundo, les parece virtuoso defender opiniones prudenciales contradictoria al fundamento de la Fe.
es como el otro que habla de que El presidente tal o tal, tiene a satanas, pero él (el "exorsisador" ese,) no se asoma a vivir alla con los Hermanos Sacerdotes Santos que pasan la persecusion alla.
le parese muy virtuoso salir en post y post.. pero quedarce junto a lps persegidos jamas...
asi cualquiera opina
16/08/18 2:39 AM
  
Alejandro Holzmann
Conviene precisar que la "legítima diversidad de opinión entre católicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de muerte" (Carta del cardenal Ratzinger sobre la dignidad para recibir la sagrada comunión, 3), evidentemente no se refiere a los juicios prudenciales del magisterio de la Iglesia, sino únicamente a la aplicación práctica de los principios sobre la legítima defensa de las naciones y de las sociedades mediante la fuerza militar y la pena de muerte, respectivamente. Por ejemplo, la legitimidad de tal o cual intervención armada, de tal o cual pena de muerte, de la abolición mundial de las mismas, etc.; todos estos ciertamente juicios prudenciales, pero no magisteriales.

En cuanto a las intervenciones del Magisterio de orden prudencial, tales como el juicio de los últimos tres Pontífices sobre la dificultad para admitir la pena de muerte en el contexto actual, al gozar "de la asistencia divina en el ejercicio integral de su misión [...] la voluntad de asentimiento leal a esta enseñanza del Magisterio en materia de por si no irreformable debe constituir la norma (Donum veritatis, 24) [...] En todo caso no podrá faltar una actitud fundamental de disponibilidad a acoger lealmente la enseñanza del Magisterio, que se impone a todo creyente en nombre de la obediencia de fe (29) [...] Frente a una afirmación sobre la cual siente que no puede dar su adhesión intelectual, su deber consiste en permanecer dispuesto a examinar más profundamente el problema (31) [...] Cada vez con más frecuencia se cree que el teólogo sólo estaría obligado a adherirse a la enseñanza infalible del Magisterio, mientras que, en cambio, las doctrinas propuestas sin la intervención del carisma de la infalibilidad no tendrían carácter obligatorio alguno, dejando al individuo en plena libertad de adherirse o no, adoptando así la perspectiva de una especie de positivismo teológico. El teólogo, por lo tanto, tendría libertad para poner en duda o para rechazar la enseñanza no infalible del Magisterio, especialmente en lo que se refiere a las normas particulares." (33)

Finalmente y sin restarle valor alguno a la enseñanza del cardenal Ratzinger en su carta a los obispos estadounidenses, hay que aclarar que no se trata de un documento magisterial y que tampoco se encuentra publicado entre los documentos de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
16/08/18 5:38 AM
  
Eiztarigorri
Creo que estamos pasando del terreno de "lo que el Papa ha dicho" al terreno de "lo que el Papa ha querido decir" y lo que suele añadir mi hermano "Y no ha dicho" Vamos a ver, La negación del Papa tiene carácter general a partir de consideraciones de carácter sociológico. La mayoría de países, en la actualidad es posible castigar sin recurrir a la pena de muerte, etc... Pero todas esas circunstancias no nos dicen nada de la Justicia de la Pena de muerte. En realidad el Papa es coherente porque si ha negado la existencia del infierno no una sino dos veces, como va a admitir que los hombres reciben de Dios Padre la autoridad para castigar con la muerte al asesino del inocente Génesis 9,6 "El que derramare la sangre humana por mano de hombre será derramada la suya porque el hombre ha sido hecho a imagen de Dios" Esta cita la conocen muy pocos sacerdotes porque además se da de bofetadas con el existencialismo y con el personalismo que es el existencialismo dentro del cristianismo. Y los que la conocen la interpretan negando su carácter de revelación divina e imputándola a una opinión del cronista, sin caer en la cuenta que por esta vía es posible dudar hasta de la resurrección de Cristo, pero les da igual. ¡Qué pena! Una autentica pena porque en ella Dios Padre aclara que la imagen de Dios no resplandece en le hombre en general, como sostiene el mundo moderno, que no cree en el pecado y en la culpa, sino en el inocente. Cómo la Iglesia, salvo cada vez menos excepciones, por cobardía ha renunciado a librar la batalla por la verdad y la justicia de Dios, así estamos.
16/08/18 6:40 AM
  
alma
Todos y muchos más, con más criterio y cultura de lo que yo pueda aportar, dan su opinión en largos y complicados razonamientos,que parecen más bien ( y perdonen la expresión) auténticas discusiones bizantinas.A mi , lo que más me preocupa de este último " movimiento" de la Iglesia -DE -Francisco, es que tan solo se trate de un primer paso para DESLEGITIMAR el uso de la violencia en cualquier circunstancia, incluida en el caso de "legítima defensa"...y eso ya , me parecería muy grave.Tiempo al tiempo
16/08/18 8:59 AM
  
Menka
Padre, Vd. dice que Francisco ha dicho lo que no ha dicho, y eso es grave de su parte.

Él basa su argumentación de este modo: es inadmisible, a la luz del Evangelio, por la dignidad de la persona humana.

No se refiere a las circunstancias actuales, sino que (ni siquiera dice HOY) es inadmisible por la dignidad humana. Es decir, por algo per se.

Entonces, una verdad de fe la "explica" o la reduce mejor dicho a algo que depende de la naturaleza humana solamente.

No toco siquiera el tema de "a la luz del Evangelio", que es falsear el Evangelio, que es más grave todavía.

Su argumentación se puede aplicar al caso de Juan Pablo II que sí deja la licitud de la pena de muerte, pero pide no aplicarla.

