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14.02.17

¿Y si combatimos el sipadrismo?

Sipadrismo

Hace unos meses, un amigo que suele ser muy sincero y frontal, además de discreto -cualidades que le admiro-, luego de mirar mi muro de facebook me escribió por privado:

“Che, no se como hay gente que comenta todo lo que pones! O sea, el “ay, si padrecito” no será mucho? No es sólo con vos, sino con todos los curas… hay una foto de un cura y zas!!! “Santazo” “gran cura” etc etc. Tendrías que escribir algo sobre el chupamedismo clerical… ¿nos hace bien?”

Con motivo de ese mensaje, y también recogiendo el “guante” que me dejó, fui descubriendo que lo que se reflejaba en las redes sociales era algo que procedía de un fondo mucho más profundo y amplio.

Y se me ocurre que en realidad era una suerte de patología eclesial, a la que me gustó bautizar “el sipadrismo”.

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10.02.17

Un enigma llamado Benedicto XVI

helicóteroEl sábado 11 de febrero se cumplen 4 años de la renuncia de Benedicto XVI. Desde entonces el Papa emérito ha permanecido casi completamente en silencio, dedicado a la oración por la Iglesia.

De entre sus apariciones públicas y sus declaraciones o escritos –que no han sido demasiados- ocupa un lugar por demás importante lo escrito para una publicación sobre Juan Pablo II, con ocasión de su canonización.

Allí señala que, para él, los textos magisteriales más importantes fueron los siguientes:

  •  la “Redemptor hominis” de 1979, en la que el Papa “ofrece su síntesis personal de la fe cristiana", que hoy “puede ser de gran ayuda para todos lo que están buscando";
  •  la “Redemptoris missio” de 1987, que “resalta la importancia permanente de la tarea misionera de la Iglesia";
  •  la “Evangelium vitae” de 1995, que “desarrolla uno de los temas fundamentales de todo el pontificado de Juan Pablo II: la dignidad intangible de la vida humana, desde el primer instante de su concepción";
  •  la “Fides et ratio” de 1998, que “ofrece una nueva visión de la relación entre fe cristiana y razón filosófica".

No hay que ser muy perpicaz para darse cuenta de que estos documentos se ocupan de temas sumamente relevantes. Ni es necesario ser muy lúcido para descubrir que en varios aspectos cada una de estas temáticas ha sido minimizada, relativizada o al menos enormemente atenuada -vuelvo sobre ello más adelante-.

 

Luego de esas suscintas referencias a las encíclicas, Benedicto se extiende un poco más sobre otros dos documentos: Veritatis Splendor y Dominus Iesus.

Y los destaco, porque me parece muy notable como el 2017 parece haberse iniciado con el ataque frontal a aquellos dos textos.

La primera está siendo contestada de una forma tan frontal que asusta. Redactada sobre el entramado del diálogo de Jesús con el Joven Rico, en continuidad con el Catecismo, redime los “Diez Mandamientos” de una apreciación negativa injustísima, que hoy parece estar nuevamente de moda. Las fundamentaciones con que algunas conferencias episcopales u obispos de diócesis puntuales justifican la comunión de quienes viven en adulterio parecen sacadas textualmente de las doctrinas que aparecen en Veritatis Splendor… condenadas.

La relativización de la necesidad de la misión, la justificación de la apostasía en prestigiosos y cuasi oficiales medios católicos, los compromisos con el judaísmo en detrimento de la plena unidad católica, la lectura del Corán en reuniones “católicas” -no me atrevo a llamarlas celebraciones, la exaltación de Lutero como testigo del Evangelio, las propuestas y pedidos de intercomunión, el hecho de que con toda naturalidad se hable de iglesias refiriéndose a comunidades luteranas o protestantes –lo que implica una negación o distorsión del concepto de “Iglesia”, constituido enteramente sobre el sacramento del Orden y la Eucaristía como actualización de la Pascua- significan una negación y contestación de hecho a aspectos nucleares de la Dominus Iesus.

