Dios sí castiga
Se acaba de publicar un libro de Alejandro Bermúdez con el título “Dios no castiga”, que es el resultado de su polémica con nuestro compañero de Infocatólica José Miguel Arraiz.
Alejandro Bermúdez es un apologista católico de destacada actuación en el canal EWTN y es también director de la agencia informativa católica Aciprensa.
Por eso mismo es muy de lamentar que difunda doctrinas que son contrarias a la fe católica como intentaremos hacer ver en este “post".
Repetiremos sin duda algunas cosas ya dichas por los que han polemizado con Bermúdez sobre este tema, pero es que pensamos que la abundancia de lo bueno no daña, sobre todo en tiempos como los nuestros.
Por eso recomendamos también los excelentes libros de José Miguel Arraiz
http://www.apologeticacatolica.org/Descargas/Dios_Castiga.pdf
y de Adrián Ferreira:
http://www.apologeticacatolica.org/Descargas/Dios_Castiga2.pdf
Recomendamos también la exposición del R. P. Buela que se puede leer en Catholic.net:
http://www.es.catholic.net/conocetufe/424/905/articulo.php?id=13892
Por supuesto que la responsabilidad de lo que se dice en este “post” es solamente de un servidor.
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La tesis que dice que Dios no castiga es una tesis universal, que excluye todo castigo de parte de Dios, y que se apoya en razones, las cuales por tanto, de ser válidas, hacen imposible que Dios castigue una sola vez a alguien.
Por ejemplo, si Dios no puede castigar porque Dios es Amor, entonces Dios no puede castigar nunca, a nadie, porque Dios es Amor por su misma Esencia o naturaleza de modo que nunca ha dejado ni dejará de serlo.
Basta por tanto asentar un solo caso de castigo por parte de Dios para destruir esa tesis y mostrar que no es conforme con la verdad de las cosas.
A saber, no destruir la tesis que dice que Dios es Amor, evidentemente, sino concluir que en Dios no se oponen el ser Amor y el ser Juez Justo, que en determinadas ocasiones también castiga.
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Leyendo a los que dicen que Dios no castiga se ve que pueden estar en alguna de estas posturas, o bien oscilar ambiguamente entre ellas:
- El Infierno no es un castigo, sino solamente una consecuencia lógica del pecado. Con más razón Dios no castiga tampoco en esta vida ni en el Purgatorio.
- El Infierno es un autocastigo del pecador, pero nadie más que él mismo lo castiga. No hay castigo alguno por los pecados ni en esta vida ni en el Purgatorio.
- El Infierno es un castigo de Dios, pero Dios no castiga ni en esta vida ni en el Purgatorio. En particular, ciertos sucesos del Antiguo Testamento no son verdaderos castigos, sino escenificaciones que Dios ha considerado necesarias para nosotros por razones pedagógicas.
- Dios castiga también en esta vida, pero sólo en el Antiguo Testamento. No hay castigo alguno en el Purgatorio.
- Dios castiga también en el Nuevo Testamento y en el tiempo actual, tiempo de la Iglesia, pero ese castigo divino tiene un sentido solamente medicinal, correctivo, no también retributivo o de restauración del orden de la justicia. No hay castigo alguno en el Purgatorio.
Por lo general, además, se tiende a reducir la pena de los condenados a sola pena de daño, o pérdida de la visión de Dios, ignorando la “pena de sentido” o el fuego eterno.
Contra esto, entendemos que los textos del Magisterio que vamos a exponer muestran claramente que Dios castiga activamente en esta vida, en el Antiguo Testamento, en el Nuevo, y en el tiempo actual, tiempo de la Iglesia; en el Purgatorio y en el Infierno , y que en todos esos casos el castigo tiene un sentido retributivo, de restauración del orden de la justicia perturbado por el pecado, además de que en esta vida el castigo tiene también un sentido medicinal, y en el Purgatorio, purificador.
Mostraremos también que la Iglesia enseña la existencia de la pena de sentido, además de la pena de daño, y queésta consiste en un fuego misterioso, que sin duda no es de la misma naturaleza que el fuego material que conocemos, pero que tampoco puede ser reducido a mera metáfora.
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Es claro que en el caso del castigo infernal no puede haber sentido correctivo ni medicinal alguno para los mismos castigados, porque la condenación es eterna y sin posibilidad de conversión, arrepentimiento ni perdón.
Otra cosa es que las penas del Infierno sí tienen un sentido medicinal para los que aún estamos vivos, porque considerándolas nos motivamos a enderezar nuestros pasos y a convertirnos a Dios nuestro Señor.
Por “castigo", entonces, entenderemos la pena aplicada por Dios al pecador con la finalidad de restablecer el orden de la justicia alterado por el pecado. Lo cual no excluye que en algunos casos la pena o castigo tenga también una finalidad medicinal, correctiva, en esta vida, o purificadora, en el Purgatorio.
Como veremos, eso queda claro por los mismos textos magisteriales que vamos a exponer y comentar.
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Una de las cosas que parecen claras en este tema es que existe cierta mentalidad “consumista” en la forma de interpretar nuestra relación con Dios en Jesucristo, la cual consiste en vernos como los “clientes” de un negocio que debe tratar de satisfacernos a toda costa, según aquello de que “el cliente siempre tiene la razón". Dios Nuestro Señor aparecería como el “vendedor” que trata de contentarnos por todos los medios posibles, y nosotros seríamos los potenciales compradores que plantearíamos exigencias de calidad al producto que se nos ofrece.
Esta es la forma en la que al parecer se interpreta la afirmación “Dios es Amor” en algunos ámbitos eclesiales.
Nada más errado como forma de ubicarnos frente a Dios y de plantearnos nuestra relación con Él . El punto de partida de todo planteo correcto sobre este tema es nuestra condición de creaturas.
Dios es ante todo el Ser Supremo, el Sumo Bien, el Absoluto, merecedor de la adoración de sus creaturas. Es nuestro Creador, y nosotros somos ante todo sus creaturas. Y eso implica: el don generoso y gratuito del ser y la existencia por parte de Dios, la dependencia absoluta nuestra respecto de Dios, la soberanía absoluta de Dios sobre nosotros, y el derecho absoluto del Creador a ser obedecido por sus creaturas.
Dios es nuestra Vida y nuestra Esperanza, nuestra razón de ser y el sentido de nuestra existencia. No es Él el que está obligado a contentarnos, somos nosotros los que estamos obligados a servirlo, y si Él ha querido librey gratuitamente, más allá de toda exigencia de justicia y de todo derecho nuestro pensable, abajarse misericordiosamente hacia nosotros y hacia nuestros pecados para salvarnos al precio de la sangre del Hijo de Dios hecho hombre, entonces eso tiene que provocar en nosotros el pasmo del asombro contemplativo en vez de hacernos olvidar que Él es el Creador y nosotros las creaturas.
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Por otra parte, en el debate los que defienden la tesis de que Dios no castiga han manifestado un extraño desprecio por la Sagrada Escritura, la Tradición y el Magisterio de la Iglesia, apelando a una extraña noción de la “razón teológica” que tiene visos innegables de racionalismo y haciendo comparaciones absolutamente fuera de lugar entre el recurso católico a las fuentes de la Revelación y el modo protestante de citar la Escritura.
También aparece en algunos defensores de esta tesis una absurda oposición entre el Magisterio anterior y el Magisterio posterior al Concilio Vaticano II, que va frontalmente en contrade la “hermenéutica de la continuidad” enseñada por Benedicto XVI, y que además tampoco tiene base alguna en los documentos que citan a veces estos autores.
Por eso, y también por razones de espacio, en este “post” nos vamos a limitar a citar al Magisterio de la Iglesia sobre este tema, en el supuesto obvio de que para un católico ello significa la palabra definitiva y resolutoria de la cuestión, atendiendo siempre, claro está, al grado de autoridad de cada pronunciamiento, según la doctrina católica de siempre.
Esperamos en un siguiente “post” tratar del tema desde el punto de vista de la razón teológica y filosófica.
Las negritas en los textos magisteriales son todas nuestras.
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Cuando ponemos cualificación teológica, la hemos sacado de IBÁÑEZ, J., y MENDOZA, F., “La fe divina y católica de la Iglesia", Editorial Magisterio Español S.A., Zaragoza, 1978.
Se trata por tanto de una calificación teológica realizada por los teólogos que redactaron ese libro, y que por tanto no forma parte como tal, con esas palabras, del Magisterio de la Iglesia.
La “nota” dice el grado de autoridad de la doctrina enseñada, la “censura”, la calificación teológica de la afirmación contraria a aquella.
Aclaramos que el presentar las calificaciones teológicas que estos autores traen sobre los temas discutidos no significa que acusemos nosotros a nadie de “hereje”. No es nuestra intención ni nuestra tarea.
Pero nos parece interesante señalar lo que piensan teólogos que han preparado una compilación de los textos del Magisterio que viene con su correspondiente “Nihil obstat” y con una recomendación del entonces Prefecto de la Sagrada Congregación del Clero, Card. John Joseph Wright.
En todo caso, lo que se califica allí teológicamente son proposiciones, no personas.
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También nos vamos a servir de la excelente recopilación y ordenación temática de los textos del Magisterio, provistade abundantes referencias históricas y teológicas, realizada por COLLANTES, Justo, La fe de la Iglesia Católica, B.A.C., Madrid, 1986.
Entendemos que estos libros deberían estar constantemente en las manos de los que quieren servir a la Iglesia en la difusión de la verdad revelada por Dios.
Por supuesto que la recomendación se extiende también a DENZINGER, Enrique, El Magisterio de la Iglesia.
La obra de Collantes se encuentra disponible en Internet en esta dirección:
http://www.mercaba.org/TEOLOGIA/COLLANTES/indice_general.htm
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Ante todo, veamos lo que dice el Catecismo de la Iglesia Católica sobre nuestro tema:
“2090 Cuando Dios se revela y llama al hombre, éste no puede responder plenamente al amor divino por sus propias fuerzas. Debe esperar que Dios le dé la capacidad de devolverle el amor y de obrar conforme a los mandamientos de la caridad. La esperanza es aguardar confiadamente la bendición divina y la bienaventurada visión de Dios; es también el temor de ofender el amor de Dios y de provocar su castigo.”
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El Catecismo acepta por tanto la existencia de un castigo de Dios al pecador.
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“1035 La enseñanza de la Iglesia afirma la existencia del infierno y su eternidad. Las almas de los que mueren enestado de pecado mortal descienden a los infiernos inmediatamente después de la muerte y allí sufren las penas del infierno, ” el fuego eterno” (cf. DS 76; 409; 411; 801; 858; 1002; 1351; 1575; Credo del Pueblo de Dios, 12). La pena principal del infierno consiste en la separación eterna de Dios en quien únicamente puede tener el hombre la vida y la felicidad para las que ha sido creado y a las que aspira.”
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En lo que tiene que ver con nuestro tema, este pasaje del Catecismo afirma:
- la existencia de las “penas“, es decir, los castigos, del Infierno. En efecto, como veremos más abajo, “pena” y “castigo", en este contexto, son intercambiables en el lenguaje del Magisterio. “Pena“, por tanto, en este contexto, se usa de modo similar a como se usa al hablar del “código penal“.
- la existencia del fuego infernal o “pena de sentido“.
- La separación eterna de Dios o “pena de daño“.
- la eternidad de las penas infernales, no en el sentido de la Eternidad divina, que implica ausencia de sucesión temporal o de cualquier otro tipo, sino solamente en el sentido de que el estado de condenación infernal no tiene fin, es para siempre, no termina nunca.
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“1033 (…) Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de Él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra “infierno".”
“1034 Jesús habla con frecuencia de la “gehenna” y del “fuego que nunca se apaga” (cf. Mt 5,22.29; 13,42.50; Mc 9,43-48) reservado a los que, hasta el fin de su vida rehúsan creer y convertirse , y donde se puede perder a la vez el alma y el cuerpo (cf. Mt 10, 28). Jesús anuncia en términos graves que “enviará a susángeles […] que recogerán a todos los autores de iniquidad, y los arrojarán al horno ardiendo” (Mt 13, 41-42), y que pronunciará la condenación:” ¡Alejaos de mí malditos al fuego eterno!” (Mt 25, 41).”
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En estos dos textos se habla de:
- La libre autoexclusión por la cual el condenado va al Infierno apartándose del amor de Dios.
- Que la gehena y el fuego que nunca se apaga están “reservados” para el pecador impenitente. Ese “reservados” es un “pasivo divino” bíblico: es Dios el que reserva a la gehena y al fuego para ese fin.
- El “pasivo divino” es una forma de hablar frecuente en la Biblia en la que por respeto no se nombra a Dios y con ese fin sus acciones se ponen en voz pasiva y no en voz activa, por ejemplo, en vez de decir “Dios los crea” se dice “son creados".
- Los condenados serán “recogidos” y luego “arrojados” al Infierno por los ángeles, que en esto obviamente obran como ministros o servidores de Dios, y la “condenación” no dice aquí que la vayan a pronunciar los condenados mismos, sino Jesucristo, que vemos así desempeñando su función de Juez.
- Nótese que ese pronunciamiento en labios de Jesús no tiene un carácter meramente descriptivo, sino imperativo: “Alejaos de mí, malditos, al fuego eterno".
- Nótese cómo se afirma complementariamente la causalidad del pecador y la causalidad de Dios en la condenación eterna: ésta es una “autoexclusión” del pecador, cuya consecuencia está “reservada” por Dios para los que “rehúsan convertirse", a los cuales se los “recogerá“, se los “arrojará a la horno ardiendo", y sobre los cuales Dios pronunciará la condenación imperativamente: “Alejaos".
- Se habla tres veces del fuego en el texto: “el fuego que nunca se apaga", “el horno ardiendo", y “el fuego eterno".
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En el libro de Ibáñez y Mendoza, el tema del Infierno, en lo que venimos tratando, se encuadra bajo la siguiente tesis, que luego se prueba con los documentos magisteriales que citamos debajo.
Tesis: “Las almas de los que salen del mundo con pecado mortal actual, inmediatamente después de su muerte, bajan al infierno donde son atormentados con penas infernales.”
Nota: De fe divina y católica definida. Censura: Herejía.
Es claro que la formulación de las tesis es obra de los autores del libro, por más que muchas veces están sacadas de laspalabras mismas del Papa o el Concilio en cuestión, y que por tanto, lo verdaderamente importante son las palabras mismas de los Papas o Concilios que aquí citamos.
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Documentos:
Sínodo de Constantinopla (año 543) Condenación de Orígenes.
“Canon 9. Si alguno dice o piensa que el castigo de los demonios o de los hombres impíos es temporal, y que en algún momento tendrá fin, o que se dará la restauración (y reintegración) de los demonios o de los hombres impíos, sea anatema.”
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- Al parecer este Sínodo fue confirmado por el Papa Vigilio, en cuyo caso sus afirmaciones tienen valor de definición dogmática.
- Dice en efecto Casiodoro, hablando de Orígenes: “A éste consta que le condenó nuevamente en este tiempo el Papa Vigilio, varón beatísimo.” (Inst. div. litt. 2, PL 70, 1111, citado por DENZINGER, Enrique, El Magisterio de la Iglesia, Herder, Barcelona, 1963, p. 77)
- Aquí se habla del “castigo”, por donde vemos la equivalencia entre este término y el término “pena” que aparece en muchos otros documentos del Magisterio relativos al Infierno.
- En efecto, la palabra utilizada en el texto griego del Sínodo que se traduce por “castigo” es “kolasin“, que también se traduce como “castigo” por ejemplo en
- Mt 25,46: “E irán éstos a un castigo (kolasin) eterno, y los justos a una vida eterna.”
- y 1 Jn 4:18: “No hay temor en el amor; sino que el amor perfecto expulsa el temor, porque el temor mira el castigo (kolasin)“.
- Se afirma además en el canon que ese castigo es eterno, en el sentido ya dicho de “sin fin, para siempre".
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Profesión de fe del Cuarto Concilio de Letrán (XII Ecuménico) (año 1215).
“…vendrá al fin del mundo, a juzgar a los vivos y a los muertos, y a dar a cada uno según sus obras, tanto a los réprobos como a los elegidos: y todos estos resucitarán con sus propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, buenas o malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno (poenam perpetuam); y éstos, con Cristo, gloria sempiterna.”
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- Aquí se dice que Jesucristo es Juez, y que el modo que tiene de serlo es juzgando Él a vivos y muertos el último día.
- Se afirma la existencia del “castigo” con la expresión “pena perpetua", o sea, eterna.
- Y su eternidad.
- Y más aún, se dice que el castigo procede de Jesucristo, pues es Él el que va a “dar” a cada uno según sus obras. Jesús “da", activamente, y los resucitados reciben: gloria sempiterna, en el caso de los justos, castigo eterno, en el caso de los impíos.
- En efecto, así como la bienaventuranza eterna no es mera “consecuencia” de nuestras buenas obras, sino don de Dios a los justos, así también el castigo eterno no es tampoco mera consecuencia de las malas obras y la impenitencia final, sino pena aplicada por Dios, Justo Juez, al impío.
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II Concilio de Lyon (XIV Ecuménico) (año 1274)
“Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales.”
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- El texto dice “poenis tamen disparibus puniendas”. “Punire” es el verbo latino que se traduce por “castigar”.
- Esto muestra la equivalencia entre “pena” y “castigo” en el lenguaje del Magisterio cuando se trata de las penas infernales.
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Constitución Apostólica “Benedictus Deus” de Benedicto XII (año 1336).
“Además definimos que, según la disposición general de Dios, las almas de los que salen de este mundo con pecado mortal actual, inmediatamente después de su muerte bajan al infierno donde son atormentados con penas infernales, y que no obstante en el díadel juicio todos los hombres comparecerán con sus cuerpos ante el tribunal de Cristo, para rendir cuentas de sus propios actos, a fin de que cada uno reciba lo propio de su cuerpo, tal como se portó, bien o mal.”
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- Aquí se habla del tormento del Infierno.
- Y se afirma la existencia de las “penas”, es decir, los castigos, infernales.
- Se vuelve a decir que Jesucristo es el Juez del Juicio Final, porque se dice que los hombres comparecerán ante su tribunal.
- Y se afirma implícitamente el rol activo de Cristo en el juicio y en el castigo, pues es consecuencia de la comparecencia ante el tribunal de Cristo que los impíos reciben “lo propio de su cuerpo", es decir, el castigo.
El encabezamiento de la Constitución “Benedictus Deus” muestra que se trata de una definición dogmática:
“Por la presente constitución que ha de valer para siempre, por autoridad apostólica definimos que….” y a continuación vienen todos los ítems doctrinales, entre los cuales el arriba citado.
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Concilio de Florencia (XVII Ecuménico) Decreto para los griegos (año 1439).
“Pero las almas de aquellos que mueren en pecado mortal o actual o con sólo el pecado original, bajan inmediatamente al infierno, para ser castigadas, si bien con penas diferentes.”
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- Aquí se afirma la existencia del castigo en el Infierno, y se ve una vez más la equivalencia en el Magisterio de la Iglesia entre el término “pena” y el término “castigo”, cuando se habla del Infierno.
- En efecto, el original latino, donde se traduce “para ser castigadas, si bien con penas diferentes“, dice: ” poenis tamen disparibus puniendas”. (cfr. supra, el II Concilio de Lyon)
- Nótese que dicha pena eterna se aplica también, según el Concilio, a los que mueren con sólo el pecado original.
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- El Concilio retoma aquí la enseñanza de Inocencio III en su carta a Imberto, Arzobispo de Arlés (año 1201):
- “Nosotros decimos que hay que distinguir un doble pecado, original y actual. Original es el que se contrae sin consentimiento, actual es el que se comete con consentimiento. El original, pues, que se contrae sin consentimiento, sin consentimiento se perdona en virtud del sacramento [delbautismo]; el actual, en cambio, que con consentimiento se contrae, sin consentimiento no se perdona en manera alguna… La pena del pecado original es la carencia de la visión de Dios; la pena del pecado actual es el tormento del infierno.“
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- El tema de la carta es el error de los que afirman que no se debe dar el bautismo a los niños pequeños. - El Papa reafirma la necesidad del bautismo de los niños.
- El argumento que da es que a pesar de no haber cometido pecados actuales, están sujetos al pecado original.
- De ahí la distinción que establece entre las penas infernales y la relación de éstas con los pecados original y actual.
- El sentido es que el pecado original priva de la visión de Dios (pena de daño) mientras que el pecado actual hace merecedor del fuego eterno (pena de sentido).
- No en el sentido de que el bautizado que se condena por sus pecados personales sufra solamente la pena del fuego y no también la pérdida de la visión de Dios, porque es obvio que la visión beatífica y el fuego eterno son incompatibles entre sí, sino en el sentido de que el que muere sin pecados personales pero sin recibir la remisión del pecado original, que normalmente se otorga en el Bautismo, sufre la pérdida de la visión de Dios sin sufrir la pena del fuego eterno.
- Respecto de la enseñanza actual del Catecismo acerca de la esperanza de salvación de los niños que mueren sin bautizar, parece entonces que hay que decir a la luz de este texto que supone algún tipo de purificación extrasacramental del pecado original antes de la muerte de estos niños.
- De hecho, entendemos que eso se afirma en el documento de la Comisión Teológica Internacional relativo a este tema.
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Acerca del fuego del infierno:
Tesis: “A los condenados el Señor los entregará por justísimo juicio a las penas del fuego eterno e inextinguible para que ardan sin fin".
Esta tesis así formulada por Ibáñez y Mendoza veremos que no hace sino recoger las palabras textuales del Papa Pelagio I.
Nota: Doctrina católica. Censura: Error en doctrina católica.
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Acerca de la “doctrina católica“, dicen los autores:
“Se llama así toda verdad enseñada por el magisterio auténtico de la Iglesia, al cual se debe de modo particular una religiosa sumisión de la voluntad y del entendimiento, de manera que se reconozca y reverencie ese magisterio supremo y con sinceridad se le preste adhesión.”
Y citan al Concilio Vaticano II, Constitución “Lumen Gentium", n. 25:
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“(…) Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica; los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto. Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él, según su manifiesta mente y voluntad, que se colige principalmente ya sea por la índole de los documentos, ya sea por la frecuente proposición de la misma doctrina, ya sea por la forma de decirlo.”
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Es decir, no se trata de una definición dogmática, ni de Magisterio extraordinario, que requiere fe teologal, sino de Magisterio ordinario que requiere “asentimiento religioso interno de inteligencia y voluntad".
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Epístola “Humani Generis” del Papa Pelagio I a Childeberto I Rey (año 557)
“Todos los hombres, en efecto, desde Adán hasta la consumación de los siglos, nacidos y muertos con el mismo Adán y su mujer, que no nacieron de otros padres, sino que el uno fué creado de la tierra y la otra de la costilla del varón [Gen. 2, 7 y 22], confieso que entonces han de resucitar y presentarse ante el tribunal de Cristo [Rom. 14, 10], a fin de recibir cada uno lo propio de su cuerpo, según su comportamiento, ora bienes, ora males [2 Cor. 5, 10]; y que a los justos, por su liberalísima gracia, como vasos que son de misericordia preparados para la gloria de Dios [Rom. 9, 23], les dará los premios de la vida eterna, es decir, que vivirán sin fin en la compañía de los ángeles, sin miedo alguno a la caída suya; a los inicuos, que por albedrío de su propia voluntad permanecen vasos de ira aptos para la ruina [Rom. 9, 22], que o no conocieron el camino del Señor o, conocido, lo abandonaron cautivos de diversas prevaricaciones, los entregará por justísimo juicio a las penas del fuego eterno e inextinguible, para que ardan sin fin. Esta es, pues, mi fe y esperanza, que está en mí por la misericordia de Dios. Por ella sobre todo nos mandó el bienaventurado Apóstol Pedro que hemos de estar preparados a responder a todo el que nos pida razón [cf. 1 Petr. 3, 15].”
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- El Papa envió esta profesión de fe al rey de Francia para asegurarlo de la ortodoxia papal, que era cuestionada por algunos a causa de la aprobación por parte de Pelagio de la condena de los “Tres Capítulos” realizada en el Concilio II de Constantinopla, quinto ecuménico.
- En su tiempo, esa condena, hoy pacíficamente asumida y rectamente entendida en la Iglesia, pareció a muchos que minaba la autoridad del Concilio de Calcedonia, en el cual se había condenado la herejía de los monofisitas.
- Es por tanto la profesión de fe de un Papa, ordenada a dar razón de la ortodoxia de la Santa Sede, así que tiene un altísimo valor doctrinal, por lo menos.
- Afirma las “penas“, es decir, el castigo, del Infierno.
- Afirma su eternidad.
- Afirma la existencia del fuego infernal inextinguible.
- Afirma el rol activo de Dios en el juicio y en el castigo: como consecuencia de su comparecencia ante el tribunal de Cristo, a los justos les dará el premio de la vida eterna, a los impíos los entregará a las penas del fuego eterno e inextinguible.
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Sin embargo, parece que hay que ir más allá y sostener que la existencia del fuego eterno en el infierno es dogma de fe.
En efecto, dice el Símbolo “Quicumque”:
“(…) desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos, y a su venida todos los hombres han de resucitar con sus cuerpos y dar cuenta de sus propios actos, y los que obraron bien, irán a la vida eterna; los que mal, al fuego eterno. Ésta es la fe católica y el que no la creyere fiel y firmemente no podrá salvarse.”
Dice en nota al pie en “El Magisterio de la Iglesia” de Denzinger:
“…este Símbolo alcanzó tanta autoridad en la Iglesia, lo mismo occidental que oriental, que entró en el uso litúrgico y ha de tenerse por verdadera definición de fe.”
Aquí se está definiendo la existencia de la “pena de sentido”, que ya vimos por la carta del Papa Inocencio III que es distinta de la “pena de daño”.
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Sagrada Penitenciaría (año 1890)
Duda: “Un penitente se acerca al confesor y entre otras cosas declara su opinión de que el fuego del infierno no es real, sino metafórico, es decir, que las penas del infierno, cualesquiera que ellas fueren, se han llamado “fuego” en el sentido de que así como el fuego produce el dolor más intenso de todos, así también el fuego es la imagen más adecuada para formarse una idea del infierno a la hora de discernir la atrocidad inmensa de las penas infernales. Por ello el párroco pregunta si es lícito dejar a los penitentes en esta opinión y si es lícito absolverlos. El párroco hace notar que no se trata de una opinión aislada, sino que más bien es opinión generalmente admitida de cierto pueblo donde suele decirse: Persuade, si puedes, tan sólo a los niños de que hay fuego en el infierno".