Francisco ha ido más allá, hasta lo dicho.
16/08/18 9:47 AM
  
Guillermo PF
"No podemos creer, sin embargo, que la Iglesia enseñó un error en materia tan grave durante tantos siglos".
- Menuda novedad.
16/08/18 9:54 AM
  
Quico
Siento tener que decirlo , pero esto sobre el sentido correcto y el sentido no correcto del magisterio papal me recuerda demasiado la misma historia sobre Amoris Laetitia y sus peculiares enseñanzas (y las posteriores aclaraciones del mismo papa a los obispos argentinos). El texto dice lo que dice y no se dedica a hacer distingos sobre circunstancias o si fue ayer u hoy: si algo es "inadmisible,contrario a la dignidad humana y al evangelio" difícilmente será correcto en ninguna circunstancia. ¿Que eso es contrario a la tradición de la Iglesia? No parece que le preocupe mucho al pontífice. Ya hemos visto en este pontificado a teólogos bienintencionados practicando contorsiones conceptuales autenticamente yóguicas para intentar explicar que lo que se dice claramente no es lo que se dice sino otra cosa que, si fuera realmente lo que quiere decir, el papa no tendría ningún problema en decirlo (y perdonenme el retruécano).
16/08/18 1:56 PM
  
Ricardo de Argentina
Lo que yo creo que es inadmisible es que se pretenda justificar una mera opinión o consejo prudencial (que además es inaplicable en los países más pobres) apelando a "la luz del Evangelio" y a la "dignidad humana" supuestamente afrentada, como bien lo señala Menka en su comentario

Además considero inadmisible que se modifique el Catecismo para emitir una opinión de índole política que ningún gobierno, que se sepa, le ha pedido al Vaticano, y que se podía haber dado a conocer por otra vía.

Pero esto es nada en comparación de la gravedad que tiene lo apuntado más arriba: se pretende hacerle decir al Evangelio lo que el Evangelio no dice. Se pretende confundir dignidad ontológica - la cual es inherente a la condición humana- con dignidad moral, que depende de la conducta y que puede degradarse al punto de hacer perder el DERECHO A LA VIDA, como bien lo ha enseñado Pío XII.
Modificar el Catecismo para introducir esos errores sí que es súper inadmisible, me parece.
16/08/18 3:14 PM
  
Beatriz Mercedes Alonso (Córdoba - Argentina)
Si nuestro Señor Jesucristo dijo: "Sea vuestro lenguaje: “Sí, sí”; “no, no” (Mt 5,37), ¿por qué el Papa Francisco se mueve en la ambigüedad en temas que atañen al Magisterio de la Iglesia? La misión que ha recibido del mismo Jesucristo es "CONFIRMA a tus hermanos", no que los CONFUNDA.
16/08/18 3:21 PM
  
Javier
Jesucristo mismo reconoce que la autoridad para juzgar y condenar en la tierra vienen del cesar. Demos al cesar lo que es del cesar. Las intromisiones en la organización política del magisterio son anticristianas, e inadmisibles. nosotros tenemos nuestros ojos puestos en el cielo, no en la tierra.
O es que estamos convirtiendo a Jesús en un mesias politico?

Jesus no fue un revolucionario porque su reino “no es de este mundo”.

Esta inflación doctrinal es una intromisión en la administración juiciosa de los bienes terrestres que corresponde primariamente a los laicos, siendo por tanto una forma de clericalismo. Lo mismo sucede con la defensa por parte del magisterio de la democracia o con la libertad de culto.

En mi opinión, estos textos atentan contra la libertad de conciencia en materias que no son de fe.

Padre, los laicos están legitimados para perseguir y actuar contra los clerigos que atentan contra el bien común y ponen en peligro la salvación de las almas extendiendo sus mentiras?


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JMI.-Dice el Código de Derecho Canónico (212,3) que los fieles "tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia debida a los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas". Al bien de la Iglesia pertenece muy especialmente la ortodoxia en doctrina y la ortopraxis en disciplina, p. ej. en la litúrgica.
16/08/18 3:22 PM
  
DJ L
Me pitan los oídos:

Primero porque los textos que buscan justificar frases, decisiones, opiniones, etc del Santo Padre ambiguas ya rayan lo subrealista. Ya he pasado de ese pueblo, por ejemplo, Amoris Laetitia es un mal libro que ya salió de mi casa como salen otras cosas diariamente.

Segundo, parece que el asunto se aplica o no según el PIB del país: Si tenemos policía segura, psicólogo y pedagogo en la cárcel, lo dejamos vivir. Si no, lo liquidamos. ¿Esta es la universalidad del católico?

Gracias padre por su post, siempre tan pedagógico.
16/08/18 4:11 PM
  
Ricardo de Argentina
A propósito de lo que puso DJL, yo también le doy las gracias Padre por permitir que expresemos nuestros puntos de vista. ¡Ya me gustaría que lo mismo pasara en mi obispado!
16/08/18 5:31 PM
  
Jordi
Ruben de Argentina:

"Conclusión: La nueva redacción del art. 2267 no puede contener la frase "a la luz del Evangelio" porque no se corresponde y conlleva un quiebre, con la enseñanza bimilenaria de la Iglesia sobre este tema. Y a mi juicio, hay un quiebre aunque se quiera tratar de compatibilizar el "nuevo" enfoque con el antiguo con proezas lingüisticas."

Totalmente cierto.

Al decir "inadmisible" equivale a "inaceptable", y quiere decir que ya NO SE DA POR BUENO. Pero muchos señalan que esta palabra no es propia de la moral católica, por lo que es otra doctrina confusa y errónea más de Francisco, dado que puede significar que la pena de muerte es un acto moral intrinsece malum per se semper et pro semper, o bien es un acto lícito y válido moralmente, pero que ya no puede aplicarse jamás en ningún caso, lo que a los efecto prácticos, lo convierte en equivalente a un acto moral perverso intrinsece malum.

Y lo de "a la luz del Evangelio" es una contradicción lógica: el Evangelio hace lícita y válidamente moral la pena de muerte, como así la tradición, magisterio y ciencia teológica. Pues menuda "luz"...

El Papa compromete su autoridad dando todas estas doctrinas confusas que, según su oficio petrino, no debe de dar nunca.
16/08/18 6:43 PM
  
Jordi
Echenique:
"Vittorio Messori, con Romano Amerio, concluye que el no a la pena de muerte se fundamenta, no en la religión, sino en la irreligión contemporánea..."

Decir que no se admite un acto lícito porque hay unaEchenique:
"Vittorio Messori, con Romano Amerio, concluye que el no a la pena de muerte se fundamenta, no en la religión, sino en la irreligión contemporánea..."

Decir que no se admite un acto lícito porque hay una "conciencia más viva", es un argumento no moral sino un argumento estadístico, demoscópico, de encuesta, y se aproxima a otro argumento no moral, el consensual, el del pacto y acuerdo político.