Y aunque sea menos perceptible, en las actitudes contrarias a ambos documentos hay en la base una negación de otro de los documentos señalados como más relevantes: Fides et Ratio. Porque, por un lado, hay un discurso irracional, por el cual se nos quiere convencer de que en sus propuestas todo sigue igual siendo enteramente distinto. Que no hay cambios cuando los cambios son evidentes. Que hay una continuidad completa cuando la ruptura es absolutamente clara. Se está negando uno de los fundamentos del ejercicio de la razón: el principio de no contradicción, sin el cual la realidad se vuelve ininteligible. Se niega, por otra parte, la capacidad metafísica de la inteligencia, de tal modo que van desapareciendo las referencias a la “naturaleza humana". como un vestigio de tiempos ya superados. La fe, en estos planteos, ya no aparece como la respuesta al Dios que se revela. Ya no es el acto de aquel que, oyendo, y movido por la gracia, da su asentimiento a la Palabra y al que la y se pronuncia. La fe es puro constructo humano, y la Revelación no es ya un hecho trascendente, irrupción de lo eterno e inmutable en la historia. Por lo tanto, la “doctrina” -nueva malapalabra- y la praxis eclesial son un modelo para armar, completamente ajustable y camaleonizable con el contexto vigente.

Dicho esto, y volviendo al inicio, confieso que el enigma de la renuncia de Benedicto XVI se vuelve aún más grande, al menos para mí. ¿Qué pensará realmente, más allá de lo que pueda o decida decir o callar? ¿O habrá cambiado radicalmente su manera de pensar, en la cumbre de sus días?

No lo sé ni puedo saberlo, y quizá no lo sepa nunca. Lo que sí intuyo es que detrás de todo hay un misterioso designio divino, que incluye también los errores y prevaricaciones humanas.

Si bien pueden encontrar los textos en este artículo de Infocatólica de 2014, los transcribo nuevamente aquí para favorecer su lectura.

E imploro Domino Iesu que su Esposa, la Iglesia, no se deje encandilar por el anhelo del aplauso, por la necesidad de la aprobación del mundo, sino que continúe fiel a su misión de hacer resplandecer en el mundo Veritatis Splendor.

Sobre Veritatis Splendor

La encíclica sobre los problemas morales, la “Veritatis splendor", ha necesitado muchos años de maduración y su actualidad sigue siendo inmutable.

La constitución del Vaticano II sobre la Iglesia en el mundo contemporáneo, frente a la orientación prevalentemente iusnaturalista de la teología moral de la época, quería que la doctrina moral católica sobre la figura de Jesús y su mensaje tuviera un fundamento bíblico.

Esto se intentó mediante alusiones solo durante un breve periodo. Después se fue afirmando la opinión de que la Biblia no tenía ninguna moral propia que anunciar, sino que reenviaba a los modelos morales periódicamente válidos. La moral es cuestión de razón, se decía, no de fe.

Desapareció así, por una parte, la moral entendida en sentido iusnaturalista, pero en su lugar no se afirmó ninguna concepción cristiana. Y puesto que no se podía reconocer ni un fundamento metafísico ni uno cristológico de la moral, se recurrió a soluciones pragmáticas: a una moral fundada sobre el principio del equilibrio de bienes, en el que ya no existía lo que es verdaderamente mal y lo que es verdaderamente bien, sino solo lo que, desde el punto de vista de la eficacia, es mejor o peor.

La gran tarea que Juan Pablo II hizo en esa encíclica fue la de encontrar nuevamente un fundamento metafísico en la antropología, como también una concreción cristiana en la nueva imagen de hombre de la Sagrada Escritura.

Estudiar y asimilar esta encíclica sigue siendo una obligación de grandísima importancia.

Sobre Dominus Iesus

También aquí quisiera poner un ejemplo. Frente a la tormenta que se había creado entorno a la declaración Dominus Iesus me dijo que durante el ángelus pretendía defender sin equívoco el documento. Me invitó a escribir un texto que fuera, por así decir, hermético y no permitiera ninguna interpretación diversa. Debía emerger de forma del todo inequívoca que él aprobaba el documento incondicionalmente.

