(223) Los sacramentales –3. El Bendicional y el signo de la cruz

–Los curas se niegan a veces a bendecirnos algo. Y si lo bendicen, lo hacen como si no fuera una bendición.

Dantur casus, ciertamente, dantur casus.

Resumo lo ya dicho sobre las bendiciones: son sacramentales, ritos sagrados instituidos por la Iglesia a semejanza de los sacramentos, que constan de oraciones y de signos, a través de los cuales reciben los hombres, las cosas y los lugares la bendición de Dios. No confieren la gracia a los hombres como los sacramentos, ex opere operato, sino ex opere operantis Ecclesiæ, es decir, por la intercesión de la Iglesia. Mediante las bendiciones sacramentales, tanto el hombre como todas sus actividades y cosas, vienen a ser evangelizados, es decir, reorientados para la gloria de Dios y liberados de los influjos malos del mundo y del demonio.

La secularización ambiental, el pelagianismo y el semipelagianismo, que en las Iglesias descristianizadas han eliminado en gran parte el sentido de lo sagrado, dañan profundamente la vida cristiana de los mismos sacramentos, y han hecho desaparecer casi los sacramentales, concretamente, las bendiciones y los exorcismos. Pero la fe nos dice que hemos de tener por ellos un gran aprecio y veneración, y que deben ser recuperados en la vida de la Iglesia. «El justo vive de la fe» (Rm 1,17), no de los sentimientos, ni de las modas ideológicas.

Dios bendice al hombre y al mundo al crearlos, y la maldición que cae sobre ellos a causa del pecado, es vencida progresivamente por la bendición de Dios, que muestra su bondad en Israel, y plenamente en Jesucristo y en la Iglesia. «Para vosotros ha resucitado Dios a su Siervo y le ha enviado para bendecirnos» (Hch 3,26). Los cristianos somos ahora «los herederos de la bendición» prometida a Abraham, pues todos «los que viven de la fe son bendecidos con Abraham el creyente» (Gal 3,9), y reciben «la plenitd de las bendiciones de Cristo» (Rm 15,29).

La naturaleza entera, que a causa del pecado del hombre «fue sometida a la vanidad», está destinada a «ser liberada de la servidumbre de la corrupción, para participar en la gloriosa libertad de los hijos de Dios» (Rm 8,20-21). La gracia y la bendición de Dios va sujetando todas las cosas a Cristo Salvador, y le sujetará finalmente la muerte, de tal modo que «Dios sea todo en todas las cosas» (1Cor 15,25-28). Por eso los creyentes en Cristo «esperamos otros cielos nuevos y otra tierra nueva» (2Pe 3,13).

Pues bien, como dice el Bendicional, «las fórmulas de bendición, según la antigua tradición, tienden como objetivo principal a glorificar a Dios por sus dones, a impetrar sus beneficios y a alejar del mundo el poder del maligno»(n.11). En otras palabras: «miran primaria y principalmente a Dios, cuya grandeza y bondad exaltan; pero, en cuanto que comunican los beneficios de Dios, miran también a los hombres, a los que Dios rige y protege con su providencia; pero también se dirigen a las cosas creadas, con cuya abundancia y variedad Dios bendice al hombre» (n.13).

El Liber de benedictionibus fue promulgado por la Congregación del Culto (1984) y publicado en su versión para los países de habla hispana en el Bendicional (1986: Comisión Episcopal de Liturgia, CEE, Coeditores Litúrgicos 1986, 704 pgs). Al describir y comentar ahora las bendiciones que ofrece el Bendicional tendré en cuenta el estudio que sobre él publicaron José Aldazábal, SDB - Mons. Julián López Martín - Josep Lligadas (Sentido teológico y pastoral de las bendiciones; Centro de Pastoral Litúrgica, Cuadernos Phase 17, Barcelona 1990).

El rito de la bendición tiene normalmente las siguientes partes:

1.-Ritos iniciales, en los que quien preside, santiguándose, invoca a la Trinidad divina, saluda a los presentes, y explica con una monición el sentido de la bendición que va a realizarse.

2.-Lectura de la Palabra de Dios. Se ofrecen uno o varios textos de la Sagrada Escritura, con el salmo responsorial correspondiente. Y puede realizarse aquí una breve exhortación.

3.-Preces. Por medio de una plegaria común, en una composición de preces semejante a la de Laudes o Vísperas, se integra la intercesión eclesial de los reunidos en el rito de la bendición.

4.-Oración de bendición. Quien preside recita una oración, entre varias posibles, con las manos extendidas, si es sacerdote o diácono, o con las manos juntas, en caso contrario, y acompaña la oración con un signo que puede ser el agua bendita, la señal de la cruz, etc. Viene a ser el acto más propiamente bendicional.

5.-Conclusión del rito. Puede consistir en unas palabras de despedida, un canto, una bendición de los presentes.

Rito breve. En algunos casos el Bendicional ofrece un Rito breve, que condensa la celebración más amplia en 1.-un rito inicial de saludo; 2.-la lectura de un texto muy breve de la Sagrada Escritura y 3.-una oración bendicional, a la que ha de unirse un signo, aunque de hecho no siempre se une (por ejemplo, bendición de los que emprenden un viaje, 508-511), que puede ser la imposición de manos, la signación de la cruz u otro.

El Bendicional ofrece un número de moniciones, lecturas, preces y oraciones de una gran calidad y variedad, que son oportunas para cada persona, cosa, lugar o circunstancia. No me alargaré en el elogio, bien merecido, de sus aspectos positivos; pero sí señalaré, en orden a su posible mejora, algunas dificultades o limitaciones bastante graves que en el Bendicional hallamos aquellos que lo empleamos con frecuencia.

