(La Razón/InfoCatólica) El recurso asegura que no se identifica «el bien de relevancia constitucional que justifique la obligación de cursar la asignatura discutida por encima de la propia conciencia de padres y alumnos». Así, se cuestionan los motivos por los que la objeción de conciencia «no puede abarcar» a una asignatura «cuyos contenidos vulnera el derecho a la libertad religiosa e ideológica» de los recurrentes. De esa forma, se añade al respecto, la sentencia del Supremo se convierte «en juez de conciencias ajenas».
En cambio, cuando se ha acreditado la «seriedad» de las convicciones religiosas e ideológicas de los objetores y el conflicto que frente a ellas les plantea el contenido de la asignatura Educación para la Ciudadanía, «surge la obligación de acomodar las creencias de los recurrentes, salvo que se consiga demostrar la existencia de un interés preponderante que justifique la restricción» a esos derechos.
Jurisprudencia
Los recurrentes aluden también a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para sostener que «hay base para reconocer que la objeción de conciencia educativa planteada es admisible en nuestro Derecho». En concreto, se citan dos sentencias en las que se viene a reconocer la objeción de conciencia planteada por unos padres frente al contenido de unas asignaturas de contenido secular, «no religioso», integradas, respectivamente, en los sistemas educativos noruego y turco. Por último, se denuncia que la propia doctrina del TC sobre el derecho fundamental a la objeción de conciencia «está siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria, en concreto, por el TS».