El acto humano. Definición y clasificación. El acto cognoscitivo.

En el artículo precedente se explicaba que la felicidad objetiva consiste en la posesión del Bien perfecto, y porqué el Bien creado e infinito (Dios) es el único que proporciona la Felicidad objetiva. La Felicidad subjetiva plena únicamente se alcanza en la visión beatífica. Para alcanzar ambas, Dios nos ha transmitido sus mandamientos por medio de Nuestro Señor Jesucristo, con el auxilio de la Gracia, los dones y virtudes del Espíritu Santo, los sacramentos y las verdades de fe.

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Definición

Dado que el hombre emplea sus actos humanos como medio para alcanzar el último fin (la visión beatífica de Dios), se impone considerarlos por lo menudo.

El acto humano es la acción que procede de la voluntad deliberada del hombre.

El acto humano se estudia en tres vertientes: la del acto natural (o humano en sí mismo, también llamado psicológico o puramente filosófico), la del acto moral (en relación con las costumbres humanas, es tanto filosófico como teológico) y la del acto sobrenatural y meritorio (estrictamente teológico).

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Clasificación del acto humano

En primer lugar conviene tener presente que no todos los actos llevados a cabo por el hombre son actos humanos propiamente dichos. Así, los actos del hombre pueden ser de cuatro tipos:

- el animal, que procede de las potencias vegetativas o sensitivas (digestión, latido cardíaco, reflejos frente al dolor o al desequilibrio, etc) y compartimos con los animales no racionales.

- el no deliberado, efectuado sin voluntariedad alguna, bien por estar privado el sujeto de razón de forma intrínseca (niños sin juicio o deficientes mentales) o en ese momento (pacientes en brote esquizofrénico, narcotizados, plenamente distraídos, etc); son de suyo inimputables al sujeto, pero no en todos los casos.

- el violento, que se realiza por coerción de un agente externo contra la propia voluntad.

- el humano propiamente dicho, que se realiza deliberadamente y empleando plenamente su razón, y por virtud del cual es plenamente responsable.

El acto humano propiamente dicho ha de reunir varias características propias:

- Que sea racional, con pleno dominio y deliberación.

- Que sea libre, procedente de la libertad humana.

- Que sea voluntario, realizado a sabiendas.

- Que sea moral, en cuanto se ajusta o no a las reglas de la moralidad.

- Que sea imputable, por cuanto el sujeto asume la responsabilidad del mismo.

Existen diversos parámetros por los que clasificamos a los actos humanos:

a) según el impulso de la facultad: puede ser elícito, es decir, propio de ella (por ejemplo, el acto elícito del entendimiento es entender); o imperado, cuando la facultad es impelida a actuar por orden de la voluntad (como permanecer atento sin distraerse). Las facultades internas (como el propio entendimiento) pueden resistirse al imperio de la voluntad.

b) según la clase de facultad: puede ser interno, cuando se realiza en nuestras facultades internas (imaginación, entendimiento, etc) sin manifestación exterior; o puede ser externo, con manifestación externa (independientemente de que sea privada o pública). El acto externo añade un matiz moral que puede ser punible, del que carece el acto interno.

c) según la necesidad de la Gracia: puede ser natural, si el acto no la precisa (leer, hablar, pensar); o sobrenatural si la requiere (amar, arrepentirse, creer, confiar).

d) según sus condiciones: puede ser válido, si reúne todas las necesarias según la ley, o inválido, si carece de alguna.

e) según el modo en que se ajusta a la recta razón y las normas de la moral: puede ser bueno, si lo hace (por ejemplo, defender al desvalido); indiferente, si no se relaciona directamente con dichas condiciones (por ejemplo, pasear); malo, si se aparta (por ejemplo, fornicar).

f) según esté autorizado por la ley natural o la ley positiva legítima: puede ser lícito, cuando está expresamente autorizado; permitido, si no está prohibido; o ilícito, si explícitamente no está autorizado.

g) según el conocimiento del acto por el entendimiento: puede ser perfecto, si el sujeto es plenamente dueño de sí mismo al realizarlo; o imperfecto, si el sujeto obra con consentimiento alterado, aunque no completamente (en cuyo caso sería un acto no deliberado).