La monición inicial tiene con frecuencia en el Bendicional una extensión demasiado larga y un tono informativo-catequético, que no siempre contribuye a la religiosidad sagrada del rito. Como el Bendicional sugiere, puede ser sustituida por otra más adecuada. Y creo recomendable que la monición introductoria sea breve, en forma más orante que informativa, y que procure ante todo avivar en los presentes la «recta disposición de ánimo» en fe, esperanza y caridad, como bien lo recomienda el propio Bendicional:

«“Para asegurar esta plena eficacia [de la bendición], es necesario que los fieles se acerquen a la sagrada liturgia con recta disposición de ánimo” (Vat. II, SC 11). Por esto, los que piden la bendición de Dios por medio de la Iglesia han de afianzar sus disposiciones internas en aquella fe para la cual nada hay imposible (Mc 9,23); han de apoyarse en aquella esperanza que no defrauda (Rm 5,5); y sobre todo han de estar vivificados por aquella caridad que apremia a guardar los mandamientos de Dios (Jn 14,21). Así es como los hombres que buscan el beneplácito divino entenderán plenamente y alcanzarán realmente la bendición del Señor» (n. 15).

Dar a las bendiciones una forma de celebración litúrgica dignifica, ciertamente, la bendición, iluminándola concretamente con la lectura de la Palabra divina y con la participación orante de los reunidos. Pero este modo celebrativo de la bendición, que resulta apropiado, por ejemplo, para la bendición de una casa familiar, en la mayor parte de los casos no suele ser factible, como indicaré en seguida.

Recordaré antes lo que ha sucedido con la más amplia forma celebrativa que el nuevo Ritual de la penitencia dio al sacramento de la penitencia, incluyendo en su comienzo una lectura de la Palabra divina en los tres modos de celebración (A.-individual; B.-colectiva, con confesión y absolución individuales; y C.-colectiva, con confesión y absolución general). Si la confesión individual (A) continúa «siendo el único modo ordinario» de este sacramento (Prænotanda n. 31), es preciso reconocer que el modo A es inaplicable –no es aplicado, de hecho– cuando una fila de penitentes espera junto al confesonario, o cuando un feligrés se acerca ocasionalmente y solicita: «padre, ¿me puede confesar?». Aunque el modo A prevé su realización en Rito breve, permite en éste la omisión de las partes que el confesor estime convenientes. Consiguientemente, la confesión individual en el modo A no dispone en el 95% de sus celebraciones concretas de un Rito breve, claro, armonioso, uniforme y conveniente. Lo que ha de ser «el único modo ordinario» de la confesión sacramental se configura en un modo ritual amplio, que casi nunca va a ser aplicado en la vida práctica de la Iglesia, y queda en cambio deficientemente configurado en un Rito breve, que es precisamente el que casi siempre ha de ser empleado.

Volviendo a las bendiciones: en una vida parroquial, por ejemplo, se acercan fieles –se acercan en cualquier momento– para que el sacerdote bendiga a sus hijos, un niño enfermo, un rosario, el inicio de un viaje largo, una Biblia, un coche nuevo, una pareja de novios, etc. Y el Bendicional en estos casos 1) o no ofrece un Rito breve o 2) si lo indica es a veces muy precario, sobre todo cuando la oración es solamente oración, sin la compañía de un signo sagrado suficiente.

La Fórmula breve, por ejemplo, para bendecir un rosario es ésta: «En el nombre del Padre, y del Hijo + y del Espíritu Santo» (1393). Sin más. Es muy poca cosa. Y si el ministro trata de superar esa deficiencia, usando una de las oraciones de bendición ofrecidas en el Rito breve, puede ser que la hermosa oración elegida (p. ej. 1391), no vaya acompañada de ningún signo, y tampoco bendiga propiamente el rosario, sino a quienes practiquen esa santa oración. Es posible que al final el cristiano pregunte: «¿el rosario ha quedado ya bendito?» Tiene razón para dudarlo.

Que la bendición sea preferentemente una celebración litúrgica y no sea normalmente un rito breve, trae consigo no pocos inconvenientes. Mons. López Martín escribe (subrayados míos): «Estamos seguros de que la utilización pastoral de este nuevo libro litúrgico requiere un cambio de mentalidad en el modo de entender estos sacramentales llamados bendiciones y que casi nunca se vieron como verdaderas celebraciones de la Iglesia sino, a lo sumo, como una acción ritual de un ministro que en virtud de su potestad podía bendecir y consagrar. La visión es ahora mucho más amplia, abarca incluso el sacerdocio común de los fieles»… (pg. 37). Efectivamente, fuera de las grandes bendiciones de consagración, o las realizadas con el pueblo presente (la bendición de los campos, por ejemplo), la bendición ha sido siempre «una acción ritual» breve, realizada por los sacerdotes ministros o en algunos casos por los laicos (los padres de familia, por ejemplo). Las bendiciones de Cristo –imponiendo, por ejemplo, sus manos sobre un niño o un enfermo–, las bendiciones dadas por los santos, por los párrocos, por los capellanes de hospitales, etc. no han sido normalmente celebraciones eclesiales, sino acciones rituales ejercitadas con relativa sencillez y brevedad por un ministro sagrado. Así han sido, así son y así deben ser.

Por la noche, un niño, todos los días: «Papá, la bendi, que me voy a la cama». En la calle: «padre, ¿me bendice esta medalla?» Éstas son en su inmensa mayoría las bendiciones que se dan en la vida de la Iglesia, pero el Bendicional considera y configura principalmente aquellas bendiciones menos frecuentes que se realizan como «celebraciones de la Iglesia». Y no configura, o lo hace precariamente, aquellas bendiciones que con mayor frecuencia se dan –o se deberían dar– en la vida ordinaria.

