(160) Normas generales, valores y actos intrínsecamente malos
En este post vamos a comentar muy brevemente la relación que existe entre el punto 304 de Amoris lætitia y el punto 5 de la Sección primera de la Parte tercera de La ley de Cristo, de Bernhard Häring.
I.- MINUSVALORAR LA LEY MORAL EN FAVOR DE VALORES MÁS ELEVADOS
En Normas y discernimiento, capítulo VIII de Amoris lætitia, punto 304, se enseña que el obrar de una persona no puede discernirse atendiendo “sólo” a su conformidad con “una ley o norma general", porque hay que considerar, además, unos valores que hay que salvaguardar:
«Es mezquino detenerse sólo a considerar si el obrar de una persona responde o no a una ley o norma general, porque eso no basta para discernir y asegurar una plena fidelidad a Dios en la existencia concreta de un ser humano. […] Al mismo tiempo, hay que decir que, precisamente por esa razón, aquello que forma parte de un discernimiento práctico ante una situación particular no puede ser elevado a la categoría de una norma. Ello no sólo daría lugar a una casuística insoportable, sino que pondría en riesgo los valores que se deben preservar con especial cuidado»»
Pues bien, esta idea enseñada en A.L. 304: la inconveniencia, por legalista o rigorista, de aplicar “sólo” la ley moral al caso para no descuidar valores supuestamente fundamentales, es enseñada por Bernhard Häring, por ejemplo en La ley de Cristo, en el subcapítulo Normas generales y normas particulares. En este y otros pasajes de su obra, el teólogo redentorista pretende fundamentar la moral cristiana no en la ley moral, sino en la teoría de los valores:
«Quien sólo se fije en las fórmulas normativas, sin atender al valor que las fundamenta, llegará a una moral muerta, por no ser más que legalista. Se hará la ilusión de que con el cumplimiento formal de las normas más generales (que por su generalidad misma suelen expresarse negativamente) habrá satisfecho las exigencias de la moralidad entera. » (La ley de Cristo, Parte tercera, Sección primera, 5)
II.- DESCONECTANDO LA LEY MORAL DE LA FORMULACIÓN DE SUS PRECEPTOS
Comprobamos que aquí Häring se refiere solapadamente a los preceptos negativos de la ley moral —que son, precisamente, los referidos a los actos intrínsecamente malos. Por eso dice el teólogo redentorista: «las normas más generales (que por su generalidad misma suelen expresarse negativamente)»
Tengamos en cuenta que, en el punto que tratamos de A.L., con la expresión eufemística el obrar de una persona, se está refiriendo también a actos intrínsecamente malos, en este caso a los actos de adulterio que son objeto de análisis del capítulo VIII de Amoris lætitia.
Como sabemos, y es bueno repetir y retenerlo, los preceptos de la ley moral que se formulan negativamente son los referidos a los actos intrínsecamente malos. Así lo enseña Veritatis splendor 52:
«Los preceptos negativos de la ley natural son universalmente válidos: obligan a todos y cada uno, siempre y en toda circunstancia. En efecto, se trata de prohibiciones que vedan una determinada acción «semper et pro semper», sin excepciones, porque la elección de ese comportamiento en ningún caso es compatible con la bondad de la voluntad de la persona que actúa, con su vocación a la vida con Dios y a la comunión con el prójimo. Está prohibido a cada uno y siempre infringir preceptos que vinculan a todos y cueste lo que cueste, y dañar en otros y, ante todo, en sí mismos, la dignidad personal y común a todos.» (Veritatis splendor 52)
Para desconectar los preceptos negativos de los actos intrínsecamente malos, Häring relativiza la formulación de los preceptos, separándola indebidamente de sus conceptos en favor de unos supuestos valores más elevados. Lo mismo parece hacer A.L. Sugiere que las normas son buenas, que son un bien, pero que no podemos contentarnos con su rígida y estrecha formulación.
