(EP/infoCatólica) En el mismo documento, el Pontífice modifica el artículo 116 del Código Penal, relativo a Delitos contra la patria, para reformular y configurar los delitos de sustracción, robo de documentos reservados y divulgación de noticias, para los que fija una pena de 6 meses a dos años, en casos leves, y de cuatro a ocho en casos más graves.
De este modo, el Pontífice ha llevado a cabo con este texto modificaciones en materia administrativa y penal, que entrarán en vigor el próximo 1 de septiembre.
Así, introduce un sistema de sanciones a cargo de las personas jurídicas «por todos los casos en que se realicen actividades criminales cometidas de los órganos o empleados, establecen responsabilidad directa con sanciones de inhabilitación y multa».
Además, especifica en la ley complementaria penal, de acuerdo a la Convención de la Tutela de Menores, delitos contra menores, relacionados con la venta, prostitución, reclutamiento y violencia sexual, pornografía infantil, tenencia de material de pornografía infantil y abusos sexuales contra menores.