Respuesta: “Tales penitentes deben ser instruidos diligentemente, y los pertinaces no sean absueltos".
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Este órgano de la Santa Sede rechaza aquí la interpretación metafórica del fuego del Infierno.
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Dice la Constitución “Lumen Gentium” del Concilio Vaticano II:
«Como no sabemos ni el día ni la hora, es necesario, según el consejo del Señor, estar continuamente en vela. Para que así, terminada la única carrera que es nuestra vida en la tierra mereceremos entrar con Él en la boda y ser contados entre los santos y no nos manden ir, como siervos malos y perezosos, al fuego eterno, a las tinieblas exteriores, donde “habrá llanto y rechinar de dientes"» (LG 48).
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- Afirma la existencia del fuego del Infierno.
- Su eternidad.
- Muestra que la causa última de la condenación es Dios, no el hombre o el ángel, donde dice: “y no nos manden ir (…) al fuego eterno".
- Es decir, no se trata simplemente de una consecuencia de nuestros actos, sino que alguien (Dios, obviamente) “manda” a ir al Infierno a los condenados.
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Sobre el Juicio y el Juez:
Agréguese a lo ya dicho lo que sigue, en prueba de la siguiente:
Tesis: “En el día del juicio comparecerán todos los hombres con sus cuerpos ante el tribunal de Cristo para dar cuenta de sus actos.”
Cualificación teológica:
Nota: De fe divina y católica definida. Censura: Herejía.
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Documentos:
Profesión de fe de Miguel Paleólogo en el II Concilio de Lyon (XIV Ecuménico) (año 1274).
“Creemos que el mismo Hijo de Dios (…) está sentado a la derecha de Dios Padre, que de allí vendrá a juzgar a los vivos y a los muertos, y que dará a cada uno según sus obras, buenas o malas.”
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- Afirma que Cristo es el que juzga.
- Y que Él también es el que premia o castiga, pues “dará” a cada uno según sus obras.
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Concilio de Florencia (XVII Ecuménico) Decreto para los Jacobitas (año 1442)
“Firmemente cree, profesa y predica que el Hijo de Dios en la humanidad que asumió de la Virgen nació verdaderamente, sufrió verdaderamente, murió y fue sepultado verdaderamente, resucitó verdaderamente de entre los muertos, subió a los cielos y está sentado a la diestra del Padre y ha de venir al fin de los siglos para juzgar a los vivos y a los muertos.”
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- Es Jesucristo el que juzga en el Juicio Final.
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Catecismo de la Iglesia Católica:
“1040 El Juicio final sucederá cuando vuelva Cristo glorioso. Sólo el Padre conoce el día y la hora en que tendrá lugar; sólo Él decidirá su advenimiento. Entonces Él pronunciará por medio de su Hijo Jesucristo, su palabra definitiva sobre toda la historia. Nosotros conoceremos el sentido último de toda la obra de la creación y de toda la economía de la salvación, y comprenderemos los caminos admirables por los que su Providencia habrá conducido todas las cosas a su fin último. El Juicio final revelará que la justicia de Dios triunfa de todas las injusticias cometidas por sus criaturas y que su amor es más fuerte que la muerte (cf. Ct 8, 6).”
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- Es el Padre el que juzga, por medio del Hijo (que también juzga, como vimos por los textos anteriores) pues es el Padre el que en el Juicio Final “pronunciará su palabra definitiva sobre toda la historia", por medio de Jesucristo.
- El juicio es por tanto un acto de Dios, que “pronuncia” esa palabra definitiva suya.
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Hablando del Juicio Particular, dice el Catecismo:
“1051 Al morir cada hombre recibe en su alma inmortal su retribución eterna en un juicio particular por Cristo, juez de vivos y de muertos.”
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- Habla de una “retribución", es decir, un premio o un castigo, según que las obras hayan sido buenas o malas.
- Dice que eso es el resultado de un juicio al que es sometido el que muere, en el cual el Juez es Cristo, por eso dice un juicio “por” Cristo y no solamente un juicio “ante” Cristo.
- Afirma por tanto el rol activo de Cristo tanto en el juicio como en el premio o el castigo.
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Sobre las penas o castigos temporales:
1) La pena o castigo debido por el pecado no es solamente la pena eterna del Infierno, sino también la pena temporal.
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“Canon 12. Si alguno dijere que toda la pena se remite siempre por parte de Dios al mismo tiempo que la culpa, y que la satisfacción de los penitentes no es otra que la fe que los hace captar que Cristo satisfizo por ellos, sea anatema.”
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- Esto es importante, porque nos muestra que:
- La pena por el pecado no es solamente la pena eterna del Infierno, sino también la pena temporal.
- La pena temporal no siempre se perdona por el sacramento de la Reconciliación, por el cual, bien celebrado, sí se perdona siempre la culpa, y la pena eterna del Infierno.
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La proposición relativa a la existencia de la pena temporal por los pecados, como se ve por este canon y los cánones que vienen a continuación, marcados por el anatema, es de fe divina y católica definida, de modo que su negación sería herejía.
Al menos eso se deduce del hecho de que Ibáñez y Mendoza ponen esa nota y censura teológica a esta proposición:
“El sacramento de la penitencia no siempre perdona toda la pena temporal debida por los pecados".
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2) Esta pena temporal tiene también un sentido retributivo, de restauración del orden de la justicia, y no solamente medicinal o correctivo.
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Concilio de Trento (XIX Ecuménico) Decreto sobre el Sacramento de la Penitencia (año 1551)
“Y tengan en cuenta [los sacerdotes] que la penitencia que impongan no esté destinada únicamente a salvaguardar la nueva vida y a curar la enfermedad, sino también sirva para satisfacción y castigo ("vindictam") de los pecados pasados. Porque las llaves de los sacerdotes no fueron concedidas únicamente para desatar; sino también para atar (cf. Mt 16, 19; 18,18; Jn 20, 23; canon 15), cosa que también lo creen y enseñan los Padres antiguos.
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Canon 13 . Si alguno dijere que en manera alguna se satisface a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo, ni con las penas que Dios nos inflige y nosotros sufrimos pacientemente o con las que el sacerdote nos impone, pero tampoco con las espontáneamente aceptadas, como ayunos, oraciones, limosnas o también otras obras de piedad, y que por lo tanto la mejor penitencia es solamente una nueva vida, sea anatema.
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Canon 15 . Si alguno dijere que las llaves han sido dadas la Iglesia únicamente para desatar y no también para atar, y que, por tanto, cuando los sacerdotes imponen penas a los que se confiesan, obran contra la intención del poder de las llaves y contra la institución de Cristo, y que es una ficción que, quitada en virtud de las llaves la pena eterna, queda las más de las veces por pagar la pena temporal, sea anatema.”
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- La pena temporal debida por el pecado no siempre queda cancelada por el sacramento de la reconciliación, más aún, eso sucede en los menos de los casos.
- Puede consistir en los sufrimientos de esta vida aceptados por nosotros pacientemente. En ese caso, esos sufrimientos han de considerarse como penas, es decir, castigos, infligidos por Dios.
- En el Sacramento de la Penitencia el sacerdote impone penas al penitente, para que haga satisfacción por sus pecados, y lo hace de acuerdo con la intención del poder de las llaves y la institución de Cristo.
- Esas penas son castigos como sabemos por la equivalencia general entre “pena” y “castigo” que ya hemos visto, y además, porque la palabra empleada, “vindictam“, encierra la idea de una justicia retributiva que apunta a restablecer, mediante el castigo, el orden de la justicia alterado por el pecado.
- Es claro que la pena o castigo no es la única razón de ser de la penitencia que ha de cumplir el que se confiesa, sino que también se ordena ésta a “salvaguardar la nueva vida y curar la enfermedad” del pecado y de los vicios resultantes del mismo, como ahí se dice.
- También se satisface la pena temporal con obras tales como ayunos, limosnas, oraciones y otras obras de piedad.
- Véase además que en los cánones 13 y 15 de Trento arriba citado se condena con el anatema la negación de esta afirmación, entre otras, de modo que dicha afirmación hay que considerarla, según Ibáñez y Mendoza, de fe divina y católica definida, y a su negación, por tanto, como herejía.
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3) La pena temporal que no se satisface suficientemente en esta vida, es sufrida en el Purgatorio.
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Concilio de Trento (XIX ecuménico) Cánones sobre la justificación (año 1547)
“Canon 30. Si alguno dijere que después de recibir la gracia de la justificación, de tal manera se le perdona la culpa y se le borra el reato de pena eterna a cualquier pecador arrepentido, que no queda reato alguna de pena temporal que haya que pagarse o en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la entrada en el reino de los cielos, sea anatema.”
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- El texto supone que hay distintos frutos o consecuencias del pecado: la culpa y la pena eterna, por un lado, que se perdonan en el sacramento del Bautismo y en el de la Reconciliación, y la pena temporal, que puede no perdonarse en esos sacramentos, si no han sido celebrados con el grado suficiente de caridad y arrepentimiento, y que en ese caso debe satisfacerse en esta vida o en el Purgatorio por medio de sufrimientos que tienen a su vez un carácter penal, es decir, de castigo, y purificatorio.
- El nombre de “pena temporal", en efecto, no significa que sea una pena solamente para esta vida, sino que no es eterna, sino transitoria.
- Se habla de “pagar” la pena temporal debida por el pecado, lo cual sólo se entiende de algo debido en justicia como castigo por el pecado.
- El texto deja claro que también los sufrimientos de esta vida pueden tener un carácter penal, de castigo.
- Como consta por el anatema que cierra el canon, la proposición es, según Ibáñez y Mendoza, de fe divina y católica definida, y su negación es herejía.
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4) Los sufrimientos del Purgatorio no tienen solamente un sentido purificatorio, sino también retributivo, de castigo por el pecado.
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Concilio II de Lyon (XIV ecuménico) (año 1274)
“Y si verdaderamente arrepentidos murieren en caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia, por lo que han cometido u omitido, sus almas son purificadas después de la muerte con penas purgatorias o purificantes, como nos ha explicado nuestro hermano Juan.”
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- La tesis es una consecuencia de lo anterior: si la pena temporal tiene un sentido retributivo, y la pena purificatoria del Purgatorio es esa misma pena temporal en tanto que no ha podido ser totalmente pagada y perdonada en esta vida, entonces esa pena del Purgatorio también tiene un sentido retributivo.
- En cuanto al último texto citado, este “Juan” es un religioso franciscano que vivía en Constantinopla y había trabajado mucho por la unión de los ortodoxos con la Iglesia Católica, que fue el objetivo del II Concilio de Lyon.
- Se habla aquí de “penas purgatorias“, lo cual indica que los sufrimientos del Purgatorio también tienen carácter de pena, o sea, de castigo por los pecados, además de su función purificadora.
- Véase además el canon 30 del Concilio de Trento previamente citado. Teniendo en cuenta la equivalencia entre “pena” y"castigo” en el lenguaje del Magisterio, parece ser que a tenor de dicho canon también a esta proposición hay que considerarla de fe divina y católica definida, y a su negación, herejía.
- Dicha equivalencia entre “pena” y “castigo” en el lenguaje eclesial en relación con este punto particular parece claramente confirmada en el documento que sigue:
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Pablo VI, Constitución “Indulgentiarum doctrina” de 1967
“2. Según nos enseña la divina revelación,las penas son consecuencia de los pecados, infligidas por la santidad y justicia divinas, y han de ser purgadas bien en este mundo, con los dolores, miserias y tristezas de esta vida y especialmente con la muerte, o bien por medio del fuego, los tormentos y las penas catharterias en la vida futura. Por ello, los fieles siempre estuvieron persuadidos de que el mal camino tenía muchas dificultades y que era áspero, espinoso y nocivo para los que andaban por él.
Estas penas se imponen por justo y misericordioso juicio de Dios para purificar las almas y defender la santidad del orden moral, y restituir la gloria de Dios en su plena majestad . Pues todo pecado lleva consigo la perturbación del orden universal, que Dios ha dispuesto con inefable sabiduría e infinita caridad, y la destrucción de ingentes bienes tanto en relación con el pecador como de toda la comunidad humana. Para toda mente cristiana de cualquier tiempo siempre fue evidente que el pecado era no sólo una trasgresión de la ley divina, sino, además, aunque no siempre directa y abiertamente, el desprecio u olvido de la amistad personal entre Dios y el hombre, y una verdadera ofensa de Dios, cuyo alcance escapa a la mente humana; más aún, un ingrato desprecio del amor de Dios que se nos ofrece en Cristo, ya que Cristo llamó a sus discípulos amigos y no siervos.
3. Por tanto, es necesario para la plena remisión y reparación de los pecados no sólo restaurar la amistad con Dios por medio de una sincera conversión de la mente, y expiar la ofensa infligida a su sabiduría y bondad, sino también restaurar plenamente todos los bienes personales, sociales y los relativos al orden universal, destruidos o perturbados por el pecado, bien por medio de una reparación voluntaria, que no será sin sacrificio, o bien por medio de la aceptación de las penas establecidas por la justa y santa sabiduría divina, para que así resplandezca en todo el mundo la santidad y el esplendor de la gloria de Dios. De la existencia y gravedad de las penas se deduce la insensatez y malicia del pecado, y sus malas secuelas.
La doctrina del purgatorio sobradamente demuestra que las penas que hay que pagar o las reliquias del pecado que hay que purificar pueden permanecer, y de hecho frecuentemente permanecen, después de la remisión de la culpa; pues en el purgatorio se purifican,después de la muerte, las almas de los difuntos que “hayan muerto verdaderamente arrepentidos en la caridad de Dios; sin haber satisfecho con dignos frutos de penitencia por las faltas cometidas o por las faltas de omisión". Las mismas preces litúrgicas, empleadas desde tiempos remotos por la comunidad cristiana reunida en la sagrada misa, lo indican suficientemente diciendo: “Pues estamos afligidos por nuestros pecados: líbranos con amor, para gloria de tu nombre".
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- El documento se refiere a la doctrina de las indulgencias y por tanto, las penas de las que habla son las penas temporales debidas por el pecado, que se han de satisfacer, como vimos, en esta vida, o en el Purgatorio.
- El Papa enseña que las penas de esta vida o del Purgatorio se deben no solamente a la misericordia, sino también a la justicia de Dios, y que por eso mismo su finalidad no es solamente purificar las almas, sino también defender la santidad del orden moral y restituir la gloria de Dios menoscabada por el pecado del hombre.
- Se sigue por tanto que mediante estas penas se inflige el castigo debido a ese pecado.
- Son claras en ese sentido las referencias del Papa a la “ofensa a Dios", al “ingrato desprecio” del amor divino, a la “perturbación del orden universal establecido por Dios", que están contenidos en cada pecado, y a la necesidad de “expiar la ofensa infligida” a la sabiduría y bondad divinas, así como de ” restituir la gloria de Dios en su plena majestad".
- Hay una clara referencia también al fuego como elemento purificador en el Purgatorio.
- Nótese que se trata de un texto posterior al Concilio Vaticano II.
101 comentarios
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Al menos eso se deduce del hecho de que Ibáñez y Mendoza ponen esa nota y censura teológica a esta proposición:
“El sacramento de la penitencia no siempre perdona toda la pena temporal debida por los pecados".
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No hace falta que publiques este comentario.
Por lo demás, enhorabuena por tan buena exposición de la doctrina católica.
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Muchas gracias. Lo que sigue lo publico porque pienso que la misma duda puede haberse planteado a otros.
Precisamente, lo que ahí se quiere decir es que la Iglesia enseña que la confesión bien hecha perdona la culpa y la pena eterna, es decir, la del Infierno, pero no necesariamente la pena temporal, que ha de pagarse en esta vida o en el Purgatorio.
Sólo si la confesión va unida a la "contrición perfecta", es decir, el dolor de los pecados por amor a Dios ofendido y no solamente por temor al infierno o por sola repugnancia moral, puede ocurrir que al mismo tiempo que se perdona la culpa y la pena eterna se perdone también la pena temporal.
Saludos cordiales.
Que tomen nota los que las sostienen.
Evangelii Gaudium.
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Por eso mismo, me parece que el riesgo de falsear el mensaje se achica bastante cuando trasmitimos las palabras mismas de la Escritura y del Magisterio de la Iglesia. La misma sensación de incomodidad que pueden producirnos a veces esos dichos puede ser muy bien una señal de que no estamos amoldando las cosas a nuestra perspectiva demasiado humana en la línea de la visión consumista que señalo en el “post”.
En ese sentido, no me parece muy equivocado pensar que algo del castigo se lo autoinflige el condenado por su clarísima conciencia de que, por sus malos actos, no podrá en modo alguno ver a Dios, belleza y bondad absolutas. En decir, el condenado no sólo no puede sino tampoco quiere ver a Dios, porque la tiniebla no puede unirse a la luz. Y precisamente la ausencia de Dios -bien absoluto- es el infierno.
Otra cuestión. Me llama la atención lo de que el Purgatorio, además de purificación por penas temporales no saldadas en la vida, fuese un castigo. El purgatorio me ha parecido siempre un supremo acto de misericordia del Señor, más que un castigo. En todo caso ¡Bendito castigo que nos libra de las penas del infierno!
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Y ahí mismo se ve que Dios castiga, porque Él es la Causa Primera de todo lo que acontece en la Creación, y también, por tanto, de esos actos interiores con los que el alma condenada se aflige a sí misma.
Dios no puede querer de ningún modo el mal moral o pecado, sino sólo permitirlo, y en cuanto al mal físico, no puede quererlo directamente, pero sí indirectamente, en cuanto va unido necesariamente a un bien que Dios quiere directamente.
Saludos cordiales.
Felicitarle en primer lugar por su excelente página y por su aproximación a la temática filosófica de las verdades de la Fe, que tanta falta hace.
Sin embargo, en este tema me gustaría plantearle a su atenta consideración algunas cosas que me hacen disentir:
1) Es indudable el peso de la tradición sobre el castigo eterno,, pero la parábola del hijo pródigo parece replantear completamente la lógica tradicional sobre este tema.
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El católico interpreta la parábola del hijo pródigo, y la Escritura en su conjunto, a la luz de la Tradición y el Magisterio de la Iglesia. Fuera de eso, ningún discurso es católicamente procesable.
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No hay ninguna proporcionalidad en el trato del padre para con los dos hijos -el fiel a su voluntad y el díscolo- esto excluye cualquier noción humana de justicia como distribución o compensación. Parece que reclamamos como hijos fieles el castigo de los díscolos pues de otro modo se erosionaría nuestra fidelidad a la Ley y esto es claramente antievangélico.
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El fiel católico, cuando medita acerca del castigo eterno del Infierno, siente ante todo la urgencia de hacerle más espacio a Dios en su vida, a fin de no ir él a las llamas eternas, preocupación que hay que conceder que es totalmente legítima y realista para el que de verdad cree.
Eso le deja poco espacio para querer que haya un infierno al que eventualmente puede ir él también, con la sola finalidad de que otros tengan la oportunidad de condenarse.
En todo caso, más que farisaico, dicho creyente sería tonto. En pura lógica egoísta, más le convendría que no hubiera Infierno, aún a costa de tener que renunciar a ver condenarse a los “díscolos”.
Yo apostaría a que en una fe realmente inventada por nosotros no habría infierno. A no ser que fuésemos todos rematadamente tontos, claro.
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2) La novedad evangélica es que Jesucristo nos enseña a llamar a Dios -Padre-,no Juez con lo que plantea un salto de paradigma: metanoia que no sabríamos hacer con un modelo salomónico de justicia humana.
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Pues Nuestro Señor dice en Evangelio de Mateo:
“Reconcíliate pronto con tu adversario mientras vas con él por el camino, no sea que tu adversario te entregue al juez, y el juez al alguacil, y seas echado en la cárcel.” (Mt. 5, 25).
Y es claro que en medio del Sermón de la Montaña no está dando consejos de comportamiento cívico, sino de seguimiento cristiano.
Al menos eso entendió San Pedro, que dice en los Hechos de los Apóstoles:
“Y nos mandó predicar al pueblo, y testificar con toda solemnidad que este Jesús es el que Dios ha designado como Juez de los vivos y de los muertos.”
Obviamente, si Jesús es Juez, el Padre también. En la Carta a los Hebreos dice:
“Vosotros, en cambio, os habéis acercado al monte Sion y a la ciudad del Dios vivo, la Jerusalén celestial, y a miríadas de ángeles, a la asamblea general e iglesia de los primogénitos que están inscritos en los cielos, y a Dios, el Juez de todos, y a los espíritus de los justos hechos ya perfectos, y a Jesús, el mediador del nuevo pacto, y a la sangre rociada que habla mejor que la sangre de Abel.”
Otro que entendió lo mismo, y luego lo escribió inspirado por el Espíritu Santo, fue el Apóstol Santiago, que en su carta dice:
“Hermanos, no os quejéis unos contra otros, para que no seáis juzgados; mirad, el Juez está a las puertas.” (Stg. 5, 9).
Dice también Santiago:
“Solamente hay uno que ha dado la ley y al mismo tiempo es juez, y es aquel que puede salvar o condenar. Tú, en cambio, ¿quién eres para juzgar a tu prójimo?” (Stg. 4,12)
El Apóstol Pablo también entendió lo mismo:
“Ahora me espera la corona merecida que el Señor, el Juez justo, me dará en aquel día. Y no me la dará solamente a mí, sino también a todos los que con amor esperan su regreso.” (2 Ti 4,8)
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3) Proponer la experiencia de un castigo infinito por penas cometidas por un ser finito plantearía ciertas incongruencias filosóficas:
el pecado sería la única acción con trascendencia infinita por parte del ser humano, nosotros no podemos alcanzar la gloria por nuestro esfuerzo, necesitamos de la gracia de Dios, pero sí podríamos rechazarla infinitamente al pecar y ser condenados retributivamente por ello; antropológicamente seríamos -paradójicamente- todopoderosos para el mal, el único acto trascendente de nuestra libertad. Creo que es una antropología interesante pero más próxima a un existencialismo desquiciado que al Evangelio. Algo así como el ser humano como ser para la muerte eterna.
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Pues no. Somos capaces de ambos infinitos: del infinito de la Vida Eterna y del infinito de la condenación eterna.
Con la diferencia de que el mal es un no ser, el bien, un ser.
Y así, para el infinito que es plenitud, necesitamos la ayuda de la gracia divina, para el infinito que es sólo carencia y desastre, nos bastamos solos.
Como el niño pequeño, que sin ayuda puede romper el jarrón, pero no fabricarlo o repararlo.
La única “omnipotencia” que es exclusiva nuestra es la capacidad de echarlo todo a perder infinitamente. Para la “omnipotencia constructiva”, que es la capacidad de dejarnos salvar por Dios para toda la Eternidad, necesitamos obviamente la ayuda del Omnipotente.
En definitiva, y como era de esperar, la única Omnipotencia completa, a saber, la que es para el bien y absolutamente independiente, la tiene Dios.
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Esto ha generado un auténtico puzzle teológico en la historia al determinar el destino de los no bautizados, los niños muertos antes de nacer y claramente elementos como el seno de Abrahám han sido abusos teóricos de lo que una fe sencilla determinaría, que Dios no puede condenar a no bautizados y que el pecado es condición del ser humano, no un destino para ir al infierno. Sería como afirmar que Dios nos creó para morir y si no nos bautizaran estaríamos acabados.
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Aquí agradecería un poco de explicación, pues no logro entender lo que dice.
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Por último una incongruencia nietzschiana (de la Genealogía de la Moral) cuando se establece el castigo como parte del Orden de Dios, el castigo de los malos sería bueno y por lo tanto el infierno y el castigo eterno de los mlvados sería algo así como un epectáculo edificante que se añadiría a los goces de la gloria. Santo Tomás lo vio así, pero creo que esto no pasa la prueba del tiempo y parece poco edificante desde el paradigma de perdonar setenta veces siete.
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Entra en el orden de lo posible que podamos opinar distinto de Dios en cuanto a qué cosa es edificante y qué cosa no lo es. De todos modos, es claro que el punto de vista de Dios siempre va a ser el preferible.
Ahora, que el castigo de los malos es bueno, sin duda. Es justo, y todo lo que es justo, es bueno.
Ahí mismo donde se habla de perdonar setenta veces siete, el presupuesto es que la otra parte nos pide perdón. Antes de ese dicho, Jesús ha hablado de reprender al hermano que ha pecado para lograr su arrepentimiento. Así se ve también en la parábola que sigue: al pedirle al rey que le tenga paciencia, el siervo reconoce su deuda. Y así hace Dios con nosotros: perdona siempre al pecador arrepentido.
Pedirle que perdone también al que no se arrepiente es pedirle que se salga de ese “paradigma” en forma totalmente irrazonable. De hecho, si el hermano no escucha, dice Jesús, “tenlo como gentil y publicano”, y el rey, al mal siervo que no supo perdonar a su consiervo, “lo entregó en manos de los verdugos hasta que pagara todo lo que debía”.
Y termina Nuestro Señor:
"Lo mismo hará también mi Padre celestial con ustedes, si no perdonan de corazón a sus hermanos."
O sea que Jesús mismo nos presenta al Padre actuando como Justo Juez que entrega al castigo al que no ha sabido perdonar a su hermano que se lo pedía.
¿De qué Jesús, de qué Evangelio, y de qué Dios hablamos entonces cuando decimos que no es Juez, que no puede castigar, etc.?
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Disculpe D. Nestor la extensión del post pero su amabilidad en el trato de los problemas que le planteamos requería que me explicara con un poco más de extensión y que fuera algo más preciso.
Me resta animarle para que siga en su tarea y transmitirle mis oraciones pra usted y los suyos
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Gracias y saludos cordiales.
Porque como ha dicho hoy mismo el papa Francisco:
"El temor de Dios, don del Espíritu Santo, no quiere decir tener miedo a Dios pues sabemos que Dios es nuestro Padre, que nos ama y nos perdona siempre. Cuando el Espíritu Santo habita en nuestro corazón, nos infunde consuelo y paz, aquella actitud de quien deposita toda su confianza en Dios y se siente protegido, como un niño con su papá.