Enseña Häring:
«Es necesario que existan normas con relación a cada una de las esferas particulares de valor ; lo exige la naturaleza del hombre, que piensa según categorías universales. Ellas nos introducen en el dominio de los valores y nos muestran sus contornos y sus límites. Pero no hemos de contentarnos con su rígida formulación, sino tratar de penetrar hasta el valor que por ellas se expresa.»
Enseña Amoris lætitia:
«Es verdad que las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar, pero en su formulación no pueden abarcar absolutamente todas las situaciones particulares. »
Desconectar, sin embargo, la formulación negativa de los preceptos de la ley moral, de su contenido, es un error de graves consecuencias. Una de ellas, desvincular la ley moral de la naturaleza humana y dejarla suspendida en el mundo mental e ideal de los valores (que es precisamente el objetivo del deconstruccionismo nominalista).
III.- NO HAY VALORES QUE SALVAGUARDAR EN LOS ACTOS INTRÍNSECAMENTE MALOS
La doctrina de la Iglesia enseña que la elección de actos intrínsecamente malos en TODO caso atentan contra la dignidad humana. Son incompatibles con la fidelidad que debemos a Dios. No hay, pues, valores que salvaguardar en una conducta contraria a la ley natural; no existen valores que sean independientes de lo explícitamente prohibido por la ley moral, y que además pretendan fundamentarla ¡! Porque
«En efecto, se trata de prohibiciones que vedan una determinada acción «semper et pro semper», sin excepciones, porque la elección de ese comportamiento en ningún caso es compatible con la bondad de la voluntad de la persona que actúa, con su vocación a la vida con Dios y a la comunión con el prójimo. Está prohibido a cada uno y siempre infringir preceptos que vinculan a todos y cueste lo que cueste, y dañar en otros y, ante todo, en sí mismos, la dignidad personal y común a todos.» (Veritatis splendor 52)
Subordinar la ley moral a valores supuestamente más elevados o fundamentales que ella, y en defensa de estos valores pretender justificar el incumplimiento de los preceptos negativos de la ley natural, es un grave error que debe ser corregido o aclarado.
La formulación negativa de estos preceptos es un bien insustituible que nos advierte, en su universalidad y contundencia, de los graves peligros que supone su transgresión.
21 comentarios
Gracias amigos.
El Diablo, como con Nuestro señor en el desierto, falsifica y manipula la misma Palabra de Dios, hasta hacer creer a muchos (me refiero a los de buen corazón), que según el "discernimiento" se podría acceder a la Eucaristía en situación objetiva de pecado mortal. Y ahí interpreta a capricho lo que es esencial de lo accesorio, y el corazón de los Mandamientos es dejado como reglamentarismo y "rigorismo", con aquella adulteración de por ejemplo aquel pasaje "El sábado ha sido hecho para el hombre, y no el hombre para el sábado."
/EDIT/
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A.G.:
Desde luego, Juan Francisco, apenas se habla de algo tan fundamental, verdaderamente fundamental, como los actos intrínsecamente malos.
El final se lo edito, con su permiso. No sea que alguien piense que es una alusión personal. Gracias.
Amen.
"Subordinar la ley moral a valores supuestamente más elevados o fundamentales que ella, y en defensa de estos valores pretender justificar el incumplimiento de los preceptos negativos de la ley natural, es un grave error que debe ser corregido o aclarado.
La formulación negativa de estos preceptos es un bien insustituible que nos advierte, en su universalidad y contundencia, de los graves peligros que supone su transgresión"
Quería aportar algo más:
Hay que estar atentos y conocer bien esta estrategia básica muy utilizada hoy en día, toda aberración para poder introducirla en la sociedad se la "vende" como un bien mayor al actual, un progreso. Se saltean la ley moral, y quien denuncia el error y sus consecuencias, es tildado de retrogrado que impide el desarrollo social.
