El deber de Religión


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Introducción

La Religión define el amor que el hombre manifiesta hacia Dios, en respuesta al amor primero de Dios hacia el hombre. Es distinto y complementario del amor que el hombre expresa hacia sus semejantes (la Caridad). Proviniendo ambas de Dios, Religión y Caridad se alimentan una a la otra, puesto que ¿cómo podríamos amar al prójimo si Dios no nos hubiese amado primero a nosotros hasta el extremo de dar a su hijo en sacrificio por la redención de nuestros pecados? Asimismo ¿cómo podemos decir que amamos a Dios, al que no vemos, si no somos capaces de amar al prójimo, al que vemos? Como existe el deber de Caridad, existe asimismo para el católico el deber de Religión.

La herejía modernista propuso en su momento una falsa dicotomía entre religión y caridad, cual si fuesen excluyentes. Para ello no se ha dudado desde ciertos (y poderosos) medios de propaganda cultural en presentar de forma torcida modelos de creyentes piadosos y poco caritativos (es decir, hipócritas) frente a creyentes amantes de sus hermanos que descuidaban las devociones. Tal imagen ha hecho mucho daño al deber de Religión, y asimismo su caricatura falta gravemente a la verdad: aquellas personas en más íntima unión y adoración a Dios son reforzadas por el Espíritu con una mayor capacidad de amor y perdón al prójimo. Los que eliminan el deber de Religión de sus obligaciones cristianas acaban cayendo en la filantropía, vaciando de sentido su misión caritativa (que, de hecho, acaba transformándose en un modo de ganarse la vida o provocándoles el abandono, por cansancio y falta de sentido).

Jesucristo enseñó a sus discípulos el primero de los mandamientos: “amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente. Este es el mayor y el primer mandamiento” (Mt 22, 37-38), evocando aquel que enseñaba con semejantes palabras la Antigua Alianza (Dt 6, 5) (CIC 2083).

Dado que Dios nos amó primero, el amor de un cristiano hacia su Creador y Padre es obligado. En los tres primeros mandamientos se resumen las obligaciones que tenemos hacia él.


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Deberes del Primer mandamiento

El primer mandamiento reza que “Yo, el Señor, soy tu Dios, que te ha sacado del país de Egipto, de la casa de servidumbre. No habrá para ti otros dioses delante de mí” (Ex 20, 2), y en el evangelio de Mateo está repetido con la expresión tradicional “Al Señor tu Dios adorarás, sólo a Él darás culto” (Mt 4, 10).

Por tanto, venimos obligados los miembros de la Iglesia a adorar a Dios uno y trino, y acoger sus mandamientos como verdadero camino de Vida y salvación, con plena, consciente y saludable adhesión. Fruto de esta adoración sincera surgen las tres virtudes teologales- Fe, Esperanza y Caridad- que hemos de practicar y predicar. Y asimismo, se han de rechazar sus opuestos- Apostasía, Desesperación y Odio.

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Actos del deber de Religión

El deber de Religión prescribe al católico varios actos que expresen su amor a Dios de forma visible (una relación con Dios “oculta” no es sino el camino más llano a la indiferencia religiosa). El Catecismo de la Iglesia señala cuatro vías:

La Adoración (CIC 2096). El reconocimiento, respeto y sumisión a Dios como creador del Mundo y de sus criaturas, Señor del Universo y Salvador del género humano es el primero y primordial de los actos que un cristiano debe manifestar en su corazón y su boca (“santificado sea tu nombre”). Terminada la adoración en el Templo de Jerusalén con la venida del Hijo de Dios, los católicos tenemos el gran regalo de la Adoración Eucarística, en la que podemos expresar directamente nuestra gratitud a Cristo hecho Pan de Vida, amen de ser momento y lugar privilegiado para la oración.

La Oración (CIC 2098). La elevación de nuestro espíritu hacia Dios es una forma de comunicación íntima con nuestro Padre del Cielo, que el propio Cristo nos enseñó con ejemplos y palabras. Se distinguen clásicamente las oraciones de alabanza, acción de gracias, súplica e intercesión. Todas ellas buenas y necesarias.

