17.02.19

(334) Doctrina católica tradicional sobre libertad religiosa y artículo 18 de la Declaración de la ONU

1ª.- La escuela personalista-constitucionalista ha influido notablemente en el concepto de libertad religiosa que profesa la mayoría de los católicos de hoy.  El personalismo político entiende la libertad religiosa no en sentido tradicional, sino como derecho subjetivo del hombre en proceso espontáneo de autodeterminación. 

Por eso interpreta la libertad de coacción en clave de libertad negativa, es decir, como libertad para autodeterminarse, al amparo del Estado, en materia religiosa.

Confunde no sufrir coacción en el acto de fe con no sufrir coerción en el proyecto propio de autodefinición y autoposesión. 

 

2ª.- La perspectiva constitucionalista ha introducido la idea de que la libertad religiosa de culto y de conciencia, tal y como la entiende el artículo 18 de la Declaración de derechos de 1948 de la ONU, en clave indiferentista, es una doctrina que profesa la Iglesia.

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12.02.19

(333) El Estado Nominalista, o la insoportable levedad del derecho

Introducción.— Le es urgente al católico recuperar un sentido tradicional de la política. Pero no podrá hasta no desencantarse del Estado Moderno, y empezar a pensar de otra manera, la tradicional, siendo voz crítica del Gran Teatro del Mundo, y nunca su palmero.

Es urgente que en todas las áreas de su apostolado adopte el lenguaje de la tradición, rinda su mente al pensamiento clásico, de valor perenne; y viva una auténtica metanoia antiliberal, una vuelta a los primeros principios de la política, la católica, cuya máxima prioridad, en este tiempo, es vacunarse contra el personalismo constitucionalista de tercer grado.

El Estado Nominalista, surgido de la Modernidad post-luterana, es como una gran máquina de vacío; ha extraído los universales de la vida social y política, dejando el bien común como una cáscara de subjetivismo personalista. En su lugar, para calmar su horror vacui, ha inventado un sistema de derechos subjetivos montados sobre la sola voluntad de poder.

Y lo ha hecho mediante un sistema de compensaciones jurídicas positivistas, con que apaciguar la tormenta de reclamaciones y contrarreclamaciones (Turgot) que alteran permanentemente su (des)orden político artificial.

 

1ª.- Sin Dios no hay ley natural. Si no hay ley natural no hay deberes. Si no hay deberes no hay derechos.
—Luego los derechos que se declaran sin declarar primero a Dios no tienen sustento ninguno, salvo la sola voluntad del gobernante. Sin Dios no hay justicia, sino una insoportable levedad del derecho.

 

2ª.- El orden natural de la política es el orden de la ley natural.

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7.02.19

(332) Comentarios Católicos, I: al Documento sobre la fraternidad humana, por la paz mundial y la convivencia común

«Por lo cual, no sólo exhortamos entonces a buscar la paz de Cristo en el reino de Cristo, sino que, además, prometimos que para dicho fin haríamos todo cuanto posible nos fuese. En el reino de Cristo, dijimos: pues estábamos persuadidos de que no hay medio más eficaz para restablecer y vigorizar la paz que procurar la restauración del reinado de Jesucristo.» (PÍO XI, Quas primas, 11 de diciembre de 1925)

«si se pregunta cuál es la religión que hay que seguir entre tantas religiones opuestas entre sí, la respuesta la dan al unísono la razón y naturaleza: la religión que Dios ha mandado» (LEÓN XIII, Libertas praestantissimum, 15)

 

Cito el texto del Documento sobre la fraternidad humana por la paz mundial y la convivencia común en cursiva y aparte, y a continuación realizo mis comentarios.

Dado que el Documento se dirige explícitamente a los filósofos solicitando de alguna manera su reflexión, las apostillas críticas que siguen analizan la propuesta a la luz del pensamiento católico tradicional, sin otro interés que la defensa del mismo.

 

Comentario I

«la fe lleva al creyente a ver en el otro a un humano que debe sostener y amar»

La afirmación es cierta para el cristiano, que tiene fe y caridad teologales recibidas por el Santo Bautismo junto con la gracia santificante. Pero es falsa referida a los fieles de otras religiones, sectas o herejías, que carecen de fe teologal y de caridad infusa. La confusión es entre la fe teologal cristiana y las creencias e ideas de otras religiones, como explica la Dominus Iesus, 7:

«Debe ser, por lo tanto, firmemente retenida la distinción entre la fe teologal y la creencia en las otras religiones. […]No siempre tal distinción es tenida en consideración en la reflexión actual, por lo cual a menudo se identifica la fe teologal, que es la acogida de la verdad revelada por Dios Uno y Trino, y la creencia en las otras religiones […] Este es uno de los motivos por los cuales se tiende a reducir, y a veces incluso a anular, las diferencias entre el cristianismo y las otras religiones.»