Ejemplos:
El aborto legal se vende como "libertad sobre tu cuerpo", "salvar mujeres que mueren en abortos clandestinos", si te violaron "es la solución para no seguir sufriendo", si tu hijo es defectuoso "no lo traigas a una vida a sufrir", etc.
Con ejemplos similares se vende la homosexualidad, la sexualidad fuera del matrimonio, etc.
Saludos y gracias por su artículo,
Víctor
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A.G.:
Gracias Víctor. Ese salto sobre la ley moral que ud bien dice es precisamente lo que supone fundamentar la moral cristiana no en la ley moral sino en los valores.
Ésta es el resumen del artúculo: los actus malus per se, intrinsece malum, en TODO caso, atentan contra la dignidad humana.
El acompañamiento, discernimiento e integración, ante los adúlteros no continentes, al ser estos un actus malus per se, intrinsece malum, implica que obligatoriamente, primero se debe de eliminar este acto perverso, es decir, pasar de la fornicación a la abstinencia.
El actus malus per se, intrinsece malum, es un pecado objetivo, que impide la participación eclesial y sacramental, independientemente de circunstancias e intenciones, es decir, que tanto el grado de libertad y culpa, que puede ser eximido (sin pecado subjetivo) o atenuado (pecado subjetivo atenuado, que transforma el pecado mortal de adulterio en pecado leve o venial). Lo importante es el actus malus per se: debe de adoptarse el compromiso de abandono definitivo.
Aquí sí tiene razón Amoris laetitia, pues en este paso de la fornicación a la continencia, sí se dan multitud de circunstancias y situaciones, sean sociales, económicos, psicológicos y culturales, los cuales, pero, NO justifican nunca la confesión, comunión y extremaunción de los adúlteros sin continencia.
Mientras se mantenga la fornicación, no se puede participar eclesialmente, ni tampoco sacramentalmente. Sin embargo, funciona la gracia actual, no la santificante, aunque tengan circunstancias atenuantes o eximentes, y siempre pueden ponerse ante la Misericordia de Dios, y nunca pueden participar eclesialmente y sacramentalmente. Hay que abandonar el actus malus per se, siempre y en todo caso.
1. La omision de la enseñanza de las normas morales universales, generales y absolutas, contenidas en los Mandamientos, que se contradice con la moral de situación recepcionada por Amoris laetitia, que niega las verdades anteriores y que ya fue condenada por Pío XII.
2. La omisión de que el adulterio (fornicación extramatrimonial) es un acto intrínsecamente malo, independiente de las circunstancias o situaciones y de la intencionalidad o libertad del sujeto.
3. La participación eclesiástica y la comunión, absolución y extremaunción de los adúlteros sin continencia y sin arrepentimiento, que prohíbe el Catecismo, num. 1650.
Los actos intrínsecamente malos están definidos en Veritatis splendor, numerales 79-83, los cuales, por cierto, también están perfectamente definidos en Gaudium et spes, numeral 27, que los denomina como "prácticas infamantes" [= actus malus per se, intrinsece malum]:
"Cuanto atenta contra la vida -homicidios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado-;
. cuanto viola la integridad de la persona humana, como, por ejemplo, las mutilaciones, las torturas morales o físicas, los conatos sistemáticos para dominar la mente ajena;
. cuanto ofende a la dignidad humana, como son las condiciones infrahumanas de vida, las detenciones arbitrarias, las deportaciones, la esclavitud, la prostitución, la trata de blancas y de jóvenes;
. o las condiciones laborales degradantes, que reducen al operario al rango de mero instrumento de lucro, sin respeto a la libertad y a la responsabilidad de la persona humana:
--- todas estas prácticas y otras parecidas son en sí mismas infamantes [= actus malus per se, intrinsece malum], degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarias al honor debido al Creador."