Este don del Espíritu Santo nos permite imitar al Señor en humildad y obediencia, no con una actitud resignada y pasiva, sino con valentía, con gozo. Nos hace cristianos convencidos de que no estamos sometidos al Señor por miedo, sino conquistados por su amor de padre."
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Ese es el caso del cristiano perfecto, que es a lo que todos tenemos que tender. Por ejemplo, Santa Teresa de Ávila, nada menos. San Juan dice en su primera Carta que “el amor perfecta echa fuera el temor”, y que “el que teme, no es perfecto en el amor”.
El cristiano verdadero pero imperfecto, que somos muchos, yo diría, la mayoría, mejor dicho, la gran mayoría, puede estar movido a la vez legítima e imperfectamente, también por el temor al castigo. Al menos eso se deduce, entiendo, del hecho de que la contrición imperfecta, que es el dolor de los pecados por miedo al Infierno, o por mera repugnancia moral, es suficiente para confesarse válidamente.
Dice el Concilio de Trento en su decreto sobre el sacramento de la Penitencia:
“…aquella contrición imperfecta, que se llama atrición, porque comúnmente nace de la consideración de fealdad del pecado o temor del infierno o sus penas, si excluye la voluntad de pecar y va junto con la esperanza del perdón, no sólo no hace al hombre hipócrita y más pecador, sino que es también un don de Dios e impulso del Espíritu Santo, que todavía no inhabita, sino que mueve solamente, y con cuya ayuda se prepara el penitente el camino para la justicia.”
Siempre tenemos que estar pidiendo a Dios la contrición perfecta. Pero no podemos esperar a estar ciertos de tenerla para pedir perdón por nuestras faltas y retomar el camino. Por otra parte, estar ciertos de tenerla no creo que sea posible sin especial revelación divina, como no es posible sin especial revelación divina tener certeza de estar en gracia de Dios.
Ése es el caso del pecador que se encamina hacia la reconciliación con Dios mediante la atrición. En el caso del que ya está en estado de gracia, es de suponer que la fuerza del temor como motivo disminuye, y la del amor aumenta, en la medida en que se avanza en el camino de la perfección.
Aunque ahí debe haber sus derroteros, porque también es cierto que con el crecimiento espiritual crece la conciencia del pecado y de la gravedad del mismo, que para el hombre carnal simplemente no existen.
Por otra parte, el temor de Dios, como don del Espíritu Santo, es lógico que aumente junto con la perfección cristiana. Es el temor de ofender a Dios, precisamente porque se lo ama.
Y pienso que Santa Teresa diría que en esta vida todos somos más o menos imperfectos, y que estamos todos llamados siempre a ser más perfectos mientras estamos en este mundo.
Eso sí, a los cristianos imperfectos no nos gusta que nos hagan dibujos con las cosas de la fe. Somos demasiado conscientes de que sólo por esa fe tenemos los seres humanos esperanza de salvación.
Saludos cordiales.
Tiene que ser muy difícil aceptar que todo ocurre por la Providencia y que Dios castiga en vida mientras ves sufrir y morir a niños y gente buena mientras tipos como Stalin, Mao o Pol Pot mueren de viejos.
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Según Santo Tomás el fuego del purgatorio es un fuego físico que de suyo no tiene capacidad para hacer sufrir a las almas separadas de los cuerpos, que son inmateriales, pero que puede hacerlo como instrumento del poder divino, pues tampoco es imposible toda relación entre lo inmaterial y lo material, como lo muestra el mismo caso del alma humana unida en esta vida, y tras la resurrección, a la materia.
En esa hipótesis, la alimentación de ese fuego queda a cargo del Creador de toda energía y de toda materia, así que por ese lado no hay riesgo de escasez ni de apagón :)
En cuanto a porqué sufren los inocentes y no sufren los malos si Dios castiga en esta vida, es el mismo argumento de Bermúdez, y tiene la misma falla: que Dios castiga en esta vida quiere decir que hay sufrimientos de esta vida que son castigo de Dios, pero de ahí no se puede concluir que todo sufrimiento en esta vida es castigo de Dios.
E inversamente, que algunos sean castigados en esta vida no quiere decir que todos lo sean. En realidad, el castigo en esta vida puede ser un acto de misericordia, si sirve para ahorrarnos el castigo eterno. Y por la misma razón, no ser castigados en esta vida los grandes criminales es mala señal, porque quiere decir que el único pago que les queda es el de la pena eterna.
En el Evangelio Jesús habla de los que "ya tienen su recompensa", y el contexto es preocupante. Parece ser que porque ya tienen su recompensa en esta vida, no la van a tener en la otra.
A no ser que se conviertan, claro.
Saludos cordiales.
-El 1035 del Catecismo al decir: "allí sufren las penas del infierno". No necesariamente debe ser interpretado como Pena = Castigo (como se señala). Pena también es entendida como dolor o sufrimiento por tanto la lectura seria radicalmente diferente: allí sufren los dolores/sufrimientos del infierno.
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Sin duda, “pena” incluye sufrimiento, pero también incluye que ese sufrimiento es castigo por el pecado. Así se entiende “pena” en el Magisterio según muestro en el “post”: el Concilio de Florencia habla de que los condenados son “castigados con penas diferentes” (poenis tamen disparibus puniendas). Por eso cuando se habla de “Código Penal” no se habla solamente de sufrimientos, sino también de castigos.
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-1034 "reservado a los que, hasta el fin de su vida rehúsan creer y convertirse": claramente muestra como la libertad del hombre empleada en la iniquidad lo arrastra al infernó.
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Por supuesto, nadie niega eso. Tenemos un ejemplo también a nivel de los delitos que se cometen en la sociedad humana: es la libertad de cada uno lo que lo lleva a robar, matar, etc., y en ese sentido, es claro que la cárcel es consecuencia lógica del uso de su libre albedrío, pero eso no quiere decir que el delincuente no sea juzgado, condenado y enviado a la cárcel por el juez.
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-Concilio de Florencia (XVII Ecuménico) Decreto para los griegos (año 1439). Esto de las "penas diferentes" siempre mi hizo pensar en algo, el catecismo dice que el Infierno es el sufrimiento eterno por no ver a Dios (estar para siempre alejado de El) entonces: ¿Como pude haber otras penas ademas de esta si justamente no hay pena mayor que no ver el rosto de Dios?
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De ahí sólo se sigue que no puede haber otra pena mayor o igual, pero no que no pueda haber otras penas menores, como es el caso efectivamente con la pena de sentido
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-Lumen Gentium: "no nos manden ir, como siervos malos y perezosos". Esto de nos manden como se señala que es por Dios no quita algo esencial que dice a continuación: "como siervos malos y perezosos"... pareciese ser que estas son las características de aquellos que serán "enviados" al Infierno, pues evidentemente el accionar humano juega un rol fundamental en esta cuestión (Deja entre ver que Dios no manda a cualquiera al infierno sino a aquel que se encamina al mismo).
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Totalmente de acuerdo. Lo que iría contra el texto del Catecismo que comento en el "post" sería solamente decir que Dios no manda a los siervos malos y perezosos (que hasta el final no se arrepienten) al infierno.
Sobre el artículo te envío mi respuesta a la brevedad.
Saludos cordiales.
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De acuerdo. Paso a analizar la verborrea que Ud. opone a la mía. En cuanto a los huesos de los santos, lo importante es que sus almas refulgen de gloria ya ahora, y harán que esos huesos revivan y refuljan también en su momento. Y sus enseñanzas siguen resonando en los tímpanos de la Iglesia, llevadas por el aliento del Espíritu Santo.
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Se lo expondré con un ejemplo:
Niño nacido, pongamos, en una isla del Pacífico a la que no ha llegado ningún misionero, por lo cual no ha podido ser bautizado. Se encuentra, tal y como dicen ustedes, en "pecado original". Sólo por el hecho de nacer ya viene "manchado de fábrica" y ha ofendido a Dios, a pesar de ser un bebé indefenso.
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No ha ofendido personalmente a Dios, ha heredado una situación de pecado y culpa delante de Dios que no es obra suya. Realmente los primeros padres del género humano no le han hecho ningún favor.
Pero si cree y se bautiza, participará también en la vida eterna que Jesucristo conquistó para él en la cruz, sin mérito alguno de su parte. Eso sí que es un favor inmenso.
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Cabe preguntarse las ofensas que puede realizar un niño. No dormir? No querer agarrarse al pecho de la madre? Ensuciarse?
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Sobra después de lo recién dicho.
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Seguimos. El niño vive en una isla tan apartada de la civilización que no oye en toda su vida hablar del Yavhé judeocristiano. Por lo tanto, no sabe lo que es la fornicación, ni que debe ir a misa todos los domingos, ni que si comulga sin confesar está en pecado mortal. No sabe lo que es un dicasterio, ni la Congregación para la Doctrina de la fe. Vive su vida adorando a dioses tribales y muere sin arrepentirse de los pecados que señala el Magisterio, la Tradición y el Catecismo.
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Este pequeño infiel, que al parecer vive hasta dejar de ser pequeño y muere tras toda una vida de adorar dioses tribales, no lo es tanto, con todo, infiel quiero decir, que deje de ser humano.
Sabe muy bien que “hay que hacer el bien y evitar el mal” (primer principio de la razón práctica) y casi seguramente sabe que no se debe robar, matar, mentir, cometer adulterio, etc.
Basta dar una ojeada a los códigos morales de los pueblos de todos los tiempos y lugares.
Los diez mandamientos son de ley natural. Lo que es sobrenatural en ellos es solamente el modo en que han sido promulgados en el Sinaí.
Claro, debían ser promulgados también sobrenaturalmente, porque por el pecado original el ser humano padecía y padece grandes oscuridades en su percepción de la ley natural.
Por eso hay pueblos que practican sacrificios humanos, por ejemplo. Pero esos mismos pueblos conservan bastante bien otras partes de la ley natural.
Dios es Justo, y nadie va a ser juzgado por lo que ignoró sin culpa de su parte, sino por lo que no ignoró. Otra cosa es si la ignorancia es culpable, pero no parece ser el caso en la hipótesis que Ud. plantea.
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Preguntas
1.- Si fallece al nacer, va al limbo de los no bautizados, por estar en pecado original? O directamente al infierno, que era la postura doctrinal anterior?
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Tal como lo presenta el reciente documento de la Comisión Teológica Internacional, la hipótesis del limbo es una hipótesis teológicamente posible, pero no la única.
Según el mismo documento, la otra, que parece ir más en la línea de lo que enseña el Catecismo de la Iglesia Católica, es que Dios puede purificar extra sacramentalmente del pecado original a estos niños, de modo que al morir vayan al Cielo.
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2.- Cuando fallezca, va al infierno por no haber cumplido los preceptos de la Madre Iglesia?
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En cuanto al que muere al nacer o antes de alcanzar el uso de razón, sin ser bautizado, vale la respuesta anterior.
En cuanto al que muere luego de alcanzado el uso de razón y sin ser bautizado, todo depende, enseña la Iglesia, de si fue fiel durante su vida al dictado de su conciencia que lo guiaba según lo que él conocía de la ley divina (la ley natural viene de Dios, que es el Creador de la naturaleza humana), en la hipótesis de que lo que no conocía, no era por su culpa que no lo conocía.
Enseña también la Iglesia que si esta persona ha logrado vivir en rectitud de conciencia no siendo bautizado ni miembro visible de la Iglesia, eso no ha sido sin la ayuda misteriosa e invisible pero real de la gracia de Dios y de Cristo, que se difunde en el mundo como un perfume desde su centro vital, que es la Iglesia de Cristo, templo del Espíritu Santo, a la cual esta persona de algún modo pertenecía en forma invisible.
Y enseña también que no podrá salvarse el que conociendo que la Iglesia viene de Dios, rehúsa entrar o permanecer en ella, ni tampoco el que permaneciendo en ella no pone en práctica las enseñanzas de Nuestro Señor.
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Gracias por la respuesta.
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Saludos cordiales.
- La Creación del mundo es "buena" (Génesis 1). El infierno representaría la ilógica introducción del mal en un mundo que es bueno.
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Eso es como decir que las manzanas que son tan ricas no pueden tener gusanos.
El único Bien absolutamente intocable es el Bien Infinito que es Dios mismo. Los demás bienes son finitos, limitados, participaciones del Bien, y entonces, en ellos es posible el mal.
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- Dios es amor, misericoridia y caridad, por lo que el infierno y el demonio va contra la misericordia divina, porque Dios todo lo perdona, y porque el castigo eterno contradice el amor de Dios: no es lógico sufrir el mal, el dolor y el daño eternos.
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Si Dios no tuviese derecho de castigar el pecado, no podría ser misericordioso.
La misericordia divina ante el pecado es la renuncia a ejercer el derecho de castigar, por amor al pecador. Si el pecado no merece castigo, entonces no puede ser perdonado. No habría nada que perdonar.
Misericordia y perdón sin posibilidad de castigo es una contradicción.
En cuanto al castigo eterno, tampoco es lógico, con ese modo de ver, gozar de la bienaventuranza eterna.
El hecho es que Dios toma en serio la libertad de la creatura, cosa que no sería así si al final, luego de unos pocos millares de años de sufrimientos para algunos, todos fuesen igualmente a gozar por toda la Eternidad.
Porque en esa hipótesis, y visto con perspectiva de eternidad, en el fondo habría sido indiferente lo que cada uno eligiese en esta vida, el resultado habría sido eternamente el mismo.
Lo cual vale tanto como decir que libertad de elección de la creatura no tendría peso alguno.
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- Dios es Justicia, y el infierno y el diablo contradice la justicia divina, dado que es una pena con una duración, intensidad y cualidad desproporcionada: la pena eterna espiritual por una vida temporal.
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Lo dicho: también sería desproporcionada con ese criterio la bienaventuranza eterna. Lo único proporcionado sería dejar de existir en algún momento, no gracias.
El hecho es que el hombre ha sido creado a imagen de Dios y siendo finito y creatura como es, no deja de tener su apertura al Infinito.
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- La libertad es un regalo divino bueno, y el infierno y el demonio contradice la libertad que Dios nos ha dado con un don o regalo bueno, porque su mal uso implicaría el gran mal de la infelicidad eterna.
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Ésa es la palabra justa: mal uso de un regalo bueno. Algo perfectamente posible y comprensible. Lo vemos todos los días a nuestro alrededor. Y cuanto mejor es el regalo, peores pueden ser los efectos de su mal uso. En efecto, no es lo mismo chocar guiando una carreta que hacerlo guiando un tren bala.
El hombre, imagen de Dios.
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- El infierno y los demonios son sólo una posibilidad, no una verdad, pues el infierno y el demonio no han sido definidos dogmáticamente de forma expresa por la Iglesia, por lo tanto, son contingentes, eventuales, probables, no son una realidad concreta.
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Bueno, el ideal es que antes de comentar el “post” se lo lea. Ahí mostramos que la existencia del Infierno es dogma de fe. Lo mismo sucede con la existencia de los demonios.
Por ejemplo, la profesión de fe del IV Concilio de Letrán (XII Ecuménico) de 1215:
“Firmemente creemos y simplemente afirmamos (…) Creador de todas las cosas, visibles e invisibles, espirituales y corporales, que por su omnipotente poder a la vez desde el principio del tiempo creó de la nada a una y otra criatura, la espiritual y la corporal, es decir, la angélica y la mundana, y después la humana, como común, compuesta de espíritu y cuerpo. Porque el diablo y los otros demonios fueron creados por Dios naturalmente buenos, mas ellos, por sí mismos, se hicieron malos. El hombre, empero, pecó por sugestión del diablo. (…)”.
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- El demonio es un ángel que ha adquirido un tipo determinado de sabiduría, conocimiento, ciencia e inteligencia igual a (o más que) Dios, y que éste, por envidia de Dios, lo persigue y lo denigra como el ángel malo, apostático y condenado eternamente.
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Como disparate es realmente notable. Decir que una creatura puede igualar o sobrepasar al Creador es como decir que sumando unidades a unidades se puede llegar al número infinito o aún a sobrepasarlo.
Si el demonio es un ángel, es creatura de Dios, y si es creatura de Dios, está y estará siempre infinitamente por debajo del Creador. Ante el infinito no importa si un número determinado tiene 10 o 100 ceros, de todos modos jamás lo podrá alcanzar.
Es cierto que en cuanto a inteligencia y perspicacia, si nosotros somos 10, el ángel en general, y el demonio en particular, es 100. Por eso es que puede embaucar a algunos haciéndoles creer el cuento absurdo de que él es superior al que lo mantiene continuamente en la existencia.
Saludos cordiales.
Otro punto de vista (en este caso sobre el infierno):
nucleodelalealtad.blogspot.com.es/2013/11/el-infierno-es-obra-de-amor.html
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Bueno, yo observaría ahí que el mal no es relación, sino privación, y que en el Infierno no hay realmente tedio alguno, porque el tormento infernal no deja lugar al aburrimiento.
Es decir, la estética de Dante o de Luca Signorelli me parece más cercana a la del Evangelio que esa otra. Jesús no habla del tedio, sino del llanto y el rechinar de dientes, del fuego que no se apaga y del gusano que no muere.
Pero estoy de acuerdo con el autor en que eso de que el Infierno es el fracaso del amor de Dios y un escándalo para Dios mismo es una barbaridad totalmente extraña a la fe católica.
Y es cierto, también dice Santo Tomás que Dios no da a los condenados toda la pena que merecen.
Saludos cordiales.
También te digo que no es lo habitual y que puede resultar muy difícil discernir si se está ante un castigo o una mera prueba. Lo lógico, si la persona es fiel y cree vivir en gracia, es suponer que es una prueba.
Mediante las tesis de Dios es Amor (como bien dice el post llevado a un concepto "ñoño"), Dios nos premiaría porque es Amor y nos quiere, y como va a premiar a unos y a otros no, acaso no los quiere, sería injusto, nos tendría que premiar a todos. Algo que dicho así carece de sentido y es tremendamente injusto.
Y que Dios premia es algo infinitamente atestiguado en las escrituras y en la tradición. En la propia vida de Santos y en hechos de la Iglesia y de la humanidad. Y en la grandísima promesa que Cristo nos dá para los que les aman de verdad, de palabra y obra, que nadie es capaz de imaginar lo que el Padre nos tiene reservado.
¿Y por que premia? Pues lo mismo por lo que castiga, para corregirnos y llevarnos hacia la Verdad. Y a unos premia y a otros castiga, aunque generalmente en la vida de un buen cristiano recibimos ambas, aunque el premio es infinitamente mayor que el castigo que es por nuestro bien (hay que podar para que salga con más fuerza y dé mas fruto la vid)
Creo que negar que Dios castiga porque es Amor, como entiendo que argumentan los impugnadores de Arráiz, revela un serio problema: se entiende "castigo" como una manifestación de Odio. Y de ahí la conclusión: como Dios es Amor, no puede odiar, ergo, no castiga. Pero va a ser que normalmente el castigo -¡y menos el castigo divino!- no está relacionado con el Odio.
La palabra "castigo" tiene dos aspectos: uno hace referencia al Orden Violado, y otro al Daño. Éste, consecuencia del otro y ordenado, primariamente, a su reparación (sentido retributivo o reivindicativo del castigo). Y secundariamente, ordenado a que no se vuelva a violar el Orden por quien lo ha violado (sentido correctivo), y por sus prójimos (sentido docente o ejemplarizador).
¿En dónde fallan quienes sólo ven en el castigo el "daño", y por lo tanto llegan a creer que está motivado por el Odio? Fallan en que no perciben la realidad del Orden violado. Ven sólo la parte sensible, el Daño, y deducen neciamente que es el Odio la causa.
Es pertinente señalar que el Liberalismo, que intenta crear un Pseudo Orden social a espaldas de Dios, y que im-pregna la realidad político-religiosa de Occidente, niega abiertamente la existencia de un Orden creado por Dios: ni Orden Natural ni Orden Sobrenatural. Sólo acepta el Pseudo Orden positivo creado por las leyes humanas.
Lamentablemente, ideas como que "Dios no castiga" tienen una importante aceptación dentro de la feligresía católica, a pesar de que contradicen abiertamente la Doctrina. Y ello es así porque hay un importante grado grado de penetración del Liberalismo dentro de la Iglesia. Incluso puertas adentro se niega la existencia, por ejemplo, del Orden Natural, lo que lleva a no pocos a sostener barbaridades, como por ejemplo la licitud de la práctica de la homosexualidad.
En esos ambientes "católicos" faltos de una perspectiva de los Órdenes establecidos por Dios, consignas como que "Dios no castiga" se venden como pan caliente.
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En efecto. Ahí el concepto clave es "justicia", en lugar de "odio". Sobre todo, está el derecho de Dios a ser obedecido por su creatura, derecho que es violado por el pecado. Y ese derecho lleva consigo el derecho de castigar. Precisamente sobre esa base se entiende la misericordia: es la libre renuncia, motivada por el amor, al ejercicio del derecho de castigar al pecador.
La misericordia no es la ausencia de derecho de castigar, como lo presentan algunos, sino la renuncia a ejercer ese derecho. El derecho a castigar es un derecho, no una obligación, tampoco está Dios obligado a castigar, porque el ofendido es Él mismo y no hay nadie ni nada por encima de Él.
Nada obliga, entonces, a Dios a castigar, y nada lo obliga tampoco a no castigar. Muestra su amor y su misericordia renunciando, con todo derecho, a castigar a unos, que se arrepienten y a los que perdona, y muestra su justicia castigando, con todo derecho, a otros, que no se arrepienten.
Saludos cordiales.
Como digo en mi comentario anterior, la dialéctica premio/ castigo, desde el punto de vista del creyente que sigue a Cristo es demasiado egocéntrica e infantil. Está muy lejos del seguimiento de Cristo más profundo, no por miedo al castigo o avidez del premio personal (¡ qúe cortas y egoístas miras!) sino por amor a Diosy afán de colaborar en la realización del Reino de Dios.
La fe del sálvese quien pueda no es la fe que Cristo predicaba: Lucha por el reino de Dios y su Justicia y todo lo demás se dará por añadidura.
Lo demás podrá estar en el marco de la ortodoxia, pero como decía el papa Francisco deforma la esencia del Cristianismo, y muestra una imagen muy deficiente de Cristo y su seguimiento.
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Pues no, la idea misma de misericordia depende, como dije, del derecho de Dios a castigar, y sin la misericordia sí que queda deformada la esencia del cristianismo.
Un dios "misericordioso" pero que no tiene el derecho de castigar es una especie de abuelo consentidor que no tiene nada que ver con el Evangelio de Cristo.
Véase si no si se habrá deformado la esencia del cristianismo por todas las ocasiones en que Jesús habla del fuego que no se apaga y del gusano que no muere, del llanto y del rechinar de dientes.
Véase si se deforma la esencia del cristianismo cuando Jesús inserta la palabra "recompensa" en el corazón mismo de las Bienaventuranzas.
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"Bienaventurados seréis cuando os injurien y os persigan y digan con mentira toda clase de mal contra vosotros por mi causa. Alegraos y regocijaos, porque vuestra recompensa será grande en los cielos; pues de la misma manera persiguieron a los profetas anteriores a vosotros."
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No dice "infantilizaos y sed egocéntricos", sino "alegraos y regocijaos".
Véase si se deforma la esencia del cristianismo con estas palabras de Nuestro Señor Jesucristo: "Apártense de mí, malditos, al fuego eterno preparado para el diablo y sus ángeles".
A ver si se deforma la esencia del cristianismo cuando Jesús nos advierte que si no perdonamos de corazón a nuestro hermano el Padre celestial hará con nosotros como el Rey de la parábola que entregó al siervo malo al verdugo, hasta que pagara todo.
Dice el Señor en San Mateo:
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"21 Ustedes han oído que se dijo a los antepasados: No matarás, y el que mata, será condenado por el tribunal.
22 Pero yo les digo que todo aquel que se irrita contra su hermano, será condenado por el tribunal. Y todo aquel que lo insulta, será castigado por el Sanedrín. Y el que lo maldice, será condenado a la Gehena de fuego.
23 Por lo tanto, si al presentar tu ofrenda en el altar, te acuerdas de que tu hermano tiene alguna queja contra ti, 24 deja tu ofrenda ante el altar, ve a reconciliarte con tu hermano, y sólo entonces vuelve a presentar tu ofrenda.
25 Trata de llegar en seguida a un acuerdo con tu adversario, mientras vas caminando con él, no sea que el adversario te entregue al juez, y el juez al guardia, y te pongan preso.
26 Te aseguro que no saldrás de allí hasta que hayas pagado el último centavo."
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Jesús nos aconseja algo tan sublime como la reconciliación con los hermanos como medio para evitar que nos "pongan presos", y antes fue más explícito: ser condenados a la gehenna de fuego.
¿Estará el Señor entonces fomentando el infantilismo y el egocentrismo?
Veamos.
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"29 Si tu ojo derecho es para ti una ocasión de pecado, arráncalo y arrójalo lejos de ti: es preferible que se pierda uno solo de tus miembros, y no que todo tu cuerpo sea arrojado a la Gehena.
30 Y si tu mano derecha es para ti una ocasión de pecado, córtala y arrójala lejos de ti: es preferible que se pierda uno solo de tus miembros, y no que todo tu cuerpo sea arrojado a la Gehena."
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¿Pero cómo, Señor? ¿No es que debemos abstenernos de todos esos pecados nada más que por puro amor a Tï? ¿Estás realmente cuidando tu lenguaje evangelizador? ¿No te das cuenta que de ese modo vas a alejar a muchas personas de gran sensibilidad espiritual?
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"43 Ustedes han oído que se dijo: Amarás a tu prójimo y odiarás a tu enemigo.
44 Pero yo les digo: Amen a sus enemigos, rueguen por sus perseguidores; 45 así serán hijos del Padre que está en el cielo, porque él hace salir su sol sobre malos y buenos y hace caer la lluvia sobre justos e injustos.
46 Si ustedes aman solamente a quienes los aman, ¿qué recompensa merecen? ¿No hacen lo mismo los publicanos?"
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¿Recompensa? ¿Premio? ¿Cómo es eso?