No se debe nivelar la Religión revelada con las religiones adámicas, porque entonces se denigra la teologalidad de la fe, que es reducida a constructo adámico. Con esto se anula la diferencia que existe entre el orden de la redención y el orden caído, entre la gracia y la naturaleza herida, entre religatio sobrenatural y pseudo-religatio, entre doctrina y herejía.

 

Comentario II

«todos los seres humanos —iguales por su misericordia»

No es cierto que respecto a la misericordia divina todos los seres humanos sean iguales. Son iguales respecto a la dignidad ontológica, pero no en cuanto a su dignidad moral, que es dañada por el pecado y aumentada por la virtud y los méritos sobrenaturales. Y sobre todo, y ante todo, no es cierto bajo un punto de vista religioso, porque hay una parte del género humano que, al no haber recibido la gracia de la justificación, continúa en estado caído, en estado de enemistad, es decir en estado de pecado; y otra, que por haberla recibido, está en estado de amistad con Dios, es decir en estado de gracia. El mundo, por tanto, se divide en justificados y pecadores, en seres humanos redimidos y seres humanos no redimidos. El pasaje anula esta distinción entre estado de justicia y estado de pecado, que divide al linaje humano en dos, y que es de fe divina y católica definida.

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4.02.19

(331) La Causa política cristiana frente el Estado mundial

1ª.- Un Estado mundial como potencia absoluta está fuera del plan divino y es indeseable. Dado que toda potestad debe ser delegada de la única y soberana potestad de Cristo Rey, una superadministración no delegada que gobierne mundialmente, (ahogando las potestades locales delegadas), repugna a la mente católica.

 

2ª.- La única comunidad de autoridad universal que ha entrado en los planes de Dios es la Iglesia. Todo intento de edificación antropocéntrica de un superestado de autoridad mundial está destinado al castigo divino, que frustra voluntades y quebranta titanismos, como hizo en Babel.

 

3ª.- El derecho en el Estado mundial pretende establecer a nivel planetario un (des)orden de potestades subjetivas e individuales que reclaman y contrarreclaman (Turgot) sus propios proyectos de autodeterminación. No es un (des)orden nuevo sino el propiciado por la Gorgona jurídica de la Modernidad, cuyo objetivo es petrificar los universales y licuar la ley natural, desnaturalizando su consistencia universal.

—Frente a esto, el derecho clásico determina lo justo universal en cada cada caso particular en orden al bien común y la naturaleza de las cosas.

 

4ª.- La legitimidad de toda potestad política deriva del reconocimiento de una ley supralegal, inmutable y eterna, que la exceda y al excederla la fundamente.

—Pero la Bestia mundial sustenta su ética en una legalidad inmanente, sin referencia última, de pura convención, por lo que al carecer de legitimidad procura obtenerla en la sombra. Su mecanismo de expansión consiste en apartar la ley moral de la vida social y política, y reducirla a la vida privada, para tener via libre en las instituciones.

Para ello pone en funcionamiento mecanismos de poder plutocrátrico y sinárquico, que compensen con oscuridad el vacío dejado en las sociedades por la ley natural excluida. El ethos de esta legalidad inmanente positivista es el ethos global, que nunca podrá ocupar, en el pensamiento católico, el lugar que ocupa la ley moral universal.

31.01.19

(330) La Causa Política (la católica)

1ª.- Es urgente recuperar, o mejor dicho reinstaurar, una inteligencia propiamente católica de la política.

 

2ª.- La esencia de la política es el bien común. Comprender qué es en verdad el bien común es comprender qué es en verdad la política.

 

3ª.- Existe un cuerpo de saberes sociales y políticos heredados que no se debe dejar de lado. Se ha hecho, y se hace, pero no sin pérdida de identidad. La reflexión católica personalista, en clave constitucionalista de tercer grado, propone hacer borrón y cuenta nueva, poner entre paréntesis el legado tradicional. Aplican el método fenomenológico a la síntesis clásica, poniéndola en suspenso para mimetizarse con la Modernidad y alejarse del esplendor del martirio. Pero de esta falsa armonía no puede nacer consonancia, sino sólo disonancia encubierta y mal disfrazado de bien.

 

4ª.- La recuperación de una Causa Política católica precisa mártires. Con el socorro divino congregará voluntades en torno a un propósito teologal de justicia, caridad y vida social virtuosa. No seguirá el juego a la dinámica del positivismo, ni a la aquiescencia con los males del nihilismo posmoderno. 

 

5ª.- La Causa Política de los católicos no es el Estado mundial, no es el Leviatán tercero, no es la causa de la Gorgona. No es la causa teórica de los círculos cuadrados del espíritu de la época.

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