Y las verdades católicas no se argumentan desde lo demoscópico o democrático.
16/08/18 7:01 PM
  
Rexjhs
Yo, como el padre Javier Olivera Ravasi, no haré malabarismos para justificar lo injustificable. Allá los que se quieran engañar. Porque la "mens legislatoris" del cambio es la opinión de Francisco, repetida varias veces en sus alocuciones, de que no hay guerra santa ni tampoco pena de muerte lícita. No es correcto salvar la opinión del otro cuando es errónea y contraria al magisterio de la Iglesia. Porque se crea la apariencia de que no pasa nada con la actual situación de la Iglesia, al tiempo que se desactiva cualquier reacción. En estos casos, lo realmente católico es denunciar el error y al que lo fomenta en ésta y en otras cuestiones.
16/08/18 8:30 PM
  
Manuel d
Muchas gracias por su comentario, P. Iraburu
A mi modo de ver estamos ante un Papado mediático, que utiliza el magisterio como medio de propaganda. Es verdad que la pena capital es mala, a mí modo de ver, pero también lo es que los estados se organizan como tienen por conveniente y, en esto, la Iglesia creo que debe comprender esta realidad.
Dicho lo anterior, acatare esta norma de este Papado de los gestos y de los sentimientos.
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JMI.-Es verdad que la pena capital es mala, a mí modo de ver...
No, no es mala en sí misma, siempre y en toda circunstancia.
16/08/18 9:41 PM
  
Menka
Yo me pregunto ahora qué es lo siguiente, y en poco tiempo:

1. ¿El reconocimiento de la "Iglesia patriótica" china?
2. ¿Revisión de Humanae Vitae?
3. ¿Revisión o mejor dicho cambio de algún otro punto de catecismo?
4. ¿Una "misa" que valga para los protestantes y católicos?
Etc., y no necesariamente en este orden.

Lo siento, pero con este cambio ya veo posibles tantas otras cosas. Si no hubo reacción por esto, ¿quién va a parar lo siguiente?

Fíjate si soy algo escéptico últimamente, pero este cambio de Catecismo, tan frontal, no me lo esperaba. Tanto, no. Me ha dejado con la boca abierta cuando vi la noticia en su día.
16/08/18 10:41 PM
  
Eck
Padre, solo un apunte. El divorcio no es de consentimiento universal. Los primitivos romanos y latinos no lo aceptaban en sus costumbres. De hecho los matrimonios por confarreatio era al principio indisolubles y la mujer pasaba a todos los efectos a la familia del marido, incluidos los sacra. Sólo mucho después por la decadencia de las costumbres y por la teoría del poder absolutos del pater familias se aceptó el divorcio y se creo la diffarreatio para anularlo. Así consta en los anales que los primeros divorciados fueron Lucio Annio por el que fue expulsado del Senado y el de Spurio Carvilio Ruga en el 234 a.C. con nota de los censores. Los historiadores romanos los recuerdan para condenarlos por introducir una nefasta costumbre. Ya Cicerón afirmaba: Firmiter enim majoris nostri stabilia matrimonia esse voluerunt (De Re publica 6.2.2)
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JMI.-Seguro que sabe Ud. más que yo del tema. Pero sería una excepción en la práctica universal, y limitada a los tiempos heroicos de la República. Transcribo de Jérôme Carcopino, "La vie quotidienne a Roma, à l'apogée de l'empire" (Hachette, 1972, Les divorces et l'instabilité de la famille, pgs. 118-124). Sólo unas frases.

"Dans le mariage 'cum manu' des premiers siècles de la Ville [Roma], si le répudiation du mari par la femme placée sous son autorité était una absolue impossibilité, en revanche la répudiaton de la femme par la mari était un droit inscrit dan la puissance dont il était investi sur elle...
"Tant et si bien qu'a l'époque de Cicéron le divorce par le consentement des deux conjoints ou par la volonté d'un seul était devenu la mannaie courante des relations familiales"...

"On assiste dès lor, au moins dans l'aristocratie qui émerge de nos documents, à une épidémie de séparations conjugales"...
La frecuencia de los cambios de pareja es impresionante. Y no sólo es el hombre quien despide a su mujer: "Faites votre paquet, et allez-vous-en". También "elles divorcent pour se marier. Et se marient pour divorcer". Eran tantos y tan répidos los divorcios que el poeta crítico Martial dice: "Quae nubit totiens, non nubit: adultera lege est".
17/08/18 12:30 AM
  
Alejandro Holzmann
El adjetivo INADMISIBLE es un término que hace mención a aquello que no resulta admisible, es decir, que no puede admitirse, tolerarse, aceptarse, aprobarse, permitirse. Lo inadmisible, por lo tanto, es intolerable, inaceptable, no se puede aprobar, no se puede permitir, se debe rechazar.

A continuación algunos textos del magisterio de la Iglesia en que se utiliza alguna variación del término para declarar inadmisible algún comportamiento o acto humano. .

"Además, NO SE PUEDE ADMITIR moralmente la mutilación que deja inválido..." (Catecismo de la Iglesia Católica, 2296)

"La inseminación artificial homóloga dentro del matrimonio NO SE PUEDE ADMITIR..." (Donum vitae, II/6)

"Más aún, extendiendo a este campo la aplicación del llamado "principio de totalidad", ¿NO SE PODRÍA ADMITIR que la intención de una fecundidad menos exuberante, pero más racional, transformase la intervención materialmente esterilizadora en un control lícito y prudente de los nacimientos? Es decir, ¿NO SE PODRÍA ADMITIR que la finalidad procreadora pertenezca al conjunto de la vida conyugal más bien que a cada uno de los actos?" (Humanae vitae, 3)

"Ella [la Iglesia] sostiene que NO ES ADMISIBLE ordenar mujeres para el sacerdocio..." (Ordinatio sacerdotalis, 1)

"El comunismo es intrínsecamente perverso, y NO SE PUEDE ADMITIR que colaboren con el comunismo, en terreno alguno, los que quieren salvar de la ruina la civilización cristiana." (Divini redemptoris)

