Las buenas intenciones según el Card. Coccopalmerio
El Cardenal Coccopalmerio, Presidente del Pontificio Consejo para la interpretación de los textos legislativos, ha dado una entrevista en la cual, de ser exacto lo que se le atribuye, manifiesta algunas tesis abiertamente heterodoxas.
Seleccionamos aquí algunos largos trozos de una traducción de la misma para comentarlos.
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- Como sabe, se ha abierto una gran brecha en las interpretaciones. Tenemos a los obispos alemanes y malteses de acuerdo, por un lado. Por otro lado, están el arzobispo Charles Chaput de Filadelfia y también el obispo Steven Lopes del Ordinariato anglicano, entre otros muchos. ¿Cómo clarifica su libro las cosas frente a estas interpretaciones?
- Tenemos que distinguir los casos de forma bien precisa, las uniones ilegítimas no se regularizan, porque el matrimonio es indisoluble. Hay fieles que se encuentran en esta situación. Son conscientes de que esta situación no es buena. Ellos quieren cambiar, pero no pueden hacerlo. Porque si lo hicieran, si dejaran esas uniones, se dañaría a personas inocentes. Piense en una mujer que convive con un hombre casado. Tiene tres niños pequeños. Ya lleva 10 años con ese hombre. Ahora los niños piensan en ella como una madre. Él, su pareja, está muy ligado a esta mujer como amante, como mujer. Si esta mujer fuera a decir: “Dejo esta unión equivocada porque quiero corregir mi vida, pero si hago esto, haría daño a los niños y a mi pareja", entonces podría decir: “Me gustaría, pero no puedo“. Precisamente en estos casos, basados en la propia intención de cambiar y en la imposibilidad de cambiar, puedo dar a esa persona los sacramentos, con la esperanza de que la situación se aclare definitivamente.
- Pero en tales casos, en los que usted dice que es mejor que una mujer continúe en su situación pecaminosa, ¿cómo puede ser eso coherente con San Pablo y el Catecismo? Ambos dicen que nunca es permisible hacer el mal deliberadamente para conseguir un bien mayor. ¿Cómo conciliar ambas cosas?
- Digamos, si usted está de acuerdo, que si deja esta situación hará daño a la gente. Y entonces, para evitar ese mal, continúo en esa unión en la que ya me encuentro.
- Pero esta unión es una situación de pecado.
- Sí, sin embargo…
- ¿No es mejor tratar de dejar la situación de pecado completamente?
- ¿Cómo puedes dejar todo si eso daña a la gente? Es importante que esa persona no quiere estar en esa unión, quiere dejarla, quiere irse, pero no puede hacerlo. Hay que combinar dos cosas: Quiero, pero no puedo. Y no puedo -no por mi propio bien, sino por el bien de otras personas-. No puedo por el bien de otras personas. Si los dos pueden convivir como hermano y hermana, genial. Pero si no pueden porque hacerlo acabaría con la relación, que debería conservarse por el bien de esas personas, entonces se las arreglan de la mejor manera posible. ¿Lo ve? Eso es. Y parece que todo este complicado asunto tiene una explicación lógica: los motivos. Si otros parten de otros puntos de vista, también pueden llegar a otras conclusiones. Pero yo diría que estaría faltando algo de la persona humana. No puedo hacer daño a una persona para evitar un pecado en una situación en la que no me he metido; ya me encuentro en ella, en la que yo, si soy esa mujer, me he metido sin mala intención. Por el contrario, trato de hacer el bien, y en ese momento creía que estaba haciendo el bien, y ciertamente hice el bien. Pero tal vez si, ya desde el principio lo hubiera sabido, si supiera con certeza moral que eso es pecado, tal vez no me habría puesto en esa situación. Pero ahora ya me encuentro así: ¿Cómo puedo dar marcha atrás? Una cosa es empezar y otra dejarlo. También son cosas diferentes, ¿no?”
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La doctrina católica (San Pablo, el Catecismo, etc.) dice que no se puede hacer el mal para que venga el bien. Aquí se dice que se puede hacer el mal para evitar el mal. Pero evitar el mal es un bien. Por tanto, aquí se contradice la doctrina católica.
Pero, se dirá, no se debe dañar a otra persona. Ante todo ¿qué es “dañar”? ¿El cirujano que amputa una pierna daña al paciente? ¿No se puede hacer amputaciones, entonces?
Se dirá que en el caso del cirujano se trataba de evitar un mal mayor, como ser, la gangrena, e incluso de salvar la vida al paciente.
Pues aquí se trata también de evitar un mal mayor, porque el pecado es la muerte del alma, peor que la misma pérdida de la vida física.
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Y ni siquiera es semejante el caso en todo, porque no cortar esa pierna no constituye de suyo un acto intrínsecamente malo, que deba ser evitado siempre y en toda circunstancia, como sí lo constituye el adulterio, por sí solo e independientemente de toda otra consideración.
Si el adulterio es intrínsecamente malo, si, por tanto, no debe ser realizado en absolutamente ninguna circunstancia, entonces lógicamente debe ser evitado independientemente de los daños que de ello se pueda seguir para otros o para uno mismo.
Si se niega, por tanto, esta consecuencia, se está diciendo que el adulterio no es intrínsecamente malo, lo cual es contrario a la doctrina católica.
Por tanto, si no se evita ese acto intrínsecamente malo, se está en una situación objetiva de pecado que de suyo impide el acceso a los sacramentos mientras no haya arrepentimiento y propósito de enmienda.
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El propósito de enmienda, por otra parte, no es “sí, quiero cambiar, pero por ahora no puedo”.
Porque ese “no puedo” en realidad es un “no quiero”, ya que sin duda que la persona puede físicamente separarse de su cómplice de adulterio, por ejemplo. Y es contradictorio decir “quiero pero no quiero”.
Y no se puede decir tampoco que puede dejar la situación de pecado físicamente, pero no moralmente, porque está obligada a evitar los daños que se seguirían de ello para su pareja o para sus hijos.
Porque no sólo no estamos obligados a hacer el mal para que venga el bien, sino que por el contrario, estamos obligados a no hacer el mal, punto.
¡Es absurdo decir que estamos moralmente obligados a pecar!
Porque es decir que estamos moralmente obligados a faltar a la obligación moral.
Y eso es como querer hacer la oscuridad con una linterna encendida.