Si Amoris laetitia hubiera mencionado Veritatis splendor, entonces jamás habría cometido tales heterodoxias o proposiciones heréticas, contrarias a las verdades reveladas:
- Moral de situación
- Participación, comunión, absolución y extremaunción de adúlteros sin continencia si tiene circunstancias eximentes o atenuantes
- Omisión de la doctrina de los actos intrinsece malum
Además, aceptada la moral situacional (que las circunstancias e intenciones justifican un acto perverso), la inexistencia de actos intrinsece malum (actos perversos por sí mismos independientes de las circunstancias e intenciones), y la participación eclesial y sacramental de adúlteros sin continencia, entonces esta enseñanza se extendería automáticamente al resto de actos intrínsecamente malos: homosexualidad, transsexualidad, aborto, blasfemia...
/EDIT/
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A.G.:
Disculpe que le edite el juicio de intenciones final. Creo que es mejor dejarlo ahí. Coincido con ud en que el asunto de los actos intrínsecamente malos es vital y de extrema gravedad. Desde luego, la ausencia de la Veritatis splendor en A.L. es una ausencia muy significativa.
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Clarísimo Alonso, meridianamente claro: estamos frente a un descarado intento de desactivar la moral cristiana vía una elaborada construcción sofística nominalista.
/EDIT/
¡Ven Señor Jesús!
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A.G.:
Ricardo, disculpe que le edite el juicio de intenciones.
Como bien dice, es una desactivación de la moral cristiana, via nominalismo.
Me hace recordar a lo que he leído acerca de los SOFISTAS GRIEGOS, que se ganaban la vida vendiendo argumentaciones para justificar CUALQUIER COSA QUE LES PIDIERAN. Eran unos perfectos tramposos del pensamiento. Y tengo entendido que tenían un muy buen pasar.
Contra ellos batallaron los grandes filósofos como Sócrates, Platón y Aristóteles, heraldos de la verdad. Pero a Sócrates lo mataron, y Aristóteles zafó porque se dio cuenta a tiempo de que los tramposos con poder - los "políticamete correctos" de ese entonces- iban a hacerle lo mismo, entonces se expatrió a la vecina Macedonia.
Pasaron dos milenios y medio y la historia se repite: los sofistas se enriquecen con el favor de las magistraturas.
Con un agravante impensado: la peste ha cundido también en la Iglesia, adonde la vera filosofía había sentado baluarte, resistiendo victoriosa por siglos los embates del Padre de la Mentira.
Censura tua humorem non habet. Sed ego comprendo.
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A.G.:
No es por falta de sentido del humor, es que es mejor no hacer alusiones personales. Gracias.
El hermano Alonso, lo plantea con la caridad de un santo hermano que como otros en el site, también se preocupan por los que estamos afuera que buscamos entrar en contacto con la única verdad que es “Jesús” dice Marcos 3, y dice el post: “debe ser corregida o aclarado” el planteamiento circunstancial en exceso.
Estas “pasiones” (el adulterio por ejemplo), que siempre son voluntarias al ser contumaces no carecen de razón, de hecho el autor del acto y su referencia en AL prefiere mantener la relación (el acto malo) lo que reafirma su voluntad y que requiere la razón y los autores de este capítulo lo han previsto así y estos también lo “reafirmar de modo voluntario y repetitivamente sostenido en el tiempo” lo que agrava el acto en si, porque tiende a dejar como “sin razón los actos pasionales intrínsecamente malos” poniendo su razón material en cosas externas a su misma materia contra la virtud misma que debería ser desarrollada para su bien definitivo:
AL298: “segunda unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, con probada fidelidad, entrega generosa, compromiso cristiano, conocimiento de la irregularidad de su situación y gran dificultad para volver atrás sin sentir en conciencia que se cae en nuevas culpas… por motivos serios,... la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación»[329]. ...en vista a la educación de los hijos, y a veces están subjetivamente seguros en conciencia de que el precedente matrimonio, irreparablemente destruido, no había sido nunca válido»[330].