Es fundamental la oración personal, en la que dialogamos con nuestro Padre expresando nuestras alegrías, temores y peticiones, y hacemos silencio interior para poder escuchar su voluntad en nuestra conciencia. También existen las oraciones comunes, la mayoría de ellas elaboradas para momentos y situaciones concretas por la comunidad apostólica a través de los siglos. Comenzando por la principal de todas, enseñada por Cristo, el Padrenuestro, tenemos además el Ave María, el Gloria, el Magníficat, el Ángelus, la invocación al Espíritu Santo, la Salve, el Acordaos, la Corona de la misericordia, las Purezas de María, el Hazme instrumento de tu paz, etc, etc. Destaca entre todas ellas el Santo Rosario, del que debe intentar rezarse diariamente todos o alguno de sus misterios en la medida de lo posible. También hay oraciones especiales para la comunión, por los enfermos, por los difuntos, para bendecir la mesa, al levantarse y al acostarse, etc, etc.
Los tres tipos de oraciones no son excluyentes. Antes bien, se recomienda comunicarse con Dios en los tres modos de forma regular.

La Penitencia o sacrificio (CIC 2099) supone, bien una renuncia del hombre a alguna necesidad o apetito, bien una obra especial (limosnas, peregrinaciones), a fin de ofrecerlos a Dios para mejor unirse a Él en comunidad de Amor o para remisión de algunos pecados leves. El sacrificio de Cristo en la cruz fue el único perfecto, y el único que nos salva. Por tanto, para evitar caer en el ritualismo hueco, nuestro sacrificio exterior debe ir siempre unido a la misericordia y al amor a Dios y al prójimo: “misericordia quiero, y no sacrificios” (Os 6, 6).

El Voto o promesa (CIC 2101) es un compromiso devocional adquirido libre y voluntariamente, por el que se consagra él, sus actos o sus bienes a Dios. El cumplimiento de ese voto manifiesta la voluntad de amar a nuestro Padre del Cielo. Cuatro sacramentos (bautismo, confirmación, matrimonio y ordenación) incluyen per se algún voto. Las comunidades religiosas poseen además sus votos particulares.

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Prohibiciones del primer mandamiento

Tiene el primer mandamiento una prohibición positiva: “no habrá para ti otros dioses delante de mí” (CIC 2110).

Esta proscripción tiene un sentido literal (CIC 2111): se prohibe el politeísmo (por ejemplo la adoración de ídolos hinduístas), la superstición (culto indebido), la magia (traslación a los objetos de virtudes divinas, por ejemplo amuletos), la adivinación (pretensión de videncia futura), o el espiritismo (la falsa comunicación con espíritus), entre otras. Muy especialmente es condenado el satanismo o invocación a los demonios en todas sus formas.

También tiene un sentido figurado (CIC 2113), expresando la deificación indebida a criaturas, ideologías o apetitos: el dinero, el poder, la raza, la familia, los antepasados, el estado, la nación, el placer… todos ellos suponen finalmente el “amor al Mundo” el cual es incompatible con la Religión (1 Jn 2:15). En último término, supone la divinización del Señor del Mundo, es decir, del diablo.

En este apartado (CIC 2118) se incluye también la irreligión, que contempla tres tipos. La tentación a Dios es poner a prueba de obra o palabra su bondad, y supone una duda respecto a su amor o poder (Ex 17, 3-7). El sacrilegio es el trato indigno o profano de los sacramentos (sobre todo la Eucaristía) y liturgias sagradas. La simonía significa la compraventa de bienes espirituales o bienes temporales asociados a aquellos (Hch 8, 18-24).

Por último, en este apartado se incluyen el ateísmo y el agnosticismo (CIC 2123). Suponen diversos grados de rechazo a Dios. Actualmente son muy comunes, y frecuentemente conducen a la apostasía (bautizados que reniegan de Dios) en nuestra sociedad. Contemporáneamente las doctrinas ateas incluyen el indiferentismo, el materialismo práctico, el ciencismo, el antropocentrismo radical y el autonomismo racionalista. La constitución pastoral Gaudium et Spes (Concilio Vaticano II), trata estos temas en profundidad en los apartados 1039 y 1040.

Aunque como todo acto moral se ve sujeto a diversas valoraciones según fines, medios, circunstancias, objetos e intenciones, comúnmente la violación de las prohibiciones del primer mandamiento suelen provocar pecados graves.


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El Segundo mandamiento

El Segundo mandamiento dice así: “No tomarás en vano el nombre del Señor tu Dios” (Ex 20, 7). Cristo cita un uso común derivado al que añade una nueva prescripción: ”se dijo a los antepasados: “no prejurarás”, pues yo os digo que no juréis en modo alguno” (Mt 5, 33-34).

