Se le impone retirarse a una vida de oración y penitencia

La Congregación para la Doctrina de la Fe dictamina que el P. Karadima es culpable de abusos sexuales

La Congregación para la Doctrina de la Fe, responsable del procedimiento penal canónico por las denuncias contra el sacerdote Fernando Karadima, ex-párroco del Sagrado Corazón de El Bosque (Santiago de Chile), le ha «declarado culpable de los delitos mencionados en precedencia y en modo particular del delito de abuso de menor en contra de más víctimas», y le ha impuesto «retirarse a una vida de oración y penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos».

(Agencias/InfoCatólica) En una rueda de presa que ha tenido lugar en el Arzobispado de Santiago, el arzobispo, Mons. Ricardo Ezzati.ha asegurado que el sacerdote cometió “delito contra el sexto precepto del decálogo cometido con violencia y abuso de ministerio según las normas del canon 1389 del Código de Derecho Canónico”. "Sobre las base de las pruebas adquiridas, el reverendo Fernando Karadima Fariña es declarado culpable de los delitos mencionados en precedencia y en modo particular del delito de abuso de menor en contra de más víctimas", ha declarado.

El arzobispo ha comunicado la sanción que recae por estos delitos sobre el conocido sacerdote, que lideró la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón, en dicha parroquia, durante varias décadas: “En consideración de la edad y del estado de salud del Rvdo. Fernando Karadima Fariña, se considera oportuno imponer al inculpado retirarse a una vida de oración y de penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos”.

El arzobispo de Santiago, Mons. Ricardo Ezzati. de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha recibido el encargo de “evaluar el lugar de residencia, dentro o fuera de la diócesis, de tal modo de evitar absolutamente el contacto con sus ex parroquianos o con miembros de la Unión Sacerdotal o con personas que se hayan dirigido espiritualmente con él”. Mons. Ezzati ha asegurado que ya se ha decidido el destino del sacerdote sancionado.

“Se impone también, de acuerdo al canon 1336 § 1, 3º, la pena expiatoria de prohibición perpetua del ejercicio público de cualquier acto de ministerio, en particular de la confesión y de la dirección espiritual de toda categoría de personas”, ha agrega el prelado.

El arzobispo ha explicado que el P. Karadima ya fue notificado de la resolución vaticana. El sacerdote ha vuelto a afirmar que se considera inocente y está preparando su defensa.

Junto a la entrega del documento, Mons. Ezzati debe disponer una visita canónica a la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón para verificar la eclesialidad de los procesos formativos y la transparencia de la administración económica.

El P. Karadima fue acusado por abusos por el gastroenterólogo James Hamilton, el periodista Juan Carlos Cruz, el filósofo José Andrés Murillo y el abogado Fernando Batlle, en un caso que también fue revisado por la justicia civil, que por estos días evalúa reabrirlo ante recomendación de la fiscal judicial María Loreto Gutiérrez.

Comunicado completo del Arzobispo de Santiago:

Como Arzobispo de Santiago, pongo en conocimiento de la comunidad eclesial y de la opinión pública la resolución de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto de las acusaciones contra el sacerdote Fernando Karadima Fariña. 

En julio de 2010, la Congregación para la Doctrina de la Fe inició el proceso penal administrativo, en conformidad al canon 1720 del Código de Derecho Canónico (CIC). El proceso ha concluido con la emanación de un Decreto, enviado por el S.E. el Prefecto de dicho Dicasterio, el cual me fue informado el pasado 16 de enero de 2011. 

Las denuncias y los testimonios acerca de los comportamientos del sacerdote Fernando Karadima fueron recogidos por el Promotor de Justicia en la indagación previa, y por el Cardenal Francisco Javier Errázuriz. Estos fueron sucesivamente ampliados con otros testimonios. Todos los antecedentes fueron considerados por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Las conclusiones de la Congregación para la Doctrina de la Fe tienen fundamento en el elenco de los delitos que, en conformidad con el CIC, han sido definidos por el Papa Juan Pablo II en su motu proprio “Sacramentorum sanctitatis tutela” (Tutela de la santidad de los sacramentos), del año 2001, y cuya competencia corresponde al referido Dicasterio.

El extenso estudio y examen de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha concluido lo siguiente:

1. Sobre la base de las pruebas adquiridas, el Rvdo. Fernando Karadima Fariña es declarado culpable de los delitos mencionados en precedencia, y en modo particular, del delito de abuso de menor en contra de más víctimas (art. 6 § 1, 1º del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela), del delito contra el sexto precepto del Decálogo cometido con violencia (canon 1395 § 2 del CIC), y de abuso de ministerio a norma del canon 1389 del CIC.