No se bendicen objetos en la mayoría de las bendiciones del Bendicional. Al bendecir la comida familiar, por ejemplo, se bendice a Dios, de quien procede todo bien, y a los comensales, pero propiamente no se bendicen los alimentos que van a consumirse como don de Dios. En realidad de verdad habría que bendecir a Dios, a los hombres y a las cosas. (Nota al paso. –Se dice con frecuencia que estamos en una época de materialismo. Para mí que es lo contrario: estamos en una época dominada por el desprecio gnóstico a la materia. Y no me discutan, por favor, este pensamiento, pues no estoy aquí en condiciones de defenderlo a fondo.)

José Aldazábal: «De un lenguaje cosista, que apunta al objeto bendecido, se pasa a uno personalista, centrado más bien en el Dios que bendice, en la comunidad que actúa como mediadora y en las personas, que son las destinatarias últimas de toda bendición». Se evita así un lenguaje «que podría ser interpretado cuasi-mágicamente» (pg.17). Veinte siglos llevamos, por lo visto, configurando el rito de las bendiciones en una forma equívoca, que sugiere casi un acto de magia.

Josep Lligadas: «No se piensa, por tanto, [en el Bendicional] que Dios vaya a conceder alguna peculiar virtud a los objetos que se bendicen (siempre se pide por los que van a usarlos o, en todo caso, refiriéndose a edificios, se pedirá metafóricamente la presencia allí de la gracia de Dios en bien de los que los habitan), ni que deba liberarse a las personas de especiales presencias malignas, ni se pretende que la bendición vaya a proteger de los rayos o de la crisis económica a los que la reciben. Incluso el uso de la palabra “bendecir” es discreto, y parece que se prefiera destacar lo que se pide en la bendición antes que el hecho mismo de que aquello sea una bendición» (Josep Lligadas 60). Esto último, ciertamente, se ha conseguido en tantas bendiciones que realmente no parecen que sean bendiciones. Avanzando en esa dirección se acaba con el Bendicional y con el ministerio sagrado de las bendiciones.

La fe de la Iglesia cree, sin embargo, que las cosas son bendecidas realmente. El mismo Bendicional, empleando en la titulación de las bendiciones el lenguaje tradicional, expresa esta convicción cuando habla, por ejemplo, de la «Bendición de bebidas y comestibles» (1322). Las fórmulas bendicionales que siguen traicionan a ese título, pues propiamente no hay en ellas «bendición ni de bebidas ni de comestibles»; ni de campos, ni de casas, ni de los frutos del campo… Las fórmulas bendicionales que ofrecía, por ejemplo, el Misal romano antiguo expresaban la bendición, por ejemplo, de los panes, con una convicción de fe bien clara: Domine sancte, Pater omnipotens, æterne Deus (bendición ascendente, elogio de Dios bendito, fuente de todo bien), bene + dicere digneris hunc panem tua sancta spirituali benedictione: ut sit omnibus sumentibus, etc. (bendición descendente del objeto y de los fieles usuarios de él). Más aún, en favor del entendimiento tradicional de las bendiciones pueden señalarse dos argumentos:

1. Las oraciones de súplica, alma de toda bendición, tienen una eficacia suplicante que es la propia de toda oración de petición cristiana, y más si esa oración personal está ciertamente potenciada, al ser un sacramental, por la intercesión de la santa Iglesia. Tienen, pues, las bendiciones una virtualidad real para atraer sobre personas, cosas y lugares el influjo benéfico de Dios y para alejar, por el contrario, de ellos todo influjo maléfico del demonio. Todas las bendiciones tienen algo de exorcismo, pues según enseña el Bendicional, el fin de ellas, con la glorificación de Dios y la ayuda espiritual del hombre, es también «alejar del mundo el poder del maligno» (n.11). Y el Catecismo dice que en el exorcismo la Iglesia pide, «en el nombre de Jesucristo, que una persona o un objeto sea protegido contra la influencia del maligno y substraído de su dominio» (1673). ¿Podrá afirmarse, según esto, que al bendecir «no se piensa que Dios vaya a conceder alguna peculiar virtud a los objetos que se bendicen, ni que deba liberarse a las personas de especiales presencias malignas»? (Lligadas, 60). El Bendicional, el Ritual de los exorcismos, el Catecismo de la Iglesia, fieles a toda la Tradición católica, enseñan lo contrario. Hay que creer y esperar que las bendiciones producen los efectos que se piden en las oraciones de bendición. Y no hay en esto, no tiene por qué haber, «superstición», ni peligro de «magia». Ni «cosismo» alguno.

2. Que las cosas, lugares y objetos bendecidos quedan realmente afectados por la bendición de Dios, especialmente en las bendiciones constitituvas, las de consagración, es convicción permanente de la Iglesia, fundamentada en la fe en la eficacia de los sacramentales, pero también en la experiencia. Son relativamente numerosos en la vida de los santos los casos de hierofanía, fenómeno místico que Dios les concede para que disciernan con certeza aquellas cosas que han sido bendecidas, distinguiéndolas con toda seguridad de las profanas. La Beata Ana Catalina Emmerich, por ejemplo, veneraba las reliquias verdaderas, y menospreciaba las falsas; distinguía con una certeza muchas veces probada y comprobada el agua bendita de la no bendecida. Y con los santos ¡también el diablo tiene este discernimiento!… Es testimonio unánime de los exorcistas que los posesos no reaccionan ante el agua simple, en tanto que al recibir el agua bendita sufren y se resisten como si les hubieran rociado con agua hirviendo. Esta realidad comprobada en santos y en posesos es verdadera, y no alcanza a ser negada por la mera fuerza verbal de la palabra «cosista» –que para algunos, sin embargo, es hiperdefinitiva–.