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Con mucha más lógica se podría decir: si la obligación moral es tan importante que puedo ir contra mi salvación eterna con tal de no hacer a otro un daño que en todo caso nunca va a ser tan grave como la condenación eterna, entonces es mejor decir que paso de la “obligación moral” (ya vimos que en realidad no existe en este caso, pero para seguir el argumento) de no dañar al otro para no violar la obligación moral de no cometer actos intrínsecamente malos y evitar así la condenación eterna.
Máxima que “separarse de otra persona con la cual se convive en forma adúltera” no es un acto intrínsecamente malo, como sí lo es el adulterio.
Al contrario, en realidad es algo bueno.
¿Cómo va a haber obligación de evitar lo que no es intrínsecamente malo, y hasta es bueno, y no va a haberla de evitar lo que sí es intrínsecamente malo, sino que al contrario, habría obligación de realizar lo intrínsecamente malo para evitar lo que no lo es, y hasta es bueno?
¿Estamos todos locos?
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Se puede objetar que la persona que tiene conciencia errónea, está obligada a seguir la voz de su conciencia, y si esa conciencia es invenciblemente errónea, no peca al hacerlo, aunque la acción sea objetivamente mala.
Pero aquí no se trata de que la persona tenga conciencia invenciblemente errónea, sino que el Cardenal le está enseñando como una verdad que está moralmente obligada a realizar actos objetivamente adúlteros para no dañar a otras personas.
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Pero se dirá que no es el mismo el caso de la persona que se mete en una situación semejante con mala intención, es decir, sabiendo que eso es pecado, que la que no lo hace, sino que ingresa en esa situación de buena fe y luego “quiere salir, pero no puede”, porque no puede dañar a otras personas.
Nada de eso es compatible con el concepto de “acto intrínsecamente malo”. Un acto así es malo por sí mismo, por su sola naturaleza, o sea, en este caso, por su objeto, y entonces, lo es siempre y en toda circunstancia, y por tanto, independientemente de la circunstancia de si se ingresó o no “de buena fe” en la situación de pecado.
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Sigue la entrevista:
- Usted dice que se puede dar la Comunión a pesar de vivir en situaciones que no están de acuerdo con los cánones matrimoniales tradicionales, si expresan el sincero deseo de acercarse a los sacramentos después de un adecuado período de discernimiento. Pero su consejo pontificio explicó en una declaración del año 2000 por qué los Cánones 915 y 916 impiden la admisión de tales parejas a la sagrada Comunión y señala, en lenguaje legal, que no puede cambiarse porque así lo expresó Jesús.
- Conozco los cánones de memoria. Los conozco muy bien. Quien está en pecado grave no puede recibir la Eucaristía sin primero confesarse o tener el deseo de confesar si ahora es incapaz de hacerlo.
- Pero déjeme leerle parte de eso, porque es importante. Dice: "Toda interpretación del Canon 915 que vaya en contra del contenido sustancial del mismo, como ha declarado ininterrumpidamente el Magisterio y la disciplina de la Iglesia a lo largo de los siglos, es claramente engañosa. No se puede confundir el respeto por la redacción de la ley (Canon 17) con el uso indebido de la misma redacción como instrumento para relativizar los preceptos o vaciarlos de su sustancia". ¿Esta declaración sigue en vigor, y, en caso contrario, por qué no declararla ya no vigente?
- Siempre está en vigor. Quien está en grave pecado y dice no tengo intención de cambiar: Esos son los Cánones 915 y 916. Pero si alguien dice: “Quiero cambiar, pero en este momento no puedo, porque si lo hago, mataré a la gente", puedo decirles: “Paren ahí. Cuando podáis os daré la absolución y la Comunión". O también puedo insistir en vuestras intenciones y deciros que no estáis en pecado porque tenéis la intención seria de cambiar, pero en este momento no podéis hacerlo. Hay que compatibilizar ambas cosas ¿Entiende? Esa persona ya está convertida, ya está separada del mal, pero materialmente no puede hacerlo. Es una cuestión de atender esas situaciones. Puede decirlo apresuradamente, pero si una luz no se enciende, puede entender otras interpretaciones. No se preocupe.
- Los canonistas dicen que estas normas, 915 y 916, fueron cambiadas en ciertas interpretaciones de Amoris Laetitia.
- No han cambiado. No ha cambiado absolutamente nada. En el libro se lo digo a quienes no pueden recibir la absolución y la Eucaristía. Esos son los cánones. Al que dice: “Estoy en pecado grave, pero no quiero cambiar” [la absolución no es posible]. Cuando alguien viene a confesarte y te dice: “Cometí este pecado. Quiero cambiar, pero sé que no soy capaz de cambiar, pero quiero cambiar, “¿qué haces? ¿Le mandarás lejos? No, le absuelves.
- ¿Para que puedan recibir los sacramentos?
- Los sacramentos son la absolución y la Eucaristía. La persona hace las mismas cosas, pero sinceramente quiere cambiar. ¿Ves que hay una imposibilidad en este caso? Uno no puede cambiar inmediatamente.
- ¿Tienen que cambiar su estilo de vida antes de recibir la comunión?
- No, tienen que cambiar su intención, no su estilo de vida. Si esperas a que alguien cambie su estilo de vida, ya no absolverás a nadie. Es la intención. Quiero cambiar aunque sepa que no puedo. Pero he empezado a caminar. Daré pasitos. Rezaré cinco minutos más para que pueda. Lo importante es dar un paso. Si alguien no hace nada, no puedo absolverles. Si alguien dice: “Sí, quiero hacerlo. Haré lo que pueda, como poco", entonces ya está en el camino de la conversión.
- ¿La disciplina es coherente con la doctrina, según usted?
- Perfectamente. La doctrina dice que quien se convierte puede recibir la absolución de los pecados y la Eucaristía. Absolución del pecado significa la Eucaristía; Los dos van juntos. ¿Quién es verdaderamente penitente? ¿Quién se compromete a hacer todo lo que pueda? Si alguien hace sólo una cosa de un centenar, eso ya es algo importante. Esto es lo que hay que entender.”
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El canon 915 dice:
“915 No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave.”
Es claro que los que obstinadamente persisten en el pecado no son solamente los que “dicen” que no quieren cambiar, sino ante todo los que de hecho no quieren cambiar, y no quieren hacerlo, porque no se proponen hacerlo, y no se proponen hacerlo, porque se proponen exactamente lo contrario: seguir teniendo relaciones adúlteras.