Por tanto, preparé un breve discurso; no pretendía, sin embargo, ser demasiado brusco y así intenté expresarme con claridad pero sin dureza. Después de haberlo leído, el Papa me pregunto otra vez: «¿Es realmente suficientemente claro?» Yo respondí que sí. Quien conoce los teólogos no se asombrará del hecho que, sin embargo, después hubo quien mantuvo que el Papa había prudentemente tomado distancia del texto.

7.02.17

La todología y sus contraindicaciones

Superbowl

Debo estar un poco nostálgico de mis tiempos de estudiante, pero en estos días recordé la “cargada” con la que solíamos referirnos a un compañero, elocuente en exceso:

“Oh, nn, que sabes de todos los temas, y que si no sabes, inventas”

Todólogo”, le solíamos decir, claramente en lugar de teólogo.

Aunque ya en el ministerio sacerdotal, muy pronto, y especialmente desde que participo en las redes sociales, algunos de los fieles más cercanos me han acusado con toda justicia, diciéndome, por ejemplo: “a ver vos, que opinás de todo, qué pensás de tal o cual cosa”

Por lo que puedo colegir que uno de los defectos más recurrentes en nuestro “gremio” clerical –al menos en Argentina- es la inclinación persistente a ser “todólogos”, a querer opinar sobre todos los temas y abordar cualquier cuestión, y hasta hacerlo con ciertas “ínfulas”.

Indudablemente, el estudio de la Filosofía brinda a los clérigos una natural y razonable aspiración a la totalidad porque, como ciencia de las causas últimas, nada queda fuera de su incumbencia: Dios, el mundo, el hombre… Y ambién hay una tendencia a la totalidad en la Palabra revelada y en la ciencia de la fe, desde la certeza de que Cristo es “la medida de todas las cosas".

Pero esta tendencia juvenil a constituirnos en “todólogos” es reforzada y con frecuencia distorsionada por la misma vida pastoral. Al menos en mi país, un número elevado de fieles laicos suelen tener la falsa impresión de que los sacerdotes “estudian y saben más que nadie” sobre la faz de la Tierra.

Así, erróneamente, somos constituidos en “oráculos” clarividentes de la vida entera, y consultados sobre la más amplia variedad de temáticas y –aquí está lo más inquietante- nuestras opiniones personales son tenidas a veces por “palabra santa”, como si gozáramos de un permanente carisma de infalibilidad.

Indudablemente hay sacerdotes que han consagrado su vida al estudio y la investigación no sólo de la filosofía y las ciencias sagradas, sino también de las ciencias humanas, de la historia, la sociología, la psicología; pero incluso en esos casos resulta conveniente mantener la mesura.

Porque si nos dejamos llevar por esta sensación de infalibilidad, es probable que en más de una ocasión… quedemos en offside.

Así sucedió, sin ir más lejos, el pasado domingo, cuando el Papa Francisco tuvo la oportunidad de dejar un mensaje para el Super Bowl. No dudo que era una oportunidad única para llegar a millones de personas, y que San Pablo hubiera aprovechado esa ocasión sin vacilar. Y la verdad es que leí sus palabras, y me parecieron bastante parecidas a las anteriormente enviadas para el mundial de fútbol en Brasil, o para los Juegos olímpicos, e incluso similares a una ya clásica reflexión de Benedicto XVI sobre el fútbol.

Por eso me impresionó que un joven y aún poco conocido periodista deportivo argentino, en un par de párrafos emitidos casi con descuido, señalara que las palabras del Papa no se aplican especialmente al Fútbol Americano.

“Muchos –señala Sebastián Fest- se quedaran boquiabiertos ante el elogio del Papa a uno de los deportes más cuestionados del planeta. Un deporte en el que, una vez retirados, el 43 por ciento de sus jugadores muestra daños cerebrales. Un deporte en el que explota el doping. Un deporte en el que, “si no hubiera reglas, los jugadores se matarían los unos a los otros””

Personalmente, y más allá del “fuera de juego” de Francisco –que, al fin y al cabo, es sacerdote argentino-, me queda una importante enseñanza para mi ministerio sacerdotal: que debo ser enormemente cauteloso frente a realidades que no conozco suficientemente. Para evitar que mis oyentes “levanten el banderín” y digan, parafraseando a los atenienses, “otro día te escucharemos”.