El Nombre de Dios expresa una intimidad personal con sus adoradores, es santo por sí mismo, y el cristiano lo debe emplear únicamente para alabarlo y bendecirlo, con plena conciencia de que es sagrado (CIC 2143). Así, el deber de religión impone al católico alabar con regularidad el nombre de Dios. Numerosas jaculatorias populares testimonian que así ha sido uso entre nuestros antecesores en la fe (“Alabado sea el Señor”, “Alabado sea el Santísimo sacramento”, “Bendito sea Dios”, etc), y es conveniente que estas u otras similares se hallen en nuestro vocabulario, pues de ese modo, además de cumplir nuestro deber de alabanza de su nombre, damos testimonio de Él. Debe ir siempre acompañada de la alabanza de corazón, para no caer en fariseísmo.

Los juramentos poniendo a Dios como testigo son motivo grave de perdición si se elevan descuidada o falsamente, pues convierten el perjurio en sacrilegio. Cristo mismo recomendó no jurar, sino contestar con sencillez sí o no (Mt 5, 37). Siguiendo el ejemplo de san Pablo (2 Co 1, 23; Ga 1, 20), la Iglesia ha interpretado este mandamiento en un sentido más bien restrictivo que condenatorio (Código de Derecho Canónico, 1199/1), aconsejando “no jurar ni por Creador ni por criatura, sino fuere con verdad, necesidad y reverencia” (san Ignacio de Loyola).

La blasfemia (proferir contra Dios palabras de odio, de falta de respeto o de injuria) es un pecado grave (St 2, 7) y, por desgracia, extendido. Debe evitarla cuidadosamente el católico, hablar en contra de ella y rezar en su desagravio cuando la oye. También blasfema quien usa el nombre de Dios para justificar actos que van en contra de sus mandamientos (CIC 2148).

Otros actos de alabanza del nombre de Dios son hacer la señal de la cruz, encomendándose antes de cada tarea o al empezar o acabar el día, y poner a los hijos nombres cristianos (santos o advocaciones marianas bajo las cuales se pone en patrocinio al neonato, o misterios o virtudes cristianas).


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El Tercer Mandamiento: santificar las fiestas

“Recuerda el día del sábado para santificarlo. Seis días trabajarás y harás todos tus trabajos, pero el día séptimo es el día de descanso para el Señor tu Dios. No harás ningún trabajo” (Ex 20, 8-10).

El sábado como día festivo evoca numerosos signos divinos (CIC 2168-2172): el séptimo día de descanso que Dios se tomó simbólicamente al final de la Creación (Ex 31, 17), el memorial de la liberación del pueblo israelita de Egipto (Dt 5, 15) y como señal de la Alianza mosaica (Ex 31, 16).

Como “Señor del sábado” (Mc 2, 28), Cristo da al día festivo una nueva entidad: la vieja alianza ha sido reemplazada con la Nueva Alianza sellada por el Cordero de Dios. Desde el principio, los discípulos celebran el domingo (día de la resurrección del Señor. Mc 16, 2) como su día festivo (san Justino mártir, Apología. circa 150 d.C).

La prescripción dominical cumple el mandato de Religión de santificar las fiestas del modo en que expresó Santo Tomás de Aquino: “dar a Dios un culto exterior, visible, público y regular bajo el signo de su bondad universal hacia los hombres” (Summa Theologiae, 2-2, q. 122). Es por ello que la Iglesia manda observar el precepto dominical de participar en la misa, preferentemente en la propia parroquia. También cumplen a este precepto los días feriados relevantes (Natividad, Epifanía, Ascensión, Corpus Christi, Santa María, etc, etc), salvo motivo grave (CIC 2177-2183).

Asimismo, el día de precepto es día de Gracia y Descanso. Se debe evitar el trabajo remunerado (salvo aquellos que se ocupen de atender las urgencias de sus hermanos) y dedicar el día al reposo, el servicio y la santificación propia y comunitaria: vida familiar, formación moral, buenas obras a los más débiles o meditación espiritual.


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Mandamientos de Religión de la Iglesia

Como complemento a los tres mandamientos divinos con respecto a Dios, la Iglesia establece otros cinco mandamientos:

Oír misa entera los domingos y fiestas de precepto.
Confesar al menos una vez al año (antes si hay peligro de muerte o se ha de comulgar).
Comulgar una vez al año en tiempo de Pascua.
Practicar penitencia: se estipulan abstinencia todos los viernes del año y ayuno Miércoles de Ceniza y Viernes Santo. Pueden ser sustituidas por otras penitencias.
Ayudar a las necesidades materiales de la Iglesia. Los antiguos diezmos y primicias hoy en día se sustituyen satisfactoriamente por otros cauces.


