Puerto Rico: los testigos de Jehová defienden su proselitismo en los tribunales

¿El derecho vigente en Puerto Rico permite la existencia de calles privadas? Esta pregunta constituyó el eje del debate el pasado 11 de febrero durante una vista oral que celebró el Tribunal Supremo para atender una petición de Certificación Interjurisdiccional de la Corte Federal para el Distrito de Puerto Rico. Lo leemos en El Nuevo Día.

El interrogante surgió después que el juez federal Gustavo Gelpí emitiera una orden para que los residentes de las urbanizaciones cerradas con controles de acceso permitan entrar a sus predios a los testigos de Jehová a predicar. Sin embargo, la urbanización Brighton Country Club en Dorado rechazó la orden federal alegando que no le afecta porque las calles de este complejo residencial son privadas.

Establecida la controversia, la curia escuchó las argumentaciones iniciales de la licenciada Nora Vargas Acosta, quien representó a la Watchtower Bible Tract Society of New York (corporación empresarial detrás de la secta) y la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová; y del licenciado Héctor Rivera Cruz, quien representó al Municipio de Dorado. Cada parte se dirigió a los jueces del máximo foro judicial del país en un turno de 25 minutos.

Acompañada por los abogados Erica Fontánez y Paul Polidoro, Vargas Acosta argumentó que las calles en Puerto Rico son públicas y que la petición de control de acceso de la urbanización constituía una confirmación de dicha condición de espacio público. “Esa Ley de control de acceso otorga el permiso pero dejando claro que no constituye la privatización de las calles”, apuntó Vargas Acosta. Reiteró que en la Isla no hay calles residenciales privadas conforme al derecho vigente.

“Lo que se le pide al tribunal es que diga que no es posible (tener una calle privada) según el ordenamiento y el derecho vigente”, afirmó la letrada ante un salón repleto de abogados, abogadas y ayudantes jurídicos. Subrayó que el acuerdo entre la urbanización y el ayuntamiento estableciendo que las calles del lujoso complejo residencial doradeño son privadas es contrario a la ley y nulo. El ayuntamiento, a juicio de la abogada, se excedió en sus facultades al traspasar sus poderes a la urbanización privada.

Durante la argumentación de Vargas Acosta la jueza Anabelle Rodríguez realizó un planteamiento que repitió varias veces durante la vista, que se extendió unas dos horas. Rodríguez cuestionó la necesidad de que el Tribunal Supremo emitiera una opinión consultiva si en el escenario de que resolviera que en la Isla hay calles privadas, el Tribunal federal todavía podía determinar que el derecho a la libertad de expresión tenía preeminencia sobre el derecho a la propiedad, planteamiento que encontró eco en la abogada. Vargas Acosta también indicó que en la Isla podría haber calles residenciales privadas, pero eso requiere de legislación nueva que establezca claramente los requisitos para alcanzar esa categoría.

En su turno, Rivera Cruz arguyó que el Código Civil de Puerto Rico permite la construcción de calles privadas. Confrontado con una pregunta del juez presidente Federico Hernández Denton sobre la decisión de la urbanización de solicitar un control de acceso, afirmó que dicha petición no alteraba la condición privada de sus calles.

En el caso específico de Brighton Country Club, indicó que la asociación de residentes del complejo asumió la jurisdicción del recogido de la basura, del mantenimiento de las carreteras y del alumbrado luego de una transferencia de poderes del gobierno municipal. “El municipio no costea nada del portón hacia adentro”, precisó el ex secretario de justicia. “Estas son calles privadas porque desde su origen lo fueron”, insistió en su alocución.

Ante una pregunta del juez Erick Kolthoff sobre el asunto de las calles privadas en otras jurisdicciones o países, respondió: “en honor a la verdad, no lo hemos encontrado”. Argumentó también que la condición privada de las calles de la urbanización no impide que entren al lugar la Policía y los bomberos. “El control de acceso no le da autoridad a nadie para que prohíba la entrada a alguien que tiene facultad para entrar”, apuntó.

Por su parte, el licenciado Arturo García Solá, quien compareció como amigo de la corte en representación de DBR Dorado Owner, LLC Coco Beach Maintenance y Serrallés Hotel, alertó sobre el alcance que podría tener la decisión del Tribunal Supremo. Mencionó, por ejemplo, que determinar que todas las calles son públicas podría obligar al Estado a darle mantenimiento a todas las calles privadas en urbanizaciones cerradas. Aclaró también que no estaba pidiendo al máximo foro una decisión particular sino que su súplica era que limitara su decisión al contexto residencial solamente.

La procuradora general Margarita Mercado Echegaray, quien también se presentó como amiga de la corte, afirmó que las calles en Puerto Rico son públicas salvo algunas excepciones. “La normativa vigente permite a modo de excepción (que se privatice una calle) siempre y cuando exista un proceso de desafección del bien público”, apuntó.

Finalizado los turnos de argumentación y de réplica, el caso quedó sometido ante el Tribunal Supremo, que no tiene límite de tiempo para expresarse mediante resolución u opinión. Al concluir la audiencia, la licenciada Vargas Acosta aclaró que la controversia ante el Tribunal Supremo se limita a las calles en proyectos urbanos residenciales.