Acá se sugiere aquella tentación al extremo y juega a "no encerrar" y abre por uno el todo pero a la nada, al sin razón de los actos haciéndolos subordinados a un “sentimiento moral inmaterial” (el encierro de su subjetividad) en lugar de no dejar pervertirlo en sus vicios, va y ataca “la virtud” y la caricaturiza imputándole una deshumanización de la materia, si sobre ella existiera la virtud. Se opone a la virtud de la templanza, prudencia, (amor) y a la esperanza a aquello sobrenatural, Salmo 84,3.
CIC1754 “Las circunstancias no pueden de suyo modificar la calidad moral de los actos; no pueden hacer ni buena ni justa una acción que de suyo es mala. Constituyen asi un "acto contra la ESPERANZA"
Acá mediante la lectura de AL Capt VIII se juega con fuego y pone al fiel en un riesgo profundo y eterno, como si aquel “sentimiento” de los familiares (Mc3) lo tuviese que apartar de la gente y de su salvación el cual sería su fin definitivo y único.
Yo lo veo así:
Si la verdad no fuera la verdad entonces cualquier cosa seria la mentira, hasta lo que soy dejaría de ser lo que es. Lo cual es terrorífico, es como si el pudor no fuera relativo al cuerpo y que el cuerpo no deseara su pudor y su inocencia. Es prostituir el alma misma. Santa Inés nos tiene mucho que decir hoy.
Santa Ines ruega por nosotros.
Alonso, muchas gracias una vez más por tanta luz. El Señor y María Inmaculada le bendigan. Un abrazo
Porque yo vengo aquí a aprender, y aquí he aprendido mucho. Y las censuras que me han hecho, bien hechas estuvieron. Así he aprendido a templar mis ideas, a hacerlas más católicas.
No estoy de acuerdo en cambio en usar el verbo "editar" cuando lo que corresponde es "censurar". Sí, vale, la corrección política, ¡pero es que editar es otra cosa, no es sinónimo!. Además, ¿a título de qué vamos a plegarnos a la censura de la palabra "censura"? Con lo cual estamos bordeando peligrosamente la hipocresía. Y plegándonos a las imposiciones de los manipuladores del lenguaje.
Locuras mías, claro. En este portal nadie censura, todos "editan". No me hagas caso.
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A.G.:
Jejeje verdad, no es editar sino censurar. Gracias por comprenderlo amigo. Prometo no censurar salvo lo absolutamente editable jeje
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A.G.:
Lo enseña la Veritatis splendor, esa que no se cita en A.L.
Sera inútil ser verdaderamente fiel dándole la espalda a Dios tanto para el fiel como el confesor si reducen el pecado a un sentimiento. AL 298” Existe el caso de una segunda unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, con probada fidelidad, entrega generosa, compromiso cristiano, conocimiento de la irregularidad de su situación y gran dificultad para volver atrás sin sentir en conciencia que se cae en nuevas culpas”
La palabra fidelidad queda mundanizada. Eso NO es fidelidad en la “segunda unión” “es adulterio” “intrínsecamente malo”, y no es una piedra cuando se hace con el “consentimiento”. “sino que eras la mujer adúltera que busca extraños en vez de su marido”. Ezequiel 16
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A.G.:
Rafael, afirma cosas de la Veritatis splendor sin haberla leído. Le cito:
«81. La Iglesia, al enseñar la existencia de actos intrínsecamente malos, acoge la doctrina de la sagrada Escritura. El apóstol Pablo afirma de modo categórico: «¡No os engañéis! Ni los impuros, ni los idólatras, ni los ADÚLTEROS, ni los afeminados, ni los homosexuales, ni los ladrones, ni los avaros, ni los borrachos, ni los ultrajadores, ni los rapaces heredarán el reino de Dios» (1 Co 6, 9-10).»