"Desde luego, NO SE PODRÍA ADMITIR que ciudadanos provistos de rentas abundantes, provenientes de los recursos y de la actividad nacional, las transfiriesen en parte considerable al extranjero por puro provecho personal..." (Populorum progressio, 24)

"TAMPOCO HOY SE PUEDE ADMITIR el apego a lo que es incompatible con el seguimiento de Jesús, como son las riquezas deshonestas." (Benedicto XVI, Audiencia general, 30 de agosto de 2006)

"NO SE DEBE ADMITIR bajo ningún pretexto otras bebidas de cualquier género, que no constituyen una materia válida." (Redemptionis sacramentum, 50)

"En estos documentos se indican las condiciones para que SE PUEDA ADMITIR el caso de disolución de un matrimonio in favorem fidei... (Normas para realizar el proceso para la disolución del vínculo matrimonial, Prefacio)



17/08/18 1:51 AM
  
carmelo
Es inadmisible decir creo en el Papa pero no admito la doctrina de la Iglesia que Cristo fundo.
Es inadmisible decir creo en Jesús pero no admito que Jesús haya dicho y proponga en lugar de aquello santo un camino de corrupción, prostitución, fornicación, concuvinat, hasta la enfermedad sexual del mismo sexo y pedofilia:
: Mateo 19,10
[10]Dícenle sus discípulos: «Si tal es la condición del hombre respecto de su mujer, no trae cuenta casarse.»
Es inadmisible creer en decir "Creo" pero no profesarlo, desarrolarlo contradiciendo, amando adulterando, oran en la Iglesia dividiendola, fundar un VIII sacramento de segundas nupcias. es inadmisible pensar qie Jesús no sabe o qie no nos oye... o dudar que hara alogo a su tiempo.
17/08/18 11:49 AM
  
Juan Andrés
Lo que antes era admisible con las limitaciones de cualquier tipo que se formularan, no puede ser hoy inadmisible, sin contradicción, por las razones que se quieran dar. No hace falta darle muchas vueltas al asunto para formalizar "hermenéuticas" tendientes a dejar a salvo alguna intención que, a mi modesto entender, aparece prístina.
17/08/18 5:41 PM
  
Sacristán
Estimado un señor Iraburu: llevo siguiendo Infocatólica ya unos años y me ha hecho mucho bien desde entonces. Pero hay una cosa que me causa cierta inquietud en estos tiempos de confusión por parte de Roma. Si fuera posible quisiera pedirle un post sobre como compaginar el trabajo de los medios de comunicación eclesiales con el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe Instrucción Donum Veritatis sobre la vocación eclesial del teólogo. Un saludo.
17/08/18 5:57 PM
  
Alejandro Holzmann
Sacristán, en la misma Donum veritatis encontrará usted la respuesta a su pregunta. Pero si persiste su dificultad, puede con toda confianza escribirme a [email protected]
17/08/18 10:48 PM
  
Juan Pablo B.
Cuando Dios creó el hombre , es evidente que el matrimonio entre hermanos era ADMISSIBLE .

Hoy es evidente que es INADMINISIBLE .

No obstante …. " Dios no se muda . "
18/08/18 12:07 AM
  
Alejandro Holzmann
Las condiciones a las que está sometido el derecho a la legítima defensa de las sociedades mediante la pena de muerte (PM) son análogas a las de la legítima defensa de los ciudadanos mediante el alzamiento en armas (AA) en contra de la autoridad pública, y análogas también a las de la legítima defensa de las naciones mediante la fuerza militar (FM).

Según el Catecismo de la Iglesia Católica, estas condiciones dicen relación con:

Certeza y gravedad de las violaciones

"plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable" (PM)
"en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales" (AA)
"Que el daño causado por el agresor a la nación o a la comunidad de las naciones sea duradero, grave y cierto." (FM)

Ultimo recurso

"si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto, las vidas humanas", y "los medios incruentos" no "bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas" (PM)
"después de haber agotado todos los otros recursos" (AA)
"Que todos los demás medios para poner fin a la agresión hayan resultado impracticables o ineficaces." (FM)

Proporcionalidad del medio de defensa para que el remedio no sea peor que la enfermedad

"penas proporcionadas a la gravedad del delito", "Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana." (PM)
"sin provocar desórdenes peores" (AA)
"Que el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más graves que el mal que se pretende eliminar." (FM)


18/08/18 12:37 AM
  
Pepito
Aunque la mayoría de los miembros de la Iglesia, tanto simples fieles como jerarquía, se convirtiesen de pronto de la noche a la mañana en herejes o apóstatas, y quedase solo una exigua minoría de fieles y jerarquía que abservase la sana doctrina y cumpliese con los Mandamientos, ello no sería un derrumbe total de la Iglesia, aunque sí sería una crisis muy grave y lamentable, pues ya dijo Cristo que "allí donde hay dos o más reunidos en Mi nombre, Yo estoy en medio de ellos."

La Iglesia, aunque sea solo en minoría, aunque sean sólo dos que permanezcan fieles a Su Cabeza, Cristo, siempre subsistirá y será santa, pues su santidad no le proviene del mero elemento humano sino del elemento de la persona divina de Cristo, que es Dios y hombre a la vez en misteriosa pero real síntesis hipostática.

Ya ha sucedido alguna vez, en el famoso arrianismo, que gran parte de fieles y jerarquía incurrieron en herejía, y sinembargo la Iglesia no se derrumbó o hundió, aunque sí efectivamente sufrió una grande crisis.

En resumen, la Iglesia siempre subsistirá y será santa, aunque quedasen unidos a Cristo Cabeza sólo dos fieles católicos. Puede haber momentos, como el arrianismo y el actual progremodernismo, de grande crisis y grande apostasía o herejía, pero la Iglesia nunca se hundirá ni perecerá aunque quede reducida a una exigua o pequenísima minoría de fieles.
18/08/18 12:21 PM
  
Pepito
Por otra parte, el término "inadmisible" que utiliza en nuevo Catecismo, opino que debe de entenderse en un sentido moral, pues el Catecismo no se dedica a exponer meras verdades sociológicas o demoscópicas, sino a enseñar la doctrina moral de la Iglesia.