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Elementos del acto humano

Son tres: el cognoscitivo, o conocimiento, el volitivo, o voluntad, y el ejecutivo o potencia.

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Elemento cognoscitivo

Es el primer elemento del acto, sin el cual los demás no tienen lugar. El principal componente del elemento cognoscitivo es la advertencia. Se define la advertencia como la percepción por el conocimiento del acto futuro o presente.

La atención puede ser plena si el conocimiento advierte completamente la acción, o semiplena si lo hace sólo parcialmente (por ejemplo, por somnolencia o distracción); puede ser perfecta si advierte todos los matices morales de un acto (por ejemplo, si advierte que el robo de lo sagrado ofende a Dios y no sólo a la parroquia propietaria) o imperfecta si únicamente advierte que algo es bueno o malo; puede ser distinta si el conocimiento percibe con claridad la bondad o maldad del acto, y confusa si no está seguro; y puede ser antecedente o consecuente según la percepción se produzca antes o después del acto.

Las consideraciones fundamentales en torno a la advertencia son:

1) La advertencia es indispensable para el acto humano. Como ya vimos, si esta no se poduce, el acto no es humano, sino no deliberado.

2) La advertencia debe relacionar el acto humano con el orden moral. La ignorancia de la relación moral de un acto provoca su inimputabilidad. Por ejemplo, si pagamos un impuesto sin saber que con ese dinero se financian actos inmorales, estos no nos son imputables.

3) El grado de advertencia está directamente relacionado con la moralidad de un acto. Una advertencia insuficiente o parcial puede modificar el grado de bondad o maldad de un acto. Si acogemos en nuestra casa a una persona sin saber que sufre persecución injusta, nuestro acto es menos meritorio.

4) La advertencia consecuente no afecta a la moralidad del acto; la advertencia antecedente es la única que genera moralidad en el acto. Un ejemplo clásico es aquel que mata a un hombre sin saber que era su padre hasta cometido el crimen. Será culpable de homicidio pero no de parricido.

Otros componentes del elemento cognoscitivo- que pertenecen propiamente a la advertencia- son: la mera aprehensión del acto (fase psicológica del conocimiento), el juicio de posibilidad y de conveniencia (ya inmerso en el acto moral), la deliberación o el consejo de los medios para ejecutar el acto y el juicio práctico, que propone a la voluntad el medio más oportuno para la realización del acto.

Por último, el imperio de la razón, que intima a la voluntad el acto, y el uso pasivo, que simplemente ejecuta el acto cuando no es necesaria la voluntad, bien por el mismo entendimiento (leer un cartel que tenemos frente a nosotros, por ejemplo), o por las potencias ejecutivas (pasear, comer, etc).

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Resumen

El acto humano es aquel que procede de la voluntad deliberada del hombre. No son actos humanos las acciones animales, las involuntarias y las ejercidas bajo coacción (llamados, en conjunto, “actos del hombre”).

El acto humano ha de ser racional, libre, moral, voluntario e imputable.

El acto humano se clasifica según el impulso de la facultad que obra (que puede ser elícito o propio, o bien imperado por la voluntad), según la clase de la facultad (que puede ser meramente interna o con manifestación externa), según la necesidad de la Gracia (que puede ser natural, si no la precisa, o sobrenatural, cuando la precisa), según las condiciones de la ley (que puede ser válido, o inválido, si no las reúne), según la recta razón y las normales morales (puede ser bueno, indiferente o malo según se ajuste o no a ellas), según la ley natural o la positiva legítima (que puede ser lícito, permitido o ilícito), y según el entendimiento (que puede ser perfecto, si obra plenamente, o imperfecto, si se halla parcialmente alterado).

El acto humano contiene tres elementos: el cognoscitivo o conocimiento, el volitivo o voluntario y el ejecutivo o potencia del acto en sí.