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Así lo entiende el mismo Pontificio Consejo para la interpretación de los textos legislativos que preside el Card. Coccopalmerio:
“b) la obstinada perseverancia, que significa la existencia de una situación objetiva de pecado que dura en el tiempo y a la cual la voluntad del fiel no pone fin, sin que se necesiten otros requisitos (actitud desafiante, advertencia previa, etc.) para que se verifique la situación en su fundamental gravedad eclesial;”
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“Quien se convierte”, entonces, no es solamente el que no dice que no quiere cambiar, o dice que quiere cambiar, sino el que además quiere realmente cambiar, y eso quiere decir, que hace el propósito serio y sincero de no pecar más y lo manifiesta al confesor.
Propósito que implica, en el caso de los adúlteros, renunciar a las relaciones sexuales adúlteras.
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Por otra parte, “la persona hace las mismas cosas, pero sinceramente quiere cambiar”, puede entenderse de dos maneras muy diferentes:
1) La persona se propone sinceramente (voluntad) no pecar más (lo cual implica en este caso renunciar a las relaciones sexuales adúlteras), pero prevé (inteligencia) que probablemente volverá a caer, por su debilidad.
2) La persona no se propone no pecar más porque tiene “asumido” que “no puede” dejar de hacerlo, pero “le gustaría” cambiar.
Es claro que sólo en el primer caso puede haber una absolución sacramental válida.
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Pero la insistencia del Cardenal en la “intención” muestra dónde está la falla doctrinal que origina todo su planteo: una filosofía y teología moral que desconoce la existencia de actos malos por su objeto o intrínsecamente malos, y que pone toda la bondad o maldad moral de la acción en la intención del sujeto.
Porque no es posible hacer compatibles estas dos afirmaciones:
1) Hay acciones intrínsecamente malas, que por lo mismo no pueden realizarse en absolutamente ninguna circunstancia, incluyendo entre esas circunstancias la intención del sujeto.
2) “no estáis en pecado porque tenéis la intención sería de cambiar”, “tienen que cambiar su intención, no su estilo de vida. Si esperas a que alguien cambie su estilo de vida, ya no absolverás a nadie. Es la intención.”
Si estas personas no están en pecado, porque tienen buena intención, de tal modo, que no tienen que cambiar su estilo de vida para poder confesarse y comulgar, entonces es que esos actos adúlteros suyos no son intrínsecamente malos, porque no son de aquellos que no pueden realizarse en absolutamente ninguna circunstancia, y por tanto, bajo absolutamente ninguna intención.
Y si esos actos no son intrínsecamente malos, porque la intención al realizarlos es buena, entonces es que la bondad o maldad de los actos humanos depende solamente de la intención del sujeto, que es el error de Janssens y McCormick al que hice referencia en un “post” anterior, y que fue condenado, entre otras, por la Encíclica “Veritatis Splendor” de San Juan Pablo II.
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Veamos algunos pasajes de esta Encíclica:
“…el obrar humano no puede ser valorado moralmente bueno sólo porque sea funcional para alcanzar este o aquel fin que persigue, o simplemente porque la intención del sujeto sea buena. El obrar es moralmente bueno cuando testimonia y expresa la ordenación voluntaria de la persona al fin último y la conformidad de la acción concreta con el bien humano, tal y como es reconocido en su verdad por la razón. Si el objeto de la acción concreta no está en sintonía con el verdadero bien de la persona, la elección de tal acción hace moralmente mala a nuestra voluntad y a nosotros mismos y, por consiguiente, nos pone en contradicción con nuestro fin último, el bien supremo, es decir, Dios mismo.” (n. 72)
Citando a Santo Tomás, dice la Encíclica:
“«Sucede frecuentemente —afirma el Aquinate— que el hombre actúe con buena intención, pero sin provecho espiritual porque le falta la buena voluntad. Por ejemplo, uno roba para ayudar a los pobres: en este caso, si bien la intención es buena, falta la rectitud de la voluntad porque las obras son malas. En conclusión, la buena intención no autoriza a hacer ninguna obra mala. “Algunos dicen: hagamos el mal para que venga el bien. Estos bien merecen la propia condena” (Rm 3, 8)»” (n. 77)
“La razón por la que no basta la buena intención, sino que es necesaria también la recta elección de las obras, reside en el hecho de que el acto humano depende de su objeto, o sea si éste es o no es «ordenable» a Dios, al único que es «Bueno», y así realiza la perfección de la persona. Por tanto, el acto es bueno si su objeto es conforme con el bien de la persona en el respeto de los bienes moralmente relevantes para ella. La ética cristiana, que privilegia la atención al objeto moral, no rechaza considerar la teleología interior del obrar, en cuanto orientado a promover el verdadero bien de la persona, sino que reconoce que éste sólo se pretende realmente cuando se respetan los elementos esenciales de la naturaleza humana.” (n. 78)
“Así pues, hay que rechazar la tesis, característica de las teorías teleológicas y proporcionalistas, según la cual sería imposible calificar como moralmente mala según su especie —su «objeto»— la elección deliberada de algunos comportamientos o actos determinados prescindiendo de la intención por la que la elección es hecha o de la totalidad de las consecuencias previsibles de aquel acto para todas las personas interesadas.” (n. 79)
“Ahora bien, la razón testimonia que existen objetos del acto humano que se configuran como no-ordenables a Dios, porque contradicen radicalmente el bien de la persona, creada a su imagen. Son los actos que, en la tradición moral de la Iglesia, han sido denominados intrínsecamente malos («intrinsece malum»): lo son siempre y por sí mismos, es decir, por su objeto, independientemente de las ulteriores intenciones de quien actúa, y de las circunstancias. Por esto, sin negar en absoluto el influjo que sobre la moralidad tienen las circunstancias y, sobre todo, las intenciones, la Iglesia enseña que «existen actos que, por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto»” (n. 80)
“Sobre los actos intrínsecamente malos y refiriéndose a las prácticas contraceptivas mediante las cuales el acto conyugal es realizado intencionalmente infecundo, Pablo VI enseña: «En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito, ni aun por razones gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien (cf. Rm 3, 8), es decir, hacer objeto de un acto positivo de voluntad lo que es intrínsecamente desordenado y por lo mismo indigno de la persona humana, aunque con ello se quisiese salvaguardar o promover el bien individual, familiar o social»” (ibid.)