Así pues, considero que la nueva frase introducida en el actual Catecismo, debe de entenderso: "A la luz del Evangelio la pena de muerte es moralmente inadmisible, es decir moralmente mala e ilícita, porque atenta contra la inviolabilida y la dignidad de la persona humana." No podemos reducir el Catecismo a mera sociologia o demoscopia, sino que ante todo es un reflejo del Magisterio de la Iglesia en cuanto al Dogma y la Moral y costumbres.

La madre del cordero, o mater agni como diría aquel, está en discernir si es verdad que la pena de muerte atenta contra la dignidad de la persona humana o no.
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JMI.-La doctrina de la Iglesia enseña que la pena de muerte, en las debidas condiciones, es lícita. Y no cambia, porque nunca Dios, que la inspira, dice lo contrario de lo que dijo. No se des-dice.
18/08/18 12:39 PM
  
franciscus
Padre Iraburu, usted no tiene remedio, siempre intentando justificar lo injustificable, con razones rebuscadas. Lo claro es claro: a Francisco le vale madre el magisterio; cualquier intento por justificarlo peca de tonto e ingenuo.
Si mañana sale con el diablo es Dios, probablemente le vamos a leer a usted un artículo diciendo que en el sánscrito antiguo la palabra demonio también significaba Dios y que probablemente Francisco estaba pensando en eso.
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JMI.-Si no tengo remedio, no sé para qué me manda comentario: no va a valer de nada.
18/08/18 5:26 PM
  
Guillermo PF
Tiene que ser duro darse cuenta, un buen día, de que existen cosas que creíamos seguras, durísimas como el pedernal, y de pronto han dejado de tener sentido. Y entonces, ahora a ver cómo evitas que se te note mucho que por dentro en realidad piensas y sabes que es inevitable y no hay vuelta atrás. Al atrás que te sostenía.
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JMI.-Con perdón, pero niego el supuesto.
"El cielo y la tierra pasarán, pero mis palabras no pasarán".
18/08/18 5:40 PM
  
Marcelo
No entiendo porque ud. oscurece con distinciones sofísticas lo que ahora le hace decir al catecismo el Papa Francisco en su magisterio.

"Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona"

Es muy claro, y cualquiera lo entiende. Y cualquier persona de buena fe también comprende que esa prescripción es contraria a las Sagradas Escrituras, y a toda la doctrina y praxis anterior, incluso de los predecesores de Francisco.

Además, es una clara invasión en el legítimo dominio del poder temporal, ya que en ultima instancia la autoridad civil puede y debe juzgar cual es la pena adecuada en determinadas circunstancias. Claro que en esto de introducirse donde no tienen competencia hay muchos antecedentes papales, que hasta llegaron a pretenderse autorizados por Dios a deponer emperadores y reyes en otros tiempos.

El Papa Francisco no es una guía segura ni en materia de fe, ni en materia de moral. El magisterio papal no puede ser la regla suprema como los integristas como ud. siempre sostuvieron.

Si ud no quiere verlo, sepa que es una perversión de la inteligencia no querer ver y reconocer la realidad.


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JMI.-JMI.-"Distinciones sofísticas"... "los integristas como ud. siempre sostuvieron"... "una perversión de la inteligencia no querer ver"...
Yo no hago distinciones sofísticas. Yo no soy integrista. Yo nunca sostuve la tesis que me atribuye: la omni-infalibilidad del Papa. Yo no estoy afectado de esa "perversión de la inteligencia" por la que "no se quiere ver la realidad"...

Le doy paso a este comentario de Marcelo para que los lectores tengan un modelo de comentario altamente insultante e impertinente que nunca deben practicar.
18/08/18 6:32 PM
  
JSP
Sería interesante un artículo de discernimiento acerca de si era realmente necesaria la modificación del Catecismo católico actual en relación a la pena de muerte y la Tradición apostólica de la sana doctrina. Una cosa es segura y real 100%: Dios es autor de la fe y de la razón; Dios no puede contradecirse.
18/08/18 11:36 PM
  
Atilio de Argentina
El Papa Francisco no plantea ninguna ambigüedad. Por qué algunos siempre interpretan como ambiguas las palabras del Papá ? Es por ceguera e insisto, por ignorancia de muchos de los foristas. En el tema de la pena de muerte es absolutamente claro, sin ninguna ambigüedad. Lean bien. No sean ciegos. En algún momento la Iglesia tenía que condenar la pena de muerte. Y sí. Fue en el siglo XXI y lo hizo el Papá Francisco. Qué es lo ambiguo? Que es lo que no entienden? Es un gran paso en el camino de santidad de la Iglesia que tendría haberse dado hace siglos con valor y claridad como lo hizo ahora Francisco. Está clarisimo y correcto. No hay peor ciego que el que no quiere ver. Alabado sea Dios, la Santa Iglesia Católica y que el Santo Espíritu siga guiando como hasta ahora a Francisco en forma clara y directa.
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JMI.-La licitud de la pena de muerte, de acuerdo con la Sagrada Escritura, ha sido siempre enseñada por la Iglesia: es una verdad de fe.
19/08/18 12:21 AM
  
Juan Pablo B.
Que quiere que le diga ...

Una ejecución capital , no me parece una cosa de fe , y no me parece una cosa virtuosa .
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JMI.-Si la posibilidad lícita de la pena de muerte está enseñada en la Sagrada Escritura y en el Magisterio constante de la Iglesia en Oriente y Occidente, "es" una verdad de fe. Que en tal nación convenga o no mantenerla o abolirla como ley es una cuestión distinta, que espero sabrá distinguir.
19/08/18 1:27 AM
  
Guillermo PF
"La licitud de la pena de muerte, de acuerdo con la Sagrada Escritura, ha sido siempre enseñada por la Iglesia: es una verdad de fe".
- Bueno, pues desde 2018 la verdad de fe es que ya iba siendo hora de que la pena de muerte dejase de ser admisible.
¿Es deseable una humanidad cada vez mejor educada, una sociedad más justa, un sistema donde el delito pueda ser cada vez mejor neutralizado... y la Iglesia manteniendo la licitud de la pena capital "por si acaso"?
¿No es mejor este reconocimiento de que hoy los medios contra la maldad son mucho más eficaces, lo cual es además una exhortación a que, en efecto, esos medios gubernamentales sean mejor puestos en práctica, evitando así la solución expeditiva y fácil?