El signo de la cruz está escasamente presente en el Bendicional, pues falta en la mayor parte de las oraciones de bendición. Ésta es, a mi entender, la más grave deficiencia del Ritual de bendiciones actual. El Bendicional indica que en las bendiciones, se une a la oración algún signo visible, y que «los principales signos que se emplean son los siguientes: extensión, elevación o unión de las manos, imposición de las manos, señal de la cruz, aspersión del agua bendita e incensación» (n. 26). Pero después, son muy pocas las veces que a la oración de bendición se une el signo de la cruz.

Lligadas, comentando el Bendicional, declara que «como rito general, se propone decir las oraciones con las manos extendidas o elevadas, lo cual es un signo expresivo de la invocación. No se promociona, en cambio, el rito del signo de la cruz, sin duda por las inadecuadas connotaciones que puede encerrar» (pg. 59). Hasta el nuevo Bendicional, todas las oraciones de ben + dición, incluían el signo de la cruz. ¿Cuáles son las «inadecuadas connotaciones» que pueda tener un signo de la cruz que en la Tradición de la Iglesia, tanto en Oriente como en Occidente, ha mantenido una historia continua de al menos 18 siglos? Con la ayuda de Dom Gregori Maria, en su artículo La señal de la cruz, podremos recordar y comprobar esa tradición constante de la Iglesia.

A comienzos del siglo III, hacia el 215, la Traditio apostolica, un venerable documento que nos refleja la vida de la comunidad cristiana de Roma, refiere que, contra las tentaciones del demonio, los cristianos hacían en la frente el signo de la cruz, diciendo: Signo frontem tuam signo crucis, ad vincendum Satanam. Tertuliano (+220) atestigua que el signo de la cruz se realiza no sólo en la liturgia, sino en todas las circunstancias de la vida: «en todos nuestros viajes y movimientos, en todas nuestras salidas y llegadas, al ponernos los zapatos, al tomar un baño, en la mesa, al prender nuestras velas, al acostarnos, al sentarnos, en cualquiera de las tareas en que nos ocupemos, marcamos nuestras frentes con el signo de la cruz» (De corona militis 3). Y lo mismo dice San Cirilo de Jerusalén (+386): Ne nos igitur teneat verecundia, quominus crucifixum confiteamur. In fronte confidenter, idque ad omnia, digitus crux pro signando efficiatur: dum panes edimus et sorbemus pocala; in ingressibus et egressibus; ante somnum, in dormiendo et surgendo, eundo et quiescendo. Signemos con el dedo nuestra frente, sin avergonzarnos de confesar así al Crucificado, y hagámoslo en toda ocasión a lo largo de nuestros días. Poco después se extiende el signo de la frente al pecho: frontem locumque corais signet (Prudencio +410), y más tarde, en el siglo X, también a los hombros, invocando a la Trinidad. Como ordena la Admonitio Synodalis de mediados del siglo IX: hoc signum recte facere studete, non enim aliter quidquam potestis benedicere. Bien claro queda: sin ese signo es imposible bendecir. Es ésta una convicción común que en el siglo XII expresan los liturgistas y otros documentos.


La signatio crucis iba normalmente acompañada de la invocación trinitaria: In nomine Patris et Filii et Spiritus Sancti. El Ritual Romano mantenía la fórmula frecuente en los rituales medievales: Ecce crucem Domini, fugite partes adversæ: vicit leo de tribu Iuda, Radix David, amen! Y en el exorcismo del sacramento del Bautismo se decía: Et hoc signum sanctæ crucis, quod nos eius fronti damus, tu maledicte diabole, numquam audeas violare. En las Iglesias del Oriente era, y sigue siendo, normal que los ministros sagrados, al dar las bendiciones y realizar los exorcismos, lo hicieran con un pequeño crucifijo en la mano, y pronunciando oraciones como las ya aludidas. El mosaico de San Vital de Rávena (s. VI) nos muestra al obispo San Maximiano sujetando con su mano derecha una de estas «cruces de bendición».

«Desde la más remota época se unió a todas las fórmulas de bendición la señal de la cruz: quia crux Christi, omnium fons benedictionum, omnium est causa gratiarum; hasta puede decirse que cuando un texto litúrgico lleva consigo los vocablos benedicere, consecrare, sanctificare, lleva necesariamente la señal de la cruz» (Dom Gregori Maria). Todavía, por ejemplo, el Obispo, antes de dar la bendición al pueblo, traza el signo de la cruz sobre su propio pecho, sit nomen Domini benedictus. Hay signación de la cruz en el Desu, in adiutorium, al comienzo de la lectura del Evangelio, y también en la Liturgia de las Horas, cuando se recitan los cánticos evangélicos, Benedictus, Magnificat y Nunc dimittis.

La gran virtud de la señal de la Cruz se muestra en la vida de los santos, no sólo en la tradición unánime de las liturgias de Oriente y Occidente. Recordaré únicamente un par de ejemplos.

En la vida de San Benito (+547), escrita por San Gregorio Magno en el año 593, se refiere un milagro que manifiesta el poder del signo de la cruz en las bendiciones. Siendo Abad de un monasterio, que le había sido encomendado para reformarlo, trayéndolo a la observancia, unos monjes «después de decidirlo en consejo, mezclaron veneno en el vino. Cuando al sentarse a la mesa, le fue presentada al Abad la vasija de cristal que contenía la bebida envenenada para que la bendijera, según costumbre del monasterio, Benito, extendiendo la mano, hizo la señal de la cruz y con ella se quebró el vaso que estaba a cierta distancia; y de tal modo se rompió , que parecía que aquel vaso de muerte, en lugar de la cruz, hubiera recibido una pedrada. Comprendió en seguida el varón de Dios que debía contener una bebida de muerte lo que no había podido soportar la señal de la vida» (Diálogos III).