“Si los actos son intrínsecamente malos, una intención buena o determinadas circunstancias particulares pueden atenuar su malicia, pero no pueden suprimirla: son actos irremediablemente malos, por sí y en sí mismos no son ordenables a Dios y al bien de la persona: «En cuanto a los actos que son por sí mismos pecados (cum iam opera ipsa peccata sunt) —dice san Agustín—, como el robo, la fornicación, la blasfemia u otros actos semejantes, ¿quién osará afirmar que cumpliéndolos por motivos buenos (bonis causis), ya no serían pecados o —conclusión más absurda aún— que serían pecados justificados?»” (n. 81)
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También enjuicia esta Encíclica la forma de pensar que valora las acciones humanas sola o principalmente por sus consecuencias (por ejemplo, en nuestro caso, por el daño que puedan ocasionar a otros).
“…la consideración de estas consecuencias —así como de las intenciones— no es suficiente para valorar la calidad moral de una elección concreta. La ponderación de los bienes y los males, previsibles como consecuencia de una acción, no es un método adecuado para determinar si la elección de aquel comportamiento concreto es, según su especie o en sí misma, moralmente buena o mala, lícita o ilícita. Las consecuencias previsibles pertenecen a aquellas circunstancias del acto que, aunque puedan modificar la gravedad de una acción mala, no pueden cambiar, sin embargo, la especie moral.”
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En cambio, el Cardenal Coccopalmerio, a tenor de lo publicado en esa entrevista, dice:
“Y parece que todo este complicado asunto tiene una explicación lógica: los motivos. Si otros parten de otros puntos de vista, también pueden llegar a otras conclusiones.”
Los motivos, es decir, las intenciones . Ése es el punto de vista del cual parte, el cual, como vimos, está condenado clarísimamente por la Encíclica “ Veritatis Splendor ”.
35 comentarios
Desear pecar, y pecar, no es importante si luego te gustaría dejar de pecar aunque no puedas -y no quieras, vaya-... Pues mire usted, ¿básicamente quiere decirme que la Iglesia Católica nos dice que 'tiene unos principios, pero que si no me gustan tiene otros'?. Pues nada, yo creo que 'la parte contratante de la primera parte podría ser considerada como la segunda parte y a su vez contratante de la primera parte'.
Yo creo que hay que combinar dos cosas bien diferentes... 'existen pero no piensan'; eso, o tienen la cara más dura que el cemento; o bien son enemigos de Jesucristo disfrazados de pastores y esto se lo diría a la cara en su presencia, al obispo de Constantinopla, de Sebastopol [Editado]... ¡Cuidadín que suenan trompetas!
Anda que... ver para flipar en colores.
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Efectivamente, es ridículamente inconsistente, pero lo grave es que lo diga un Cardenal y que por el momento no haya sonado ningún anatema en respuesta.
Saludos cordiales.
Propongo con todo respeto partir en el análisis de lo propuesto por el Cardenal de la enseñanza de Cristo en el término "falta de sentido moral".
Dice el Cardenal que "Pero tal vez si, ya desde el principio lo hubiera sabido, si supiera con certeza moral que eso es pecado, tal vez no me habría puesto en esa situación".
Se trata claramente de la moral de situación, ahí está todo, es la falta de sentido moral condenada por Cristo.
Aún así supongamos que encontramos ese "casus" de laboratorio que "inventa el Cardenal", advierto que se trata de una creación del Cardenal de la nada, hizo un invento del "casus" para sacar de él una norma general.
Ese "casus" supone una mujer (no se aclara si ya casada o no) que convive con un hombre casado (el "casus" es la mujer no el hombre) y que "quiere corregir su vida".
Es decir que conoce que su vida es "incorrecta", que debe ser corregida,
El término corrección es el elegido por el creador del "casus".
Está en Mt. 18, 15 20, "En aquel tiempo, dijo Jesús a sus discípulos: Si tu hermano peca, repréndelo a solas entre los dos. Si te hace caso, has salvado a tu hermano. Si no te hace caso, llama a otro o a otros dos, para que todo el asunto quede confirmado por boca de dos o tres testigos. Si no les hace caso, díselo a la comunidad, y si no hace caso ni siquiera a la comunidad, considéralo como un pagano o un publicano".
Es es el camino de la corrección.
A esta altura la mujer ya sabe perfectamente que su alma está en juego y que por más que comulgue ese acto empeorará su situación real, siente un arrepentimiento real y trata de buscar nuevamente la unión con Dios que ha perdido.
El Cardenal sostiene además de la moral de situación como camino de la salvación (aplicable a todos los pecados mortales) que es imposible tener voluntad de dejar de pecar. Le garantiza al Malvado lo que el Malvado no sabe cuando tienta: el resultado. Del no peques más al peca cuando quiera.
Volviendo a la normalidad todos los casos concretos de pecado conllevan la posibilidad del perdón (un anciano confesor me dijo una vez que siempre se encuentran novedades pecaminosas), pero ese perdón tiene un camino de reconciliación primero y luego la eucaristía si fuera posible pasar la valla de la reconciliación. Siempre hay casos de atrición y de contrición.
Pero acá el Cardenal, con todo respeto, está haciendo trampa, no puedo creer que no sepa que lo está haciendo......
Recemos, de los laberintos se sale por arriba.
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Muchas gracias. Dejemos a Dios el juicio de las intenciones del Cardenal y quedémonos con lo efectivamente heterodoxas que son sus declaraciones.
Saludos cordiales.
yo admiro la capacidad, caridad del que hace entrevista al sr. ese.
Si yo estubiera frente a ese sr, no le aseguraria tanta caridad!.
Peferiria una buena docis de peróxido de hidrógeno porque esta plaga no es cualquier "plaga" estaban apostatando y consolidando el cisma desde antes de SJPII,se han organizado hasta hoy. Ellos han vivido en cisma y heregia en silencio hasta desbordarce hoy. Prefirieron igresarce como curas y hacer carrera...
es algo increible..
esta "conversacion" no tiene ni pie ni cabeza y tiene un solo nombre es un "CULEBRON" es una anaconda contrictor que va aniquilar las mentes...suprimir la voluntad y destruir toda conciencia bien formada por lo existente y la Sagrada escritura. Estos son los que Mt Mc Apoc referia.
¿Es posible que este Cardenal no sepa que es justamente eso lo que tiene que hacer, es decir, dejar la unión equivocada, aunque haga 'daño' a los niños y a su pareja?