Y, por si hiciera falta, este “offside” nos ayuda a ver que si bien sólo el Romano Pontífice goza del carisma de la infalibilidad, no lo ejerce siempre y en cualquier circunstancia. Aunque a algunos todavía no les quede claro.

 

6.02.17

¿Cardenales infieles?

Codigo

En los Seminarios suelen circular innumerables chistes y frases irónicas sobre las realidades que somos invitados a profundizar, chistes que amenizan, distienden y ponen color a las horas de estudio.

Uno de los más clásicos era el siguiente:

“El que estudia mucha filosofía, pierde la razón;

El que estudia mucha teología, pierde la fe;

El que estudia mucho derecho canónico, pierde el tiempo…”

 

Me disculparán los canonistas por mi atrevimiento –no puedo evitar recordar el chiste sin sonreírme aunque esté solo- y me permitirán a través de este sencillísimo aporte reivindicarme y reparar por las veces en que osé repetir la ingeniosa y mordaz frase.

 

Y es que en medio de las tormentas que sacuden nuestra vida eclesial he redescubierto ya en más de una ocasión el valor del Derecho Canónico para orientarnos en muchos temas.

Derecho Canónico que –todos lo sabemos- ha sido compuesto por hombres falibles. El Derecho canónico no es palabra inspirada, y sería un grave error elevarlo a una categoría mayor que la que merece.

Pero, aceptado eso, no hay dudas de que el Derecho que nos rige –que sigue vigente, a pesar de ser ignorado tantas veces- recoge siglos de sabiduría, y ofrece a menudo una visión mucho más teologal, amplia y profunda de lo que a simple vista puede sugerir un Codex.

Sólo quiero compartir ahora un canon, más precisamente dos parágrafos de un canon, el 212, que señalan algo muy importante: los derechos de los fieles. Este apartado se refiere a TODOS los fieles y sólo luego habla específicamente de los laicos.

 

212 § 2.    Los fieles tienen derecho a manifestar a los Pastores de la Iglesia sus necesidades, principalmente las espirituales, y sus deseos.

 § 3.    Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas.

 

¿Cardenales sin derechos?

No me voy a detener en lo que ya han señalado otros blogueros de Infocatolica y fundamenta la existencia misma del portal (el derecho por el cual ellos no sólo manifiestan a los pastores sino también a otros fieles su opinión sobre temas eclesiales) quiero detenerme ahora en un hecho: los 4 cardenales, al presentar sus dubia, están amparados por el Derecho Canónico.

Y saco el tema una vez más a la luz a raíz de las declaraciones del card. Martínez Sistach quien, refiriéndose a la carta de los cardenales, afirma:

“Esta carta me ha dolido mucho. Me ha impresionado mucho negativamente. Los cardenales tenemos que ayudar al Papa, no ponerle dificultades. Se puede hablar con el Papa o escribirle una carta, pero no publicarla. El contenido no ha sido bien recibido, ni el método tampoco”.

Dejando de lado el hecho de que utiliza la doctrina de las circunstancias atenuantes y eximentes de modo ilegítimo –como ha demostrado el card. Caffarra recientemente, no se aplica este principio para actos futuros, sino sólo para acciones ya realizadas-, y que afirme que “el contenido no ha sido bien recibido, ni el método tampoco” sin aclarar por quién, nos detendremos en que afirma que los cardenales “ponen dificultades” al Papa y que “no pueden publicar” esa carta.

Vayamos por parte, con el canon 212 como guía.