Cada día que pasa se está viendo con más claridad en algunos, que lo que debería ser satisfacción por un avance moral es sin embargo frustración porque se rompe una tradición obstinadamente inquebrantable. O dicho de otro modo, el punto de vista que tuvo sentido durante siglos para una gente que ya vivió en aquellos siglos; que no es lo mismo que decirles a aquellos que eran unos malvados que se equivocaban. Su tiempo fue su tiempo y el nuestro es el nuestro. Cada cual con sus cruces a cuestas.
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JMI.-Le describo muy en breve dos modos de pensar el cristianismo.

CATÓLICOS. Lo que es una verdad de fe no puede cambiarse, porque es Palabra de Dios, que nunca se contra-dice a sí mismo. Dios nos dice en el Decálogo, por ejemplo, y Jesucristo insiste en ello, que el matrimonio "es" monógamo, un hombre y una mujer: "lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre", y que el adulterio es grave pecado. Y eso es lo que mantenemos los católicos, como ud. dice, con "una obstinación inquebrantable".

MODERNISTAS. San Pío X (Pascendi, 1907, n.11) enseña que ellos creen que una verdad de fe "no sólo puede desenvolverse y cambiar el dogma, sino que debe". Las verdades de la fe "han de ser vitales y han de vivir la vida misma del sentimiento religioso". Si la gran mayoría de bautizados cree que cuando un matrimonio fracasa sin remedio, el cristiano tiene derecho a establecer un nuevo "matrimonio", legitima el adulterio: supera la "obstinación inquebrantable", porque han cambiado los tiempos, costumbres, mentalidades: "ya va siendo hora" de que se declaro lícito el adulterio. Así piensan los modernistas. "Ya va siendo hora" de que se reconozca la licitud de la uniones homosexuales, o del aborto en ciertas circunstancias, o etc.
Siempre ha enseñado la Iglesia la licitud de la pena de muerte. "Ya va siendo hora" de que se reconozca que es de suyo ilícita, siempre y en cualquier nación y circunstancia. No, no va siendo hora porque es una verdad de fe, y esta categoría de verdades, aunque los modernistas digan lo contrario, no se pueden contra-decir, negando hoy lo que se afirma siempre en Biblia y Magisterio.

(Otra cosa muy distinta es si conviene legalizarla y aplicarla: eso dependerá de diversas circunstancias de una nación. Yo, p.ej., en España pienso que sigue siendo lícita, pero me parece muy bien que se haya abolido la ley y no quisiera que se restaurase).

Sólo una opinión mía: hoy en Occidente (al menos entre los un poco ilustrados) son más los católicos modernistas que los católicos-católicos.
19/08/18 1:29 AM
  
Ecclesiam
1. Qué admirable es la profunda «fe» de Guillermo PF, una «fe» que con absoluta certeza no duda en nada la inmutabilidad y perenne permanencia sin cambios del cambio constante; una «fe» que no duda en absoluto que siempre permanece sin cambiar el cambio; una «fe» que, con convicción inquebrantable e indestructible, sostiene que no hay convicciones inquebrantables e indestructibles. ¡Admirable!

2. Comparto la opinión del padre Iraburu. Y por ello, veo con claridad que el nuevo texto del Catecismo debe ser corregido y precisado.

3. Si no estamos en la previa de la Parusía, es el mejor ensayo que Nuestro Señor pudo haber hecho.
19/08/18 12:07 PM
  
Horacio Castro
Padre José María Iraburu. Cuando menos hay una tortura moral previa a la ejecución de un condenado a muerte. La cual incluso no se limita a la simple espera, sino que además, como actualmente en Japón, el condenado durante años no sabe cuándo se cumplirá la sentencia y sus familiares son notificados recién después de provocada la muerte. Aguardar la propia muerte o la de un ser querido es esas condiciones, debe infligir un sufrimiento seguramente mucho mayor que la muerte natural. Encuentro cierta analogía en la modificación de la redacción del punto 2267 acerca de la pena de muerte, con el texto y consideraciones del 2298 y el Magisterio implícito, que trata sobre el recurso de la tortura empleado para interrogatorios judiciales pero también como castigo aplicado a condenados a muerte. Por ejemplo en el párrafo donde afirma (el 2298), “en tiempos recientes se ha hecho evidente que estas prácticas crueles no eran ni necesarias para el orden público ni conformes a los derechos legítimos de la persona humana”. Gracias por su respuesta.
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JMI.-El tema de este artículo es sobre la licitud de la pena de muerte, allí donde la ley la señala como pena más extrema. No consideramos los modos jurídicos o penitenciarios que puedan preceder su aplicación.
Es como si discutimos la licitud de la guerra, admitida en el número 2308 del Catecismo. Y alegara ud. las barbaridades que a veces se realizan en ella. Hay leyes internacionales sobre la guerra, el trato a los prisioneros, etc. que deben cumplirse. Pero no es esto de lo que se trata cuando se discute la licitud posible de la guerra.
19/08/18 2:40 PM
  
Veritatis
Si la pena de muerte es o no conveniente es un juicio que corresponde al poder temporal y no al espiritual. Este último sólo debe iluminar a los gobernantes con los principios morales. Pero les corresponde a ellos el discernimiento.

Sí, ese discernimiento que tanto se pide pero que los mismos que lo aplauden lo niegan de raíz para convertirse ellos en los únicos discernidores que imponen al resto su "iluminación". Esa sí, irreformable.

Mucha soberbia revestida de humildad se respira en esta Roma novedosa.
19/08/18 3:15 PM
  
Guillermo PF
Ecclesiam, admirable o "del carbonero", yo tengo la fe que Dios me ha querido dar, no ha dependido de mí el fabricármela a mi antojo y tamaño. Otros ni siquiera tienen la suerte de creer...