2. En consideración de la edad y del estado de salud del Rvdo. Fernando Karadima Fariña, se considera oportuno imponer al inculpado de retirarse a una vida de oración y de penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos. Será preocupación del Arzobispo de Santiago, de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe, evaluar el lugar de residencia, dentro o fuera de la diócesis, de tal modo de evitar absolutamente el contacto con sus ex parroquianos o con miembros de la Unión Sacerdotal o con personas que se hayan dirigido espiritualmente con él.

3. Se impone también, de acuerdo al canon 1336 § 1, 3º, la pena expiatoria de prohibición perpetua del ejercicio público de cualquier acto de ministerio, en particular de la confesión y de la dirección espiritual de toda categoría de personas.

4. Además, se impone la prohibición de asumir cualquier encargo en la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón.

5. En caso de no observar las medidas indicadas, el inculpado podrá recibir penas más graves, no excluida la dimisión del estado clerical.

6. De acuerdo al artículo 27 del m.p. Sacramentorum Sanctitatis tutela, el inculpado podrá interponer un recurso adverso a esta decisión ante la Sesión Ordinaria de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el término perentorio de 60 días hábiles, desde la notificación del Decreto.

7. Junto a la entrega del presente decreto, este colegio sugiere que el Arzobispo de Santiago disponga, en común acuerdo con esta Congregación, una visita canónica a la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón, con el finalidad de verificar la eclesialidad de los procesos formativos y la transparencia de la administración económica”.

 

El Arzobispo de Santiago ha cumplido con el protocolo que corresponde a este Decreto. Personalmente lo ha notificado al padre Fernando Karadima el pasado 17 de enero, y de inmediato le ha fijado un lugar de residencia, conforme a las características definidas. Asimismo, prontamente presentará a la Congregación para la Doctrina de la Fe un programa para iniciar la Visita Canónica a la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón.

Al dar a conocer este Decreto, como Pastor de la Iglesia en Santiago experimento una profunda pena y dolor por las personas dañadas, a quienes una vez más quiero manifestar mi cercanía de padre y pastor. Hoy personalmente quise ponerme en contacto con las víctimas para darles a conocer la resolución de la Santa Sede, mientras a pocos días de iniciado el Ministerio en la Arquidiócesis tuve la oportunidad de reunirme con uno de ellos.

Asimismo, siento gran tristeza por el daño que se ha causado al ministerio y a la misión propia del sacerdote en la Iglesia. Sin embargo, también me asiste una serena esperanza porque, como dice Jesús, “la verdad los hará libres”. Creo que nunca debemos renunciar a la búsqueda de esa verdad.

Agradezco el trabajo iniciado por el Cardenal Francisco Javier Errázuriz, enviado a Roma según la normativa canónica. De la misma manera, agradezco el examen de los testimonios y pruebas realizadas por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

La resolución de la Santa Sede es una palabra autorizada. Los Dicasterios de la Curia Romana actúan en nombre del Santo Padre, buscando la salvación de las almas, que es la ley suprema de la Iglesia.

Hago un llamado a la comunidad eclesial a asumir la decisión de la Santa Sede con espíritu de fe y esperanza, ayudándonos mutuamente para que estos hechos nunca más vuelvan a producirse y animo a todos mis hermanos sacerdotes a caminar en santidad de vida, tras el Señor Jesús.

 

Santiago, 18 de febrero de 2011.

15 comentarios

Ricardo de Argentina
Bueno, parece que se ha dado vuelta la torta : la justicia eclesiástica ha sido más eficiente y estricta que la civil.
Vamos mejorando.
18/02/11 8:08 PM
Ikari
Ahora solo falta esperar por la justicia civil
18/02/11 8:54 PM
Ricardo de Argentina
La justicia civil ya falló, absolviendo al acusado.
Si tuviesen un poco de ética profesional, (un poco tan sólo), dejarían actuar a la eclesiástica, que ha demostrado ser mejor.
Porque cuestiones de qué ocuparse, se supone que tienen. ¿O no?
18/02/11 9:26 PM
justo
A ver si ahora no caen cardenales, obispos y clérigos que hacen cumplir las leyes eclesiásticas para otros, pero no para ellos.
18/02/11 10:09 PM
Tony de New York
Este cura en la carcel TIENE que estar. Por fin la mafia homosexual esta cayendo poco a poco y no gracias a los obispos mas a las victimas que dijeron, basta ya.
18/02/11 11:24 PM
Martin de Argentina
Y como en otros casos parecidos, había un gran culto hacia su persona. Muchos lo tenían como otro P. Hurtado. Me lamento por las víctimas, y por tanta gente de buena voluntad que se ve defraudada.

