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21.10.22

Philip Trower, El trasfondo del ecumenismo -IV

El trasfondo del ecumenismo

por Philip Trower

Capítulos anteriores

I. Algunas palabras por adelantado

II. El movimiento para la unidad de los cristianos en los tiempos modernos

III. Lo que la Iglesia y el Concilio tienen para decir sobre la unidad de los cristianos

IV. El abuso del ecumenismo

Tras el Concilio, al lanzar a sus hijos al movimiento ecuménico, la Iglesia les pidió principalmente, como lo había hecho el Papa Juan, que enmendaran sus vidas y fueran amables y amistosos para que en este nuevo clima los cristianos separados pudieran ver mejor la belleza de la Iglesia y de sus enseñanzas y así, atraídos por ella, lograran la incorporación plena que el Concilio deseaba.

En cuanto a las medidas prácticas, ella puso en primer lugar la oración, luego el diálogo y, en la medida de lo posible, las actividades conjuntas.

[La Iglesia] instó a sus hijos a ser generosos. Ellos deberían “dar los primeros pasos". Pero ella también puso condiciones y dio advertencias. Los fieles debían abstenerse de “descuido o exceso de celo". Lo que dijeran “debe estar de acuerdo con la fe que la Iglesia Católica ha profesado siempre". Y “nada es tan ajeno al ecumenismo como la falsa actitud de apaciguamiento que tanto daña la pureza de la doctrina católica y oscurece su significado genuino y establecido” [UR 11a]; y mucho más en la misma línea.

El peligro previsto era el obvio; a saber, que los fieles, al ver que ahora podían orar y trabajar con los hermanos protestantes separados, adoptaran sus ideas y perspectivas. Los errores de fe perpetuados en las comunidades protestantes separadas, que la Iglesia había expulsado con tanta dificultad hace siglos, serían reintroducidos (inocentemente) por los miembros de esas comunidades en el cuerpo católico.

¿Por qué debería suceder esto? ¿Por qué la influencia no debería haber sido al revés?

A causa —la conclusión parece ineludible— de la condición espiritualmente debilitada del cuerpo católico en vísperas del Concilio.

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5.11.16

Errores sobre el diálogo ecuménico

El 31 de octubre de 1517, Martín Lutero clava sus 95 tesis en la puerta de la Iglesia de Wittenberg

Mons. William Kenney, obispo católico auxiliar de Birmingham (Inglaterra), figura destacada del diálogo oficial católico-luterano, ofreció recientemente una entrevista al periódico católico “progresista” Crux, en la que habló del entonces inminente viaje del Papa Francisco a Suecia, para conmemorar el 31/10/2016 los 499 años del inicio de la “Reforma” protestante. Mons. Kenney esperaba que ese día el Papa realizara un gesto favorable a la intercomunión entre católicos y luteranos, cosa que finalmente no ocurrió, gracias a Dios.

En esa entrevista Mons. Kenney hizo siete afirmaciones que me parecen erróneas. A continuación las citaré en negrita y las comentaré una a una.

1) La Declaración Conjunta Católico-Luterana de 1999 sobre la Justificación superó definitivamente las discrepancias sobre el principal punto de fricción doctrinal entre ambas partes, el que causó la Reforma, por lo que ya no hay razones para que los católicos condenen las posiciones protestantes o viceversa.

Acerca de este punto vale la pena leer la Respuesta de la Iglesia Católica a la Declaración Conjunta de la Iglesia Católica y la Federación Luterana Mundial sobre la Doctrina de la Justificación, presentada el 25/06/1998 por el Card. Edward Cassidy, Presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Unidad de los Cristianos (*). Esa Nota, que constituye la respuesta católica oficial a la Declaración Conjunta, está disponible en el sitio de la Santa Sede en inglés, francés, alemán e italiano. Ofrezco aquí mi traducción al español (a partir de la versión en inglés), de la sección de esa nota titulada Aclaraciones.

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23.09.16

¿Hacia un ecumenismo moral?

Cardenal Christoph Schönborn

 

Una propuesta del Cardenal Schönborn

Desde 2014 se discute muchísimo en la Iglesia Católica acerca de la situación de los católicos casados válidamente, divorciados, vueltos a casar por lo civil y no arrepentidos de su pecado de adulterio. Los partidarios de que se dé el sacramento de la Eucaristía a personas que están en esa situación irregular han ensayado muchos argumentos a favor de su tesis: por ejemplo, los argumentos de la “economía” de los ortodoxos, del camino penitencial, de la comunión espiritual, de la inimputabilidad subjetiva, etc. Algunos de esos argumentos son incoherentes entre sí, como por ejemplo la inimputabilidad subjetiva y el camino penitencial. Sin embargo, en cierto momento pareció que todos los argumentos favorables a esa causa eran bienvenidos por sus partidarios, más allá de su consistencia lógica.

Actualmente, después de la publicación de la exhortación apostólica Amoris Laetitia, parece haberse impuesto, dentro de esa corriente de pensamiento, el argumento del “discernimiento pastoral”. En este artículo no analizaré ese argumento, sino que volveré a una etapa anterior del debate. Reconsideraré un argumento que, según sus declaraciones a La Civiltà Cattolica, fue propuesto en el Sínodo de la Familia de 2014 por el Cardenal Christoph Schönborn, Arzobispo de Viena. Este argumento, que algunos llaman “ecumenismo de estilos de vida”, pese a suscitar fuertes discusiones, fue recogido en el informe intermedio de ese Sínodo (la tristemente célebre Relatio Post Disceptationem, en adelante RPD), pero luego, al parecer, fue dejado de lado. Quiero volver sobre ese argumento porque creo que, aunque es erróneo, tiene bastante apariencia de verdad como para atraer a muchas mentes, haciendo así daño a muchas almas. 

La RPD del Sínodo de 2014 (*) presenta ese argumento en sus numerales 17-20. En esencia el argumento se basa en una analogía entre las llamadas “familias heridas” (es decir, las familias en situaciones irregulares) y los cristianos no católicos. Así como –se nos dice– el Concilio Vaticano II reconoce que existen distintos grados de comunión con la Iglesia Católica y que hay elementos de verdad y de santificación en los cristianos que no están en comunión plena con Ella, corresponde “reconocer elementos positivos también en las formas imperfectas que se encuentran fuera de tal realidad nupcial [el matrimonio sacramental válido], a ella de todos modos ordenada” (RPD, n. 18).

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