D. José Mª, no sé qué inconveniente habrá podido ser el comentario en el que le respondía diciendo que yo lo que intento ser es cristiano, sin apellidos. Desde luego mi tono ha sido escrupulosamente respetuoso. En los datos de acceso lleva mi correo, por si considerase hacerme alguna indicación privada. Sigo escuchando con muchísimo respeto y necesidad a los sacerdotes.
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JMI.-Por don de Dios, somos cristianos católicos apostólicos y romanos. Ésos son nuestros apellidos.
Deo gratias!
19/08/18 7:24 PM
  
estefano sobrino
Dentro de la gravedad del tema me hace gracia esta discusión: es casi una réplica de la que se dio cuando salió el Catecismo "actualizado a partir de la versión latina", que también supuso una modificación en lo referente a la pena de muerte.
Un día me encontré discutiendo con dos "buenos cristianos" que defendían la ilicitud radical de la pena de muerte, sin considerar de ningún modo la historia de la Iglesia, y la negación del dogma anterior que se deducía de su punto de vista.
Este post explica magníficamente la distinción entre las realidades ontológicas y prudenciales que entonces yo defendía.
Por cierto, al citar los paises que aplican la pena de muerte me parece que hay omisiones relevantes, como Estados Unidos y Japón, que ni son musulmanes ni comunistas.
Un saludo, y gracias por estas clarificaciones, que sirven al que quiere aprender. Y al que no... no hay más sordo que el que no quiere oir, y recemos por su conversión.
19/08/18 11:10 PM
  
Pepito
Si como enseña el Papa de manera categórica, "la pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana", entonces toda pena de muerte sería per se o por esencia atentatoria de la dignidad e inviolabilidad de la persona humana, y por tanto no habría ninguna pena de muerte que fuese moralmente admisible y lícita, lo cual claramente es contrario al Magisterio bimilenario e Infalible de la Iglesia que enseña que sí existe pena de muerte justa y moralmente admisible y lícita.

Por tanto, la afirmación categórica del Papa, de que la pena de muerte atenta contra la dignidad e inviolabilidad de la persona humana, nos llevaría forzosamente a la herejía, pues tendríamos que negar, en contra de lo enseñado por el Magisterio infalible, que exista alguna pena de muerte justa que sea moralmente admisible y lícita.

Por tanto, habría que preguntar al Papa si cuando afirma que "la pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana", lo afirma de manera categórica o no.

Si lo afirma de manera categórica, entonces tal afirmación sería herética, pues, si como el mismo Papa enseña, la pena de muerte es inadmisible porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana, entonces ninguna pena de muerte sería moralmente admisible ni lícita, en contra de lo enseñado por el Magisterio infalible de la Iglesia.

Y si el Papa no afirma de manera categórica que "la pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana", entonces la afirmación del Catecismo habría que matizarla y decir más bien que "no toda pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana, y que por ello sí que existe pena de muerte que es admisible y lícita moralmente".

Por tanto en todo caso habría que retirar del Catecismo esa afirmación categórica de que "la pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana", porque de mantenerla, ello nos llevaría a la herética conclusión de que no existe ninguna pena de muerte que sea moralmente admisible y lícita.

En resumen, la nueva redacción del Catecismo, tal y como está hecha de manera categórica la afirmación de que "la pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana", si no se retira y modifica, nos llevaría a la herejía de afirmar que no existe pena de muerte que sea moralmente justa y admisible.

Así pues, tienen, a mi juicio, mucha razón los 45 académicos que recientemente han pedido al Colegio Cardenalicio que aconseje al Papa que retire la nueva enseñanza del Catecismo y que reconozca que no toda pena de muerte atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona humana.

20/08/18 10:28 AM
  
Pepito
Tengo que corregir mi anterior comentario, en el sentido de que el Papa no dice categóricamente, atendiendo al contexto de los dos primeros párrafos del nº 2267 del Catecismo, que "la pena de muerte es inadmisible porque atenta a la inviolabilidad y a la dignidad de la persona humana", ya que tal afirmación hay que entenderla relacionándola con lo que inmediatamente enseña el Papa en los dos primeros párrafos del citado nº 2267.

Por tanto, no se debe interpretar el tercer párrafo del nº 2267 aisladamente, sino en el contexto de los dos párrafos anteriores, ya que como se suele decir "si la interpretación de un texto se la saca de su contexto, se convierte en un pretexto."

Por lo cual, teniendo en cuenta los dos primeros párrafos mencionados, la afirmación del Papa en el tercer párrafo no sería categórica o incondicionada, sino condicionada a lo enseñado en los dos inmediatamente anteriores.

Y como en ellos alude a que hoy en día existen en los estados sistemas o medidas que garantizan la defensa de la sociedad sin necesidad de aplicar la pena de muerte a los criminales, la afirmación del tercer párrafo habrá que entenderla no de modo categórico o incondicionado, sino condicionada a que exista en el estado o sociedad en cuestión medidas que garanticen la no reencidencia del criminal.

Por tanto, opino que la afirmación del tercer párrafo del nº 2267, habría que entenderla así: "La Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible porque atenta a la inviolabilidad y a la dignidad de la persona, si existen en la sociedad sistemas o medidas que garanticen la no reencidencia del criminal."

Así pues, no siendo categórica la afirmación papal mencionada sino condicionada a que existan en la sociedad sistemas eficaces de defensa contra el criminal, no puede ser considerada herética, sino que más bien es lo mismo que venía a decir el anterior Catecismo, que ya hablaba de que la pena de muerte debe ser el último recurso si hay medidas eficaces que protejan a la sociedad del criminal sin necesidad de condenarle a muerte.

Por tanto, no hay herejía en la nueva redacción del Catecismo sino continuidad con el anterior, ya que no considere que la pena de muerte sea totalmente inadmisible y atente contra la dignidad humana siempre y en todos los casos, sino sólo en aquéllos en que existen en la sociedad sistemas eficaces para proteger el bien común del acto criminal sin causar a éste la muerte.

Claro, que el problema entonces es discernir a la vista de los gravísimos actos criminales, como el tráfico de drogas, de armas, de mujeres para la prostitución, de terrorismo, etc.,si tenemos en verdad sistemas eficaces que garantizan el bien común ante dichos crímenes. Y tal tema es más que nada prudencial o discrecional y variará segun las diversas condiciones económicas, policiales, de corrupción política, etc., de los diviersos estados o países.

Así pues, pido perdón al Papa por tacharle de hejere, al considerar erroneamente que su afirmación del tercer párrafo del nº 2267 era categórica, sin tener en cuenta que debe ponerse en relación con lo enseñado por el Papa en los dos anteriores párrafos.