¿No sabe que "el que ama al hijo o a la hija más que a mí, no es digno de mí." (Mateo 10:37) y que hay que "hay que obedecer a Dios antes que a los hombres" (Hechos 5:29)?
Además, ¿no sabe que el 'daño' a los niños y a su pareja es aparente, pues una conversión de la esposa, puede predisponer a su pareja a convertirse él también y los niños verán el valor de un matrimonio auténtico?.
¡Es notable!
Saludos.
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Esa Iglesia, la única, sigue existiendo, el asunto es que está en un estado mucho más calamitoso de lo que estaba en tiempos de esas conversiones. Pero la gracia de Dios es tan asombrosa que no tengo dudas que ahora mismo se están produciendo conversiones al catolicismo de los modos más inesperados, y sí, contra toda expectativa humana y a pesar de los modernos avances en pastoral. En el futuro nosotros o los que vengan después podrán leer los relatos de las mismas.
Saludos cordiales.
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Yeah!:) Saludos cordiales.
Muchas gracias
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Gracias a Ud y saludos cordiales.
Claro, es más fácil absolverlo y mandarlo para casa, que hablarle del poder de la Gracia y acompañarle en el camino hacia la Verdad.
Esto va de mal en peor.
Gracias, Néstor, por un análisis tan brillante.
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Gracias y saludos cordiales.
Dado que la mujer no está dispuesta a convivir en modo fraterno, esa opción queda descartada. Por lo tanto el hombre debe decidir entre seguir el curso de acción A: continuar conviviendo en modo conyugal o el B: separarse.
Es evidente que seguir el curso A implica cometer actos intrínsecamente ilícitos. La clave de la posición de Coccopalmerio es afirmar que, dado que el curso B implica causar un daño a los hijos, tanto a los engendrados como a los cuasi-adoptados, seguir el curso B también implica cometer un acto intrínsecamente ilícito. Por lo tanto, la clave para refutar la posición de Coccopalmerio es demostrar que el daño que pueda causar a los hijos la separación no la convierte en intrínsecamente ilícita.
Mi demostración, que comparto aquí para que la evalúen, se basa en que el beneficio espiritual a los hijos proveniente del testimonio de la separación por seguir a Cristo es infinitamente mayor que el mal temporal causado por la separación. Usando la parábola evangélica que citaste tres artículos atrás, la explicación a los hijos de la razón de ese proceder sería un testimonio fortísimo del Evangelio, tanto del valor de la "perla preciosa" del Reino como de la disposición a dejar todo para adquirirla, lo cual procuraría un bien espiritual a los niños infinitamente mayor que el posible dolor causado por el cese de la convivencia entre sus padres.
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Es cierto, pero sobre todo está el hecho de que la separación no es intrínsecamente mala, sino al contrario, moralmente obligatoria (supuesto que no es posible la convivencia como "hermano y hermana"), porque si el adulterio es intrínsecamente malo, también lo es permanecer en la relación adúltera y no ponerle fin de un modo u otro.
En cuanto al daño que se puede ocasionar a la pareja o a los hijos, pienso que ahí se aplica perfectamente el principio de doble efecto.
Pensemos que la moral católica acepta que, en caso de peligro grave para su vida o salud, se practique a la mujer embarazada una operación que de suyo no sea abortiva, sino que tenga una finalidad terapéutica real y específica, aún previendo que de esa operación se siga probablemente la muerte del feto.
Se razona que en esos casos la acción tiene un efecto "per se", que es terapéutico, moralmente lícito, y un efecto "per accidens", que es la muerte del feto, que no es querido ni como fin ni como medio.
Con más razón, entonces, se puede aplicar ese principio en un caso en el que no necesariamente se sigue la muerte de nadie, y en el que los daños que puedan seguirse no van necesariamente vinculados al concepto de "separación de una relación adúltera", que al contrario, como dijimos, de suyo es algo bueno y obligatorio en el sentido ya dicho.
Saludos cordiales.
Es que "no saben lo que hacen"...
y no se acepta “el Perdón que nos ofrece”, porque no le reconocemos, ni aceptamos y se prefiere retenerlo clavado en la Cruz para sostener la mentira, para ocultar mi apetito enmascarado con un “imposible” como si lo imposible estuviese por encima de DIOS.
Eso es lo que tiene dentro ese "callaos"!!!... que se tiene que extirpar desde dentro del corazon.
estupendo post Don Nestor.
Yeah!
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Sin entrar en el argumento, incluso la comunión de la parte "extorsionada" es sacrílega en esas condiciones, porque elige permanecer en la situación objetiva de pecado. Además, lo que define a la violación es la falta de consentimiento de la víctima, que es contraria, entiendo, al hecho de "aceptar" la violación.
Saludos cordiales.
"El infierno está lleno de buenas intenciones y el cielo de buenas obras."
Pretende defender la versión religiosa del cínico consejo: "Roba mucho, así tendrás para pagar buenos abogados, sobornar jueces y quedarás impune". Él argumenta: "Si pecas durante mucho tiempo, conviene que sigas pecando".
Un desastre.
Y está arriba en la Iglesia, muy arriba.
Una catástrofe.
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Al mismo tiempo que se busca el mayor bien posible, hay que evitar el mal. Eso no se puede dejar para después.
Saludos cordiales.
Si tu mano o tu pie son para ti ocasión de pecado, córtalos y arrójalos lejos de ti, porque más te vale entrar en la Vida manco o lisiado, que ser arrojado con tus dos manos o tus dos pies en el fuego eterno.
Y si tu ojo es para ti ocasión de pecado, arráncalo y tíralo lejos, porque más te vale entrar con un solo ojo en la Vida, que ser arrojado con tus dos ojos en la Gehena del fuego."
Evangelio según San Mateo 18,7-9.
Así pues, los adúlteros que dicen tener la buena intención de abandonar el pecado de adulterio, pero dicen que no pueden por ahora, teman la visita de Cristo y que halle en ellos sólo las hojas de la buena intención pero no el fruto de la buena acción, y ser como la higuera seca que sólo sirve para arder en el infierno.
Creo que Cocopalmerio debiera meditar la parábola de la higuera estéril y caer en la cuenta de que en la moral católica no vale sólo con las buenas intenciones. Obras, obras quiere el Señor y no sólo buenas intenciones, decía Santa Teresa.
¿Puede una persona, con conciencia errónea actuando de "buena fe", realizar un acto intrínsecamente malo de forma continuada, siendo ésta una decisión "subjetivamente defendible"?