El elemento cognoscitivo es el primer e indispensable elemento del acto humano.

Su componente principal es el advertimiento, esto es, la percepción por el conocimiento del actro presente o futuro. La advertencia puede plena o semiplena según la atención, perfecta o imperfecta según advierta todos los matices del acto, distinta o confusa según vea con claridad la bondad o maldad del acto, y antecedente o consecuente si percibe el acto antes o después de que se produzca.

Las cualidades de la advertencia son: que es indispensable, que relaciona el acto concreto con el orden moral, que su grado afecta directamente a la moralidad del acto, y que sólo genera moralidad cuando es antecedente.

Otros componentes del elemento cognoscitivo- propiamente escolios de la advertencia- son la aprehensión del acto, el juicio de conveniencia y posibilidad, la deliberación o consejo del modo de llevarlo a cabo y el juicio práctico, que propone a la voluntad el modo más correcto de hacerlo.

Los últimos componentes del cognoscitivo son el imperio de la razón, que apela a la relación del conocimiento con la voluntad, y el uso pasivo de las potencias para llevar a cabo el acto cuando la voluntad no es necesaria.

9 comentarios

  
Hortensia
Una pregunta:supongamos una persona educada por psicoópatas, es decir, gente con una moral que responde a sus intereses personales (no objetivos). Además manipuladoras por medio del halago y la adulación. Supongamos que se casa. Teóricamente estaría obligada a la fidelidad no sólo carnal sino afectiva. Pero cuando se topa con alguien que es también psicópata, establece una relación de dependencia, ¿qué grado de culpabilidad tiene?


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LA

La fidelidad, tanto en el matrimonio natural como en el canónico, es obligada.
Las circunstancias personales pueden agravar o atenuar los actos contra la fidelidad.
En cuanto al grado de culpabilidad, primero habría que ver de qué culpa estamos hablando, que no se especifica en el comentario.
31/05/16 5:47 PM
  
Hortensia
Una dependencia psocológica, no carnal. Pero con protección económica.

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LA

Entiendo.
¿De que culpa hablamos?
02/06/16 2:45 AM
  
Hortensia
Sí. Qué culpa tiene quien se expone a una relación así? Además, naturalmente, se torna agresivo con su cónyuge.

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LA

Habría que conocer más datos para poder emitir una valoración fundamentada. En temas de gravedad hay que ser muy prudentes.
03/06/16 1:08 AM
  
josé ramón
Estoy diagnosticado de neurastenia o psicopatía por lo que fui rechazado como novicio en
una Orden Religiosa.- Tengo muchos problemas con las confesiones.-y muchas dudas sobre mis actos.-
03/06/16 4:28 PM
  
Hortensia
Lo pregunté pues hay sacerdotes que minimizan el tema y eso es peligroso. Lo enseño como "ocasión próxima de pecado".
Recuerdo ese viejo refrán que dice "entre Santa y Santo, pared de cal y canto." Y el otro " que la ocasión hace al ladrón". Me parece que hay tanto adulterio porque no se enseña guardar el corazón.

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LA

Rezaremos por usted.
04/06/16 2:09 AM
  
Mariana
Para conocer si un acto humano es bueno o malo, esto es la moralidad de un acto humano (Humano=libre,voluntario), se requiere analizar el objeto del acto, el fin por el que se realiza y las circunstancias.
Si el objeto es malo y el fin es bueno el acto es malo
Si el objeto es bueno y el fin malo, el acto es malo.
18/06/16 2:13 AM
  
paty
Pudiera darme un ejemplo de matrimonio no me Ledo claro

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LA

¿Puede ser más explícita?
05/09/17 5:48 AM
  
Catalan
¿Y cuáles son los factores que intervienen en los actos humanos deliberados?

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LA

Que sean racionales, libres, voluntarios, morales e imputables.
19/03/19 3:48 PM
  
Álvaro Urzagaste
Cuál es la condición para que un acto humano pueda llamarse propiamente asi

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LA

Que proceda de la voluntad deliberada del hombre.
16/04/20 4:57 AM

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