«Santa Clara [+1253], devotísima discípula de la cruz», preparando la visita del Papa a su monasterio, «mandó preparar panes para las hermanas en todas las mesas, con la intención de guardar aquellos panes una vez que los hubiese bendecido el Vicario de Cristo». Pero fue grande su sorpresa cuando el Papa le mandó: «Hermana Clara fidelísima, yo quiero que seas tú la que bendiga estos panes haciendo sobre ellos la bendición de Cristo, a quien te has entregado por completo como precioso sacrificio». Santa Clara se resistía por humildad, pero el Papa insistió. «“Te mando por santa obediencia que hagas la señal de la cruz sobre estos panes y los bendigas en el nombre de Nuestro Señor Jesucristo”. Entonces ella, como verdadera hija de obediencia, bendijo devotísimamente los panes con la señal de la cruz. Y al instante apareció una bellísima cruz sobre todos los panes», según piadosa tradición popular. «San Francisco les enviaba [a las Hermanas] muchos enfermos; y ellas, haciéndoles la señal de la cruz, que veneraban de todo corazón, daban salud a todos» (Actus 43, Fioretti 35; cf. Leg. S. Claræ 29).

La supresión de la señal de la cruz en la mayor parte de las oraciones del Bendicional fue un gran error, fue una grave ruptura con una tradición unánime de la vida litúrgica y devocional de la Iglesia, tanto en Oriente como en Occidente. Tan entrañada está la signación de la cruz en las diversas bendiciones, que hoy los fieles, al presenciar algunas bendiciones de personas, cosas o lugares en las que se omite el signo de la cruz, no acaban de creer que la bendición se ha realizado. Y es el pueblo cristiano quien en esto lleva la razón, y no los liturgistas que elaboraron el Bendicional.

Felizmente, la Santa Sede corrigió este grave error. Ya en el Catecismo (1992) se enseña que «la Iglesia da la bendición invocando el nombre de Jesús y haciendo habitualmente la señal santa de la cruz de Cristo» (1671). Pero la corrección explícita del Ritual de Bendiciones fue realizada por la misma Congregación para el Culto Divino, siendo su Prefecto el Cardenal chileno Jorge Medina (1926-). Por medio del decreto De signo sanctæ Crucis in benedictionibus semper adhibendo (14-IX-2002), fechado en un día de la Exaltación de la Santa Cruz, se ordena que los ministros que bendicen personas o cosas han de hacer siempre la señal de la cruz. Demos gracias al Señor, que cuando algo hace mal su amada Esposa, dispone en su bondadosa Providencia que sea pronto corregido. Al final de este artículo transcribo el texto latino del Decreto. Dice así:

«Considerando que siempre se ha mantenido vigente la costumbre litúrgica de integrar el signo de la cruz en los ritos de bendiciones, trazándola el celebrante con la mano derecha sobre las personas o las cosas por las que se invoca la misericordia (divina), esta Congregación del Culto Divino y de la Disciplina de los Sacramentos, para dirimir ciertas dudas, ha establecido que, aunque algunas partes del Ritual Romano en el título De Benedictionibus guarde silencio sobre el propio signo o no haga expresa mención del momento apropiado para hacerlo, sin embargo, los ministros sagrados deben considerar necesario realizar el citado signo de la cruz en todas las sagradas bendiciones.

«Aunque falte la mención del signo, debe considerarse como un momento oportuno para hacerlo cuando en el texto de bendición se emplee la palabra benedictio, benedicere o alguna semejante, y si estas expresiones faltaran, al concluirse el texto mismo de la oración de bendición».

Lamentablemente esta norma ha sido ignorada y silenciada, al menos en el Bendicional. Versión castellana de la edición típica. Reimpresión 2012 (Libros Litúrgicos, Conferencia Episcopal Española, Madrid 2012, 675 pgs.). Aunque maquetado nuevamente el texto, como se ve por el cambio de las páginas, se reproduce el mismo de 1986. Y no se incluye el histórico decreto De signo sanctæ Crucis in benedictionibus semper adhibendo. Los usuarios de este Bendicional no podrán, pues, cumplir la norma de Roma sobre la necesidad del signo de la cruz en todas las bendiciones, porque no la conocen, ya que se ha considerado conveniente no informarles de ella.

Bendigamos siempre con la señal de la cruz. Es la Iglesia la que instituye los sacramentales. Por eso, si su eficacia se fundamenta principalmente en la intercesión de la Iglesia, debemos obedecer en conciencia lo que Ella ordena sobre el modo de bendecir siempre con la señal de la cruz. Esto, en la práctica, exige que los ministros de la bendición estudiemos en el Bendicional el momento del rito que parece más adecuado para insertar la señal de la cruz, allí donde falte –que falta normalmente–, cosa que no siempre es fácil, pues algunas bendiciones son puramente ascendentes. En estos casos, añádase al final del rito, como lo indica el citado decreto.

José María Iraburu, sacerdote

Apéndice. Urbis et orbis Decretum. De signo sanctæ Crucis in benedictionibus semper adhibendo.

Cum ex usitato more semper liturgica viguisset consuetudo, ut in ritibus benedictionis signum crucis adhiberetur, id dextera manu a celebrante super personas aut res describendo, pro quibus misericordia impetratur, hæc Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum ad dirimenda dubia statuit, ut, etiam si textus illius partis Ritualis Romani cui titulus De Benedictionibus silentio signum ipsum praetereatur vel expressa in eo careat mentione temporis opportuni huius actionis, attamen tamquam necessarium in quavis benedictione sacris ministris peragenda supradictum signum crucis usurpetur.

