(Actuall/InfoCatólica) El portavoz de Sanidad de la formación naranja, Paco Igea, ha sido el encargado de registrar esta proposición de ley en un día de puertas abiertas en el Congreso, pues esta institución debe pensar no sólo en los que pueden acudir a ella «sino también en los que no pueden y los que se fueron», ha dicho.
Se trata de «una cuestión esencial, de derechos» y no puede haber seis legislaciones distintas en España sobre esta materia, ha señalado según recoge Europa Press.
«El proceso de final de la vida, que a todos nos llega, nos obliga a reflexionar sobre cómo tratamos a las personas en ese momento y qué esperan ellos de una sociedad moderna», según Igea, que ha resaltado que quien se va se quiere despedir con dignidad, sin dolor, de acuerdo a sus convicciones, pudiendo renunciar a un «encarnizamiento terapéutico» y acompañado de los suyos.
La proposición de ley de Ciudadanos fija en su texto tanto los derechos de las personas que se encuentren en el proceso de muerte, incluidos los menores de edad, como los deberes de los profesionales sanitarios que les atienden.
Además, todos los centros sanitarios o instituciones tendrán que disponer o estar vinculados a un Comité de Ética Asistencial, con funciones de asesoramiento en los casos de decisiones clínicas que planteen conflictos éticos.
Los centros deberán garantizarán que las personas en el proceso final de su vida y que requieran ser atendidos en régimen de hospitalización, tendrán una habitación individual durante su estancia, con el nivel de atención, cuidado e intimidad que requiere su estado de salud.
Se quiere asegurar esas condiciones y derechos «por igual, independientemente de dónde se nazca y se muera», ha argumentado el diputado de Ciudadanos, que ha añadido que confía en que la ley sea aprobada en esta Legislatura y ha recordado que forma parte de los acuerdos llegados con el PP.
Sanciones
Entre las propuestas de la iniciativa está la de poder sancionar al sanitario que no cumpla con sus obligaciones asistenciales, además de económicamente, con la «revocación de la autorización concedida para la actividad en centros y establecimientos sanitarios», según recoge el texto legal.
Se trata de una sanción acordada por la Administración sanitaria en caso de incurrir en infracciones muy graves, que el propio documento expone en su artículo 27. Esta son, el obstáculo o impedimento a los ciudadanos del disfrute de cualquiera de los derechos expresados en el Título I de la ley, la actuación que suponga el incumplimiento de los deberes establecidos en el Título II de la misma, y las infracciones graves que, «en atención a las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 26», puedan calificarse de muy graves salvo que la concurrencia haya determinado su tipificación como grave (por la lesividad del hecho, la cuantía del eventual beneficio obtenido, la gravedad de la alteración sanitaria y social producida y por el grado de intencionalidad).