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"6 1 Tengan cuidado de no practicar su justicia delante de los hombres para ser vistos por ellos: de lo contrario, no recibirán ninguna recompensa del Padre que está en el cielo.
2 Por lo tanto, cuando des limosna, no lo vayas pregonando delante de ti, como hacen los hipócritas en las sinagogas y en las calles, para ser honrados por los hombres. Les aseguro que ellos ya tienen su recompensa.
3 Cuando tú des limosna, que tu mano izquierda ignore lo que hace la derecha, 4 para que tu limosna quede en secreto; y tu Padre, que ve en lo secreto, te recompensará."
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No hay caso, hay que concluir que hay quienes están leyendo alguna otra copia de los Evangelios distinta de las que se han usado siempre en la Iglesia. ¿Serán evangelios apócrifos?
A ver si se arregla todo con lo que sigue:
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"5 Cuando ustedes oren, no hagan como los hipócritas: a ellos les gusta orar de pie en las sinagogas y en las esquinas de las calles, para ser vistos. Les aseguro que ellos ya tienen su recompensa.
6 Tú, en cambio, cuando ores, retírate a tu habitación, cierra la puerta y ora a tu Padre que está en lo secreto; y tu Padre, que ve en lo secreto, te recompensará."
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No, seguimos igual. A ver si así:
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"16 Cuando ustedes ayunen, no pongan cara triste, como hacen los hipócritas, que desfiguran su rostro para que se note que ayunan. Les aseguro que con eso, ya han recibido su recompensa.
17 Tú, en cambio, cuando ayunes, perfuma tu cabeza y lava tu rostro, 18 para que tu ayuno no sea conocido por los hombres, sino por tu Padre que está en lo secreto; y tu Padre, que ve en lo secreto, te recompensará."
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En fin. Recordemos que se trata del Sermón de la Montaña, la quintaesencia del Evangelio.
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"10 Al oírlo, Jesús quedó admirado y dijo a los que lo seguían: "Les aseguro que no he encontrado a nadie en Israel que tenga tanta fe.
11 Por eso les digo que muchos vendrán de Oriente y de Occidente, y se sentarán a la mesa con Abraham, Isaac y Jacob, en el Reino de los Cielos; 12 en cambio, los herederos del Reino serán arrojados afuera, a las tinieblas, donde habrá llantos y rechinar de dientes"."
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"Serán arrojados", voz pasiva. ¿Quién los arrojará?. El asunto es ¿es posible que Jesucristo haya utilizado un lenguaje poco evangélico? (!!!!!!!!)
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"3 Si esa casa lo merece, que la paz descienda sobre ella; pero si es indigna, que esa paz vuelva a ustedes.
14 Y si no los reciben ni quieren escuchar sus palabras, al irse de esa casa o de esa ciudad, sacudan hasta el polvo de sus pies.
15 Les aseguro que, en el día del Juicio, Sodoma y Gomorra serán tratadas menos rigurosamente que esa ciudad."
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¿Cuánta severidad, no? A ver si aquí mejora un poco el lenguaje:
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"21 "¡Ay de ti, Corozaín! ¡Ay de ti, Betsaida! Porque si los milagros realizados entre ustedes se hubieran hecho en Tiro y en Sidón, hace tiempo que se habrían convertido, poniéndose cilicio y cubriéndose con ceniza.
22 Yo les aseguro que, en el día del Juicio, Tiro y Sidón serán tratadas menos rigurosamente que ustedes.
23 Y tú, Cafarnaún, ¿acaso crees que serás elevada hasta el cielo? No, serás precipitada hasta el infierno. Porque si los milagros realizados en ti se hubieran hecho en Sodoma, esa ciudad aún existiría.
24 Yo les aseguro que, en el día del Juicio, la tierra de Sodoma será tratada menos rigurosamente que tú"."
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Y podríamos seguir, obviamente.
Saludos cordiales.
Saludos.
Nótese que digo en mi comentario "desde el punto de vista del creyente". Claro que Cristo habla de recompensa para los que sufren y para los que aman. porque desde su justicia sabe recompensar el bien.
Pero el que recibe esa recompensa suele ser el que no la busca, no el fariseo que piensa que ha realizado muchas obras que merecen recompensa, sino el pobre que se siente nada ante Dios.
Por eso mi reflexión estaba realizada desde el punto de vista del creyente y sus preocupaciones, ( y sí que hay mucho de egocentrismo e infantilismo en muchos creyentes, y no me excluyo) y no desde el punto de vista del Dios, justo, misericordioso y recompensados.
Pero esa recompensa, insisto, al creyente le viene por añadidura. El debe buscar el Reino de Dios y su justicia, no un puesto cerquita del Padre.
Y claro que Dios advierte de las graves consecuencias de nuestras acciones, y de la gravedad del juicio en el que se nos preguntará por lomquhicimos con los que tenían sed y hambre y estaban presos, etc. Yo eso no lo puedo negar, sería ,momo bien dices falsear el,cristianismo y a Dios mismo,
Pero también le tengo que dar la razón al papa Francisco cuando dice que blasfema quien dice que una enfermedad o una diacapacidad es castigo de Dios,
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No hay desenfoque, porque lo que yo digo es que si buscar premios y querer evitar castigos fuese malo, infantilizador y egocentrante, el Señor no usaría el argumento de los premios y los castigos cuando quiere exhortarnos a hacer el bien y a evitar el mal. Y evidentemente lo usa como se ve en los textos citados.
No se puede acusar a Jesús de promover el infantilismo y el egocentrismo, y sin embargo casi no hay página del Evangelio en la que no se apoye en los premios y los castigos cuando nos llama a la conversión.
En cuanto a las enfermedades, ya ha sido citado entre nosotros el texto de San Pablo:
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"7 De manera que cualquiera que comiere este pan o bebiere esta copa del Señor indignamente, será culpado del cuerpo y de la sangre del Señor.
28 Por tanto, pruébese cada uno a sí mismo, y coma así del pan, y beba de la copa.
29 Porque el que come y bebe indignamente, sin discernir el cuerpo del Señor, juicio come y bebe para sí.
30 Por lo cual hay muchos enfermos y debilitados entre vosotros, y muchos duermen.
31 Si, pues, nos examinásemos a nosotros mismos, no seríamos juzgados;
32 mas siendo juzgados, somos castigados por el Señor, para que no seamos condenados con el mundo."
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O sea que las enfermedades sí pueden ser un castigo de Dios, lo cual no quiere decir, obviamente, que siempre lo sean, ni que nosotros podamos temerariamente hacer un juicio así ante un caso concreto.
Otro caso, si bien temporal, pero eso depende obviamente de la voluntad de Dios, es el de Elimas, en Hechos :
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"Pero Elimas, el mago (pues así se traduce su nombre), se les oponía, tratando de desviar de la fe al procónsul.
9 Entonces Saulo, llamado también Pablo, lleno del Espíritu Santo, fijando la mirada en él,
10 dijo: Tú, hijo del diablo, que estás lleno de todo engaño y fraude, enemigo de toda justicia, ¿no cesarás de torcer los caminos rectos del Señor?
11 Ahora, he aquí, la mano del Señor está sobre ti; te quedarás ciego y no verás el sol por algún tiempo. Al instante niebla y oscuridad cayeron sobre él, e iba buscando quien lo guiara de la mano.
12 Entonces el procónsul, cuando vio lo que había sucedido, creyó, maravillado de la doctrina del Señor."
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La ceguera, temporal o definitiva, es una enfermedad.
También la mudez temporal en el caso de Zacarias.
Pero peor que toda enfermedad es la muerte, y ahí tenemos los casos de Herodes, Ananías y Zafira.
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"20 Y Herodes estaba enojado contra los de Tiro y de Sidón; pero ellos vinieron de acuerdo ante él, y sobornado Blasto, que era camarero mayor del rey, pedían paz, porque su territorio era abastecido por el del rey.
21 Y un día señalado, Herodes, vestido de ropas reales, se sentó en el tribunal y les arengó.
22 Y el pueblo aclamaba gritando: !!Voz de Dios, y no de hombre!
23 Al momento un ángel del Señor le hirió, por cuanto no dio la gloria a Dios; y expiró comido de gusanos." (Hechos 12, 20 - 23).
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"5 Pero cierto hombre llamado Ananías, con Safira su mujer, vendió una propiedad, 2 y se quedó con parte del precio, sabiéndolo también su mujer; y trayendo la otra parte, la puso a los pies de los apóstoles. 3 Mas Pedro dijo: Ananías, ¿por qué ha llenado Satanás tu corazón para mentir al Espíritu Santo, y quedarte con parte del precio del terreno? 4 Mientras estaba sin venderse, ¿no te pertenecía? Y después de vendida, ¿no estaba bajo tu poder? ¿Por qué concebiste este asunto en tu corazón? No has mentido a los hombres sino a Dios. 5 Al oír Ananías estas palabras, cayó y expiró; y vino un gran temor sobre todos los que lo supieron. 6 Y los jóvenes se levantaron y lo cubrieron, y sacándolo, le dieron sepultura.
7 Después de un lapso como de tres horas entró su mujer, no sabiendo lo que había sucedido. 8 Y Pedro le preguntó: Dime, ¿vendisteis el terreno en tanto? Y ella dijo: Sí, ése fue el precio. 9 Entonces Pedro le dijo: ¿Por qué os pusisteis de acuerdo para poner a prueba al Espíritu del Señor? Mira, los pies de los que sepultaron a tu marido están a la puerta, y te sacarán también a ti. 10 Al instante ella cayó a los pies de él, y expiró. Al entrar los jóvenes, la hallaron muerta, y la sacaron y le dieron sepultura junto a su marido. 11 Y vino un gran temor sobre toda la iglesia, y sobre todos los que supieron estas cosas." (Hechos 5, 1 - 11)
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En el Apocalipsis también tenemos el anuncio de lo que parecer ser una enfermedad como castigo por el pecado:
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"2:20 Pero tengo unas pocas cosas contra ti: que toleras que esa mujer Jezabel,que se dice profetisa, enseñe y seduzca a mis siervos a fornicar y a comer cosas sacrificadas a los ídolos.
2:21 Y le he dado tiempo para que se arrepienta, pero no quiere arrepentirse de su fornicación.
2:22 He aquí, yo la arrojo en cama, y en gran tribulación a los que con ella adulteran, si no se arrepienten de las obras de ella."
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Es notable además en el Apocalipsis cómo Cristo, en sintonía con pasajes que ya vimos de los Evangelios, usa el mecanismo de amenazar con castigos para motivar a la conversión:
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"2:4 Pero tengo contra ti, que has dejado tu primer amor.
2:5 Recuerda, por tanto, de dónde has caído, y arrepiéntete, y haz las primeras obras; pues si no, vendré pronto a ti, y quitaré tu candelero de su lugar, si no te hubieres arrepentido."
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"2:14 Pero tengo unas pocas cosas contra ti: que tienes ahí a los que retienen la doctrina de Balaam, que enseñaba a Balac a poner tropiezo ante los hijos de Israel, a comer de cosas sacrificadas a los ídolos, y a cometer fornicación.
2:15 Y también tienes a los que retienen la doctrina de los nicolaítas, la que yo aborrezco.
2:16 Por tanto, arrepiéntete; pues si no, vendré a ti pronto, y pelearé contra ellos con la espada de mi boca."
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"3:1 Escribe al ángel de la iglesia en Sardis: El que tiene los siete espíritus de Dios, y las siete estrellas, dice esto: Yo conozco tus obras, que tienes nombre de que vives, y estás muerto.
3:2 Sé vigilante, y afirma las otras cosas que están para morir; porque no he hallado tus obras perfectas delante de Dios.
3:3 Acuérdate, pues, de lo que has recibido y oído; y guárdalo, y arrepiéntete. Pues si no velas, vendré sobre ti como ladrón, y no sabrás a qué hora vendré sobre ti."
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"3:14 Y escribe al ángel de la iglesia en Laodicea: He aquí el Amén, el testigo fiel y verdadero, el principio de la creación de Dios, dice esto:
3:15 Yo conozco tus obras, que ni eres frío ni caliente. ¡Ojalá fueses frío o caliente!
3:16 Pero por cuanto eres tibio, y no frío ni caliente, te vomitaré de mi boca.
3:17 Porque tú dices: Yo soy rico, y me he enriquecido, y de ninguna cosa tengo necesidad; y no sabes que tú eres un desventurado, miserable, pobre, ciego y desnudo.
3:18 Por tanto, yo te aconsejo que de mí compres oro refinado en fuego, para que seas rico, y vestiduras blancas para vestirte, y que no se descubra la vergüenza de tu desnudez; y unge tus ojos con colirio, para que veas."
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En 1547, el Concilio de Trento promulgó los siguientes cánones sobre la justificación:
Canon 8: "Si alguno dijere que el miedo del infierno por el que, deplorando los pecados, nos refugiamos en la misericordia de Dios, o nos abstenemos de pecar, es pecado o hace peores a los pecadores, sea anatema."
Canon 26: "Si alguno dijere que los justos no deben aguardar y esperar la eterna recompensa de parte de Dios por su misericordia, y por el mérito de Jesucristo como recompensa de las buenas obras que fueron hechas en Dios, si perseveraren hasta el fin obrando el bien y guardando los divinos mandamientos, sea anatema."
Canon 31: "Si alguno dijere que el justificado peca cuando obra una acción buena con miras a la eterna recompensa, sea anatema."
En 1690, Alejandro VIII condenó entre otros el siguiente error de los jansenistas:
" La intención por la que alguien detesta el mal y sigue el bien sólo para obtener la gloria del cielo, no es recta ni agradable a Dios".
En 1713 Clemente XI condenó entre otros el siguiente error de Pascasio Quesnel:
"En vano clamamos a Dios: "Padre mío", si el espíritu de caridad no es el que grita."
Saludos cordiales.
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Muchas gracias!
Yo no sigo a Cristo por amor o por miedo, por premio o castigo.
Solamente quería constatar un poco el absurdo del debate. El cristiano fiel, el que sigue a Cristo por Amor de verdad (que es sufrimiento y alegrias) no sigue un premio o castigo, sino la definitiva unidad con el Padre, el amor, la paz, la justicia, las bienaventuranzas en definitiva que Cristo nos garantiza y que sólo en Dios se cumplen y nos dan felicidad (como indica el Catecismo).
Ahora, esto no quita lo otro, el premio y castigo están ahí, y por boca de Cristo y de su esposa la Iglesia. Y como bien se dice, no implica que premio/castigo venga de una relación amor/odio, es una concepción infantil como bien dices. Solamente sabemos que este premio/castigo es para nuestra corrección filial y para la definitiva Justicia que habrá después de la muerte. Que no podemos obviar que existe, ni tampoco es malo pensar en ello no como fin, pero si como apoyo en este peregrinar.
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En realidad, buscar la definitiva unidad con el Padre, el amor, la paz, la justicia, las bienaventuranzas y la felicidad, en y por Cristo, es buscar el premio y la recompensa que Cristo promete a los que lo siguen.
Porque esas cosas no las vamos a obtener automáticamente ni por algún proceso natural, sino precisamente como don de Dios, que tampoco se nos dará independientemente de todo mérito nuestro, sino que precisamente se nos da la gracia que no merecemos, para que con ella podamos merecer la vida eterna.
Y merecer significa cosa merecida, es decir, premio, recompensa, si se trata del mérito de las buenas obras, claro, porque lo que merecen las malas obras es el castigo.
Y sí, debemos buscarlo como fin, porque lo contrario sería decirle a Dios que Él no nos interesa. Porque el premio, en definitiva, es Dios mismo, y el castigo principal es la pérdida de Dios.
Por eso los anatemas de Trento arriba citados.
Saludos cordiales.
Debería ser en todo caso al revés, y deberíamos preferir la visión beatífica en medio de las llamas eternas que atormentasen nuestro cuerpo resucitado, a la ausencia tanto del fuego como de la visión divina en un "infierno" que si bien en sí sería de todos modos espantoso, es de temer que a muchos contemporáneos les sonaría bastante aceptable.
La relación de el Dios no castiga con una actitud de consumidor en la que el cliente tiene que estar satisfecho, me parece absurda. Más pega esa definición para los defensores más exagerados de la necesidad de premio y castigo y justicia retributiva estricta. Esos son los que creen comprar a Dios con méritos en vez de acoger agradecidos el don inmerecido que nos hace Dios de su propia Vida. Don que puede libremente rechazar quien se niega a dejarse transformar por el amor de Dios.
Yo no digo que no se pueda considerar que Dios premia y castiga. Por supuesto que se puede utilizar ese lenguaje. Pero también es cierto que el que se castiga a si mismo es el que rechaza y desprecia las advertencias y el perdón de Dios. Porque no somos "clientes" q compramos el premio, sino criaturas dependientes de Dios que, por ser sus hijos amados, tendríamos q confiar en él y seguir el camino de la Vida, en vez de elegir el camino de la muerte y rechazar el amor de Dios.
¿castiga Dios? para quien utilice esas "gafas" sí. Yo lo veo desde otra perspectiva porque soy responsable de mis elecciones. Si me quiero ir y no volver y acabo entre los cerdos y no vuelvo porque desconfío de mi Padre y porque desprecio la Vida que me ofrece ¿voy a decir encima q es Dios el que me castiga?
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La referencia al consumismo apunta al hecho de que se toma la misericordia de Dios como algo automático y en el fondo como un derecho que tendríamos nosotros. Dios estaría para servirnos. Sobre esa base es claro que no se puede pensar que Dios castigue.
En cuanto a si Dios castiga o no se ha dicho ya bastante en el "post" y en las respuestas a los comentarios.
Saludos cordiales.
A mi me gusta mucho el himno de las horas intermedias para la Semana Santa. En mi caso, resume mi deseo de Dios ( Soneto a Cristo crucificado )
Aunque este post ya se va de la discusión incial... :)
En su artículo:
1- No creo que haya que identificar la tesis de que Dios no castiga con la tesis de que Dios no puede castigar, puesto que son dos cosas distintas.
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Sin duda, son cosas distintas, pero me parece que por ahí hay que empezar. Dios tiene derecho de castigar, por tanto, que Dios castigue no es malo, sino santo, justo y bueno. A partir de ahí, me parece que la mayoría de las objeciones a la tesis que dice que Dios castiga caen por sí solas.
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2- Y tanto si no pudiera como si no quisiera castigar, podría elegir los casos en los que castigar y en cuáles no, según algún criterio concreto que se podría explicar en cada caso, según se trate del infierno, purgatorio, castigo correctivo etc.
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Todo castigo tiene un sentido de restauración del orden de la justicia, pero nada impide que tenga también un sentido medicinal o purificador. Más aún, que el sentido medicinal o reparador sea el sentido principal de un castigo, siendo secundario, pero real, el sentido retributivo, como sucede o puede suceder con las penas de esta vida y las penas del Purgatorio según el parecer de los teólogos.
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3-Se puede pensar que Dios no castiga y al mismo tiempo considerar que no se oponen ser Amor y el ser Justo, porque la justicia de Dios no es como la humana.
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Ahí volvemos a la cuestión de si la Justicia de Dios incluye o no el derecho de castigar. Porque si lo incluye, entonces tampoco ese derecho se opone al Amor de Dios y no por eso deja de ser la justicia divina distinta de la humana.
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Y al evangelio me remito con su parábola del hijo pródigo, de los que entran a trabajar en la viña a distintas horas y reciben el mismo salario, con el juicio final en el que se quedan tan sorprendidos todos por el desenlace, pues los “premiados” son los que no esperaban premio, porque amaban desinteresadamente y universalmente al prójimo, al estilo de Jesús.
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El hijo pródigo se arrepintió de sus pecados, y aquí no se discute que Dios perdona al pecador arrepentido. Lo cual no se opone a que castigue al pecador que no se arrepiente, sea para moverlo al arrepentimiento en esta vida, sea para castigarlo por su impenitencia final en el infierno.
Tampoco se opone a lo que enseña por ejemplo el Concilio de Trento, que una vez que Dios perdona en el sacramento de la reconciliación la culpa y la pena eterna, quede alguna pena temporal por pagar todavía, en esta vida o en el Purgatorio.
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Nadie dice que Dios no tenga derecho a castigarnos, o a dejar que nos castiguen las consecuencias de nuestros actos y por supuesto su misericordia se ofrece gratuitamente a todos sin que nadie la merezca. Otra cosa es que todos la acojan, porque una cosa es que Dios ofrezca perdón y otra que quien no pide perdón y no se arrepiente tiene un escudo antimisericordia que no le van a obligar a quitarse.
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Las consecuencias de nuestros actos, si son males físicos como el sufrimiento y la muerte, tienen a Dios como Causa Primera indirecta y “per accidens”, como explico en varias otras respuestas a comentarios de este mismo “post”. O sea que las quiere y las produce, no directa, sino indirectamente, como se dijo. Lo que Dios solamente permite es solamente el pecado, o mal moral.
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Si creemos que todo es para nuestro bien, poco importa que otros le llamen castigo o premio o prueba o lo que quieran llamarle.
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No es lo mismo, obviamente, ni puede ser algo al mismo tiempo castigo y premio, o castigo y prueba, o premio y prueba, al menos bajo el mismo punto de vista. Y cuando digo “punto de vista” me refiero a aspectos objetivos de la cosa, no a quiénes son los que están considerándola.
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Para nosotros será siempre un bien que viene de Dios para nuestra salvación. Salvación que nuestra libertad puede obstinarse en rechazar -nos castiga Dios o más bien nosotros mismos cuando pone ante nosotros vida y muerte y elegimos la muerte?
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Castiga el que tiene derecho para hacerlo, y tiene derecho el que tiene autoridad sobre el castigado. El pecado es ofensa a Dios por transgredir la ley de Dios mismo. Es claro que es a Él al que le corresponde castigarlo. Si un juez terreno tiene autoridad para imponernos una pena por una infracción a la ley humana, cuánto más Dios para penar nuestras faltas contra la ley divina.
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Cada cual que vea lo que opina, pero el resultado es el mismo.
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Con la diferencia de que según lo que cada uno opine, va a estar en la verdad o en el error, y va a estar en conformidad o no con la fe de la Iglesia.
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Por supuesto, cuando las circunstancias que elegimos, nos castigan, también decís con razón que Dios nos castiga en el sentido de que todo es como es porque él permite que sea así. Pero la causa directa de nuestro mal es nuestra libre elección del mal, no Dios.
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Dios no permite, solamente, el mal físico, sino que lo quiere y lo causa del modo dicho, indirectamente y “per accidens”. Y eso es el castigo, un mal físico que se aplica para restaurar el orden de la justicia alterado por el pecado.
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Que yo no puedo saber si ha habido una intervención directa de Dios, es cierto, pero tampoco pueden saberlo los que sostienen lo contrario. Así que...
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No es cuestión de intervención directa de Dios o no. Dios actúa normalmente por medio de las causas segundas, las cuales no pueden existir ni obrar sino en virtud de la Causa Primera. La causa segunda del mal físico que es el castigo puede ser cualquier creatura o serie de creaturas, pero la Causa Primera indirecta, del modo dicho, es siempre Dios.
Por otra parte, es cierto que cuando a otra persona le pasa algo, no puedo decir sin más que ha sido castigada por Dios, porque también los justos e inocentes sufren en esta vida, según la Revelación. Pero cuando el que sufre soy yo, tengo más elementos para saber si mi conciencia me reprocha o no algo.
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Y la misericordia de Dios se proclama desde el reconocimiento de nuestra condición de criaturas, y sin ninguna óptica consumista de cliente que ha comprado un premio. Todo es gratuidad de Dios, porque ni merecemos la Vida, ni siquiera los bienes de la vida. Y como somos criaturas, debemos confiar en Dios y habitar en su casa, sin pretender dilapidar nuestra fortuna por ahí. Pero en todo caso, él nos deja rectificar y hacer el camino de vuelta a casa. Si el camino es largo y arduo, será que nos hemos ido muy lejos. No nos obliga a volver, pero nos espera para hacer una impensable fiesta inmerecida totalmente.
Saludos en Cristo.
PS
Tengo que releer sus contestaciones a Antonio 1 porque en principio, me parece que tiene él razón.
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En esto último no vamos a estar de acuerdo.
Saludos cordiales.
El Amor, Dios, no tiene principio es, ha sido y será ETERNO.
La Sabiduría, Dios, no tiene principio, es, ha sido y será ETERNA.
La ignorancia, el odio, el mal, tienen un principio y tenemos libertad eterna para continuar negando a Dios.
Mi fe se basa en el Amor y en lo que percibo desde mi intuición que me dice Dios. El estudio de las Sagradas Escrituras es muy importante al igual que la evolución que en los matices se va reflejando en el Catecismo, pero a medida que nos hacemos mayores también es muy importante realizar y hacer nuestro el mensaje de Amor de las Sagradas Escrituras y ello significa unirnos a Dios intentando ser UNO con Él y desde el santuario de nuestra Conciencia: escucharLe.
Creo firmemente que el Amor triunfará y creo firmemente que si todos amamos de Verdad como Jesús nos enseñó será mucho antes. Creo que Orígenes va en esa línea. Y creo que se debe retomar el II Concilio de Constantinopla porque no estuvo en plena comunión con el Papa Virgilio. Si no se está en plena comunión con el Papa no se está plenamente dentro de la Iglesia Católica. En honor a la Sagrada y Santa Verdad el concilio mencionado, antes o después se tendrá que revisar.....y por supuesto que (D.m.) se hará.
Ánimo y un abrazo.
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No es que nuestra libertad de aceptar o no a Dios sea eterna, sino que con la muerte queda eternamente fijada en la opción que tenía en ese momento, a partir del cual ya no puede elegir más en lo que tiene que ver con Dios como fin último.
La fe se apoya en la Revelación divina consignada en la Escritura, trasmitida por la Tradición y enseñada autorizadamente por el Magisterio de la Iglesia. Toda "intuición" nuestra tiene que sujetarse a esa regla y si no lo hace no es católica.
Orígenes fue hereje y está bien condenado por la Iglesia, como no puede ser de otro modo.
Saludos cordiales.
Por mucho que se argumente sobre el tema, los que se empeñan en decir que Dios no castiga, no se convencerán.