Mea culpa, mea culpa, mea máxima culpa.


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JMI.-No escriba tan largo, por favor, como estos comentarios que le he publicado y como el que no le he dado paso, tan largo o más. Los comentarios deben ser sobrios y centrados en el artículo. No deben ser otro artículo, añadido al del autor.
21/08/18 11:53 PM
  
Alejandro Holzmann
La enseñanza tradicional de la Iglesia, junto con admitir el recurso a la pena de muerte, declara inequívocamente que, al no ofrecer al reo el estímulo y la ayuda necesarios para corregirse y enmendarse (Cf. EV, 56,1, 2), y quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse (Cf. CEC, 2267, 3), no es del todo conforme a la dignidad de la persona humana (Cf. CEC, 2267, 2; EV, 56, 1), no se corresponde del todo a las condiciones concretas del bien común (Cf. CEC, 2267, 2) y, por tanto, no es del todo conforme con el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad (Cf. EV, 56, 1 ).


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JMI.-Todo lo que esté mal hecho, está mal hecho. Y en las cárceles muchas veces el aspecto rehabilitación no se hace prácticamente o se hace mal. A veces, sobre todo si hay hacinamiento, pueden ser escuelas del crimen.
Pero todo eso no va con el tema debatido: la licitud de la pena de muerte en casos extremos. Si es caso, iría contra la existencia de las cárceles.
22/08/18 6:54 AM
  
Pepito
Tiene Vd.. mucha razón padre Iraburu. Soy excesivamente extenso. Prometo enmienda de ahora en adelante.
22/08/18 1:19 PM
  
Alejandro Holzmann
Aún cuando la privación de la libertad en una cárcel no garantiza la enmienda del reo, esta no le quita definitivamente la posibilidad de redimirse. En la medida de lo posible, se debe intentar que el reo tenga las mismas posibilidades de enmienda que cualquier otra persona durante su vida. Además, por muy negativas que sean las condiciones en prisión, el reo nunca pierde el libre albedrío o los auxilios de la gracia, y nunca está totalmente desprovisto de la ayuda de otros. Por otra parte, tampoco hombres libres disponen en el mundo de las mejores condiciones para redimirse.

Al no tratarse esta enseñanza de un mero juicio prudencial, "exige un religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia. Este último no puede ser puramente exterior y disciplinar, sino que debe colocarse en la lógica y bajo el impulso de la obediencia de la fe." (Donum veritatis, 23)

"Una de las tareas del teólogo es ciertamente la de interpretar correctamente los textos del Magisterio, y para ello dispone de reglas hermenéuticas, entre las que figura el principio según el cual la enseñanza del Magisterio —gracias a la asistencia divina— vale más que la argumentación de la que se sirve, en ocasiones deducida de una teología particular." (Ibíd., 34)
22/08/18 4:17 PM
  
Gilbert
Ave María!
Padre Iraburu,
Si el Cardenal Ladaria en carta a los Obispos, afirma que «la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica, aprobada por el Papa Francisco, se sitúa en continuidad con el Magisterio precedente, llevando adelante un desarrollo coherente de la DOCTRINA CATÓLICA» (n.7), ¿cómo dice usted, un poco más adelante, que el Papa no hace "un cambio en la DOCTRINA, sino en el juicio prudencial que la aplicación de esa pena extrema merece a su juicio"?
Si hay desarrollo DOCTRINAL, entonces sí hay un cambio (de desarrollo) en la DOCTRINA, y por lo tanto ya NO podemos hablar simplemente de "juicio prudencial".
Además, entiendo que el Papa se ha excedido sobrepasando los límites de su competencia al expresar una opinión sobre un tema contingente de opinión política, que es competencia del laicado y no de la jerarquía eclesiástica, según enseña el Magisterio (por ejemplo, León XIII en Inmortale Dei).
Espero su aclaración. Muchas gracias.
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JMI.-Si el Papa condena la pena de muerte, y ésta es considerada por la doctrina católica lícita en ciertas condiciones (Escritura, Tradición, documentos del Magisterio apostólico, Derecho Canónico), la condena que el Papa hace tiene que ser a nivel de juicio prudencial, porque si fuera a nivel propiamente doctrinal, iría en contra-dicción de la doctrina católica precedente, no en continuidad.
29/12/18 6:18 PM
  
Andrés
Lo que yo no entiendo es lo de que la pena de muerte tenga valor de expiación. Puedo entender lo de defensa del bien común y protección de la sociedad, pero que sirva como compensación de la justicia me es imposible entenderlo. Cristo murió por todos como víctima de propiciación. Si el reo se arrepiente y pretende vivir una vida justa, no necesita expiar sus pecados mediante la muerte. El arrepentimiento y la conversión ya conllevan expiación por ser asumido por el sacrificio de Cristo.
Como repito puedo entenderlo en referencia a la protección del bien común y a la defensa de los débiles, pero no me parece que haya de entenderse como modo de hacer justicia o de compensación. Esto entraría en una lógica más vengativa a mi juicio.
Espero su respuesta padre, la agradecería mucho.
30/05/19 11:18 AM
  
Alejandro Sanvisens
Aquí se discute sobre una afirmación del Papa Francisco acerca de la ilicitud intrínseca de la pena de muerte por una cuestión de dignidad. Se ve claramente que esta sorprendente declaración papal va encaminada a fortalecer la postura de la Iglesia en materia de eutanasia, en unos momentos en que muchos cristianos se han atrevido a pensar con cierta libertad sobre temas morales. A pesar de los loables intentos del padre Iraburu para hacer compatible esta modificación del Papa, con el Magisterio, a mi modo de ver, no lo ha conseguido. Y lo que demuestra es que la Iglesia se equivoca ahora, como se equivocó durante siglos al mantener la licitud de quemar herejes, y al excomulgar a quién la negara.
Pero si la Iglesia se equivoca en materias tan graves ¿por qué debemos creer en sus dogmas?¿Acaso no se sentó Jesucristo a la derecha del trono de Dios, y no en el trono de Dios? Invito a todos los tertulianos y al mismo padre Iraburu a participar en mi foro de discusión teológica:
https://www.conciliovaticanoiii.net
04/05/20 9:32 PM

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