Muy bien por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Y la justicia chilena ... ya se está pareciendo a la argentina ...

Cordiales saludos.
19/02/11 3:23 AM
oceanida
Que Dios me perdone si abuso, pero creo que a este hombre lo deberian juzgar por lo civil tambien. Necesitamos ser creibles a los ojos de la sociedad y que entiendan que la Iglesia no se zafa de nada ni esconde y perdona esta clase de sucesos dentro de ella. Y paren de culpar a todos los sacerdotes del mundo. Estaria bien empezar por ahi.

Que Dios les bendiga.
19/02/11 5:50 AM
Esteban
Es increíble que la justicia civil lo absolviera, cuanta corrupción hay en nuestras autoridades, y en los que influenciaron para que la justicia fallara así, igual que en México donde nunca se enjuician estos casos, y hay total impunidad
19/02/11 6:00 AM
Carlos
Espero que la justicia civil actúe. No basta una vida retirada, sino la cárcel, aunque esto último evidentemente le corresponde al Estado.
19/02/11 7:11 AM
Ricardo de Argentina
Los que claman para que actúe la justicia civil en este caso (que ya ha actuado, y pésimamente), parecieran no querer ver las cosas como son.
La justicia liberal es tan corrupta como el régimen liberal. Poner su confianza en ella no sólo es una ingenuidad imperdonable, sino que demuestra ignorancia de la realidad.
19/02/11 9:57 AM
Junco
Me parece que debemos ser un poco más cautos en los juicios por razón de justicia. Me explico: la sentencia del Supremo Tribunal Apostólico de la S. Congregación para la Doctrina de la Fe no está firme, aún no es definitiva, pues es posible la apelación y el condenado (en la primera instancia) ya anunció que apelará la resolución.
Claro que debe tenerse en cuenta que en la segunda instancia decidirá el mismo tribunal, por lo que si no hay contundentes pruebas de la inocencia, se ve difícil revertir el fallo.
19/02/11 10:24 AM
Hesse
El nº2 dice: “ En consideración de la edad y del estado de salud del Rvdo. Fernando Karadima Fariña, se considera oportuno imponer al inculpado de retirarse a una vida de oración y de penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos.”

Pregunto, si alguien lo sabe, pues ignoro del tema.: suponiendo que el rvdo fuera más joven,
y gozara de buena salud, ¿cuál es la sanción que la Congregación le impondría?

Otra cosa. A mí entender éste “sacerdote “ no tuvo en cuenta ni la edad, ni el estado de salud mental de sus víctimas luego de sus actos. Debe ir preso.
19/02/11 2:35 PM
Leopoldo Quezada
Lo que ha ocurrido con el "Padre" Karadima es todo un tema. Hay alegría porque la Iglesia haya sancionado a un sacerdote homosexual que ocupaba su poder y su ministerio para seducir, corromper y abusar de jóvenes y adultos varones. Ocupó los enormes recursos que generaba su parroquia para establecer una red de protección. Pero también hay pesar, evidentemente entre quienes aun creen que no es verdad. La justicia civil lo absolvió tanto por el tiempo en que ocurrieron los hechos denunciados, más de 20 años atrás, como por la falta de rigurosidad del juez que investigó que ni siguiera realizó careos.
Pero hay un tema pendiente: este señor fue el formador de varios sacerdotes e incluso obispos y conformó una comunidad sacerdotal que cuenta con muchos recursos económicos. Es más, existe una confusa situación con un sacerdote en lo que pareciera ser otro caso de pago de servicios sexuales o de silencio a un empleado parroquial que también deben ser investigados.
La Iglesia no sólo debe actuar con energía en contra de este mal pastor, sino también de todos los que permitieron sus abusos o siguen sus pasos.
19/02/11 6:06 PM
Esteban
Supongo que la reducción al Estado laical, creo que la Iglesia debería entregar los expedientes a las autoridades correspondientes, en este caso serían Cortes Internacionales, porque como ya mencionó Ricardo, las autoridades judiciales de ese país evidenciaron su corrupción al absolverlo

Lo positivo de todo este embrollo es que la Iglesia fuera transparante e hiciera publica la condena, algo novedoso.
19/02/11 6:57 PM
catalina carrasco
Bien por el Vaticano. Impresentable, repito impresentable la justicia chilena. me pregunto, también corrió plata alli?

Sres y Sras. Jueces y Juezas: son ustedes una vergüenza nacional!!!!
20/02/11 8:28 PM

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