Como bien ha explicado en éste y su anterior post un acto intrínsecamente malo lo es semper et pro semper, y según enseña JPII en VS81: "las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección"
Sin embargo, los siguientes documentos de los años 70 de la Santa Sede parecen indicar que en algunas circunstancias uno puede tomar voluntariamente una decisión contraria a los mandamientos, haciéndolo de "buena fe" de acuerdo con la conciencia, y esta opción es "subjetivamente defendible" (mayúsculas mías):
- "There can, however, be situations in which a couple have, in good faith, come to the erroneous conviction that in their particular case the use of contraceptives is justified. In this case, the use of contraceptives, although objectively unlawful, is SUBJECTIVELY EXCUSABLE, on condition that the judgment of conscience is made on the basis of sufficient information and after serious reflection before God. This is traditional catholic doctrine on personal conscience as the norm for responsible human action" . (CDF, 29 Julio 1974). Sólo lo he encontrado en inglés, es una carta de la CDF en respuesta a preguntas de unos doctores católicos australianos.
- Las circunstancias particulares que rodean un acto humano objetivamente malo, aunque no pueden hacerlo objetivamente virtuoso, pueden hacerlo "disculpable, menos culpable, SUBJETIVAMENTE DEFENDIBLE”. (Declaración de principios teológicos y pastorales, Congregación para el Clero, Abril 1971).
He encontrado otros documentos similares de varios Obispos durante esa época que no reproduzco ya que no me parecen relevantes para el Magisterio.
Mi impresión es que esta opción de la "buena fe" aparece en el contexto de la Humanae Vitae en los años 70. Después este concepto desaparece del Magisterio. Quizás se recupere parcialmente en el Vademecum para confesores de 1997.
Se trata al menos de dos documentos de la Santa Sede en claro contraste con VS, según mi lectura. Especialmente preocupante me parece el de la CDF. ¿Cómo podemos entender esta contradicción?
Muchas gracias
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Es tradicional la doctrina que dice que la ignorancia invencible excusa de pecado aunque lleve a realizar una acción objetivamente mala.
La ignorancia es invencible en la medida en que el sujeto no tiene forma de salir de ella.
En ese sentido se podrían interpretar ambos textos de forma ortodoxa, aunque el primero presenta la dificultad de que habla de "suficiente información", lo cual parece ir en contra, justamente, de la ignorancia. Es extraño porque al mismo tiempo habla de una "convicción errónea".
En el segundo texto, la palabra "defendible" parece desafortunada, lo que siempre se ha dicho es que el acto puede ser subjetivamente no culpable. "Excusable", por ejemplo, como dice en el primer texto, es mejor.
En cuanto a cómo entender la contradicción, en caso de que la haya habrá que recordar que se trata de Magisterio Ordinario y no universal (es decir, no de todos los Obispos a lo largo del tiempo y el espacio), y por tanto, falible.
Saludos cordiales.
No me atrevía a plantearlo antes pero en la medida del transcurso del tiempo sin definiciones creo que hay que empezar a plantearse cómo se reparará el daño que se está haciendo con relación a las personas que teniendo vigente un vínculo matrimonial válido se han divorciado se han caso en segunda o terceras nupcias y comulgan. En algunos lugares hace tiempo que esto se permite. Las "intenciones" se han plasmado en acciones concretas reiteradas. Cómo se resuelven los efectos de esas conductas ?. Cómo se pone un límite a las "intenciones" en los demás casos contrarios a la moral, otros pecados ?.
Afectuosamente, Claudio
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Bueno, parece que la reparación debería ir por este lado: 1) Oración 2) Penitencia 3) Conversión 4) Expiación 5) Estudio 6) Acción. Todo ello orientado a que la jerarquía eclesial tome conciencia del mal y se proponga seriamente remediarlo utilizando los medios pastorales adecuados.
Saludos cordiales.
Veo que ha hecho una lectura demasiado benévola de los textos de la Santa sede que he presentado.
El de la CDF claramente implica que la anticoncepción (como estilo de vida, no sólo como actos ya realizados en el pasado) es subjetivamente excusable (culpabilidad reducida) en base a nuestra decisión en conciencia, incluso con la formación adecuada, lo cuál implica que tenemos derecho a disentir de lo que Pablo VI enseña como definitivo en Humanae Vitae. Vamos, que es la misma tésis de Amoris Laetitia.
Y el segundo texto de la Congregación para el Clero es más problemático aún, puesto que contradice explícitamente VS81, declarando como subjetivamente defendible lo que VS declara como subjetivamente indefendible, refiriéndose a males intrínsecos. A mi me huele a ética situacional esencialmente.
Creo que el Cardenal Müller tenía razón cuando hace unas semanas dijo que el problema actual es el rechazo de la doctrina de los actos intrínsecamente malo enseñada en Veritatis Splendor. Lo que se comprueba es que estas discrepancias vienen de antes, no son ninguna novedad.
Saludos,
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Es que no queda claro que el primer texto incluya la "formación adecuada", porque habla solamente de "información", que es otra cosa, y además, entraría en contradicción con eso de la "convicción errónea".
Ahora bien, es cierto que el texto puede ser efectivamente contradictorio, al ser ambiguo, y en esa ambigüedad esconder algo que es contrario a la doctrina católica. Pues por el tenor del texto parece que esa pareja podría entonces recibir la absolución y la Eucaristía al tiempo que practica la anticoncepción, que efectivamente, en lo sustancial, sería la misma tesis que los progresistas le adjudican al texto de "Amoris Laetitia".
En cuanto al segundo texto, sin duda, como ya dije, lo de "defendible" no es defendible.
Saludos cordiales.
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Precisamente porque se trata de la realidad es que hay que afinar más que nunca el análisis doctrinal. Esto es como el ajedrez, o los campos minados: el que corre, pierde.
En tiempos de crisis es más fuerte que nunca la tentación de encontrar salidas oportunistas y poco reflexivas que constituirán sin duda las herejías del mañana.
Saludos cordiales.
Y así, por ejemplo, una mujer casada que es raptada por unos desalmados y violada a viva fuerza, sin que ella consienta el acto ni pueda oponer resistencia, de facto realizaría un acto intrínsecamente malo, ya que tendría relaciones sexuales con quien no es su marido, pero debido a la concurrencia de la eximente de fuerza irresistible la culpabilidad de tal mujer sería suprimida.