  • Los 4 cardenales tienen derecho a manifestar a los Pastores sus necesidades y deseos: así lo han hecho, en cuanto cardenales y en cuanto fieles, expresando al Santo Padre lo importante que es una palabra clara sobre un tema que está siendo objeto de interpretaciones no sólo divergentes, sino diametralmente opuestas.
  • Tienen el derecho –e incluso el deber-  de manifestar su opinión sobre lo que pertenece al bien de la Iglesia.

Este punto merece un análisis más detallado, en el cual puede llegar a haber divergencias, pero creo que se puede reconocer la realidad tal cual es.

-          El código señala que lo pueden –o deben- hacer “en razón de su conocimiento, competencia y prestigio”. Yo no he escuchado aún a alguien que pueda alegar que los 4 Cardenales carezcan de alguno de estos atributos. Es más, deben ser de los miembros del colegio cardenalicio que de modo más inequívoco pueden ser reconocidos como poseedores  de los mismos. Comentábamos con un hermano sacerdote -un poco maliciosamente- que estos 4 purpurados deben tener un curriculum impecable… o ya nos hubiéramos enterado.

-          La opinión debe versar sobre lo que pertenece “al bien de la Iglesia”: ¿será que el Matrimonio, la Eucaristía, la Confesión, la entera doctrina moral cristiana… son considerados aún relativos al “bien de la Iglesia”?

-          “Salvando la integridad de la fe y de las costumbres”: no solamente no la atacan ni menoscaban, sino que se pronuncian justamente porque ven que se ponen en riesgo ambas.

-          “… la reverencia a los pastores…”: la carta no puede ser más respetuosa hacia la persona y hacia el Oficio del Santo Padre. La actitud de piedad filial y sobre todo de fe sobrenatural en el ministerio que detenta el Romano Pontífice son ejemplares.

-          “… la utilidad común y la dignidad de las personas…” como no soy canonista, no sabría precisar a qué se refiere la última expresión, pero salvo que oculte algún críptico significado, me da toda la impresión de que no se vulnera en absoluto.

Hasta ahí es clarísimo, entonces, que el recurso al Santo Padre es completamente legítimo, en ejercicio de su dignidad de bautizados y más aún en cuanto cardenales. Y que, al hacerlo, no le “ponen dificultades”, sino que realizan su propia misión.

Lo que ha sido más cuestionado, sin embargo, es que ellos hayan hecho pública esta apelación al Santo Padre. Se los ha acusado por este motivo de generar escándalo, de promover la división, y de no sé cuántas cosas más.

Ya se han encargado ellos mismos, sobre todo el Card. Caffarra en la entrevista antes citada, de mostrar cuáles fueron sus motivaciones para dar publicidad al documento.

Yo sólo quiero añadir que en esto el Código, nuevamente, los ampara. Porque no sólo permite manifestar su opinión sobre lo que atañe al bien de la Iglesia a los pastores, sino también “manifestarlas a los demás fieles”.

 

Y me quedo pensando, sin comprender.

¿Por qué estas cosas, que deberían ser de conocimiento habitual entre los pastores, son ignoradas o dejadas de lado?

¿Significa tal vez que ya no está vigente el Derecho eclesial? ¿Y que quienes tienen-tenemos algún tipo de autoridad en la Iglesia podemos ejercerla de cualquier modo? ¿No nos encamina este “método” hacia personalismos peligrosos?

Salvo que, en su fuero íntimo, algunos ya hayan excomulgado –como alguno sugirió hace algunos meses- a los cardenales, y ya no sean fieles cristianos, sino infieles.

4.02.17

El castigo como expresión del amor

Sor CAramSor Lucía Caram y sus heréticas declaraciones han suscitado innumerables artículos en estos días, y nos ha permitido a muchos exaltar nuevamente -y, quizá, profundizar- el misterio ede la virginidad de María “antes, durante y después del parto".

No quiero ser redundante, pero no quería dejar pasar la oportunidad para compartir una reflexión que hace Benedicto XVI en su libro “Luz del mundo". El contexto es el tratamiento de los abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero.

Pero en cuanto la negación de las verdades de fe -que siendo pertinaz se transforma en herejía- es un delito canónico, creo que pueden aplicarse casi textualmente las palabras de Benedicto, así como también a todos los ámbitos de la vida eclesial en los que se ve involucrada el derecho y la disciplina.