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El deber de Religión público

Todo lo explicado hasta ahora se halla en cualquier manual de práctica católica. Esta bitácora, no obstante, trata de moral social. Y para un católico en sociedad, el deber de Religión también tiene el mismo imperativo.

La fe cristiana no es únicamente privada, sino necesariamente pública. Por tanto, el deber de Religión es también público. Desgraciadamente, en el lenguaje actual se confunde con frecuencia público por “estatal” o “gubernamental”, e inmediatamente se apela a una aconfesionalidad del estado que en la práctica ha devenido un agnosticismo obligatorio. Hemos de deslindar con claridad esta confusión.

El hombre se ordena de forma natural en comunidades humanas. De ellas, la primera es la familia, y como tal, la familia católica debe observar comunitariamente el deber de adoración a Dios: rezando juntos, educando los padres a los hijos (y los hermanos entre sí) en la fe y la práctica de las virtudes, estableciendo votos o penitencias comunes en las circunstancias que se indique, acudiendo juntos a misa o a otros actos devocionales, evitando la blasfemia o la irreligión y enseñándolo así a cuantos la traten.

Pero hay otras comunidades humanas superiores que también deben observar estos principios cuando están formadas por católicos. No me refiero a las parroquias, que por su propia naturaleza son asambleas territoriales de creyentes dirigidas por un pastor, sino a las que cualquier otra naturaleza. Algunas tienen cualidad católica por sí mismas, como las cofradías o las asociaciones de laicos con propósito religioso (por ejemplo, caritativo). En estas se espera que practiquen el deber de religión públicamente (por ejemplo, advocándose a un santo patrón, ostentando símbolos cristianos, organizando misas en fechas señaladas, etc).

No obstante, la Iglesia (CIC 2244) anima a que los fieles católicos que formen asociaciones con propósitos diversos, desde sindicatos laborales, colegios profesionales, círculos culturales, clubs deportivos o colegios de enseñanza, observen exactamente el mismo cuidado en su deber de Religión que cualquiera de las estrictamente confesionales. El asociacionismo católico- de larga tradición- es una contribución a la sociedad y una magnífica ocasión de hacer verdadera Iglesia social y evangelizar. Tales asociaciones no tienen que ser “clubs de católicos”, sino que se pueden y deben abrir a otras personas en nuestra sociedad mayoritariamente indiferente, pero precisamente por la naturaleza de su fundación, deben acoger a todos sin renunciar a sus principios y deberes religiosos.

Es absurdo y contrario al magisterio de la Iglesia que los católicos olvidemos nuestra fe cuando salimos por la puerta de nuestro hogar. Esa enseñanza proviene precisamente de escuelas filosóficas anticristianas. Con excusas ideológicas se cercena así la libertad de conciencia de los católicos, que para manifestarse públicamente deben silenciar su fe. No aceptemos en ningún caso tales imposiciones.

Este principio se aplica (constitución pastoral Gaudium et Spes, 76. Concilio Vaticano II), por supuesto, también en el caso del asociacionismo con fines políticos (y aún con más importancia si cabe, dado que actualmente no existe un compromiso real entre los partidos políticos parlamentarios hacia el Bien Común). Esto no es en absoluto una novedad: en la democracia liberal más antigua del mundo, la de Estados Unidos, se presenta como totalmente natural que cada candidato a representante o administrador público declare su fe religiosa- o su ausencia- como motor de sus propuestas a los ciudadanos. Por desgracia, España no sólo ha adoptado la democracia liberal de corte francés, menos sensible a la religión, sino que actualmente predomina la ideología jacobina (en su forma progresista) que es abiertamente hostil a ella, sobre todo al catolicismo.

Animo a mis lectores a la formación (o refundación, que las hay a montones y muy inanes) de asociaciones de inspiración católica en todos los ámbitos de la vida pública, y que sirvan para una más perfecta vivencia de la fe de sus miembros y una mayor evangelización de nuestra sociedad, tareas para las que pueden ser un poderoso instrumento. Instrumento que con la voluntad de Dios (nuestro Padre del Cielo al que venimos obligados a adorar públicamente por el deber de Religión) pueda servir para recristianizar a la sociedad española, de forma que algún día también nuestras instituciones públicas puedan volver a reconocer a Jesucristo (como lo hicieron en el pasado) como verdadero Señor del Mundo, para mayor gloria suya y beneficio de los hombres.