Por tanto, no es que lo que dice la AL en su numeral 305 y nota 351 al pie de pagina sea contrario a la Doctrina de la Iglesia, pues es bien cierto que puede haber situaciones objetivas de pecado grave, en las que se realiza algo intrínsecamente malo, pero que por concurrir alguna eximente como violencia irresistible el sujeto carece de culpa subjetiva, y por tanto dicho sujeto sin culpa podría comulgar ya que no comete formalmente pecado.
Así, por ejemplo, la mujer casada forzada con violencia irresistible a realizar el acto sexual con quien no es su marido cometería adulterio de facto pero no sería formalmente pecadora ya que le faltaría la libre voluntad, podría comulgar. O pensemos por ejemplo en la monjita misionera que es violada por unos desalmados sin que ella consienta ni pueda oponer resistencia eficaz, también a mi juicio podría comulgar, pues su acto de fornicación sería ininputable subjetivamente.
En resumen, claro es que existen eximentes que suprimen la culpabilidad en caso de realizar un sujeto algo que es objetiva e intrínsecamente malo, como el adulterio, y en este sentido la AL es irreprensible, pero lo que a mi juicio ocurre es que de facto se están considerando por la nuevas pastorales modernistas como circunstancias eximentes hechos o circunstancias que no lo son en modo alguno, como la de evitar algún mal a los hijos habidos en la unión adulterina, o la necesidad de proporcionarles un ambiente familiar propio, o una buena situación económica, etc.
Todas esas circunstancias y otras similares, que se vienen de facto aduciendo para justificar el continuar viviendo en adulterio a los llamados divorciados y vueltos a casar no tienen, a mi juicio, la entidad suficiente para ser verdaderas eximentes de la culpa subjetiva, y no son más unas fútiles excusas por las que la nueva pastoral, falsamente misericordiosa, se rinde a las meras conveniencias humanas y a los dictados de lo políticamente correcto poniéndolos por encima del mandamiento divino de "no adulterar." No hay en ellas verdadera exención de la culpabilidad subjetiva sino arbitraria postergación del mandato divino por meras conveniencias humanas.
En resumen, habría que entrar más concretamente en el estudio de cuales son las eximentes que verdaderamente eximen o suprimen de culpa subjetiva en caso de adulterio, y por supuesto aplicarlas bien al caso concreto, y no poner como eximentes meras conveniencias humanas, políticamente correctas, pero que no alcanzan la calidad moral propia de eximentes, siendo todo lo más atenuantes, que disminuirían pero quitarían o suprimirían la culpa del sujeto.
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En primer lugar, "Amoris Laetitia" no dice en ninguna parte que los mal llamados divorciados vueltos a casar puedan confesarse y comulgar sin propósito de dejar de tener relaciones sexuales adúlteras.
Es cierto que parece decirlo, y es fácil interpretarla así, pero no lo dice con la explicitud que haría falta para una decisión magisterial de ese tipo.
En segundo lugar, la mujer del ejemplo no realiza ningún acto intrínsecamente malo. Lo suyo no es un acto, sino una "pasión" en sentido filosófico, o sea, el ser objeto de la acción de otro. No es agente, sino paciente. Eso está claro porque se habla de violencia irresistible y falta de consentimiento.
Por tanto, es claro que esa mujer puede comulgar, sin que eso implique nada para nuestro tema.
En tercer lugar, la inculpabilidad subjetiva no quita la maldad objetiva y material del acto, y ésta es la que impide la confesión y la comunión cuando no hay propósito de enmienda.
Es claro que si, por ejemplo, esa inculpabilidad se debe a la ignorancia, no se debe en principio dar la absolución a la persona sin sacarla antes de la ignorancia.
Saludos cordiales.
En resumen, veo que bajo la sana y verdadera doctrina de las atenuantes y eximentes, se están introduciendo como eximentes de la culpa subjetiva circunstancias falsas que no alcanzan la calidad moral de tales eximentes. Como de costumbre el Diablo nos engaña bajo especie de bien y trata de meternos gato por liebre.
Igual que a un pederasta que dijese que se siente en conciencia en paz con Dios abusando de menores, habría que sacarle de dicho error por el Obispo o ministro discernidor del caso concreto, así también al adúltero que aduce la paz de conciencia para seguir viviendo en pecado de adulterio habría que sacarle de dicho error. Y no hacerlo sería una omisión gravemente culpable por parte del Obispo de la obligación que tiene de formar rectamente las conciencias de las ovejas confiadas a su cuidado pastoral.
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Por eso mismo, y por lo que digo en la respuesta anterior, no se trata solamente de que la doctrina que se propone hoy día bajo el supuesto amparo de "Amoris Laetitia" sea correcta, y sólo sean malos los abusos que se hagan de la misma.
Saludos cordiales.
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Sin duda. Saludos cordiales.
Me pregunto y lo han hecho otros más. Por qué no se han colocado las siete palabras "los divorciados vueltos a casar pueden comulgar" ?. Por qué esa "conclusión" la han obtenido algunos obispos y el cardenal que da origen a todo este debate ?
Viendo el conjunto de la realidad histórica, el tema empezó con el intento de aplicar la "economía" griega y no funcionó, siguió con la teología de rodillas, luego vino la reforma del proceso canónico de nulidad matrimonial cuyo resultado no debe haber sido importante caso contrario se hubiera sabido, los dos Sínodos y los non mi piace, la decisión de publicar los números de la votación a favor y en contra de cada propuesta sinodial, finalmente AL, Lutero, Anglicanos y el desorden actual donde hay un clamor esencial pidiendo no jugar con la salvación de las almas. Advierto muchas trampas algunas visibles y más las invisibles, son como tentaciones pero tenemos la ventaja que el tentador nunca conoce el resultado antes que se produzca.
Coincido en que hay que andar con pies de plomo y no generar ni romper nada que no tenga repuesto, advierto un clamor que se expresa con inteligencia y solicita más que nada oración, reflexión, prudencia, estudio, pericia, sensatez, sentido moral.
Cómo la vez.........
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Me parece que esas palabras no se pusieron simplemente porque no se pueden poner sin ir contra la doctrina católica.
Lo preocupante es porqué no se pusieron palabras "los mal llamados divorciados vueltos a casar no pueden confesarse ni comulgar sin propósito sincero de enmienda, lo cual en su caso implica renunciar a las relaciones sexuales adúlteras", lo que hubiera estado en armonía con toda la tradición católica.