Porque una cosa es afirmar que no toda enfermedad es castigo divino, lo cual es evidente, y otra afirmar que nunca jamás puede darse tal situación. Esto último, lo diga quien lo diga, no es conforme a la Escritura. Es más, convierte a la Escritura en mentirosa. Y no es plan, claro.
En el AT se tiende a creer que Dios premia y castiga en esta vida -de ahí el discurso de los amigos de Job. Incluso respecto al premio en la otra vida hay versiones materiales como el jardín de las huries en el Islam. Dios se adapta pedagógicamente a nuestra inmadurez, pero está claro q cuando Jesús dice que "tu Padre que ve en lo escondido te recompensará" está haciendo q evolucione la idea de recompensa de sus seguidores.
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Pues ahí está la cuestión. A lo que el cristiano aspira como fin último no es a la satisfacción espiritual de saber que se ha obrado bien o que se ha hecho feliz al que se ama.
La bienaventuranza eterna consiste en la eterna posesión de Dios, Bien Infinito. No se trata de ningún amor platónico ni tampoco meramente de una buena voluntad al estilo kantiano.
Las huríes son lamentables, porque quedan infinitamente por debajo del éxtasis de sumergirse completamente en la llama incandescente del amor de Dios, del gozo de abrazarse al Bien sin más, al Inefable que supera todo pensamiento y todo lenguaje, al Ser absoluto que colma infinitamente nuestras más profundas aspiraciones.
No es causalidad que la Escritura use imágenes matrimoniales para hablar del Cielo, y por supuesto que al final son inadecuadas, pero no porque la realidad designada sea menos que ellas, sino porque es infinitamente más.
Saludos cordiales.
Le agradecería que al contestar los comentarios indique con sus iniciales como hacen otros bloggers las respuestas de su autoría pues me pierdo y a veces no sé si es Ud. respondiendo o forma parte del comentario del lector.
Saludos.
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La herejía es la proposición que contradice un dogma de fe.
“Dogma de fe”, aquí, es aquello a lo que se refiere el Concilio Vaticano I cuando enseña que
“se debe creer con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la Palabra de Dios escrita o tradicional, y son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio”.
Ibáñez y Mendoza explican que por “solemne juicio” se entiende “concilio ecuménico o definición “ex cathedra””.
Según esto, veamos la
Profesión de fe del Cuarto Concilio de Letrán (XII Ecuménico) (año 1215).
“…vendrá al fin del mundo, a juzgar a los vivos y a los muertos, y a dar a cada uno según sus obras, tanto a los réprobos como a los elegidos: y todos estos resucitarán con sus propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, buenas o malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno (poenam perpetuam); y éstos, con Cristo, gloria sempiterna.”
Aquí se define que Cristo, al fin de los tiempos, da a los réprobos según sus obras, y que lo que les da es el castigo eterno, porque eso es lo que ellos reciben por sus malas obras en el juicio.
Por tanto, si por “castigar” entendemos, según lo que dice el texto mismo del Concilio, “dar al pecador la pena que merece por sus pecados”, está definido que Dios castigará a los réprobos en el Juicio Final, y entonces, la proposición “Dios no castiga” es herética, porque contradice a dicha definición.
Saludos cordiales.
El problema lo tenéis vosotros con el Santo Padre.
Cristo no alienta la dialéctica del premio y castigo. Se limitaba reiterar el caracter generoso de Dios con los que aman hasta a los enemigos, y advierte de las vonsecuencias de la dureza de corazón, de apartarse de Dios y de creerse justo imponiendo pesadas cargas a los demás.
Pero el eje de su anuncio es el Reino de Dios y su justicia, no la salvación privada y la obsesión personal por tener un sitito a su lado.
El cristianismo es mucho más que todo eso. Lo siento, prefiero un cristianismo menos cicatero y alicorto.
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Respecto del carácter no metafórico del fuego del infierno, en el "post" aparece un texto de la Sagrada Penitenciaría al respecto. Esa intervención particular de la Penitenciaría no define un dogma de fe, sino que es Magisterio Ordinario.
Lo que Ud. describe parece ser la "pena de daño", que es la pérdida de la visión de Dios. No sirve por tanto como descripción de la "pena de sentido", que el Magisterio ha afirmado en múltiples ocasiones, y que consiste en el fuego eterno.
La distinción entre la pena de daño y la pena de sentido se ve en la carta de Inocencio III que cito en el "post":
“Nosotros decimos que hay que distinguir un doble pecado, original y actual. Original es el que se contrae sin consentimiento, actual es el que se comete con consentimiento. El original, pues, que se contrae sin consentimiento, sin consentimiento se perdona en virtud del sacramento [del bautismo]; el actual, en cambio, que con consentimiento se contrae, sin consentimiento no se perdona en manera alguna… La pena del pecado original es la carencia de la visión de Dios; la pena del pecado actual es el tormento del infierno.“
Como he agregado ahora al "post", dice en el Símbolo "Quicumque":
"...a su venida todos los hombres han de resucitar con sus cuerpos y dar cuenta de sus propios actos, y los que obraron bien, irán a la vida eterna; los que mal, al fuego eterno".
Y explican en nota al pie en el "Denzinger":
"De hecho, este símbolo alcanzó tanta autoridad en la Iglesia, lo mismo occidental que oriental, que entró en el uso litúrgico y ha de tenerse por verdadera definición de fe".
Saludos cordiales.
- La Biblia tiene BASTANTES ejemplos en los que se ve que a veces la enfermedad, e incluso la muerte (p.e, Ananías y Safira, primer hijo de David y Betsabé), puede ser un castigo de Dios. Obviamente eso no significa que toda enfermedad lo sea.
- La Tradición indica que Dios, ciertamente, castiga de diversas maneras, lo cual puede incluir una enfermedad.
- El Magisterio ha enseñado exactamente lo mismo a lo largo de veinte siglos.
¿Argumento en contra por parte de Antonio?
Una cita de un texto no magisterial, interpretado torticeramente, por el que se nos pretende acusar de fundamentalistas a los que creemos en lo que dice la Biblia, la Tradición y en lo que ha enseñado el Magisterio.
Conclusión. Cuando algo no me gusta de lo que Dios se ha revelado y que la Iglesia siempre ha enseñado, acuso de fundamentalistas a los que defienden eso que no me gusta de Dios. Pues bien, tal proceder no es ni honesto, ni veraz ni católico. Muy al contrario, eso es exactamente lo que hacen los herejes liberales-modernistas.
Es más, los liberales "pata negra" suelen ser más honestos que estos pseudo-liberales sobrevenidos. Aquellos niegan también la condición sobrenatural de los milagros, la resurrección de Cristo, la Ascensión, la concepción y parto virginal, etc. Aplican exactamente esa misma idea: creer que la Biblia enseña lo que realmente enseña es fundamentalismo. Todo es según con el cristal con qué se mira.
Si yo no creo que los milagros existen, pues cuando me encuentro uno en la Biblia digo que quien cree que existen interpreta la Biblia de forma fundamentalista. Y si me encuentro en la Biblia a Dios haciendo algo que detesto, hago exactamente lo mismo.
Y a eso le llaman fe católica... ¡¡ JA !!
Y tanto más errado es afirmar que alguien que nace con una enfermedad de nacimiento la padece por algún pecado de sus padres, que es el ejemplo al que se refería el Papa del que habla Antonio.
Lo de "¿quién pecó para que este naciese ciego?" era un error que estaba condenado ya en el Antiguo Testamento. Todo el capítulo 18 de Ezequiel sirve para desmontar esa tesis, aunque nuestro Señor aprovechó para decir algo que también suena muy mal a los oídos del mundo actual: este nació ciego "para que se manifestara en él las obras de Dios". Hoy dirían: ¿es justo que un hombre haya tenido que vivir buena parte de su vida ciego para que Cristo hiciera uno de sus milagros?
Ojito con acusar de blasfemia a quienes decimos, con la Iglesia, que a veces el sufrimiento, en sus muy diversas manifestaciones, puede ser consecuencia del castigo de Dios:
Si es verdad que el sufrimiento tiene un sentido como castigo cuando está unido a la culpa, no es verdad, por el contrario, que todo sufrimiento sea consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo.
(Salvifici Doloris, 11, San Juan Pablo II)
Si bien el fuego es figura de otro daño mayor, aunque más difícilmente perceptible, eso no significa que el fuego sea meramente una "imagen adecuada", o sea un cuentito con moraleja. No, el fuego es real, quema y duele, y aún así es sólo un botón de muestra del espanto del Infierno.
Por ejemplo, dice San Juan Pablo II en "Salvifici Doloris”, ya citado por Luis Fernando y que me parece bueno citar y comentar con algún detenimiento:
"Su punto de referencia en este caso es la doctrina expresada en otros libros del Antiguo Testamento, que nos muestran el sufrimiento como pena infligida por Dios a causa del pecado de los hombres. El Dios de la Revelación es Legislador y Juez en una medida tal que ninguna autoridad temporal puede hacerlo. El Dios de la Revelación, en efecto, es ante todo el Creador, de quien, junto con la existencia, proviene el bien esencial de la creación. Por tanto, también la violación consciente y libre de este bien por parte del hombre es no sólo una transgresión de la ley, sino, a la vez, una ofensa al Creador, que es el Primer Legislador. Tal transgresión tiene carácter de pecado, según el sentido exacto, es decir, bíblico y teológico de esta palabra. Al mal moral del pecado corresponde el castigo, que garantiza el orden moral en el mismo sentido trascendente, en el que este orden es establecido por la voluntad del Creador y Supremo Legislador. De ahí deriva también una de las verdades fundamentales de la fe religiosa, basada asimismo en la Revelación: o sea que Dios es un juez justo, que premia el bien y castiga el mal: «Señor) eres justo en cuanto has hecho con nosotros, y todas tus obras son verdad, y rectos tus caminos, y justos todos tus juicios. Y has juzgado con justicia en todos tus juicios, en todo lo que has traído sobre nosotros ... con juicio justo has traído todos estos males a causa de nuestros pecados».
En la opinión manifestada por los amigos de Job, se expresa una convicción que se encuentra también en la conciencia moral de la humanidad: el orden moral objetivo requiere una pena por la transgresión, por el pecado y por el reato. El sufrimiento aparece, bajo este punto de vista, como un «mal justificado».
La convicción de quienes explican el sufrimiento como castigo del pecado, halla su apoyo en el orden de la justicia, y corresponde con la opinión expresada por uno de los amigos de Job: «Por lo que siempre vi, los que aran la iniquidad y siembran la desventura, la cosechan».
11. Job, sin embargo, contesta la verdad del principio que identifica el sufrimiento con el castigo del pecado y lo hace en base a su propia experiencia. En efecto, él es consciente de no haber merecido tal castigo, más aún, expone el bien que ha hecho a lo largo de su vida. Al final Dios mismo reprocha a los amigos de Job por sus acusaciones y reconoce que Job no es culpable. El suyo es el sufrimiento de un inocente; debe ser aceptado como un misterio que el hombre no puede comprender a fondo con su inteligencia.
El libro de Job no desvirtúa las bases del orden moral trascendente, fundado en la justicia, como las propone toda la Revelación en la Antigua y en la Nueva Alianza. Pero, a la vez, el libro demuestra con toda claridad que los principios de este orden no se pueden aplicar de manera exclusiva y superficial. Si es verdad que el sufrimiento tiene un sentido como castigo cuando está unido a la culpa, no es verdad, por el contrario, que todo sufrimiento sea consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo. La figura del justo Job es una prueba elocuente en el Antiguo Testamento. La Revelación, palabra de Dios mismo, pone con toda claridad el problema del sufrimiento del hombre inocente: el sufrimiento sin culpa. Job no ha sido castigado, no había razón para infligirle una pena, aunque haya sido sometido a una prueba durísima. En la introducción del libro aparece que Dios permitió esta prueba por provocación de Satanás. Este, en efecto, puso en duda ante el Señor la justicia de Job: «¿Acaso teme Job a Dios en balde?... Has bendecido el trabajo de sus manos, y sus ganados se esparcen por el país. Pero extiende tu mano y tócalo en lo suyo, (veremos) si no te maldice en tu rostro». Si el Señor consiente en probar a Job con el sufrimiento, lo hace para demostrar su justicia. El sufrimiento tiene carácter de prueba.
El libro de Job no es la última palabra de la Revelación sobre este tema. En cierto modo es un anuncio de la pasión de Cristo. Pero ya en sí mismo es un argumento suficiente para que la respuesta a la pregunta sobre el sentido del sufrimiento no esté unida sin reservas al orden moral, basado sólo en la justicia. Si tal respuesta tiene una fundamental y trascendente razón y validez, a la vez se presenta no sólo como insatisfactoria en casos semejantes al del sufrimiento del justo Job, sino que más bien parece rebajar y empobrecer el concepto de justicia, que encontramos en la Revelación.
12. El libro de Job pone de modo perspicaz el «por qué» del sufrimiento; muestra también que éste alcanza al inocente, pero no da todavía la solución al problema.
Ya en el Antiguo Testamento notamos una orientación que tiende a superar el concepto según el cual el sufrimiento tiene sentido únicamente como castigo por el pecado, en cuanto se subraya a la vez el valor educativo de la pena sufrimiento.
Así pues, en los sufrimientos infligidos por Dios al Pueblo elegido está presente una invitación de su misericordia, la cual corrige para llevar a la conversión: «Los castigos no vienen para la destrucción sino para la corrección de nuestro pueblo».
Así se afirma la dimensión personal de la pena. Según esta dimensión, la pena tiene sentido no sólo porque sirve para pagar el mismo mal objetivo de la transgresión con otro mal, sino ante todo porque crea la posibilidad de reconstruir el bien en el mismo sujeto que sufre."
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Los pasajes subrayados muestran que:
El Papa afirma que la tesis según la cual Dios es un juez justo, que premia el bien y castiga el mal es una de las verdades fundamentales de la fe religiosa, basada asimismo en la Revelación.
O sea, que según San Juan Pablo II la proposición "Dios castiga el mal" pertenece al depósito de la Revelación, de donde se sigue que la proposición "Dios no castiga" es contraria a la fe.
El Papa aplica esta verdad a los sufrimientos de esta vida. Es verdad que el sufrimiento tiene sentido de castigo cuando está unido a la culpa, pero de ahí no se puede ni se debe concluir que todo sufrimiento es castigo por el pecado.
El Papa presenta a Dios como el autor de los sufrimientos con que se castiga el pecado del hombre: habla del "sufrimiento como pena infligida por Dios", de los "sufrimientos infligidos por Dios a su pueblo", a los que relaciona con los "castigos" mediante una cita bíblica, y cita el texto bíblico que dice que Dios "ha traído" los males sobre el pueblo.
Para el Papa, lo que se rechaza en el libro de Job es solamente la identificación del sufrimiento con el castigo por el pecado. En efecto, que haya sufrimiento que es castigo por el pecado no quiere decir que todo sufrimiento lo sea.
No se puede por tanto aplicar en forma superficial el principio que relaciona el sufrimiento en esta vida con el castigo por el pecado, y eso es lo que han hecho los amigos de Job al no considerar la posibilidad de que Job fuese inocente y de que en su caso dicha relación entre sufrimiento y castigo no se aplicase.
Sostener que es blasfemo en general y siempre relacionar el sufrimiento en esta vida con el castigo por el pecado, entonces, no es algo que se pueda decir que lo sostuvo con esa generalidad el Papa Francisco en la audiencia señalada, y contradice lo enseñado por el Papa Juan Pablo II en la “Salvifici Doloris”.
Saludos cordiales.
- daño: la privacion de la visión de Dios. Sin saber lo que se pierden.
- sentido: la privación de Dios + el dolor de ser consciente de lo que pierdes
Y ese dolor se puede expresar con el símbolo del fuego de modo que si alguien piensa que prescindir de Dios no le va a importar, debe tener claro lo terriblemente dolorosa que es esa situación.
Si es la forma más cercana de expresarlo será la que se debe usar, pero sin plantearnos problemas literales de combustión.
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En esa hipótesis el fuego del infierno sería metafórico, que es lo contrario de lo que respondió la Sagrada Penitenciaría en el texto que cito en el "post", instruyendo que no se diese la absolución a los penitentes que sostuviesen pertinazmente el carácter metafórico y no real del fuego del Infierno.
Por eso tradicionalmente se conoce al fuego del infierno como "pena de sentido", lo cual hace referencia al dolor sensible que produce el fuego.
En la carencia de la visión de Dios se trata por el contrario de un dolor espiritual.
Saludos cordiales.
Bermúdez no está negando la existencia del castigo,el castigo está, y el juicio está y la gente se condena por sus pecados.Dios no es que mande gente al infierno, es que no puede salvarlos porque no obliga a nadie a salvarse y libremente se condenan.¿cual herejía?. Por ejemplo: Como he asesinado, entonces Dios desea mandarme al infierno, y dice Alejandro B. : no, Dios siempre va a querer salvarte. No entendéis el matiz.
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Dios no puede querer el mal moral o pecado ni directa ni indirectamente, sólo puede permitirlo.
Dios no puede querer directamente el mal físico, pero sí puede quererlo y lo quiere indirectamente, en la medida en que quiere bienes físicos o bienes morales que llevan consigo necesariamente esos males físicos.
Pero el castigo es un mal físico, no un mal moral. No es un pecado, al contrario, es un castigo justo, y por tanto, bueno, por el pecado.
Dios quiere que todos los hombres se salven, si responden al llamado de Dios con el arrepentimiento y las buenas obras. Y quiere que se condenen, si rechazan hasta el fin la misericordia divina.
Por otra parte, no tiene sentido reconocer que existen castigos y no reconocer que es Dios el que castiga.
¿Esos castigos son aplicados por alguien o por nadie? El que los aplica ¿tiene derecho a aplicarlos o no lo tiene? Si son castigos justos, es claro que el que los aplica tiene derecho a aplicarlos.
¿Y quién tiene derecho a castigar el pecado, que es ofensa a Dios? ¿Puede ser alguien distinto de Dios mismo? Es claro que no.
Saludos cordiales.
La cuestión de asociar "castigo" y culpa en todo caso la podrá hacer uno mismo si cree que en algún caso concreto se ha buscado los problemas que tiene.
No podremos decir que Dios no castiga nunca, entre otras cosas porque permite q las causas segundas actúen y si fumo puedo acabar con cáncer. Pero menos aún puede nadie decir a otro q lo que le pasa es castigo de Dios, porque no será más q un amigo de Job de los que Dios se queja.
Dejadlo en que Dios PUEDE castigar. Otra cosa es que quiera hacerlo en este mundo o más bien deje que la cizaña crezca para no cortar el trigo
Por lo demás TODO ES PARA BIEN DE LOS QUE AMAN Y SE SABEN AMADOS POR DIOS.
Y respecto al AT, la exegesis dirá que es literal y qué no. ¿paró Josue el sol?
Y tanto la ceguera de aquel ciego como todos los males de este mundo son para que se manifieste un bien mayor: es el misterio del mal, o de lo que nos parece mal. ¿castiga Dios a la cebra a que se la coma el león?
Creemos los cristianos q al final solo queda el amor. Esa es nuestra esperanza en Dios que creó el mundo por amor.
Saludos cordiales y seguiré leyendo sobre el tema cuando pueda, aunque tengo la impresión de que es una polémica asentada sobre malentendidos.
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Hemos dicho ya varias veces y hemos asentado en textos del Magisterio tanto que Dios castiga a veces en esta vida con diversos males físicos, como que no se puede decir que todo mal físico que sufre el hombre sea castigo de Dios, que era el error de los amigos de Job.
En cuanto a que de hecho Dios castiga en esta vida y no solamente puede hacerlo, remito al pasaje que cité de la "Indulgentiarum doctrina" de Pablo VI, que es muy claro al respecto. Es por lo menos Magisterio Ordinario de la Iglesia.
En cuanto a la cizaña, Dios nos dice que no la queramos cortar nosotros, que por nuestra torpeza podemos dañar con ella el trigo. Pero dicha torpeza no cabe afirmarla, obviamente, de Dios mismo, que puede por tanto perfectamente aplicar castigos en esta vida sin la menor injusticia.
No hay mejor exégesis de la Escritura que las definiciones dogmáticas del Magisterio de la Iglesia, y, con un grado menor de autoridad, las enseñanzas del Magisterio Ordinario.
En ese sentido, no se encontrará un Concilio Ecuménico o un Papa "ex cathedra" enseñando que Josué paró el Sol, como se encuentran Concilios Ecuménicos enseñando en solemnes profesiones de fe que Dios castiga, o definiendo en cánones con anatemas que la pena temporal por el pecado se ha de pagar en esta vida o en el purgatorio.
El mal no es solamente lo que nos parece mal, es el mal objetivo y real, la real carencia y privación de un bien exigido de algún modo por la naturaleza del sujeto.
Otra cosa es que Dios pueda sacar de ese mal algún bien.
Dios es Causa Primera directa y "per se" del bien que es la alimentación del león y la conservación suya y de su especie. Por eso mismo es Causa Primera indirecta, "per accidens", del mal físico que es el sufrimiento y la muerte de la cebra.
Pero no castiga a la cebra, porque ésta carece de razón y libre albedrío y por tanto no es responsable de sus actos.
La muerte de la cebra se integra en el orden de la Creación en la medida en que este orden está regido por las leyes naturales, mientras que el castigo del pecador se integra en el orden de la Creación en la medida en que este orden está regido por la ley moral, que es la que gobierna a las creaturas racionales.
Saludos cordiales.
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Como ya hemos dicho varias veces, es cierto que Dios no puede querer directamente el mal, pero Dios quiere indirectamente el mal físico que es el castigo, porque quiere directamente el bien moral que es ese mismo castigo, en tanto que por su medio se restablece el orden de la justicia.
En cuanto que Dios castiga, entiendo que está definido en el Credo del IV Concilio de Letrán, varias veces ya citado.
Es claro, por otra parte, que Dios no hace nada sin querer hacerlo. La palabra "deseo" no se aplica tan propiamente a Dios, porque tiene siempre algo de sensible que no cuadra a un puro Espíritu.
Por tanto, si es de fe que Dios castiga, es también de fe, aunque sea implícitamente, que Dios quiere castigar cuando castiga.
Saludos cordiales.
Y la opinión de la penitenciaría en un momento dado no creo que sea más dogmática q la condena de la teoría heliocentrica de Galileo, o la excomunión por ir a los toros. No se trata de intentar dilucidar el tipo de dolor del que se trata sino de q la conciencia de haber perdido a Dios es un sufrimiento semejante al fuego.
Qué más da que no lo sea literalmente. Lo de la penitenciaría tendrá su razón de ser en un momento dado. Pero no creo que sea un dogma ni veo la necesidad de que lo conviertan en dogma. NO lo harán porque no es posible que el magisterio se equivoque.
Saludos en Cristo.
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En cuando al limbo, sigue siendo una opción teológica viable para el caso de los que mueren con sólo el pecado original, supuesto que se den tales casos.
Lo que hoy día se dice acerca de la misericordia de Dios para con los niños que mueren sin bautismo en todo caso se aplica a niños a quienes se les ha borrado, por gracia de Dios, el pecado original antes de morir.
Es claro que si esto último se aplica universalmente a los niños que mueren sin bautismo, el apartado anterior quedaría sin casos concretos que lo ejemplifiquen.
Por otra parte, la pena de daño comporta dos aspectos: uno objetivo, que es el hecho mismo de haber perdido la visión de Dios, y otro subjetivo, que es la repercusión psicológica de esa pérdida.
El primero permanecería en el "limbo" de los que mueren con sólo el pecado original, y es gravísimo, por más que los afectados no tengan conciencia de ello.
El segundo se da solamente en quienes tienen conciencia del Bien inmenso que han perdido.
En cuanto a si el fuego es metafórico o no, la cuestión central es que la distinción entre pena de daño y pena de sentido forma parte de la enseñanza tradicional de la Iglesia, y quedaría totalmente eliminada si se reduce todo a la pena de daño como plantean los que quieren explicar el fuego del infierno por el dolor debido a la conciencia de haber perdido la visión de Dios.
Esa debe ser una de las razones de la Penitenciaría para responder que el fuego del infierno no es metafórico, porque un fuego espiritual sería más difícil de distinguir de las consecuencias psicológicas de la pena de daño, con lo cual desaparecería la pena de sentido.
En la doctrina católica se expone, con diversos grados de autoridad y certeza, sin duda, la verdad revelada por Dios, y por tanto, no es algo que dependa de tiempos y lugares.
Sin duda, no es dogma de fe, pero sería presunción de nuestra parte decir que no va poder serlo nunca, sobre la base de que el Magisterio se equivocaría si no siguiese nuestra opinión.
Saludos cordiales.
"Así pues, no hay que entender que literalmente hayan existido unas ciudades cuyo pecado atrajo esta forma tan violenta de reacción divina: «Dios no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y viva» (Ez 33,11; cfr. 18,22.32). Es la forma como el pueblo iba poco a poco formando su conciencia. Algo similar sucede con la mujer de Lot, convertida en estatua de sal sólo porque en su huida miró hacia atrás (26). Se trata del mismo fenómeno que produce el viento sobre los débiles montículos de arena y sal: los moldea caprichosamente, dando la impresión a distancia de personas en posición estática que hayan quedado petrificadas.
Por tanto, no hay que dar en ningún momento valor literal a estas narraciones, so riesgo de desvirtuar la imagen amorosa y misericordiosa de Dios, cuya preocupación fundamental es la vida, y la vida amenazada."
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Esto es un comentario escrito por alguien a una edición de la Biblia, o sea que su fuerza doctrinal es mínima, en el improbable caso de que tenga alguna.
Aquí estamos presentando textos del Magisterio Papal y Conciliar, en algunos casos de nivel solemne y definitorio.
Es más, lo que parece moldeado caprichosamente es sobre todo la exégesis que se plantea en este caso.
Cuando se dice que Dios no quiere la muerte del pecador, hay que entender eso ante todo de la muerte espiritual y eterna, que es la que importa a la luz de la Escritura tomada en su conjunto.
Y todavía hay que precisar bastante: no la quiere independientemente del pecado impenitente con que el condenado se la merece, y si la miramos como castigo por ese pecado, no la quiere directamente, sino sólo indirectamente, en tanto es un mal, la quiere directamente, en tanto es un bien, es decir, en la medida en que es justa.