Hac vero absente mentione, tempus opportunum habeatur cum textus benedictionis verba benedictio, benedicere vel similia praebeat vel his deficientibus verbis, cum concluditur ipsa oratio benedictionis.

Contrariis quibuslibet minime obstantibus.

Ex aedibus Congregationis de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, die 14 Septembris A. D.2002, infesto Exaltationis Sanctae Crucis.

+GEORGIUS A. card. MEDINA ESTÉVEZ, Præfectus

+Franciscus Pius Tamburrino, archiep. a Secretis

Índice de Reforma o apostasía

20 comentarios

  
amauta
Muchas gracias P. José Mª por dar a conocer el decreto de la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Lo ignoraba y la verdad es que instintivamente hacía la señal de la cruz al hacer una bendición. Cuando la fórmula no la traía hacía la "trampa" de hacer la bendición genérica al final que consiste precisamente en hacer el signo de la cruz en el nombre de la Trinidad. Cuando la gente trae estampas, medallitas, etc. para bendecir y que no son para la persona que las trae, al hacer el rito breve me toca adaptar la fórmula, porque según el ritual se trata de una bendición a la persona presente y no se vincula esta para nada a los objetos que quiere que se bendigan. Sé que hago un abuso, si se tratara de un sacramento desde luego que no me atrevería a cambiar ni una letra, pero es que si no esta bendición no tiene ningún sentido respecto a lo que se pretende. Suelo añadir al decir que el Señor bendiga a la persona la coletilla de que haga uso de la medalla, estampa, etc. Muchas gracias por aclarar estas cosas de las que tan poco se habla.
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JMI.-No se habla, sencillamente, porque apenas hay fe en los sacramentales, en las bendiciones. Y si no hay fe... ¿qué son esos pequeños ritos? Algo vano, sin valor, con un toque de superstición o de magia.
24/06/13 12:18 PM
  
anonimo
Una vez en un convento de dominicos pedi que me bendijeran un rosario.

el sacerdote me pidio que entrara en la sacristia y mediante un breve ritual que realizo con un libro gordo de tapas rojas lo bendijo.

sin embargo me dijo que no se bendecian ya los rosarios sino a las personas que lo rezaban.

En otra ocasión para bendecir otro rosario en un convento de carmelitas el sacerdote dijo una breve oracion y la señal de la cruz sobre el rosario.

Al final no me quedo bien claro las diferencias entre uno y otro y si tras el ritual primero es necesario que siga bendiciendo los rosarios a partir de ahora o basta con esa bendición


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JMI.-Por lo que cuenta, la bendición que vale es la que dió el cqarmelita. Y lo que le dijo el dominico es falso, como ya lo ve por este artículo.
24/06/13 3:30 PM
  
pedro de madrid
¡Enhorabuena! por todo lo que escribe. Hace años, llegaron a mi poder, unas hojas editadas en el Círculo Mariano de Bendición por Fray Antonio Corredor ofm, de un apartado de correos de Cáceres y me acuerdo que decía que cada cristiano debía bendecer a los suyos, etc., pues bien, todas las noches que me levanto desde la puerta de la habitación de mis hijos, nietos y otros familiares, los bendigo, tanto estén presentes como ausentes, así lo recomendaba insistentemente, así lo hago, espero hacerlo bien, saludos en Cristo, Padre
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JMI.-Bendición +
24/06/13 6:31 PM
  
susi
Decía el catecismo que estudié de pequeña
-¿Cuál es la señal del cristiano?
-La señal del cristiano es la Santa Cruz.
Malo si para bendecir se omite la señal del cristiano.
No me extraña que la gente espere que para bendecir algo el sacerdote haga-!qué menos!- la cruz.
Dios le bendiga, Padre
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JMI.-Bendición + Susi.
24/06/13 10:46 PM
  
catolico
Padre JMI, estaria dispuesto usted a ir a bendecir la isla de Cuba cuando pase el oscurantismo en el que vive la isla y las visisitudes y escaseses que sufren los fieles en la actualidad , Cristo le bendiga .
25/06/13 12:28 AM
  
Ricardo de Argentina
"La Iglesia bendice con la Cruz"
Ésta fue una frase repetida varias veces en la homilía del buen sacerdote que ofició la misa ayer domingo. Y la traía a colación para hacernos ver que la cruz era sacrificio, dolor, el cual no debía ser ni rechazado ni temido por el cristiano, al contrario, ya que con ese mismo dolor y sacrificio -que nos recuerda el de NSJC- la Iglesia nos bendice.

No obstante, a mí no me extraña que haya quienes dentro de la Iglesia sostengan que la señal de la cruz tiene "inadecuadas connotaciones", pues he visto (años ha) a feligreses burlarse de un sacerdote que "todavía" utilizaba el agua bendita para asperjar a los fieles. Supongo que ellos también creerían que el agua bendecida tenía "inadecuadas connotaciones". Hay gente pa'to.
Tengo el convencimiento de que esas equivocadas actitudes, de perpetuarse (Dios no lo permita) llevarán a que la Iglesia devenga irreconocible, porque afectan a lo esencial de sus signos.
25/06/13 2:44 AM
  
Luis Fernando
Esto de que Roma mande cosas y las conferencias episcopales no hagan ni repajolero caso, queda muy, pero que muy feo.

El cardenal Medina, Prefecto de Culto, decretó en 2002 que "en todas las bendiciones se integrara el signo de la cruz".

Sin embargo, la edición bendicional del 2012 hecha por la Comisión Episcopal de Liturgia de la CEE ignora este decreto, y sigue sin cruces.