Es decir, el documento es ambiguo. Y eso ha dado excusa a los heterodoxos para sostener que dice lo mismo que ellos.
Saludos cordiales.
A). 1Cor.14.8. Y si la trompeta diere sonido incierto, ¿quién se preparará para la batalla? 1Cor.14.9. Así también vosotros, si por la lengua no diereis palabra bien comprensible, ¿cómo se entenderá lo que decís? Porque hablaréis al aire.
B). Gál 1 6 Me asombra que tan pronto estén dejando ustedes a quien los llamó por la gracia de Cristo, para pasarse a otro evangelio. 7 No es que haya otro evangelio, sino que ciertos individuos están sembrando confusión entre ustedes y quieren tergiversar el evangelio de Cristo. 8 Pero, aun si alguno de nosotros o un ángel del cielo les predicara un evangelio distinto del que les hemos predicado, ¡que caiga bajo maldición! 9 Como ya lo hemos dicho, ahora lo repito: si alguien les anda predicando un evangelio distinto del que recibieron, ¡que caiga bajo maldición!
Agarrate Catalina, que se está poniendo un lujo.......
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Con el segundo texto nos salimos de tema, porque no habla de ambigüedad sino de herejía clara y manifiesta.
Saludos cordiales.
Abrazo grande y mis respetos por equilibrio....
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Es que yo hablo solamente del texto de "Amoris Laetitia". Que en el entorno de la misma hay mucha herejía, no me cabe duda.
Saludos cordiales.
¿Podría facilitarme algún enlace a la documentación oficial del congreso de la IPPF y el Population Council de 1979 donde se proponían medidas orientadas a dificultar la formación de una familia por parte de las parejas jóvenes y se manejaba la idea de promover la homosexualidad?
Gracias.
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Bueno, lo que yo digo ahí es que la idea se manejó en esa ocasión. Pero me equivoqué en el año, también en el año de los acontecimientos de Stonewall: todo eso fue en 1969. El "link" es éste:
http://infocatolica.com/blog/admin.php?ctrl=items&blog=62&p=22224
Saludos cordiales.
Saludos.
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Claro, es un link interno. A ver esto:
http://infocatolica.com/blog/praeclara.php/1311250407-ies-cierto-que-la-promocion-d
Saludos cordiales.
"proponer medidas orientadas a dificultar la formación de una familia por parte de las parejas jóvenes y la idea de promover la homosexualidad"
lo único que he visto es "rumorología"; citas de citas, hablar de oídas ( "me han dicho que dicen que dijeron" ), interpretaciones sesgadas y algún "link" a "pdf" que no se sabe de dónde salen ni quién los creó y que tampoco dicen exactamente lo que usted escribió...
Saludos.
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En ningún momento hablé de documentos "oficiales", sí de documentos comprobables y emanados de los responsables de todo el asunto. Todo eso lo explico precisamente en ese "post".
Y es claro que hablan de dificultar la formación de familias jóvenes y de promover la homosexualidad.
De lo que hablan, en realidad, es de todo lo que sigue, que parece bastante:
Reestructurar la familia: a) Posponer o evitar el matrimonio. b) Alterar la imagen del tamaño ideal de la familia.
Educación compulsiva de los niños.
Promover un aumento de la homosexualidad.
Educar para la limitación familiar.
Introducir agentes de control de la fertilidad en el agua.
Promover el trabajo de la mujer.
Modificar las políticas impositivas: a) Impuesto al matrimonio b) Impuesto a los hijos c) Mayores impuestos a los casados que a los solteros d) Quitar la exención de impuestos a los que tienen hijos e) Impuestos adicionales a los padres que tienen más de 1 o 2 hijos en la escuela.
Reducir o eliminar las licencias pagas o beneficios por maternidad.
Bonos para el matrimonio tardío o el mayor espaciamiento de los hijos.
Pensiones para mujeres de 45 años que tengan menos de “N” hijos.
Eliminar los pagos de seguridad social después de 2 hijos.
Depresión crónica [¿supongo que se refiere a la depresión económica?!!!]
Exigir que las mujeres trabajen y dar pocas posibilidades de cuidado infantil.
Limitar o eliminar el cuidado médico financiado públicamente, las becas escolares, los alojamientos, los préstamos y los subsidios a las familias que tenga más “N” hijos.
Aborto obligatorio para los hijos ilegítimos.
Esterilización obligatoria de todos los que tengan 2 hijos, excepto unos pocos a los que se permita tener 3.
Limitar la posibilidad de la procreación a un determinado número de adultos.
Algo así como “certificados de permiso para tener hijos”.
Políticas de vivienda: a) Desalentar la vivienda propia. b) Dejar de dar viviendas públicas sobre la base de la familia numerosa.
Pagos para promover la esterilización.
Pagos para promover la anticoncepción.
Pagos para promover el aborto.
Legalizar el aborto y la esterilización a demanda.
Permitir que ciertos anticonceptivos sean distribuidos en forma no médica.
Mejorar la tecnología anticonceptiva.
Hacer que la anticoncepción sea verdaderamente accesible a todos.
Mejorar el cuidado de la salud materna, haciendo de la planificación familiar un elemento central de la misma.
Saludos cordiales.
¡Qué aclaren de una santa vez y nunca mejor dicho por dónde va el papa y a dónde quiere lleva a la Santa Iglesia!
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En algún momento va a llegar la clarificación definitiva de este asunto en una enseñanza oficial y autoritativa dirigida a la Iglesia universal.
Saludos cordiales.
Qué cachondos están nuestros altos prelados últimamente, con sus ejemplos.
Es un argumento tan estúpido, que lleva a la conclusión de que si el adúltero (porque en el mismo ejemplo de Coccopalmero es ella la que se amanceba con un adúltero, y no a la inversa) extorsiona a su concubina diciéndole que si no coyundan correrá peligro su relación y el bien de los hijos que tuvo anteriormente con otra relación... el cardenal presidente del pontificio consejo para la interpretación de los textos legislativos le anima a someterse al chantaje y persistir en la alegre fornicación... por el bien de la relación y los hijos, claro.
Es que es todo tan absurdo, tan cutre, tan machista...
En fin, llora Raquel, por tus hijos, porque ya no están.
la desbandada de los pastores frente a los lobos adquiere proporciones de tragedia, sino sus detalles no fuesen tan esperpénticos.
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