Saludos cordiales.
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Ya hemos dicho varias veces que al mal físico ni Dios ni nadie en general puede quererlo ni causarlo directamente, porque es un no ser, una privación de ser y de bien.
Pero sí puede ser querido y causado indirectamente, "per accidens", en la medida en que es querido y causado directamente un bien que es incompatible con otro bien, de tal modo que provoca la destrucción de este último bien, y de ese modo, el mal físico correspondiente.
Por ejemplo, la alimentación del león es un bien, pero lleva consigo inseparablemente el sufrimiento y la muerte de la gacela.
Así el mal físico sí puede tener y tiene causa eficiente, y así, indirectamente, Dios es Causa Eficiente Primera del mal físico.
Dios puede querer indirectamente el mal físico, porque éste se opone siempre a un bien creado, que es aquel que al ser destruido por otro bien, da lugar al mal.
Dios puede preferir entonces a ese bien creado que se destruye la manifestación de la gloria divina en el orden del Universo, que incluye tanto bienes como males físicos.
En cambio, el mal moral o pecado no se opone solamente a un bien creado, sino al mismo Bien divino, pues el pecado es ofensa a Dios y va directamente contra la gloria de Dios en tanto que ésta ha de manifestarse en las creaturas racionales.
Dios no puede preferir nada a su propio Honor y Gloria, y por eso es que no puede querer ni siquiera indirectamente el mal moral o pecado, sino solamente permitirlo, en orden a un bien mayor del cual Él solo es juez.
Así que eso de la permisión divina del mal se aplica solamente al mal moral o pecado, no a los males físicos, que son queridos indirectamente por Dios, del modo ya dicho.
Saludos cordiales.
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Si, hablando en general y sin señalar a nadie en particular, afirmamos que una enfermedad puede ser un castigo divino estamos en consonancia con la Revelación divina, que es como debemos estar los cristianos.
La verdad revelada con Dios la debemos conocer y trasmitir con toda la exactitud posible, para eso fue revelada. Si no hacemos eso sí que vamos a poner en su lugar nuestros propios puntos de vista.
El castigo divino no siempre viene de la misericordia, pues a veces tiene como finalidad solamente la justa retribución por los pecados, como sucede en el infierno.
Saludos cordiales.
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Edité las partes impertinentes.
No se trata de un discurso formal, sino de la verdad revelada por Dios, la diferencia es muy importante.
Es doctrina de fe que las enfermedades pueden ser un castigo de Dios por nuestros pecados, y eso es lo que se estaba discutiendo en este foro, donde muchísimas veces se hizo además la aclaración de que eso no podía aplicarse a todas las enfermedades y que por tanto no podemos nosotros decir de una enfermedad particular que es un castigo de Dios.
Incluso tengo publicado y comentado aquí mismo un extenso pasaje de la "Salvifici Doloris" de Juan Pablo II donde se insiste en ese sentido.
Saludos cordiales.
Hemos estado discutiendo varias cosas distintas al mismo tiempo, así que conviene desligar los temas:
1) Si Dios castiga o no.
2) Si Dios castiga en el Infierno con fuego eterno.
3) Si el fuego del Infierno es real o metafórico.
4) Si Dios castiga en esta vida.
5) Si lo hace alguna vez por medio de las enfermedades y sufrimientos.
1) Si Dios castiga o no.
Entiendo que es dogma de fe por el IV Concilio de Letrán que Dios castiga en el infierno con penas eternas.
Profesión de fe del Cuarto Concilio de Letrán (XII Ecuménico) (año 1215).
“…vendrá al fin del mundo, a juzgar a los vivos y a los muertos, y a dar a cada uno según sus obras, tanto a los réprobos como a los elegidos: y todos estos resucitarán con sus propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, buenas o malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno (poenam perpetuam); y éstos, con Cristo, gloria sempiterna.”
Aquí se define, en efecto, que Cristo dará a los malos según sus obras, de tal modo, que éstos recibirán según sus obras el castigo eterno.
Eso equivale a decir que Cristo dará el castigo o castigará a los réprobos.
La proposición “Dios no castiga” contradice a esta definición, porque al menos hay que entenderla en el sentido de que Dios no castiga nunca de hecho, y que por tanto, tampoco lo hará el último día.
Y según eso, es herética.
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En cuanto a la “pena de daño”, dice el P. Pozo en “Teología del más allá”:
“Es de fe que los condenados padecen pena de daño (constitución “Benedictus Deus”, en la que la visión de Dios aparece como elemento esencial constitutivo del estado de los bienaventurados); teniendo en cuenta que el infierno es eterno (Concilio IV de Letrán) y que la visión de Dios suprimiría el infierno, hay que decir que está implícitamente definido que la pena de daño es también eterna.” (p. 452).
“Aunque no existe una definición explícita sobre ello, hay que afirmar, por el modo de hablar de los documentos y por el mismo magisterio ordinario, que así se ha expresado durante tantos siglos, que es de fe que la pena de daño y la pena de sentido son realmente distintas, es decir, que no se puede reducir la pena de sentido a la mera aflicción psicológica que provendría de la privación de la visión de Dios”. (p. 453)
2) Si Dios castiga en el Infierno con fuego eterno.
Entiendo que también es dogma de fe por el Símbolo Quicumque.
“(…) desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos, y a su venida todos los hombres han de resucitar con sus cuerpos y dar cuenta de sus propios actos, y los que obraron bien, irán a la vida eterna; los que mal, al fuego eterno. Ésta es la fe católica y el que no la creyere fiel y firmemente no podrá salvarse.”
Dice en nota al pie en “El Magisterio de la Iglesia” de Denzinger:
“…este Símbolo alcanzó tanta autoridad en la Iglesia, lo mismo occidental que oriental, que entró en el uso litúrgico y ha de tenerse por verdadera definición de fe.”
El R.P. Pozo, en “Teología del más allá”, entiende que allí se define la existencia de la pena de sentido:
“Es también de fe la existencia y eternidad de la pena de sentido (Símbolo Quicumque).” (p. 452).
3) Si el fuego del Infierno es real o metafórico.
Entiendo que es Magisterio Ordinario de la Iglesia que es un fuego real y no metafórico. Véase la carta del Papa Pelagio I al rey Childeberto y la respuesta de la Sagrada Penitenciaría citados en el "post".
4) Si Dios castiga en esta vida.
Entiendo que la existencia, o al menos, la posibilidad, de castigos por el pecado en esta vida es dogma de fe por los cánones 13 y 30 del Concilio de Trento, y que por tanto la negación de esa proposición es herejía:
Concilio de Trento (XIX ecuménico) Cánones sobre la justificación (año 1547)
“Canon 30. Si alguno dijere que después de recibir la gracia de la justificación, de tal manera se le perdona la culpa y se le borra el reato de pena eterna a cualquier pecador arrepentido, que no queda reato alguno de pena temporal que haya que pagarse o en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la entrada en el reino de los cielos, sea anatema.”
Se condena la proposición que dice que a cualquier pecador arrepentido se perdona la culpa de tal manera…etc.
De modo que lo definido es que no a cualquier pecador arrepentido se le perdona la culpa de tal manera que no quede reato de pena temporal que pagar en este mundo o en el otro.
Se define por tanto que hay casos en que queda una pena temporal por el pecado que hay que pagar en este mundo o en el otro.
Por tanto, se define al menos la posibilidad de que haya una pena temporal por el pecado que se pague en esta vida.
“Pena” ya vimos que significa “castigo”.
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¿Ese castigo viene de Dios? Veamos el canon 13 de Trento:
“Canon 13. Si alguno dijere que en manera alguna se satisface a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo, ni con las penas que Dios nos inflige y nosotros sufrimos pacientemente o con las que el sacerdote nos impone, pero tampoco con las espontáneamente aceptadas, como ayunos, oraciones, limosnas o también otras obras de piedad, y que por lo tanto la mejor penitencia es solamente una nueva vida, sea anatema.”
En cuanto al tema que nos interesa, aquí se condena la proposición que dice que no se satisface a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo con las penas que Dios nos inflige y nosotros sufrimos pacientemente.
La proposición definida entonces es que se satisface a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo con las penas que Dios nos inflige y nosotros sufrimos pacientemente.
Es claro que esas penas que Dios nos inflige son penas temporales, en esta vida o en el Purgatorio, porque está hablando de la satisfacción por la pena temporal debida por el pecado.
Eso se puede entender de dos maneras:
1) Si Dios nos inflige penas y nosotros las sufrimos pacientemente, satisfacemos a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo.
2) Dios nos inflige penas, de tal modo que, si las sufrimos pacientemente, satisfacemos a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo.
En el segundo caso estaría definido que de hecho Dios nos inflige tales penas, pero en el primer caso, estaría definida al menos la posibilidad de que Dios nos inflija penas, para que demos satisfacción a la pena temporal por nuestros pecados.
Nada en el canon exige restringir esas penas al Purgatorio en la otra vida, más bien el canon 30 deja abierta la posibilidad de que debamos padecerlas en esta vida.
La proposición que dice, por tanto, que Dios no inflige penas, es decir, no castiga, en esta vida, al menos si se entiende como negando la posibilidad de que lo haga, es herética.
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En cuanto a la tesis que dice que de hecho Dios nos inflige penas en esta vida para satisfacer por la pena temporal debida por nuestros pecados, entiendo que es por lo menos Magisterio Ordinario de la Iglesia.
Por ejemplo, el Papa Pablo VI en la “Indulgentiarum doctrina”:
“2. Según nos enseña la divina revelación, las penas son consecuencia de los pecados, infligidas por la santidad y justicia divinas, y han de ser purgadas bien en este mundo, con los dolores, miserias y tristezas de esta vida y especialmente con la muerte, o bien por medio del fuego, los tormentos y las penas catharterias en la vida futura. Por ello, los fieles siempre estuvieron persuadidos de que el mal camino tenía muchas dificultades y que era áspero, espinoso y nocivo para los que andaban por él.”
Es clara aquí la enseñanza papal de que se trata de penas, es decir, castigos, que son consecuencias por el pecado y que son infligidas por la santidad y la justicia divinas. Por tanto, se enseña aquí que Dios castiga en esta vida con los sufrimientos y especialmente con la muerte.
Esta enseñanza, entonces, es por lo menos “doctrina católica”, y su negación, “error en doctrina católica”.
El Papa dice que las penas temporales por el pecado, cuando se dan en este mundo, consisten en los dolores, miserias y tristezas de esta vida, y especialmente, la muerte.
De ahí no se sigue, ni lo dice el Papa, que siempre los dolores, miserias y tristezas de esta vida, y la muerte misma, sean pena temporal debida por el pecado, es decir, sean castigo de Dios.
5) Si Dios castiga en esta vida alguna vez mediante las enfermedades y sufrimientos.
Es claro que esto es por lo menos Magisterio Ordinario de la Iglesia, por el texto citado de Pablo VI en la “Indulgentiarum doctrina”.
En efecto, los dolores, miserias y tristezas de esta vida incluyen obviamente las enfermedades, y además, si la muerte misma puede ser infligida por Dios como pena temporal por el pecado, mucho más la enfermedad, que siempre va a ser menos grave que la muerte misma.
Como ya se dijo, eso no quiere decir que siempre los sufrimientos y la enfermedad sean castigo por el pecado.
Se trata entonces, en la afirmación que dice que Dios castiga en esta vida alguna vez mediante las enfermedades y sufrimientos, por lo menos de “doctrina católica”, de modo que su negación es por lo menos “error en doctrina católica”.
Saludos cordiales.
Hablando del proceso de redacción de la Constitución Dogmática “Lumen Gentium” del Concilio Vaticano II, en la parte en que se hace referencia al infierno, dice el R. P. Cándido Pozo en “Teología del más allá”:
“(…) es interesante que, con motivo de la petición de un Padre que deseaba una declaración de que hay condenados de hecho (para que el infierno no permaneciera con un sentido de mera hipótesis), la Comisión teológica insistiera en la forma gramatical futura (y no condicional) que poseen los textos evangélicos que se aducen en el número 48 al hablar del infierno. Esta respuesta de la Comisión teológica excluye una interpretación meramente hipotética del infierno.” (p. 555).
Se refiere a este pasaje de la "Lumen Gentium":
"Y como no sabemos el día ni la hora, es necesario, según la amonestación del Señor, que velemos constantemente, para que, terminado el único plazo de nuestra vida terrena (cf. Hb 9, 27), merezcamos entrar con El a las bodas y ser contados entre los elegidos (cf. Mt 25, 31-46), y no se nos mande, como a siervos malos y perezosos (cf. Mt 25, 26), ir al fuego eterno (cf. Mt 25, 41), a las tinieblas exteriores, donde «habrá llanto y rechinar de dientes» (Mt 22, 13 y 25, 30). Pues antes de reinar con Cristo glorioso, todos debemos comparecer «ante el tribunal de Cristo para dar cuenta cada uno de las obras buenas o malas que haya hecho en su vida mortal» (2 Co 5, 10); y al fin del mundo «saldrán los que obraron el bien para la resurrección de vida; los que obraron el mal, para la resurrección de condenación» (Jn 5, 29; cf. Mt 25, 46)."
Los verbos en futuro son "habrá" (llanto y rechinar de dientes) y "saldrán" (los que obraron el mal, para la resurrección de condenación).
Aclara el P. Pozo:
“(…) las explicaciones de las Comisiones constituyen la interpretación oficial del texto. Son así presupuesto de las votaciones. Todo padre conciliar disconforme con el texto así interpretado debe votar simplemente: “non placet”; pues lo que se trata de aprobar o no en un concilio es siempre un texto oficial.” (p. 455).
Y continúa:
“Distingamos dos cuestiones diferentes. Una cosa es que la Iglesia no pueda hacer una especie de canonización al revés, declarando que tal hombre concreto se ha condenado de hecho (la infalibilidad en canonizar tiene unos fundamentos que no pueden aplicarse en línea de condenación), y otra cuestión es si puede declarar el sentido real existencial de unas formulaciones gramaticalmente futuras, de la Escritura". (p. 456).
Saludos cordiales.
Así, cuando nos premia inmerecidamente prorrumpimos alborozados:¡Gracias Dios mío!.
Pero cuando nos castiga merecidamente, no falta quien tenga la ocurrencia de sostener que no, que no es castigo, porque "Dios es Amor".
Así de "coherentes" somos.
Que la Lógica nos valga para entender que los propios intereses, a veces, obnubilan la razón.
En cuanto a las aclaraciones del blogger, sigue siendo el problema el mismo de siempre: el término castigo y su significado. Porque aquí nadie ha dicho nada en contra de la pena de resto y otras términos similares.
Ocurre q viendo yo como vd la necesidad de una transformación purificadora, vd puede considerar el mismísimo purgatorio un castigo y yo no. Me encanta el purgatorio, lo considero una demostración más del Amor transformador de Dios q nos purifica. No veo por qué voy a tener que considerarlo un castigo.
Y menos teniendo en cuenta que la noción humana de castigo es una mezcla de justicia conmuta ti va y venganza con orden debidamente autorizada.
Ya sabemos que no se trata de eso, pues entonces no hay por qué llamarla igual si preferimos no hacerlo.
Gracias por poner las citas de Trento porque compruebo q ni A B ni ninguno de los que creemos q no es aconsejable dar la impresión de ser falsos amigos de Job o calvinistas no estamos anatemizados para nada.
Sigo creyendo que hay mucho malentendido.
Saludos cordiales
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Su intervención tiene el mérito de recordar la necesidad de definir “castigo” para poder discutir si Dios castiga o no castiga.
La definición de “castigo divino" es la siguiente:
Un mal físico, infligido por Dios a la creatura racional en pena por sus pecados, con la finalidad de restablecer el orden de la justicia, perturbado por ese pecado, y además, si se trata de las penas de esta vida o del Purgatorio, de mover al ser humano a la conversión o de purificarlo de los restos de sus culpas, respectivamente.
Así entendido, entiendo yo que es de fe definida por el Concilio IV de Letrán que Dios castiga, cuando dice en su Profesión de Fe que Jesucristo
“…vendrá al fin del mundo, a juzgar a los vivos y a los muertos, y a dar a cada uno según sus obras, tanto a los réprobos como a los elegidos: y todos estos resucitarán con sus propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, buenas o malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno (poenam perpetuam); y éstos, con Cristo, gloria sempiterna.”
Aquí dice que Jesucristo, en el Juicio final, va a dar a cada uno según sus obras, y que lo que van a recibir los réprobos entonces, y que por tanto Él les va a dar, es la “pena perpetua” por sus pecados.
Por tanto, tenemos que a los condenados en el infierno se les aplica una pena, es decir, un mal físico, que sabemos por la Revelación que en el caso de la pena de daño es la pérdida de la visión de Dios, y en el caso de la pena de sentido es el fuego eterno.
Tenemos que esa pena se aplica al condenado en retribución por sus pecados.
Tenemos que la finalidad de esa pena es restablecer el orden de la justicia, porque es justamente en su carácter de Juez que el Señor la administra al réprobo por sus culpas, y además en este caso ni siquiera puede pensarse en la conversión ni en la purificación.
Y tenemos que es Dios, es decir, Jesucristo Nuestro Señor, el que aplica esa pena a los condenados.
O sea, tenemos que aquí se cumple con la definición de “castigo” arriba dada y que por tanto se define como verdad de fe que Dios castiga a los condenados en el infierno, en lo cual va incluido que Dios castiga.
De modo que negar que Dios castiga, en el sentido definido arriba, es herejía.
Por la misma razón entiendo que es de fe definida por Trento que en esta vida y en el Purgatorio se sufre o se puede sufrir castigos de parte de Dios en pago de la pena temporal debida a nuestros pecados:
Canon 30: “Si alguno dijere que después de recibir la gracia de la justificación, de tal manera se le perdona la culpa y se le borra el reato de pena eterna a cualquier pecador arrepentido, que no queda reato alguno de pena temporal que haya que pagarse o en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la entrada en el reino de los cielos, sea anatema.”
Canon 13: "Si alguno dijere que en manera alguna se satisface a Dios por los pecados en cuanto a la pena temporal por los merecimientos de Cristo, ni con las penas que Dios nos inflige y nosotros sufrimos pacientemente o con las que el sacerdote nos impone, pero tampoco con las espontáneamente aceptadas, como ayunos, oraciones, limosnas o también otras obras de piedad, y que por lo tanto la mejor penitencia es solamente una nueva vida, sea anatema.”
Aquí tenemos de nuevo una pena, es decir, un mal físico, infligido por Dios, con la finalidad de “pagar” y “satisfacer” por nuestros pecados, o sea, de restablecer el orden de la justicia, lo cual no quita que en este caso sí tenga además una finalidad de conversión o purificación, según que se aplique en esta vida o en el Purgatorio.
O sea, que aquí también se cumple con la definición de “castigo” y que por tanto es de fe definida por Trento que Dios castiga en el Purgatorio y al menos que Dios puede castigar también en esta vida.
Por eso entiendo que la tesis que dice que Dios no castiga, en el sentido dicho, en el Purgatorio ni puede hacerlo, al menos, en esta vida, es herejía.
Saludos cordiales.
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Sería bueno tuvieses la caridad de advertir a tus (futuros) deudos que no se molesten en pedir misas por tu alma...
(Desconecto Modo Irónico)
Estimada "Ult", como bien te ha explicado Néstor, si Dios te castiga y a tí "te encanta", estás desafiando a Dios y te caben los anatemas. Porque Dios, que te ha creado, sabe bien cómo castigarte para que a tí no "te encante".
Yo no soy teólogo y no sé si lo que has dicho es blasfemia o herejía. Pero bonito, no es. Menos que menos, católico.
Mejor cuidar las palabras.
"En su Misa en Casa Santa Marta, Francisco pidió a los cristianos que condenen la corrupción, pero que también recen para que los corruptos cambien de vida.
PAPA FRANCISCO
"Cuando leemos en los periódicos que este es un corrupto, y que ese otro también, que ha cometido un acto corrupto, y que la comisión ilegal va de aquí para allá... Y tantas cosas, también de algunos prelados... Como cristianos nuestro deber es pedir perdón por ellos y pedir que el Señor les dé la gracia de arrepentirse para que no mueran con el corazón corrupto, porque si no los perros del infierno se beberán su sangre”.
Francisco señaló que la única salida para un político, empresario o prelado corrupto es "pedir perdón” y devolver todo lo robado.
EXTRACTO DEL HOMILÍA DEL PAPA
Fuente: Radio Vaticana
"Esta es la definición: ¡es una mercancía! Luego que es lo que el Señor va a hacer con los corruptos, cualquiera que sea la corrupción... Ayer dijimos que había tres tipos, tres grupos: el político corrupto, el empresario corrupto y el eclesiástico corrupto. Los tres dañan a los inocentes, a los pobres, ¡porque son los pobres los que pagan la fiesta de los corruptos! La cuenta va a ellos. El Señor dice claramente lo que va a hacer: "yo haré caer sobre ti un desastre y acabaré contigo. Exterminaré de Acab todo varón, esclavo u hombre libre en Israel”.
"El corrupto irrita y hace pecar al pueblo de Dios!" Jesús, dijo el Papa, lo dijo claramente: el que «hace escándalo es mejor que se tire al mar," el corrupto "escandaliza a la sociedad, escandaliza al pueblos de Dios. El Señor anuncia el castigo de los corruptos"
"¡Son traidores los corruptos, mucho más! Lo primero, la definición de corrupto: uno que roba, uno que mata. La segunda cosa: ¿qué es lo que se les espera a los corruptos? Esta es la maldición de Dios, porque han explotado a los inocentes, a los que no pueden defenderse a sí mismos y lo han hecho con guantes blancos, de lejos, sin ensuciarse las manos. La tercera cosa, ¿pero hay una salida, una puerta de salida para los corruptos? ¡Sí! "Cuando oyó estas palabras, Acab de rasgó las vestiduras, vistió con un saco su cuerpo, y ayunó. Dormía con la arpillera puesta, y caminaba con la cabeza baja. Empezó a hacer penitencia"."
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Fijémonos que el Papa habla de lo que el Señor va a hacer con los corruptos, y no solamente de cómo el Señor va a observar las consecuencias que los actos de los corruptos tienen para los corruptos mismos.
Habla también del "castigo", y de la "maldición de Dios" sobre los corruptos.
Saludos cordiales.
Sobre el fuego del Infierno según el Diario de la Divina Misericordia, el fuego proviene de la Ira de Dios.
El primer tormento que constituye el infierno, es la pérdida de Dios; el segundo, el continuo remordimiento de conciencia; el tercero, aquel destino no cambiará jamás; el cuarto tormento, es el fuego que penetrará al alma, pero no la aniquilará, es un tormento terrible, es un fuego puramente espiritual, incendiado por la ira divina; el quinto tormento, es la oscuridad permanente, un horrible, sofocante olor; y a pesar de la oscuridad los demonios y las almas condenadas se ven mutuamente y ven todos el mal de los demás y el suyo; el sexto tormento, es la compañía continua de Satanás; el séptimo tormento, es una desesperación tremenda, el odio a Dios, las imprecaciones, las maldiciones, las blasfemias. Estos son los tormentos que todos los condenados padecen juntos, pero no es el fin de los tormentos. Hay tormentos particulares para distintas almas, que son los tormentos de los sentidos: cada alma es atormentada de modo tremendo e indescriptible con lo que ha pecado. Hay horribles calabozos, abismos de tormentos donde un tormento se diferencia del otro. Habría muerto a la vista de aquellas terribles torturas, si no me hubiera sostenido la omnipotencia de Dios. Que el pecador sepa: con el sentido que peca, con ése será atormentado por toda la eternidad. Lo escribo por orden de Dios para que ningún alma se excuse diciendo que el infierno no existe o que nadie estuvo allí ni sabe cómo es.
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En cuanto a si el fuego el infierno es material o espiritual, la mayoría de los teólogos del pasado han sostenido que es de naturaleza material, si bien de especie distinta del fuego que conocemos nosotros.
Hay un sufrimiento que es como la repercusión psicológica de la pérdida de la visión de Dios, que es parte de la pena de daño, más bien, y que ese sí se podría denominar metafóricamente "fuego", pero es distinto del fuego de la pena de sentido.
En cuanto a los detalles sobre cómo será el infierno, la Revelacion da pocos datos fuera de lo esencial: pérdida de la visión de Dios y fuego, por toda la eternidad.
Las revelaciones privadas, por su parte, no obligan a la fe de los fieles.
Saludos cordiales.
Antonella Palermo, de «Radio Vaticana».
(…)
--¿Qué es el castigo en la lógica de Dios?
--Cardenal Ratzinger: Dios no nos hace el mal; ello iría contra la esencia de Dios, que no quiere el mal. Pero la consecuencia interior del pecado es que sentiré un día las consecuencias inherentes al mal mismo. No es Dios quien nos impone algún mal para curarnos, pero Dios me deja, por así decirlo, a la lógica de mi acción y, dejado a esta lógica de mi acción, soy ya castigado por la esencia de mi mal. En mi mal está implicado también el castigo mismo; no viene del corazón, viene de la lógica de mi acción, y así puedo entender que he estado en oposición con mi verdad, y estando en oposición con mi verdad estoy en oposición con Dios, y debo ver que la oposición con Dios es siempre autodestructiva, no porque Dios me destruya, sino porque el pecado destruye.
(…)
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Entiendo que una entrevista a un cardenal no es un acto de Magisterio, al menos de Magisterio que sea vinculante para los fieles. Por el contrario, los textos que he citado son de Magisterio eclesiástico y algunos de Magisterio solemne, es decir, definitorio.
Saludos cordiales.
(Sab 12, 1-2; 12,18)
Y a Dios le parecerá muy bien que sea agradecida y q crea que todo es para nuestro bien.
Y como también me encanta la comunión de los Santos, no sólo rezo por vivos y difuntos, sino que me parece muy bien que recen por mí.
Otro regalo de Dios.