¿Y a quién reclamamos? Al maestro armero.
25/06/13 1:33 PM
  
Luis - Madrid
Padre Iraburu,

Tengo un par de dudas:

1) En el punto 18 parece indicarse que los laicos sólo podemos impartir algunas bendiciones (las que indica el bendicional) con el permiso del ordinario del lugar.

¿Es realmente necesario el permiso del obispo para que un padre bendiga a su hijo? Pero a lo mejor estoy malinterpretando las instrucciones.

Si toda bendición es una celebración litúrgica (y en ella se ve comprometida toda la Iglesia), entiendo que la Iglesia exija su celebración por parte de ministros ordenados, y sólo por laicos con permiso especial y debidamente preparados.

Pero esta visión restringe mucho el uso de las bendiciones.

2) Por otra parte, dentro de los signos me gustaría saber qué signos (y de qué forma) quedan reservados a los sacerdotes y cuales podemos realizar los laicos:

Por ejemplo en el bendicional se especifica que los sacerdotes orarán con las manos extendidas y los laicos con las manos juntas, pero ¿hay alguna norma o costumbre piadosa con respecto al resto de signos?

- Señal de la cruz (¿al aire o signar la frente?)
- Imposición de manos
- Aspersión de agua bendita (por ejemplo, me refiero a mojar los dedos en agua bendita para signar a alguien)
- Incensación (personalmente no me parece adecuado su uso fuera de las celebraciones litúrgicas)

Lo pregunto porque en algún lugar me dijeron que los laicos al bendecir no podemos ni imponer las manos ni realizar la señal de la cruz "al aire", pero el bendicional no dice nada.

Muchas gracias por su atención y que Dios le bendiga

Luis - Madrid
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JMI.-Respondo a las dos.
1) Hay bendiciones, como la de los hijos, que el mismo Bendicional indica que pueden ser dadas por los padres (n.176), y en tal caso no hace falta permiso alguno del Obispo. En otros casos en que no se indique, o sea dudoso, sí convendrá ese permiso previo.

2) No puedo hacerle una lista de qué bendicones están reservadas a ministros sagrados y cuáles a laicos porque no está hecha. Hay que tener el Bendicional y, en cada caso (tiene buenos índices), ver si una bendición está o no autorizada a laicos.

Por otro lado, si el Decreto ya citado dispone que en "todas" las bendiciones ha de hacerse la señal de la cruz, trazándola con la mano derecha, y no restringue este gesto a obispos, presbíteros y diáconos, se entiende que pueden realizarla los laicos. En el Bendicional, que como digo no indica casi nunca ese trazado, exigido posteriormente por el Decreto, dice que los padres bendicen "haciendo la señal de la cruz en la frente de sus hijos" (n. 192). Entiendo yo que puede hacerse así, o bien puede hacerse trazando la cruz como indica el Decreto sin limitación alguna.



25/06/13 3:20 PM
  
clara
Mi abuela nos hacía la señal de la cruz a los nietos -diciendo "Dios te guarde, nieta mía"- siempre que se despedía de nosotros por un tiempo largo. A mi me conmovía esa bendición de mi abuela, y la he repetido con mis hijos cada noche antes de irse a dormir.
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JMI.-Bendigamos al Señor, por esa buena costumbre.
Y bendigamos hijos y nietos. Y sobrinos.
25/06/13 8:46 PM
  
Leonardo
Estimado Padre, estoy encomendando a la intercesión del Beato Papa Juan Pablo II a un tío mío que está enfermo del mal de Parkinson, y este inicio del invierno del Sur lo tiene a mal traer. Agradezco las oraciones de todos. Mi tío se llama Mario.
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JMI.-Oremos.
25/06/13 9:15 PM
  
eaa17
Padre, en mi país es muy común que los hijos le pidan la bendición a los padres, padrinos, tíos y abuelos. Usualmente la fórmula es: - Bendición - Que Dios te bendiga y guarde.

Mi pregunta es, ¿puede uno usar la fórmula de la Bendición de Aaron -"Que Yahvé te bendiga y te guarde. Que haga resplandecer su rostro sobre ti y te otorgue su gracia. Que vuelva a ti su rostro y te de la paz"- para bendecir a otra persona que se lo pida (como es costumbre acá)... O esa fórmula está reservada sólo para sacerdotes...?

Saludos desde Caracas.
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JMI.-En la Biblia hay, aparte de ésa, otras muchas fórmulas de bendiciones. Pero en los sacramentales, en las bendiciones concretamente, debemos usar las que estén vigentes en el Ritual de Bendiciones de nuestra Iglesia local, en su caso Venezuela. No sé si tendrá propio o si usará el mismo Bendicional que tenemos en España. Aparece editado para los países de habla española". Pero a las Conferencias Episcopales de cada país la Congr.del Culto les da autoridad para realizar las adaptaciones que vean convenientes. No sé si se habrá hecho algo propio en Venezuela.
27/06/13 8:29 PM
  
Juan
Qué buen artículo, Padre. Gracias.
Mi madre todavía me hace la Cruz en la frente cuando nos despedimos. Y lo mismo hago con mis hijos.
Pero recién ahora me entero de todo esto.
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JMI.-Bendición +
01/07/13 5:14 AM
  
Ignacio Jonatan Hernández López

Saludos.

Ruego tenga a bien atender mi consulta:



Usted dijo que: «El Código de 1917 enseñaba que Las consagraciones y las bendiciones, sean constitutivas o invocativas, son inválidas si no se emplea la fórmula prescrita por la Iglesia». Yo entiendo que la Iglesia es quien opera a nuestra instancia, cuando hacemos exactamente como ella lo manda. Es ovbio: Si la Iglesia nos permite actuar en su nombre, es para que hagamos en virtud de ello aquello que ella quiere hacer; Lo contrario carecería de sentido, y sería pervertir la autoridad recibida.