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A.G.:
No, Tomás María, no hay excepciones para los actos intrínsecamente malos, como matar. La legítima defensa, por ejemplo, no es una excepción. Mire el Catecismo cómo lo explica:
2263 La legítima defensa de las personas y las sociedades no es una excepción a la prohibición de la muerte del inocente que constituye el homicidio voluntario. “La acción de defenderse [...] puede entrañar un doble efecto: el uno es la conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7). “Nada impide que un solo acto tenga dos efectos, de los que uno sólo es querido, sin embargo el otro está más allá de la intención” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).
2264 El amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. Es, por tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal:
«Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita [...] y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por la de otro» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).
2265 La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro.
Que yo sepa, la Veritatis Splendo no da ningún criterio para distinguirlos. El texto que cita de San Pablo tampoco lo hace. El texto de San Pablo enumera unos pecados, ad exemplum, que no es numerus clausus, ni criterio definidor. Ni esto pretende la VS. Como prueba que la VS a continuación cita este texto de San Agustín: “: «En cuanto a los actos que son por sí mismos pecados (cum iam opera ipsa peccata sunt) —dice san Agustín—, como el robo, la fornicación, la blasfemia u otros actos semejantes, ¿quién osará afirmar que cumpliéndolos por motivos buenos (bonis causis), ya no serían pecados o —conclusión más absurda aún— que serían pecados justificados?» Hay pecados que están en una lista y en otra no. Evidentemente no hay contradicción entre San Pablo y San Agustín, son meros ejemplos, bien conocidos por todos.
Y, también evidentemente, las mayúsculas y las negritas de “LOS ADÚLTEROS” no son de San Pablo. Supongo que las pondrá para exponer que los incluye. El adulterio no es el pecado de los pecados, no es el quicio moral del catolicismo. Es un pecado, como otros muchos. El pecado permanente y por antonomasia contra el sexto mandamiento es la prostitución. “Las prostitutas os predecerán en el Reino de los Cielos”. Esto sí es enseñanza del Evangelio. Solemos olvidarlo.
Dice ud:
«No ha respondido a la pregunta de qué actos malos no son intrínsecamente malos, que señalé era la prioritaria. ¿Qué actos malos son intrínsecamente malos y qué actos malos no son intrínsecamente malos?»
—Le respondo de nuevo: son los actos que son malos en sí mismos siempre independientemente de las circunstancias. Lo dice la Veritatis splendor:
«la Iglesia enseña que «existen actos que, por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto»
Dice ud:
«Que yo sepa, la Veritatis Splendor no da ningún criterio para distinguirlos.»
Sí que lo da, mire. El criterio es fijarse en los preceptos negativos de la ley natural, porque son éstos los que prohiben siempre y en toda circunstancia los actos intrínsecamente malos, que no son licitos nunca y en ninguna circunstancia:
«Los preceptos negativos de la ley natural son universalmente válidos: obligan a todos y cada uno, siempre y en toda circunstancia. En efecto, se trata de prohibiciones que vedan una determinada acción «semper et pro semper», sin excepciones (Veritatis splendor 52)
Y lo sigue explicando. Resalto algunos:
«La Iglesia ha enseñado siempre que nunca se deben escoger comportamientos prohibidos por los mandamientos morales, expresados de manera negativa en el Antiguo y en el Nuevo Testamento. Como se ha visto, Jesús mismo afirma la inderogabilidad de estas prohibiciones: «Si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos...: No matarás, no cometerás adulterio, no robarás, no levantarás testimonio falso» (Mt 19, 17-18).»
Dice ud:
«y qué actos malos no son intrínsecamente malos»
Pues obviamente lo contrario, aquellos que no son malos en sí mismos en toda circunstancia, siempre, y prohibidos por preceptos negativos.
