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17.07.14

La capilla de la Complutense

El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.

Y, por su parte, la Constitución española establece: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley” (art. 16,1).

Ambos textos tienen una enorme importancia, ya que reconocen, a cada individuo y a las comunidades, libertad no solo para profesar una religión, sino también para manifestar públicamente esa profesión religiosa.

Hay un error que se difunde fácilmente en ambientes “laicistas”: la religión, se suele decir, pertenece al ámbito de lo privado, pero no ha de tener presencia pública. Es algo perteneciente a la intimidad del yo, pero no es algo que pueda tener vigencia ante otros o ante todos. No es eso lo que se lee ni en la Declaración de los Derechos Humanos ni en la Constitución.

Una interpretación “estrecha” de estas normas tiende a conformarse con respetar, y a veces ni eso, la “libertad de culto”. Habría libertad de culto si se les permite a las religiones tener abierto un local en el que puedan oficiar sus actos de culto. Se dice que hay libertad de culto en un país en el que, por ejemplo, no se prohíbe celebrar, en las iglesias católicas, la Santa Misa.

Pero la libertad religiosa es mucho más amplia. La libertad religiosa tiene su base en el respeto a la persona. Y no pone más límites a los derechos de la persona – también al derecho a la libertad de creer – que los mínimos esenciales para que se mantenga el orden público.

¿Qué tiene que ver todo esto con lo de las capillas en la Universidad Complutense? Yo creo que tiene mucho que ver. Si la Universidad Complutense cede unos espacios para que se pueda celebrar la Santa Misa y llevar a cabo otras actividades religiosas (católicas) – y podría, en línea de principio, ceder otros espacios a otras religiones – manifiesta con ello, la Universidad, que no solo acepta la libertad de culto, sino que valora como un bien la libertad religiosa de la comunidad universitaria – profesores, alumnos y personal no docente -.

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