Por ejemplo, explicó, a preguntas de la prensa, que las calles en el Fuerte Buchanan y Plazas Las Américas son privadas. Pero que en los casos donde se quiere desarrollar un proyecto comercial de vivienda, las personas que proponen dicho proyecto tienen que someterse a las leyes y reglamentación del Estado, que establecen que hay preservar unos espacios para uso público.

Coincidiendo con el planteamiento de la jueza asociada Rodríguez, Vargas Acosa señaló que aún si se determina que las calles son privadas eso no significa que los grupos religiosos no puedan tener acceso a esas calles. En un escenario como éste “tenemos que estar pendientes al tipo de recomendación que se va a permitir para poder acceder a esas calles de determinarse que son privadas”.

Informaciones anteriores sobre este caso:

- “Una sentencia permite el acceso de los testigos de Jehová a las urbanizaciones de Puerto Rico”, InfoCatólica, 14/05/12.

- “Las urbanizaciones de Puerto Rico deberán dar llaves de acceso a los testigos de Jehová”, InfoCatólica, 23/03/13.

6 comentarios

  
Tony de New York
Bien por los testigos de 'jehova'.
18/02/14 5:06 PM
  
jaime
Este grupo es especialmente peligroso por sus doctrinas mortales, se calcula un numero aproximado de casi 200.000 muertes por doctrinas estramboticas como negar las vacunas,entre los años 1968 hasta 1980 por los trasplantes de organos, la libertad religiosa no puede ser ilimitada cuando tratamos de victimas que incluso pueden ser mortales
18/02/14 8:22 PM
  
Jorge
Si, pueden entrar los testigos al fraccionamiento y caminar por las banquetas, pero no deben tocar puerta que no esté a paño de banqueta pues viola privacidad. ¿Qué acaso en dicho fraccionamiento no tienen jardín enfrente? Aquí tienen un argumento para exigir privacidad.
Pregunta: ¿Los evangelizadores católicos sí serían bien recibidos?
19/02/14 4:29 AM
  
Francisco
Estimado Jaime:
Temo que estas confundiendo las doctrinas de Los Testigos de Jehová con la de otros grupos minoritarios. Los Testigos de Jehová no prohíben el uso de vacunas ni de trasplantes de órganos. Si prohíben, como doctrina bíblica, el consumo y transfusión de sangre, prefiriendo el uso alternativas a ellas.
19/02/14 6:31 PM
  
ricardo
Un Testigo de Jehová cree ingenuamente que el "esclavo fiel y discreto" no miente, sin embargo la historia y la propia literatura de la "Sociedad" le pueden demostrar a cualquiera que el "cuerpo gobernante" no es inspirado, ni representa al Creador aquí en la Tierra, sino solo hombres que irresponsablemente he inescrupulosos han jugado con la vida y sentimientos de millones de Testigos de Jehová..
La Sociedad Watchtower y su cuerpo gobernante por más de 126 años a proclamado ser "El Profeta de Dios", "La Voz o vocero de Dios", y único representante de los asuntos de Dios sobre la faz de la tierra. Sin embargo los repetidos fracasos proféticos en nombre de Dios, han sido estrepitosos.
Al ser los miembros del cuerpo gobernante solo "hombres hablando según su propio entendimiento" ellos son incapaces de cumplir sus promesas, por eso sus profecías en cuanto a un Armagedón son falsas, el que ellos lo pueden guiar a un Paraíso en la Tierra es falso, el que el Fin del mundo llegara en esta Generación es falso, el que son el pueblo de Dios es falso, en pocas palabras el ser Testigo de Jehová es solo vivir una mentira y no tiene ningún sentido. Por supuesto eso es algo que usted mismo tendrá que decidir.
La Biblia en Deuteronomio 18: 20-22 nos da una pauta para identificar a los "falsos profetas" dice al respecto:
« El profeta que tuviere la presunción de hablar palabra en mi nombre, a quien yo no le haya mandado hablar, …el tal profeta morirá. Y si dijeres en tu corazón: ¿Cómo conoceremos la palabra que Jehová no ha hablado? ; si el profeta hablare en nombre de Jehová, y no se cumpliere lo que dijo, ni aconteciere, es palabra que Jehová no ha hablado; no tengas temor de él » Vea toda la evidencia que usted mismo puede encontrar en la literatura de la Sociedad Watchtower:
El 'esclavo fiel y discreto' miente al decir:
« Los testigos de Jehová, llevados por su expectación anhelante de la segunda venida de Jesús, propusieron fechas que resultaron erróneas. Como consecuencia, algunos les han llamado falsos profetas. Sin embargo, en ninguno de esos casos se tomaron la libertad de hacer predicciones 'en el nombre de Jehová'. Nunca dijeron: 'Estas son palabras de Jehová'. La Atalaya -- la revista oficial de los testigos de Jehová -- ha dicho: "Nosotros no tenemos el don de profetizar"... "Tampoco pretendemos que se reverencien nuestros escritos o que se les considere infalible". » Despertad 22/3/93, p. 4
La Sociedad dice ser “El Portavoz de Dios”, reclama hablar en el nombre de Dios (Pretensiones)
22/02/14 12:22 AM
  
Tomás
Si las calles pertenecen a los vecinos, es decir, ellos las han construido y las mantienen, no se ve por qué pueden entrar allí los Testigos, a no ser que alguno de los vecinos les permite o invita a entrar. Supongo que si son privadas, eso tiene que constatar en Registros Públicos. Asé es el Perú y parece lógico.
21/03/14 3:05 AM

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