Saludos
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En mi respuesta me refería a que Dios es autor indirecto y "per accidens" del mal fisico, y por tanto, del castigo en tanto que es un mal físico. No se trata de querer sacar un bien mayor, que es otro tema, sino de que ciertos bienes llevan consigo necesariamente males, al ser incompatibles con otros bienes, como la alimentación del león es incompatible con la vida del ciervo y por tanto lleva consigo necesariamente la muerte del ciervo. Dios es entonces Causa Primera de la muerte del ciervo, que es un mal, en forma indirecta, "per accidens", porque es Causa Primera directa y "per se" de la alimentación del león, que es un bien.
Hay que recordar aquí la doctrina fundamental que dice que el ser es bueno y que el mal es un no ser, es decir, la carencia de un ser, y por tanto, de un bien, que algo debería tener en virtud de su naturaleza.
Por ejemplo, la ceguera es un mal porque es carencia de la vista, que ciertos animales tienen que tener naturalmente.
Un cáncer no es un mal en sí mismo considerado, porque es algo, y el mal nunca es algo, sino que es una privación de algo, como la ceguera. Lo malo del cáncer es un no ser: su falta de adecuación, por así decir, con el resto del organismo, con su buen funcionamiento y en definitiva con su vida.
En tanto que es algo, que es un ser, el cáncer es producido por causas segundas, que intenta conocer la medicina. Pero toda causa segunda produce algo en tanto movida por la Causa Primera. Por tanto, Dios es Causa Primera directa y "per se" del cáncer en la medida en que dicho cáncer es algo, es un ser, y por tanto, un bien.
Lo que el cáncer tiene de malo, que es esa falta de armonía con el organismo que antes dijimos, Dios lo causa indirectamente y "per accidens", como hemos dicho, como Causa Primera de la cual depende toda acción de las causas segundas.
La permisión divina se aplica solamente a aquel mal que no puede ser querido por Dios ni "per se" ni "per accidens", es decir, ni directa ni indirectamente, porque no se opone a un bien creado, sino al mismo Bien divino, y que es el pecado o mal moral, que es ofensa a Dios.
Saludos cordiales.
Cat. 400 La armonía con la creación se rompe; la creación visible se hace para el hombre extraña y hostil (cf. Gn 3,17.19). A causa del hombre, la creación es sometida "a la servidumbre de la corrupción" (Rm 8,21). Por fin, la consecuencia explícitamente anunciada para el caso de desobediencia (cf. Gn 2,17), se realizará: el hombre "volverá al polvo del que fue formado" (Gn 3,19). La muerte hace su entrada en la historia de la humanidad (cf. Rm 5,12).
402. Todos los hombres están implicados en el pecado de Adán. San Pablo lo afirma: "Por la desobediencia de un solo hombre, todos fueron constituidos pecadores" (Rm 5,19): "Como por un solo hombre entró el pecado en el mundo y por el pecado la muerte y así la muerte alcanzó a todos los hombres, por cuanto todos pecaron..." (Rm 5,12).
403 Siguiendo a san Pablo, la Iglesia ha enseñado siempre que la inmensa miseria que oprime a los hombres y su inclinación al mal y a la muerte no son comprensibles sin su conexión con el pecado de Adán y con el hecho de que nos ha transmitido un pecado con que todos nacemos afectados y que es "muerte del alma" (Concilio de Trento: DS 1512)
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El punto central aquí es que no puede haber ser y bien, fuera de Dios, que no sea causado por Dios. Admitir una sola partícula de realidad fuera de Dios que no dependa de Dios para existir, nos llevaría a decir lógicamente lo mismo de todo ente finito, o sea, al ateísmo. Porque un eventual “dios” del que el universo de los entes finitos no depende para existir, no es Dios.
Y como el mal físico es una carencia de ser y de bien, causada indirectamente por la producción de algún otro ser y bien incompatible con el primero, es inevitable concluir que Dios es Causa Primera indirecta y “per accidens” de todo mal físico, porque es Causa Primera directa y “per se” de todo ser y bien distinto de Dios mismo.
Con el pecado original sucede en el fondo lo mismo que con cualquier acción de la creatura que da lugar al mal físico. Ningún agente, ni Dios ni la creatura, quiere ni produce directamente el mal, sino sólo indirectamente, del modo dicho, al querer y producir directamente algún bien (bien aparente, en el caso del mal moral o pecado). El mal, enseña Santo Tomás, deriva de un defecto en la acción del agente, o en aquel que recibe esa acción.
Del primer modo solamente la creatura puede producir el mal, porque sólo ella es un agente defectible. Y eso sucede en el mal moral o pecado. A este mal Dios solamente lo permite, no lo produce ni lo quiere de ningún modo.
Del segundo modo también Dios es autor indirecto y “per accidens”, del mal, en cuanto produce directamente un bien que al ser incompatible con otro bien, priva del mismo al sujeto que recibe la acción divina.
En el pecado original, entonces, tenemos dos cosas: el pecado mismo, que es un mal moral, y las consecuencias de ese pecado, que incluyen algunos males físicos, como son el sufrimiento y la muerte.
Respecto de lo primero, la única causa es la creatura, que actúa desordenadamente, es decir, en oposición a la ley divina. Respecto de lo segundo, la creatura es causa segunda indirecta y “per accidens”, Dios es Causa Primera, también indirecta y “per accidens”, como se ha dicho.
Adán, entonces, es origen del sufrimiento y la muerte para la humanidad, porque es por su pecado que entraron en el mundo esos males físicos.
En tanto que dependen de una falla (libre) en la acción de algún agente, él es la causa primera de esos males; en tanto que consisten en una privación que afecta a algún sujeto, esos males físicos tienen por causas segundas a todas las creaturas que intervienen en su producción, y a Dios como Causa Primera indirecta, como se ha dicho.
Saludos cordiales.
El hecho es que “herejía” no es solamente la negación de un dogma de fe definido, sino también la negación de una verdad enseñada por el Magisterio ordinario y universal de la Iglesia.
Es decir, es la negación de un “dogma de fe” en sentido amplio, que incluye, tanto el dogma de fe definido por el Papa “ex cathedra” o por el Concilio Ecuménico, como lo enseñado por el magisterio ordinario y universal de la Iglesia.
¿Qué pasa con las profesiones de fe de los Concilios Ecuménicos? En su libro “La fe y la teología”, Congar hace dos afirmaciones que nos interesan:
1) Algunas de esas profesiones de fe se equiparan a las definiciones dogmáticas. Cita la del Concilio de Florencia y la profesión de fe del Papa Pío IV al final del Concilio de Trento.
2) Los capítulos de los concilios, es decir, la parte que no incluye los cánones con los anatemas, no son definiciones dogmáticas, sino magisterio ordinario y universal.
Aclara además que los cánones con anatema no son necesariamente definiciones dogmáticas, pues de suyo sólo significan la excomunión del que sostenga esas tesis, en cada caso, es el contexto y las deliberaciones de los Padres conciliares acerca del punto en cuestión lo que permite establecer si se define un dogma o no.
Y que las definiciones dogmáticas han de entenderse en el sentido más estricto e incluso, restrictivo, posible.
Entiendo que si se puede decir que los capítulos de un Concilio Ecuménico son magisterio ordinario y universal, con más razón, si cabe, se puede decir lo mismo de las profesiones de fe de los Concilios Ecuménicos.
Y que entonces lo que las contradice es, de todos modos, herejía.
Otra cosa que se puede decir es que la proposición “Dios castiga” no está explícitamente en la profesión de fe del IV Concilio de Letrán.
Nos parece que ahí hay que distinguir entre el implícito formal y el implícito virtual. La diferencia es que para explicitar el segundo hace falta un verdadero razonamiento, y por tanto, se trata de una nueva verdad, distinta de la que está explícitamente afirmada. Mientras que para explicitar el primero hace falta solamente una aclaración de términos, lo cual no constituye un auténtico razonamiento, y entonces, se trata de la misma verdad.
Entiendo que para pasar de “Dios da a los impíos según sus obras, y éstos reciben el castigo según sus obras” a “Dios castiga a los impíos” hay que acudir solamente a un principio que dice que “Lo que se le da a alguien es lo mismo que ese alguien recibe”, y a una explicación de términos que dice que “Dar el castigo a alguien es castigar”.
No vemos que ahí se esté introduciendo una nueva verdad, sino solamente una aclaración de términos y una verdad evidente que sale de los solos significados de “dar” y “recibir”.
Por eso nos parece que la expresión “Dios castiga” está formalmente incluida en el texto de la profesión de fe, si bien en forma implícita, no explícita, obviamente.
Por otra parte, esa expresión que dice que Jesucristo al fin de los tiempos va a dar a cada uno según sus obras, y que figura originalmente en boca del mismo Señor en los Evangelios ("el Hijo del Hombre ha de venir en la gloria del Padre con los santos ángeles, para dar a cada uno según sus obras" Mt. 16,27), parece claro que ha formado parte del Magisterio de la Iglesia de todos los tiempos.
Saludos cordiales.
Saludos.
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Veo que no me ha leído correctamente. Dios no es causa del pecado porque al mal moral, que es ofensa a Dios mismo, no puede quererlo, ni por tanto, tampoco causarlo, ni directa ni indirectamente. Sólo puede permitirlo, que es otra cosa totalmente distinta.
Es distinto el caso del el mal físico, que incluye por ejemplo el sufrimiento. Todo mal físico y todo sufrimiento es producido accidentalmente al producirse algún bien. El bien del microbio o la bacteria provoca el sufrimiento y la enfermedad en otro ser vivo, por ejemplo.
Por tanto, si el mal físico no es querido ni causado por Dios de ninguna manera, quiere decir que tampoco es querido ni causado por Dios de ninguna manera el bien opuesto, que produce accidentalmente ese mal.
Y entonces Dios ya no es Dios, porque hay algún bien y algún ser finito que no procede de Él.
Saludos cordiales.
Saludos.
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Sin duda, pero la acción de las creaturas siempre tiene como Causa Primera directa, Causa Primera indirecta, o al menos, condición, la acción del Creador.
Una "condición" es aquello que no produce ni causa a otra cosa, pero sin lo cual tampoco esa otra cosa sería posible. Por ejemplo, para que se pueda leer es necesario que haya luz, pero la luz no es causa de la lectura.
El obrar sigue al ser, y como nuestro ser lo tenemos continuamente en dependencia de Dios, así también nuestro obrar, pero de diverso modo según que nuestro obrar sea bueno o malo, y según que produzca algo bueno o algo malo.
Si el obrar de las creaturas es bueno, tiene a Dios como Causa Primera directa, "per se". Si es defectuoso, tratándose de una creatura irracional, entonces es un mal físico, y tiene a Dios como Causa Primera indirecta, "per accidens".
Si el obrar de una creatura produce algo bueno en ella misma o en otra creatura, eso bueno producido también tiene a Dios como Causa Primera directa y "per se". Si produce algún mal físico en la creatura misma o en otra, ese mal físico tiene a Dios como Causa Primera indirecta, "per accidens".
Y finalmente, si hay un defecto en el obrar de la creatura racional como tal, o sea, en tanto obrar libre que depende de la razón, es un mal moral o pecado, y entonces Dios no es causa de ese mal de ninguna manera, ni directa ni indirecta, pero sí condición del mismo, porque ese mal debe ser permitido por Dios para poder existir.
Nada de eso obsta para que las creaturas actúen y sean causas, y por ejemplo, para que sea el pecado de los primeros padres el que introduce el mal en el mundo, al modo propio siempre de las creaturas.
Éstas actúan como causas primeras respecto del mal moral o pecado, pero dependientes de la condición previa de la permisión divina, pues en este caso se trata de causas primeras creadas.
Respecto de los males físicos que derivan del pecado, actúan como causas segundas, dependientes de la Causa Primera indirecta, como se ha dicho.
Saludos cordiales.
Saludos.
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Lo que es "condición" no es "causa", lo digo en la respuesta al comentario anterior. La luz no causa el acto de leer, sino que solamente lo hace posible.
Dios sí es Causa Primera eficiente del mal físico que es fruto del pecado, pero no causa directa y "per se" sino indirecta y "per accidens", como ya se explicó.
Por eso, también lo quiere, indirectamente y "per accidens", como ya se dijo.
De lo que Dios es solamente condición y no causa es del pecado mismo, al que no quiere ni produce de modo alguno, sino que solamente permite, como ya se dijo varias veces.
Saludos cordiales.
La respuesta de Bermúdez, en esencia, es que Dios premia y castiga en la otra vida, pero no en ésta. Acude para ello al Concilio de Trento, diciendo que está condenada con anatema la negación de las penas temporales, que son castigos, en el Purgatorio, pero que de ahí no se sigue que haya penas o castigos temporales en esta vida.
Pero no es así. El canon correspondiente del Concilio de Trento dice:
“Canon 30. Si alguno dijere que después de recibir la gracia de la justificación, de tal manera se le perdona la culpa y se le borra el reato de pena eterna a cualquier pecador arrepentido, que no queda reato alguno de pena temporal que haya que pagarse o en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la entrada en el reino de los cielos, sea anatema.”
El Concilio, como vemos, no condena aquí solamente la negación de que pueda haber una pena temporal que pagar “en el otro mundo en el purgatorio”, sino también la negación de que pueda haber una pena temporal que pagar “en este mundo”.
Además, Bermúdez cita a San Pablo cuando dice que todos los atletas corren, pero no todos ganan el premio, para decir que en nuestro caso es distinto, todos ganamos el premio, precisamente porque el premio no depende de mérito alguno, o sea, no es premio en realidad, sino solamente don gratuito.
Pero San Pablo, en 1 Co. 9, 24, dice exactamente lo contrario de lo que dice Bermúdez:
“¿No sabéis que los que corren en el estadio, todos en verdad corren, pero sólo uno obtiene el premio? Corred de tal modo que ganéis.”
San Pablo, entonces, no está diciendo que todos ganan, sino todo lo contrario, que gana uno solo y que ése es el único que recibe el premio precisamente porque ha hecho el mérito necesario para recibirlo, o sea, ganar la carrera.
Es claro que nuestros méritos a su vez sólo son posibles por la gracia de Dios. Así que si miramos al origen último de nuestra salvación, que es el don de la gracia divina, entonces nos salvamos sin mérito alguno. Pero si miramos al origen próximo de nuestra salvación, que son los actos buenos que realizamos libremente, elevados y movidos por esa misma gracia divina, entonces nos salvamos (los que tenemos uso de razón) por nuestros méritos y sin los méritos necesarios no nos salvamos.
Pero ahí se está presuponiendo que la única finalidad del castigo es la educativa o medicinal, cuando ya hemos visto varias veces que la finalidad principal y primaria del castigo es la restauración del orden de la justicia.
El orden de la justicia es algo objetivo: tal voluntad creada se ha sobrepasado en tal medida y por tanto debe ser deprimida en tal medida. Eso es todo, y ahí no hay mención alguna de que el castigado sepa o no sepa que está siendo castigado por sus culpas.
El grado de fervor de caridad con que nos acercamos al sacramento de la reconciliación es el que puede hacer que además de sernos perdonada la culpa y la pena eterna, nos sea perdonada también la pena temporal debida por nuestros pecados, en mayor o menor medida según la mayor o menor caridad y contrición con que nos arrepentimos.
Y además, precisamente para eso están las indulgencias en la Iglesia: para que obtengamos para nosotros o para otros el perdón de la pena temporal debida por nuestros pecados y que sin ese perdón deberemos pagar "en este mundo o en el otro" como dice el Concilio de Trento.
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A la luz de los textos del Magisterio de la Iglesia expuestos en este "post" es claro que la opinión que Ud. propone no es católica.
Además, si Dios "se retira de nuestra alma", ésa es una acción divina mediante la cual Él castiga nuestros pecados.
Saludos cordiales.
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De nuevo, decir que los Concilios anteriores no tienen hoy valor magisterial es para premio mayor en el concurso de disparates teológicos.
Dice el Concilio Vaticano II en la Constitución "Lumen Gentium" n.25 :
"Aunque cada uno de los Prelados no goce por si de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando, aun estando dispersos por el orbe, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, enseñando auténticamente en materia de fe y costumbres, convienen en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, en ese caso proponen infaliblemente la doctrina de Cristo [76]. Pero todo esto se realiza con mayor claridad cuando, reunidos en concilio ecuménico, son para la Iglesia universal los maestros y jueces de la fe y costumbres, a cuyas definiciones hay que adherirse con la sumisión de la fe [77]."
Aquí el mismo Concilio Vaticano II nos está diciendo que los Concilios Ecuménicos celebrados antes de él son infalibles en lo que proponen como enseñanza definitiva, y que a esas definiciones hay que adherirse con sumisión de fe, precisamente porque son parte del Magisterio de la Iglesia en uno de sus más altos niveles.
La verdad es que si esto es una muestra de la ortodoxia de los que defienden la tesis de Bermúdez, vamos mal.
Saludos cordiales.
‘’De nuevo, decir que los Concilios anteriores no tienen hoy valor magisterial es para premio mayor en el concurso de disparates teológicos.
Dice el Concilio Vaticano II en la Constitución "Lumen Gentium" n.25 :
"Aunque cada uno de los Prelados no goce por si de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando, aun estando dispersos por el orbe, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, enseñando auténticamente en materia de fe y costumbres, convienen en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, en ese caso proponen infaliblemente la doctrina de Cristo [76]. Pero todo esto se realiza con mayor claridad cuando, reunidos en concilio ecuménico, son para la Iglesia universal los maestros y jueces de la fe y costumbres, a cuyas definiciones hay que adherirse con la sumisión de la fe [77]."
Aquí el mismo Concilio Vaticano II nos está diciendo que los Concilios Ecuménicos celebrados antes de él son infalibles en lo que proponen como enseñanza definitiva, y que a esas definiciones hay que adherirse con sumisión de fe, precisamente porque son parte del Magisterio de la Iglesia en uno de sus más altos niveles.
La verdad es que si esto es una muestra de la ortodoxia de los que defienden la tesis de Bermúdez, vamos mal’’.
Digo, mi hermano, ¿porque al interpretar los textos magisteriales y bíblicos sobre esto, te es tan difícil utilizar el sentido común como lo haría cualquier persona realmente sería y madura? Digo ya es hora de avances en la fe y dejes esas interpretaciones infantiles y estúpidas y que comiences a utilizar la razón teologica interpretaciones de una persona madura no solo en la fe sino psíquicamente. Digo yo no soy
ni apoligista ni he estudiado teología, pero lo que he podido aprender escuchando en medios católicos a
exegetas católicos, que hacen interpretaciones utilizando la razón teológica, es que a todas las citas del antiguo testamento en donde se habla de castigo, como Sodoma y Gomorra por poner un ejemplo, hay que interpretarlo es en cuanto a que lo que hay que tomar es el mensaje esencial que es la idea de que el hombre sufre o termina mal cuando se alejan de Dios, porque ya lo de que el evento como tal fue enviado por Dios, es apenas una manera de hablar, o mejor dicho, ese mensaje escencial de alejamiento de Dios trae sufrimiento o malas consecuencias, aunque es de inspiración Divina, el autor sagrado lo narra de acuerdo a lo que era el modo de pensar de una época, por eso esto mismo no es un argumento racionalista aunque lo que si no se puede negar es que en toda la biblia haya una inspiración divina por el espíritu santo, pero que esto sea cierto no quita que también lo sea lo que yo anteriormente te expuse, porque por si tu no lo sabes, Dios se reveló paulatinamente a la humanidad, hasta llegar a la plenitud en Cristo Jesús, pero durante este proceso el pueblo de Israel interpreto a Dios de una manera antropomórfica, por eso es incluso un insulto al sentido común pretender que el canon del que me hablaste aquí arriba aplique para estas cosas, porque la humanidad avanza en su forma de entender a Dios, ahora, el hecho de que los dogmas siempre vayan en un mismo sentido, no quiere decir que cambie en algunas cosas no cambie la forma de entender ciertos dogmas, aunque estos mismos se registren en los textos magisteriales como si fueran de manera literal, pues ahí es donde viene, de acuerdo a la misma sagrada teología que tanto citan ustedes dos y al propio magisterio de nuestra iglesia católica, el verdaderamente sano uso de la razón teológica propuestas por la misma iglesia. Y por lo anterior se deduce que en cuanto a los castigos del libro de los Hechos, el hecho de que sean que el genero literario sea histórico, no quita el hecho de que muchas cosas estén narrados en una mera forma de hablar.
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Ver la respuesta al comentario posterior a éste. Al final, no queda claro su Ud. acepta o no acepta el valor magisterial y dogmático de todas las enseñanzas dogmáticas de la Iglesia anteriores al Concilio Vaticano II.
Saludos cordiales.
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En cualquier texto que se lee se debe suponer el sentido propio de los términos, salvo indicación en contrario. En teología se debe partir siempre, enseña la Iglesia, del sentido literal de la Escritura.
El "sentido literal" es el sentido intentado por el autor, aún cuando habla metafóricamente. Lo opuesto de "metafórico" no es "literal", sino "propio". El fundamentalismo se aparta a veces, curiosamente, del sentido literal, precisamente porque toma al pie de la letra formas de hablar que deben entenderse metafórica o simbólicamente. Por ejemplo, hay sectas que dicen que Dios tiene cuerpo porque la Biblia habla del dedo de Dios, su brazo, etc.
Divino afflante spiritu:
“15. Armado egregiamente con el conocimiento de las lenguas antiguas y con los recursos del arte crítica, emprenda el exegeta católico aquel oficio que es el supremo entre todos los que se le imponen, a saber, el hallar y exponer el sentido genuino de los sagrados libros. Para el desempeño de esta obra tengan ante los ojos los intérpretes qua, como la cosa principal de todas, han de procurar distinguir bien y determinar cuál es el sentido de las palabras bíblicas llamado literal. Sea este sentido literal de las palabras el que elles averigüen con toda diligencia por medio del conocimiento de las lenguas, valiéndose del contexto y de la comparación con pasajes paralelos; a todo lo cual suele también apelarse en favor de la interpretación de los escritos profanos, para que aparezca en toda su luz la mente del autor.”
Spiritus Paraclitus
“54. Debemos, ante todo, fijar nuestra atención en la interpretación literal o histórica: «Advierto siempre al prudente lector que no se contente con interpretaciones supersticiosas que se hacen aisladamente según el arbitrio de los que las inventan, sino que considere lo primero, lo del medio y lo del fin, y que relacione todo lo que ha sido escrito»(97). Añade que toda otra forma de interpretación se apoya, como en su fundamento, en el sentido literal(98), que ni siquiera debe creerse que no existe cuando algo se afirma metafóricamente; porque «frecuentemente la historia se teje con metáforas y se afirma bajo imágenes»(99). Y a los que opinan que nuestro Doctor negaba en algunos lugares de la Escritura el sentido histórico, los refuta él mismo con estas palabras: «No negamos la historia, sino que preferimos la inteligencia espiritual»(100)”
Providentissimus Deus:
“33. No es preciso, sin embargo, creer que tiene cerrado el camino para no ir más lejos en sus pesquisas y en sus explicaciones cuando un motivo razonable exista para ello, con tal que siga religiosamente el sabio precepto dado por San Agustín: «No apartarse en nada del sentido literal y obvio, como no tenga alguna razón que le impida ajustarse a él o que haga necesario abandonarlo»(41); regla que debe observarse con tanta más firmeza cuanto existe un mayor peligro de engañarse en medio de tanto deseo de novedades y de tal libertad de opiniones. Procure asimismo no descuidar lo que los Santos Padres entendieron en sentido alegórico o parecido, sobre todo cuando este significado derive del sentido literal y se apoye en gran número de autoridades. La Iglesia ha recibido de los apóstoles este método de interpretación y lo ha aprobado con su ejemplo, como se ve en la liturgia; no que los Santos Padres hayan pretendido demostrar con ello propiamente los dogmas de la fe, sino que sabían por experiencia que este método era bueno para alimentar la virtud y la piedad.”
Lo que pasa es que también es verdad que normalmente el lenguaje debe tomarse en sentido propio y no metafórico, salvo que conste expresamente que debe hacerse lo contrario. Por eso, cuando San Agustín dice que normalmente no hay que apartarse del sentido literal y obvio, entiendo que ahí está tomando "literal" por "propio y no metafórico o simbólico", porque del sentido literal, o sea, el intentado por el autor sagrado, no hay que apartarse nunca, como no sea para ir a significados más profundos, intentados solamente por el Espíritu Santo pero no por el autor sagrado, como el alegórico, espiritual o teológico, que sin embargo, dice ahí el Magisterio, no sirven para fundamentar propiamente los dogmas de la fe.
Y en todo caso, si "sentido literal" es el intentado por el autor, resulta que el Autor principal de la Escritura es Dios, así que también en esos casos se estaría dentro y no fuera del "sentido literal".
Y es que el lenguaje metafórico supone el lenguaje propio, y no a la inversa. Para que Homero pudiese hablar metafóricamente de la "aurora de rosados dedos", es necesario que primero entendamos y usemos, normalmente, la palabra "dedos" en sentido propio. Por eso la excepción no es el lenguaje propio, sino el metafórico.
Dice en efecto Santo Tomás en la Suma:
"1. La diversidad de sentidos no engendra ningún equívoco o cualquier otro tipo de ambigüedad. Pues, como ha quedado dicho, estos sentidos no se multiplican porque un mismo término tenga muchos significados, sino porque el contenido de lo significado por los términos puede significar otra cosa. En este sentido, nada en la Escritura se presta a confusión, puesto que todos los sentidos parten de uno, el literal. Sólo del sentido literal puede partir el argumento, no del alegórico, tal como dice Agustín en su carta a Vicente el Donatista. Sin embargo, no por eso se echa a perder algo de la Sagrada Escritura, puesto que si en el sentido espiritual hay algún contenido necesario de fe, la Sagrada Escritura en algún otro lugar lo transmite explícitamente en sentido literal."
"3. El sentido parabólico está contenido en el literal. Pues los términos significan algo propio y algo figurado. El sentido literal no se detiene en la figura misma, sino en lo figurado. Por ejemplo, cuando la Escritura habla del brazo de Dios, el sentido literal no está diciendo que Dios tenga el brazo en cuanto elemento corporal, sino en cuanto fuerza para obrar, que es lo que el brazo significa. Queda claro que lo falso no puede fundamentarse en el sentido literal de la Sagrada Escritura."
Cuando la Iglesia define un dogma de fe, sea en un Concilio Ecuménico o mediante una definición "ex cathedra" del Papa, está haciendo justamente eso, definir, y por tanto, se trata de ser conceptualmente preciso, lo cual implica lenguaje propio, no metafórico.