Ahora bien, entendiendo -si no lo hago mal- que la Iglesia con «su peculiar enchufe en el cielo» intercede pidiendo la Bendición a Dios, hemos de preferir su intercesión;

Pero, he aquí mi pregunta: ¿Las Bendiciones están limitadas a las sacramentales, a las que hace la Santa Iglesia? ¿Cuando no lo hacemos como Ella lo manda, saviendo que no cumplimos los requisitos que nos pide, en su lugar podemos pedir a Dios su Bendición en nombre propio con conciencia de ser Hijos del «Padre Nuestro que está en el Cielo»?



Pidan y se les dará; busquen y encontrarán; llamen y se les abrirá. Porque todo el que pide, recibe; el que busca, encuentra; y al que llama, se le abrirá.

¿Quién de ustedes, cuando su hijo le pide pan, le da una piedra? ¿O si le pide un pez, le da una serpiente?

Si ustedes, que son malos, saben dar cosas buenas a sus hijos,

¡cuánto más el Padre de ustedes que está en el Cielo dará cosas Buenas a aquellos que se las pidan!


([Mt, 7, 7-11])

Entiendo, (o creo entender), que JesuCristo se refiere a aquellos que se las pidan (por el echo de pedirlas (bajo relación filial)), y no solo a los Apóstoles, ni sólo a San Pedro...



Gracias, que Dios le Bendiga, y que siga enseñándonos tanto y tan bien como lo hace.


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JMI.-No es fácil responder a este tipo de preguntas (por lo menos para mí). Pero sí parece fácil distinguir entre la eficacia de una bendición sacramental, realizada según la Iglesia dispone, y la de una simple oración de petición al Señor, que también tiene, por supuesto, eficacia, aumentada si son dos o más los que, en el nombre de Jesús, piden algo al Padre celestial.

Pero no hay un metro para medir estas cosas.
06/07/13 2:06 PM
  
Marcos
Buenas, y gracias de antemano, tengo una duda personal en relación con la primera parte de su artículo.

Resulta que hablando mi novia y yo, con un sacerdote amigo nuestro sobre nuestra relación de pareja nos aconsejó realizar la bendición de los novios. Yo había oído hablar sobre dicha bendición, que me parece muy bien, pero tenía entendido que se realizaba cuando se estaba prometido...

En ese momento nos negamos a realizar la bendición, por el hecho de hacer una celebración especial invitando a los familiares, no lo veíamos apropiado por el hecho de no estar prometidos. Pero según parece podríamos hacer el rito breve, ¿que nos aconseja?
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JMI.-Un consejo hay que darlo haciendo el discernimiento sobre la persona o las personas involucradas y sus circunstancias y consecuencias previsibles. En este caso, lo ignoro todo.
Sería temerario aconsejar.
23/07/13 12:40 AM
  
Fred
Padre, muchas gracias por su excelente explicacion en este foro, me queda una duda porque no consigo por ejemplo, como un ministro laico puede realizar una bendicion a las novios en un matrimonio civil que luego se casaran por la iglesia..en el acto civil cual seria el bendicional que puede ser utilizado..si es que se puede realizar la bendicion...que Dios le bendiga y su bendicion
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JMI.-En el Bendicional (197-216) se ofrece unas fórmulas de bendición de los novios-prometidos. Puede ser empleado por los padres respecto de sus hijos, pero si hay presente sacerdote o diácono, por éstos.

En todo caso, debe queda netamente separada la ceremonia civil del la ceremonia litúrgica-sacramental. En la civil una bendición de "un ministro laico" (o de un sac.o diácono) creo yo que no tiene sentido alguno. Es inconveniente. El matrim.civil es civil, y punto. Y va seguido del matr.sacramento, donde hay bendiciones y todo lo que Ud. quiera.
26/07/13 4:44 PM
  
lupe
Padre aller fui a una musa de sanacion y cuando pase a resibir la uncion de los enfermos al ponerme el aseite no me isieron la senal de la cruz si no al ponerme el haceite me isieron un circulo que quiere decir o que significa

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JMI.-El sacramento de la unción no prevé como signo hacer un círculo.
No sé qué querría significar el sacerdote.
29/10/14 10:51 PM
  
lupe
Disculpe pero quiero saber que significa el circulo en la iglesia católica
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JMI.-No sé decirle, no creo que tenga un sentido especial.
Puede significar la "universalidad" de la Iglesia CATOLICA, pues el círculo es un espacio total. Cristo Rey, sentado sobre una esfera, es "el Señor del universo". Un círculo luminoso sobre o tras la cabeza, significa la santidad.
31/10/14 1:12 AM
  
Bryan
Saludos , ¿Dantur casus que significa?
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JMI.-Se dan casos...
21/04/17 3:30 AM
  
Ruth Reyes
Por favor me podria decir donde puedo comprar La cruz del Perdon, La medalla de Nuestra Señoradel Amparo y el Escapulario de Bendicion y Perdon.
Muchisimas gracias por compartirnos esta informacion. Que Dios y la Virgen lo bendiga y proteja a usted y su familia siempre
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JMI.-No, no sé informarle de lo que pregunta.
Me figuro que su busca usted por internet lo encontrará.
09/10/18 4:08 PM
  
NATALIA
"Resumo lo ya dicho sobre las bendiciones: son sacramentales, ritos sagrados instituidos por la Iglesia a semejanza de los sacramentos, "

Padre, ¿Los sacramentos son de institución divina?, ¿sería una de las diferencias con los sacramentales?.

Gracias.
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JMI.-Con la asistencia del Espíritu Santo, los instituye la Iglesia, al estilo de los sacramentos.
Bendición +
10/04/21 7:13 PM

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