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Todo el que dé testimonio de mí delante de los hombres, yo también daré testimonio de él delante de mi Padre, que está en los Cielos; pero a todo el que me niegue delante de los hombres, yo también le negaré delante de mi Padre, que está en los Cielos.
Evangelio según san Mateo 10, 32-33.

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2 comentarios

  
Ricardo de Argentina
"También tiene un sentido figurado (CIC 2113), expresando la deificación indebida a criaturas, ideologías o apetitos: el dinero, el poder, la raza, la familia, los antepasados, el estado, la nación, el placer…"
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...y la Democracia, cuando se la entiende no como una forma de gobierno (de hecho, la forma de gobierno es la republicana, con su clásica división de poderes), sino como una "forma de vida", o sea como sustituta de la Religión que es, a no dudarlo, una "forma de vida". O debería serlo.

Y por si quedase alguna duda, todos quienes atacan al deber de religión lo hacen en nombre de la "Democracia".


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LA

Bueno, en realidad creo que hay un problema de usos del lenguaje en este tema. "Democracia" significa simplemente "gobierno del pueblo", y su definición más pura sería la de la organización del estado de la ciudad de Atenas a partir del siglo VII a.C.

Hoy en día, no obstante, se asimila a la democracia liberal, que es un modelo de estado mucho más evolucionado, y con unos parámetros y condicionantes muy concretos (libertad de opinión, derechos humanos, estado más o menos asimilado a nación, separación de poderes, etc), que el empleo de la simplificada "democracia" oculta y despista. Con frecuencia democracia es asimilada a voluntarismo o sufragismo.

Naturalmente, también un sistema de organización política compleja, como la democracia liberal, puede ser deificado.
05/04/14 8:18 PM
  
María
Es la primera vez que entro a este blog (que no a InfoCatólica) y me ha parecido sumamente interesante. A medida que leía, aprovechaba para profundizar el examen de conciencia para una buena confesión en esta recta final de la Cuaresma.

Si se me permite quisiera aportar un pensamiento referido a la observación hecha en el comentario anterior. Después de 12 años de trabajar en Políticas Públicas, en la Administración Pública, y con políticos (y diferencio porque aunque relacionadas no son lo mismo) con claro objetivo de buscar el bien común y hacer del trabajo un apostolado, me atrevo a decir que la "deificación indebida a criaturas, ideologías o apetitos: el dinero, el poder, la raza, la familia, los antepasados, el estado, la nación, el placer…" e incluso el trabajo mismo, es consecuencia directa e ineludible del abandono de esos actos de Religión "que expresen su amor a Dios de forma visible" que tan bien describes.

En los estados (en todos sus niveles), los gobiernos (de turno, de la bandería que sean) entre los políticos y funcionarios de los diversos poderes, entre los empleados de la administración pública, suele encontrarse personas católicas (al menos aquí en Argentina y otros países de América Latina) pero "no practicantes". En algún momento de sus vidas hubo un abandono de la justa Adoración a Dios, de la Oración, del espíritu de Sacrificio, de la frecuencia de los Sacramentos, de la vida de la Gracia, de la lectura meditada de la Palabra de Dios, etc.

Y sin esto no hay forma de vivir en el mundo sin ser del mundo. No la hay. Se pierde el eje y el rumbo. Es más, el mundo los entibia primero y luego los devora. En el enrarecido y corrupto ambiente político es tan grande la presión que el más mínimo afloje es mortal y el enemigo se alza con los despojos.
Bien podemos repetirnos lo que El Señor al Apóstol: "te baste Mi Gracia"; y ese es el quid de la cuestión, que el enemigo y sus sicarios van aislando al infeliz para demorar su regreso (Confesión, Santa Misa, oración, etc. que siempre falta tiempo o hay que atender a alguien o alguna reunión) Sobre todo si no se cuenta con el respaldo de Pastores ejemplares, capaces de formar y guiar a quienes están "expuestos" en estos frentes de batalla,sosteniéndolos con sus plegarias y procurando que estén siempre en Gracia de Dios.


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LA

Gracias. Es difícil expresarlo mejor.
09/04/14 4:18 AM

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