Saludos cordiales.
¿Y tu como sabes que creer en la literalidad de las escenas en donde Dios castiga, no es fundamentarse en lo falso?
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Néstor:
¿Y cómo sabe Ud. que sí es errado tomar esas expresiones literalmente?
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Vuelve la pregunta que hace Bermúdez: ¿es que acaso las personas que dicen que si castiga pueden entender a Dios, cuando se sabe que es simplemente imposible?
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Néstor:
¿Sí entienden, entonces, a Dios, los que dicen que Dios no castiga?
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Deja de hacer una interpretacion antropomorfica de Dios, y conoce al verdadero Dios católico que se nos mostró en la persona de su hijo Jesucristo el el cual había sido anunciado por algunos profetas en el Antiguo Testamento.
Y en cuanto a lo que me dijiste sobresi los concilios anteriores al vaticano II tienen valor teologico, aquí te dejo lo que me respondio una vez un sacerdote.
Yo: Hola padre.
Sacerdote: ¿Que tal como has estado?
Yo: Bien, pero en problemas con la teología dogmatica porque según los concilios anteriores al Vaticano II, somos herejes los que consideremos que las penas no vienen de Dios.
Sacerdote: Ya hoy hemos comprendido que Dios no castiiga.
Yo: Por eso mismo, pero entonces, ¿significa que los concilios anteriores no tienen ya vaalor teológico?
Sacerdote: no es que lo hayan perdido, sino que era el pensamiento de la época.
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Néstor:
Bien, si no es que lo hayan perdido, entonces aún lo conservan. Caso cerrado.
O bien, si no dicen la verdad sobre lo que realmente Dios hace, sino que "eran el pensamiento de su época", entonces si han perdido su valor teológico, a no ser que el error también tenga valor teológico.
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Y a esto agrego lo que otro sacerdote me respondio: En esas épocas el pensamiento de la iglesia apenas se estaba formando, pero hoy en día ya hemos avanzado y hemos comprendido que Dios no castiga.
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Néstor:
La Iglesia no ha fallado nunca en la fe, ni fallará, desde que existe, hasta el fin de los tiempos. Dios no tiene nada que aprender, y la Iglesia, desde los tiempos de los Apóstoles, se basa en la Revelación de Dios. Esa Revelación divina terminó con la muerte del último Apóstol, y no hay que esperar, dice el Concilio Vaticano II, en la Constitución Dei Verbum, otra revelación pública hasta la Segunda Venida de Nuestro Señor Jesucristo.
De nuevo, si esta es la teología de los defensores de Bermúdez, es muy mala señal.
Saludos cordiales.
"Todo lo bueno viene de Dios. Pero el castigo por el pecado es bueno. Por tanto, el castigo por el pecado viene de Dios, o sea, Dios castiga".
Probemos que el castigo por el pecado es bueno:
"Todo lo que es justo, es bueno. Pero el castigo por el pecado es justo. Por tanto, es bueno".
Y eso es todo.
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Para poder sostener entonces, que Dios no castiga, hay que sostener:
- O bien que no todo lo bueno viene de Dios, es decir, habría bienes que no proceden de Dios, lo cual es absurdo y blasfemo.
- O bien que el castigo por el pecado no es justo, lo cual es obviamente absurdo.
- O bien que lo que es justo puede no ser bueno, lo cual es igualmente absurdo.
Saludos cordiales.
¿Qué le parece el argumento que he dado en el comentario anterior? Ahí no cito ningún Concilio.
Saludos cordiales.
Un concilio puede decir que Dios si castiga, pero aunque lo haya dicho un concilio, sigue siendo falso.
Así como Alejandro Bermúdez, yo también sigo tranquilo, y mi conciencia no me recrimina por decir cosas contrarias a la fe, y sigo tranquilo porque puedo estar seguro de que afirmando esto no dejo de ser católico aunque un canon de un concilio diga que sí. Aquí no importa lo que digan los concilios en ese sentido, creo que Dios no castiga y sigo siendo Católico.
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Con esa forma de hablar, Ud. dice que es católico, pero la Iglesia dice lo contrario.
¿Pero porqué no usa de una vez la "razón teológica" y responde al argumento que le he dado en el comentario de arriba?
Ya le dije, ahí no cito a ningún Concilio, es solamente un argumento de razón, de ésos que le gustan a Bermúdez.
A ver, vamos, deje tranquilos a los Concilios, en los cuales de todos modos Ud. no cree, y muestre dónde está la falla de ese razonamiento.
Saludos cordiales.
No, no. El argumento al que me refiero es éste:
Todo lo bueno viene de Dios.
El castigo por los pecados es bueno, porque es justo.
Por tanto, el castigo por los pecados viene de Dios, o sea, Dios castiga.
Saludos cordiales.
De nuevo, no es así. Lo que yo quiero es que Ud. refute el argumento arriba dado, que lo vuelvo a copiar:
Todo lo bueno viene de Dios.
El castigo por los pecados es bueno, porque es justo, y lo justo es bueno.
Por tanto, el castigo por los pecados viene de Dios, o sea, Dios castiga.
Esto es un argumento lógicamente correcto. Eso quiere decir, que el que acepta la verdad de las premisas, tiene que aceptar la conclusión. Por tanto, para no aceptar la conclusión, o sea, que Dios castiga, hay que negar alguna de las premisas, o sea, que el castigo por los pecados sea justo, o que lo justo sea bueno, o que todo lo bueno venga de Dios.
¿Cuál de ellas niega Ud.?
Eso es todo.
Saludos cordiales.
En Dios lo justo es que todos nos salvemos, si a eso vamos.
Es que el problema no es si el castigo es o no es justo. ¿A usted quien le dijo que Dios es justo? O dicho de otra forma, ¿A usted quien e dijo que la manera de hacer justicia en Dios es la misma manera de hacer justicia humana? Si lo miramos desde la justicia humana si es verdad que lo correcto es que se castigue. Pero aquí le pregunto yo: ¿a usted quien le dijo que la justicia en Dios es castigar?
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Qué difícil parece entenderse en castellano. ¿Es justo o no es justo que el pecador sea castigado? Eso es todo.
Ud. dice que "desde la justicia humana" es correcto que se castigue. O sea, es justo. Entonces, si es justo, es bueno. Y si es bueno, viene de Dios. Y si viene de Dios, Dios castiga.
Saludos cordiales.
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Es que si para Dios no es justo, entonces es injusto. La justicia humana sería injusticia ante Dios. Entonces, en una sociedad organizada según el querer de Dios, se dejaría libres a los delincuentes y se castigaría a los inocentes. ¿Esa es en su opinión la justicia divina?
Saludos cordiales.
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Editado.
El castellano sigue funcionando a medias. A ver ¿es injusto, entonces, para Dios, que se castigue en la sociedad humana al que comete un crimen? ¿O es justo para Dios que se haga así?
Saludos cordiales.
Que lo justo en Dios no sea castigar, no significa que por el bien común no se deba castigar a los criminales. Que lo justo sea que los delincuentes pagen sus crimenes en la cárcer es cierto, pero el hecho de que esto sea cierto, no implica en ningún momento que Dios castigue.
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Le pregunté si para Dios, según la justicia divina, es justo que el delincuente pague sus crímenes en la cárcel, o sea, que el delincuente sea castigado, o no.
Es una pregunta sencilla a la que hay que responder con "sí" o con "no".
Saludos cordiales.
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Bueno, al menos queda claro que para poder decir que Dios no castiga hay que sostener además que no es justo que la sociedad castigue a los más grandes criminales.
Y encima se nos dice que esta forma de ver es la que procede del "sentido común".
Saludos cordiales.
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Pero entonces ¿desde el punto de vista de Dios es injusto, pero desde el punto de vista de la sociedad humana sí es justo? ¿Y quién tendrá razón, entonces? ¿Dios o el hombre? Obviamente, Dios.
Seguimos entonces en que es injusto que sean castigados los peores criminales. Y eso es absurdo y con lo que menos tiene relación es con el sentido común.
En cuanto a que Dios nos dice qué hacer y qué no hacer, obviamente que sí, en cada página prácticamente de la Escritura.
Saludos cordiales.
¿Y quién puede pensar algo más absurdo que decir que la sociedad peca si castiga al delincuente y no peca si lo deja sin castigar?
No se trata solamente de que Dios no castigue. Es que se dice que para Dios no es justo que la sociedad castigue. ¿Qué piensa Dios entonces del hecho de que la sociedad ponga en la cárcel a un delincuente, si piensa que no es justo que lo haga? Sólo puede pensar que es un pecado gravísimo.
Y eso es un absurdo solemne.
Saludos cordiales.
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Néstor, gran punto. Muchas veces se oye decir: el infierno es la ausencia de Dios (que lo es) pero muchas veces se dice así de fácil!, como si fuera "sólo eso". Muy acertado
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"Debería ser en todo caso al revés, y deberíamos preferir la visión beatífica en medio de las llamas eternas que atormentasen nuestro cuerpo resucitado, a la ausencia tanto del fuego como de la visión divina en un "infierno" que si bien en sí sería de todos modos espantoso, es de temer que a muchos contemporáneos les sonaría bastante aceptable."
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Y esto me recuerda haber leído en la vida de San Francisco de Sales que en su juventud tuvo grandes escrúpulos, y le atormentaba el pensamiento de que se iba a condenar en el infierno,
" Empezó a sentir en su cerebro el pensamiento constante y fastidioso de que se iba a condenar, que se tenía que ir al infierno para siempre. La herejía de la Predestinación, que predicaba Calvino y que había leído, se le clavaba cada vez más en su mente y no lograba apartarla de él. Perdió el apetito y ya no dormía. Estaba tan impresionantemente flaco y temía hasta enloquecer. Lo que más le atemorizaba no eran los sufrimientos del infierno, sino que allí no podría amar a Dios.
El primer remedio que encontrá fue decirle al Señor: "Oh mi Dios, por tu infinita Justicia tengo que irme al infierno para siempre, concédeme que allá yo pueda seguirte amando. No me interesa que me mandes todos los suplicios que quieras, con tal de que me permitas seguirte amando siempre"; esta oración le devolvió gran parte de paz a su alma." (tomado de Corazones.org)
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Muy buen aporte, muchas gracias En realidad, San Francisco era muy "vivo", porque así presentado ya no es Infierno, pues una de las consecuencias del Infierno es la imposibilidad de amar a Dios y de no odiarlo.
Saludos cordiales.
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Y sí, debemos buscarlo como fin, porque lo contrario sería decirle a Dios que Él no nos interesa. Porque el premio, en definitiva, es Dios mismo, y el castigo principal es la pérdida de Dios."
Néstor: Tomo estas palabras suyas porque creo, no estoy seguro totalmente, que es el mismo debate entre Fenelon y Bossuet sobre el amor puro y el quietismo. Creo que Spaemann toca esto en Felicidad y benevolencia pero no recuerdo bien y ahora no lo tengo a mano.
He comenzado recientemente a seguir sus "posts" y me son de gran ayuda, ya que soy escolar jesuita en formación. Necesitamos volver a la sana filosofía, para poder evangelizar a este mundo, que yo digo que esta "sumergido" (no se que otro termino usar) en Hegel.
Saludos Cordiales
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Me alegra mucho que tenga esos propósitos porque efectivamente, entre Kant y Hegel y algunos más la inteligencia moderna muere asfixiada en la oscuridad. De modo que el cultivo de la filosofía realista de los clásicos de la Escolástica debería ser, en mi opinión, parte esencial y prioritaria de la evangelización actual. Y por tanto, de la misión de los consagrados.
Cualquier chiquilín de catequesis puede hacer una pregunta tal que para responderla sin decir barbaridades hay que haber pasado por la Escolástica. De lo contrario el resultado sería el mismo que el de soltar a un elefante en una cristalería.
En cuanto al tema de la controversia entre Fenelón y Bossuet, debería repasarla un poco. Así nomás se me ocurre decir que hay varias posturas posibles, no todas verdaderas: 1) No querer nada. Eso en todo caso será budismo (y ni eso, pues supongo que querrán el Nirvana) no cristianismo. 2) Querer la gloria de Dios para Dios mismo y en ningún sentido para nosotros. Tampoco es cristiano ni posible. 3) Querer la gloria de Dios, ante todo para Él mismo, y secundariamente en beneficio nuestro. Ésa me parece la correcta. 4) Querer a Dios y a su gloria ante todo para beneficio nuestro. Tampoco es cristiana, entiendo.
Saludos cordiales.
Considerando que usted no cede en su posición de que Dios si castiga, déjeme decirle que usted no ha logrado demostrar que esa sea la posición católica. Entre todos esos cánones que usted cita no veo donde se dice que es anatema quien no crea que es Dios el que manda al infierno.
O mejor dicho, usted no ha logrado demostrar que para la iglesia católica sea hereje aquel que crea que Dios no castiga, ni he visto textos o documentos pontificios en donde se afirme que Dios si castigue.
En cambio, por el contrario yo todos los días hallo razones para creer que la enseñanza de la iglesia enseña lo contrario a que Dios castiga, es decir que Él no castiga. Y los argumentos con los cuales hallo esto son los siguientes:
1) El catecismo claramente nos habla de que es una autoexclusión, lo cual implica que aunque Dios es quien juzga, al final de cuentas el infierno es SOLO UNA CONSECUENCIA de nuestro mal uso del libre albedrío.
2) En Juan 3, 16-17 encontramos: “Tanto amó Dios al mundo que entregó a su Hijo único, para que quien crea en el no muera, sino tenga vida eterna. Dios no envió a su Hijo al mundo para juzgar al mundo, sino para que el mundo se salve por medio de él”.
3) Dice el padre Fortea, un exorcista experto, que lo que propone la iglesia católica como dogma no es que Dios sea quien nos envíe al infierno, sino que al infierno se llega por la decisión de la persona que al pecar elige una vida lejos de él. Y esto nos lo explica a partir de la parábola del hijo pródigo, que según el Padre Fortea, lo que sufre el hijo que se aleja de su padre no es un castigo de su padre, sino una consecuencia natural de ese alejamiento, y que así mismo es el infierno, Dios no nos manda para allá, uno solito con sus propias decisiones llega allá aunque conscientemente no lo quiera. Y no se puede objetar que en la justicia humana es el juez el que envía al delincuente a la cárcel, puesto que son dos clases de justicia distintas.
4) La razón por la que aparece en el Antiguo testamento que Dios castiga es porque, aunque Dios en los dos testamentos es el mismo, en el antiguo testamento la revelación no estaba plena. Es decir el conocimiento que tenía el pueblo de Israel sobre Dios era imperfecto, entonces muchos sucesos, para que se entiendan son narrados pero desde la perspectiva del pensamiento de la época, el cual era el pensamiento de una retribución divina (Y con eso no estoy negando la infalibilidad de la Biblia).
5) Cuando Jesús nos dice que seremos enviados, es una manera de hablar para que más o menos entendamos. Es decir como nuestra limitada mentalidad humana no puede entender los modos en que Dios obra su justicia, entonces nos la da a entender así para que, como ya dije, más o menos entendamos.
Como ve usted, pretender que para la iglesia católica Dios castiga, no es sino querer ponerle al magisterio de esta sus propias fantasías producto de su frustración con el mundo.
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Jesús dice: “E irán éstos al castigo eterno”.
Por tanto, el infierno es un castigo, en ese sentido, una pena (de “penal”).
Punto, eso no se discute, lo dice el Señor Jesucristo.
Lo dice además el Catecismo:
“1035 La enseñanza de la Iglesia afirma la existencia del infierno y su eternidad. Las almas de los que mueren en estado de pecado mortal descienden a los infiernos inmediatamente después de la muerte y allí sufren las penas del infierno, "el fuego eterno" (cf. DS 76; 409; 411; 801; 858; 1002; 1351; 1575; Credo del Pueblo de Dios, 12). La pena principal del infierno consiste en la separación eterna de Dios en quien únicamente puede tener el hombre la vida y la felicidad para las que ha sido creado y a las que aspira.”
El infierno, por tanto, es una pena, o sea, un castigo.
¿Quién aplica esa pena o castigo?
Dice el Catecismo:
“1034 Jesús anuncia en términos graves que "enviará a sus ángeles [...] que recogerán a todos los autores de iniquidad, y los arrojarán al horno ardiendo" (Mt 13, 41-42), y que pronunciará la condenación:" ¡Alejaos de mí malditos al fuego eterno!" (Mt 25, 41).”
El Catecismo, entonces, dice que es Jesús el que pronunciará la condenación, y que sus ángeles, por orden suya, arrojarán en el infierno a los condenados. Tenemos ahí por tanto la sentencia y la ejecución de la sentencia. El Catecismo no dice que sean términos metafóricos, sino “términos graves”.
Ese “pronunciar la condenación” es el acto propio del Juez que juzga y sentencia, y en el caso del culpable, condena. Y en efecto, en la parábola del Juicio Final, en Mateo 25, Jesús es llamado “Juez”.
Es más, eso decimos en el Credo: “Desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos”.
Por tanto, si el infierno es, como es, un castigo y una pena, el agente de ese castigo y de esa pena es el Juez, o sea, Jesucristo.
Por eso el Catecismo dice que el Juicio Final “inspira el santo temor de Dios” (n. 1041)
Y agrega:
« 1036 (…) Como no sabemos ni el día ni la hora, es necesario, según el consejo del Señor, estar continuamente en vela. Para que así, terminada la única carrera que es nuestra vida en la tierra mereceremos entrar con Él en la boda y ser contados entre los santos y no nos manden ir, como siervos malos y perezosos, al fuego eterno, a las tinieblas exteriores, donde "habrá llanto y rechinar de dientes"» (LG 48).”
A los condenados, por tanto, se los manda ir al fuego eterno, es decir, Dios, el Juez, los manda ir allí.
Obviamente, el infierno es un castigo justo, pues se aplica a los pecadores que no se arrepienten. Y porque el castigo que no es justo, es injusto, y es claro que el infierno no es injusto.
Y toda justicia procede de Dios, por tanto, Dios es la Causa Primera del castigo justo que es el infierno.
Por supuesto que:
“1033 (…) Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de Él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno".”
Pero esa libre elección no es la elección de condenarse ni de castigarse a sí mismo, sino la de pecar y no arrepentirse del pecado, como dice ahí mismo. Alguien “se condena” porque se pone libremente en una situación en la que es objeto de la condena de Dios, no porque se juzgue a sí mismo y pronuncie sentencia sobre sí mismo, y se aplique el castigo a sí mismo.
Ésa es la fe católica. Ud. es libre de profesarla o no, pero no tiene sentido que diga que es católico si no la profesa.
Saludos cordiales.
Creo que usted no ha refutado uno de los argumentos que le di, y es el siguiente: “La razón por la que aparece en el Antiguo testamento que Dios castiga es porque, aunque Dios en los dos testamentos es el mismo, en el antiguo testamento la revelación no estaba plena. Es decir el conocimiento que tenía el pueblo de Israel sobre Dios era imperfecto, entonces muchos sucesos, para que se entiendan son narrados pero desde la perspectiva del pensamiento de la época, el cual era el pensamiento de una retribución divina (Y con eso no estoy negando la infalibilidad de la Biblia)”. Dicho de otra manera: el sentido común le dice a cualquier católico que esa no era más que la creencia que se tenía en Israel. En Israel se pensaba que cuando uno sufría era un castigo enviado por Dios, y esa es la mentalidad antiguo testamentaria. Hay que recordar que la Biblia es palabra de Dios pero ESCRITA POR HOMBRES que, dado que viven en una cultura de un tiempo específico, ponen por escrito lo que Dios les revela pero a la manera de sus épocas. En las épocas de los sucesos del antiguo testamento era normal creer que un sufrimiento o cualquier clase de mal era un castigo de Dios. Ya hoy en día CUALQUIER EXÉGETA CATÓLICO QUE SEA SERIO piensa que los sufrimientos narrados en el Antiguo testamento como castigos de Dios, no lo son y dirá lo que yo acabo de decir.
Usted no me ha refutado ese argumento.
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No necesito refutar ese argumento, porque toda la argumentación que le di en el comentario anterior se basa en el Nuevo Testamento, no en el Antiguo.
Es Nuestro Señor Jesucristo el que dice "Irán éstos castigo eterno".
Y por eso mismo, se ve que el castigo divino NO ES una de esas cosas del Antiguo Testamento que estaban ahí por lo imperfecto de la Revelación veterotestamentaria y que por eso mismo no pasaron al Nuevo Testamento.
Al contrario, es Ud. el que ahora no responde al argumento que le dí en el mensaje anterior, por el cual, con base en el Nuevo Testamento, se prueba que el castigo divino forma parte de la fe católica y que por tanto el que lo niega no es católico.
Saludos cordiales.
Usted tiene que entender que Jesús nos habla de una manera que le entendamos lo más cercano posible, y que así lo entiende también la Iglesia Católica.
Y no, de esos cánones que usted cito no se infiere que Dios castigue.
Como ve, usted sigue sin demostrar que quien niegue que Dios castiga sea hereje.
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El Catecismo es Magisterio de la Iglesia y ahí, como le mostré, queda claro que el infierno es un castigo de Dios. ¡Buena guía le va a dar en estos temas un sacerdote que no está seguro de si algo así es o no es una verdad de fe! Pero el Catecismo es claro al respecto, y sin fundamentalismo alguno, solamente dándole a las palabras el sentido que naturalmente tienen.
Efectivamente, el Señor nos habla de modo que entendamos de qué nos está hablando, y por eso no dice "blanco" cuando quiere decir "negro".
Saludos cordiales.
Por eso, la «condenación» no se ha de atribuir a la iniciativa de Dios, dado que en su amor misericordioso él no puede querer sino la salvación de los seres que ha creado. En realidad, es la criatura la que se cierra a su amor. La «condenación» consiste precisamente en que el hombre se aleja definitivamente de Dios, por elección libre y confirmada con la muerte, que sella para siempre esa opción. La sentencia de Dios ratifica ese estado”.
Si dice que la sentencia de Dios ratifica ese estado, lo que está diciendo no es otra cosa sino que en Dios elegimos nuestra salvación o condenación. Por eso lo primero es premio porque viene de Dios, pero está muy claro que lo segundo no viene de Dios. Ahora, que para hablar de la condenación hubiese utilizado unas palabras específicas, pues lamento informarle que el catecismo es muy claro cuando indica que son imágenes, es decir que en efecto tampoco es literal que sea Dios quien envíe al infierno. La supuesta literalidad de esas palabras no queda demostrada con una definición de diccionario, puesto que nuestro lenguaje ES DEMASIADO LIMITADO porque pertenece a nuestras categorías mentales que son también demasiado limitadas. Usted no ha logrado destruir este argumento que le presento.
Que tenga buena noche.
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Ese castigo es justo, y por tanto, bueno, y por tanto, querido por Dios. Pero que Dios quiera algo (con voluntad consecuente) y ello suceda por efecto de ese querer divino, son cosas inseparables.
Dios no tiene la iniciativa en la condenación, en el sentido de que primero debe suceder la impenitencia del hombre, para que luego Dios lo condene. Por eso habla de "sentencia" divina: es la sentencia de condenación. Fijarse que es la sentencia de Dios, no nuestra. Lo que es una imagen es el infierno como lugar, no el infierno como castigo divino.
Saludos cordiales.
Lo único que le voy a admitir es que me diga en dónde falla este razonamiento:
Lo que es justo es bueno.
Lo que es bueno viene de Dios.
El castigo en el infierno es justo.
El castigo en el infierno, por tanto, es bueno.
El castigo en el infierno,por tanto, viene de Dios.
Saludos cordiales.
Es en eso en lo que falla su razonamiento, en decir que el mal en modo alguno viene de Dios. Tenga en cuenta que la mentalidad escolástica hace mucho tiempo fue superada en la teología católica. El que sea o no justo, es algo indiferente (aunque podemos decir que si es justo) porque no afecta en nada el hecho de que de Dios no viene ningún mal. La causa directa de mis sufrimientos es el pecado.
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Pues no, porque mi razonamiento no contempla al castigo como un mal, sino como un bien.
Lo repito, para que quede claro:
1) Lo que es justo, es bueno.
2) El castigo del infierno es justo.
3) Por tanto, el castigo del infierno es bueno.
4) Pero todo lo que es bueno viene de Dios.
5) Por tanto, el castigo del infierno viene de Dios.
Mi razonamiento no considera a ese mal que es el castigo en tanto que es un mal, sino en tanto que es un bien, por ser justo.
Por eso es que no es para nada indiferente que el castigo sea justo o no.
Saludos cordiales.
Lamentablemente borré el único comentario en que Ud. intentaba responder al argumento que le dí. De todos modos, ahí negaba Ud. que el castigo fuese algo bueno.
Contra eso, mi argumento ya decía: Lo que es justo es bueno, y el castigo del infierno es justo, por tanto, es bueno.
Y concluía: por tanto, procede de Dios. Y podemos agregar: es querido por Dios.
Saludos cordiales.
No. La cuestión es si el castigo del infierno es justo, si lo justo es bueno, y si lo bueno puede no proceder de Dios. Es a eso a lo que Ud. tiene que contestar.
Saludos cordiales.
No, no es justo el infierno como castigo. En Dios no lo es.
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Lo que es merecido, es justo. Pero el castigo del infierno es merecido. Por tanto, es justo. Y lo justo es bueno, por tanto, el castigo del infierno es bueno. Y lo bueno viene de Dios, por tanto, el castigo del infierno viene de Dios.
En efecto, el castigo del infierno es la pena por el pecado. Pero la pena por el pecado es merecida. Por tanto, el castigo del infierno es merecido.
Saludos cordiales.
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"El hecho de que consideremos justo o injusto el castigo no cambia en nada el hecho de que este NO PROCEDE DE DIOS y punto."
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Pues no, por lo ya dicho: Lo justo es bueno, y lo que es bueno, viene de Dios.
Saludos cordiales.
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Pues es al revés: no es un mal en tanto que es justo. Lo justo es bueno. Y por eso Dios puede castigar y castiga.
Por otra parte, la misericordia no es posible si Dios no puede castigar, porque la misericordia es renunciar al castigo.
Saludos cordiales.
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