“…el derecho penal eclesial funcionó hasta los últimos años de la década de 1950, que si bien no había sido perfecto -mucho hay en ello para criticar-, se lo aplicaba. Pero desde mediados de la década de 1960 dejó simplemente de aplicarse. Imperaba la conciencia de que la Iglesia no debía ser más Iglesia del derecho, sino Iglesia del amor, que no debía castigar. Así, se perdió la conciencia de que el castigo puede ser un acto de amor. …

En ese entonces se dio también entre gente muy buena una peculiar ofuscación del pensamiento.
Hoy tenemos que aprender de nuevo que el amor al pecador y al damnificado está en su recto equilibrio mediante un castigo al pecador aplicado de forma posible y adecuada. En tal sentido ha habido en el pasado una transformación de la conciencia a través de la cual se ha producido un oscurecimiento del derecho y de la necesidad de castigo, en última instancia también un estrechamiento del concepto de amor, que no es, precisamente, sólo simpatía y amabilidad, sino que se encuentra en la verdad, y de la verdad forma parte también el tener que castigar a aquel que ha pecado contra el verdadero amor.

Cuando me encontré por primera vez con este texto, poco tiempo después de publicado el libro, me “abrió la cabeza", ayudándome a ver cómo, en efecto, también en mí se había producido un estrechamiento en el concepto del amor.

Castigar al pecador y al que comete delitos contra la fe y contra la unidad eclesial -y ni hablar de tantas otras aplicaciones que, en un sentido mucho más amplio, podrían darse en el plano social, educativo y familiar- es, entonces, un acto de amor:

- hacia quien ha delinquido: no castigar, no sancionar, dejar todo como si no hubiera pasado nada, es “pasar de largo” ante quien está “herido y medio muerto". Podríamos comparar la pena con el vino que el Buen Samaritano aplica sobre las heridas del hombre caído en el camino. Si el que profiere y ventila pensamientos contrarios a la fe no recibe una justa corrección sanción, puede pensar -hasta incluso de buena fe- que lo que hizo no es demasiado grave, y continuar por el camino que lleva a su propia ruina. La sanción, con la privación del ejercicio de ciertos derechos en el ámbito eclesial, le permite, por un lado, dimensionar su falta, a la vez que se le ofrece un tiempo de reflexión y se abre el camino del arrepentimiento.

- hacia quien ha sido ofendido: en este caso, la Santísima Virgen María, la “siempre Virgen", y en última instancia, al Dios Uno y Trino, que en María y en su perpetua virginidad han manifestado de una manera sublime e incomparable su sabiduría y omnipotencia. Los santos han sido siempre celosos defensores del honor de Dios, comprendiendo que verdaderamente las blasfemias lastiman el corazón de Dios, lo ofenden, lo hieren. Basta recordar a Ignacio, impulsado casi a herir al musulmán que osó cuestionar la virginidad de María. El castigo al que blasfema e incurre en herejía -siempre según el derecho- es una manera de expresar el amor a nuestro Creador y Redentor.

-  hacia el Pueblo de Dios que, atónito, escucha a una consagrada relativizar alegremente una verdad tan preciada por él. Y, aún más atónito, se pregunta: “¿por qué nadie hace nada?". “¿Es que acaso en la Iglesia se puede vulnerar lo más sagrado, y todo sigue como sin más?” “¿Es que acaso ya la fe no importa?” Castigar -con la pena canónica justa- a quien ha sembrado confusión y desasosiego es un evidente acto de servicio a los fieles sencillos. Los educa, les brinda seguridad, los afirma en el camino de la verdad.

No sé qué tan lejos pueden llegar estas palabras, y probablemente no sean leídas por quienes podrían intervenir.

Pero igualmente, y a modo de oración, quiero expresar: por amor al Dios y a María, por amor al Pueblo de Dios y por amor a Sor Lucía Caram… esperamos la sanción correspondiente.