Ahora, voy a citarle algunos ejemplos concretos los actos intrínsecamente malos que cita textualmente Veritatis splendor:
Actos contra la vida: «Todo lo que se opone a la vida, como los homicidios de cualquier género, los genocidios, el aborto, la eutanasia y el mismo suicidio voluntario» «prácticas contraceptivas mediante las cuales el acto conyugal es realizado intencionalmente infecundo» «No matarás»
Actos contra la dignidad de la persona: «las mutilaciones, las torturas corporales y mentales, incluso los intentos de coacción psicológica» «como las condiciones infrahumanas de vida, los encarcelamientos arbitrarios, las deportaciones, la esclavitud, la prostitución, la trata de blancas y de jóvenes» «condiciones ignominiosas de trabajo en las que los obreros son tratados como meros instrumentos de lucro»
Actos contra la castidad y contra la indisolubilidad del matrimonio: la impureza, los actos sodomíticos, la fornicación, el adulterio:
«Ni los impuros, (...) ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los homosexuales» (...) «la fornicación» «no cometerás adulterio»
No siga afirmando que la Veritatis splendor ni da criterios ni pone ejemplos concretos de actos intrínsecamente malos (citando la palabra de Dios o el Magisterio y la Tradición), porque como le he citado textualmente, sí lo hace.
No repita lo mismo, o habré de editarle el comentario. Si quiere hablar de otro tema, adelante, sin problema. Pero de este no más, ha quedado respondido ya.
Expone que la Veritatis Splendor señala una lista, no completa, de pecados. Que el pecado es pecado es obvio. Fíjese en uno de ellos: la mutilación. Un caso evidente de pecado que sólo se puede definir como tal atendiendo a las circunstancias. Si se mutila para salvar la vida no es pecado, todo lo contrario, es acto debido. Supongo que la inmensa mayoría de las mutilaciones que se producen hoy es con este fin bueno, y obligado. En estos casos no mutilar sería pecado, el pecado de no evitar la muerte.
Da la impresión que se busca una definición de pecado “objetivo”. Para luego al que caiga en él atribuírselo, sin enjuiciar su conducta subjetiva –al médico que mutila para salvar la vida habría que condenarle. Pero no hay pecado sin pecador. No existe el pecado por sí mismo, siempre es el pecado de un hombre. Claro que el pensamiento humano crea esta categoría abstracta, como todas las que crea, para poder razonar. Además, esta categoría de pecado “objetivo”, sin valorar al pecador, me parece que resulta lógicamente imposible. Fíjese en el adulterio, considerado como pecado “objetivo”, mero acto, intrínseco. Sería un disparate lógico. El adulterio existe siempre atendiendo a las circunstancias del pecador, si está casado no es adulterio, si no lo está sí lo es. El pecado de adulterio siempre lleva, aquí sí intrínsecamente, la consideración de las circunstancias del pecador, si está o no casado. El adulterio, considerado como puro acto, objetivo, intrínseco, es una especie del género “tener relaciones sexuales”. Este “tener relaciones sexuales” es el acto objetivo, intrínseco, que no es malo en sí mismo, que según si el sujeto este casado o no será pecado de adulterio.
Está claro que todo el asunto radica en el “intrínseco”, el sentido que se le de al “intrínseco”. Si no queda: acto malo es el acto malo. El intrínseco añade algo. Pero no puede ser que el acto sea malo por sí mismo sin que haya pecador que lo realice. Nos movemos en el problema de siempre, la dificultad que los conceptos aprehendan correctamente la vida humana.
La Veritatis Splendor es una reacción contra lo que se denomina “pérdida del sentido del pecado”. Un fuerte recordatorio de que el pecado existe, que hay que evitarlo. La expresión “intrínsecamente malo” coadyuva a ese fin. Pero de ahí no deriva el llevarla a un rigorismo en que existan pecados sin pecador, sin atender a este.
Espero que, aunque no le de la razón, pase el corte de la edición. Dado que el título más frecuente es “inconveniencias eclesiales”, espero se toleren también mis “inconveniencias”.
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