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9.07.09

Sobre la nota de la diócesis de Málaga

A decir verdad, no me imaginaba la enorme repercusión, incluso mundial, que iba a tener la noticia de la negativa del obispo de Málaga, monseñor Jesús Catalá, a nombrar a un sacerdote de su diócesis para celebrar regularmente la misa según el modo extraordinario del rito latino. Aunque para ser justos, creo que más que la negativa del obispo, que era conforme al artículo 10 del motu proprio Summorum Pontificum", lo que llamaba la atención era los argumentos esgrimidos por don Jesús. No voy a volver a opinar sobre los mismos y sí a insistir en el hecho de que el obispo de la diócesis malagueña merece un margen de confianza y de apoyo que no debería de ser menoscabado por este asunto.

Aun así, no deja de ser curioso que la nota de la diócesis sea tan contundente en algunos de sus puntos. Por ejemplo:

1- 1. En diversos medios de comunicación ha aparecido la noticia de que el Obispo de Málaga ha denegado la petición de celebrar la Misa en la Diócesis según la forma extraordinaria del Rito Romano.

Pues no sé si algún medio de comunicación explicó así las cosas. Desde luego este no. Aquí dimos cuenta del contenido de la carta del obispo a los fieles que le pidieron un sacerdote para celebrar una vez al mes esa Misa.

2. Nada más lejos de la verdad que esta falsa noticia. El Obispo no ha denegado la celebración de esta forma extraordinaria de celebrar la Santa Misa. Entre otras cosas, porque es un derecho de los fieles, corroborado por el Santo Padre Benedicto XVI, a quien el Obispo estima de todo corazón y mantiene plena fidelidad y comunión eclesial.

Justo eso es lo que dije cuando escribí un post para dar mi opinión sobre lo ocurrido.

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5.07.09

Mi opinión sobre lo de Málaga

He leído con atención argumentos de unos y de otros en relación con la negativa de monseñor Catalá a conceder a Una Voce Málaga un sacerdote diocesano para celebrar la Misa según la forma del rito latino anterior al Novus Ordo. Ayer copié en mi blog la respuesta que Roma Aeterna ha dado a la actuación del obispo de la diócesis malacitana, pero creo que es mejor que dé mi propia opinión, que para eso está este blog. Yo veo las cosas de esta manera:

1- El motu proprio Summorum Pontificum de Benedicto XVI indica bien a las claras cuál es la intención del Papa a la hora de quitar prácticamente todo impedimento a la celebración de la Misa antigua. Se puede decir que lo considera un derecho de los fieles al que no debería de oponerse ningún obispo.

2- La literalidad del motu proprio puede dejar abierta la cuestión de cuál es el número de fieles necesario para que les sea concedida la celebración habitual de la Misa antigua, pero eso no debería de convertirse en una excusa para impedir que los fieles se vean privados de aquello que el Papa quiere que tengan.

3- En realidad los fieles no tienen por qué pedir a los obispos -sí a sus párrocos- que les concedan lo que el Papa ya les da, pero es signo de afecto filial y de comunión hacer lo que la buena gente de Una Voce Málaga ha hecho.

4- En mi opinión, el obispo de Málaga se equivoca más en las formas que en el fondo y además Una Voce se ha precipitado un tanto. Me explico. No se le ha solicitado permiso para celebrar la Misa antigua, sino que nombrara a un sacerdote de la diócesis para tal fin. El caso es que don Jesús acaba de llegar a Málaga. Lleva apenas unos meses allí y aunque seguramente ya conozca a todos los sacerdotes, es imposible que le haya dado tiempo para poder tomar bien la temperatura a toda la diócesis. Yo habría esperado a que al menos llevara un año pastoreando ese rebaño antes de enviarle esa petición. Ahora bien, eso mismo también se aplica al obispo, que habla como si se conociera bien el paño. Quizás hubiera sido mejor dejar la decisión para más adelante, explicando a los peticionarios que necesitaba tiempo para conocer bien la diócesis.

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4.07.09

Respuesta de Roma Æterna a Monseñor Catalá, obispo de Málaga

Pensaba escribir algo hoy sobre la negativa del obispo de Málaga a la petición que le hicieron un grupo de fieles, representando a muchos más, para que nombrara a un sacerdote diocesano que pudiera celebrar la misa una vez al mes según el usus antiquior, pero el presidente de Roma Æterna me ha enviado la respuesta de su asociación a monseñor Catalá, la cual han publicado en su blog. Me parece tan bien fundamentada, que no puedo por menos que reproducirla en Cor ad cor:

Ayer se hizo pública la carta del Excmo. y Revmo. Sr. Obispo de Málaga, Monseñor Jesús Esteban Catalá Ibáñez, en respuesta a la petición de un grupo de fieles de su diócesis para autorizar la celebración de la Santa Misa según el Misal Romano del beato Juan XXIII, en aplicación del motu proprio Summorum Pontificum. Dicho documento es preocupante, por tratarse no sólo de una negativa pura y simple, sin el menor resquicio de posibilidad en el futuro de cambiar su decisión, sino por los argumentos en los que la apoya y que pasamos a comentar.

Antes, sin embargo, hay que puntualizar que, al dirigirse los fieles antedichos al Sr. Obispo lo hicieron voluntariamente como un acto de deferencia y de confianza en su prelado, no estando obligados a ello, dado que, para las celebraciones públicas y regulares de la Santa Misa de rito romano extraordinario con arreglo al motu proprio Summorum Pontificum, son competentes los párrocos y los rectores de iglesias (art. 5). La autorización del Ordinario local se requería antes tanto bajo el decreto Quattuor abhinc annos de 1984 como bajo el motu proprio Ecclesia Dei adflicta de 1988, pero ambas disposiciones han dejado de ser vigentes a partir del 14 de septiembre de 2007, fecha desde la que hay que atenerse al motu proprio del papa Benedicto XVI (que las declara expresamente derogadas). Incluso en casos semejantes en los que la respuesta del Ordinario a peticiones basadas en Summorum Pontificum ha sido positiva es de lamentar que se actúe en la perspectiva de un ordenamiento jurídico superado. Es por ello por lo que desde UNA VOCE se recomienda vivamente a los grupos peticionarios de celebraciones públicas y regulares de la Santa Misa (y de los demás sacramentos) según el rito romano en su forma extraordinaria que sigan el curso indicado por el Papa (n. 7), a saber y por este orden:
primero, el párroco o rector de iglesia;
segundo, el Obispo, a quien “se invita vivamente a satisfacer su deseo” en caso que el párroco o rector no lo haga;
tercero, la Pontificia Comisión Ecclesia Dei en caso de imposibilidad de proveer a esta celebración por parte del Obispo.

Monseñor Catalá dice hablar “desde mi conocimiento y asunción positiva de las disposiciones del Motu Proprio Summorum Pontificum y de la Carta que, adjunta a este documento, el Santo Padre nos envió a los Obispos”. Esto, en principio, le honra y da la medida de su comunión con el Papa (dado que, desgraciadamente, hay otros hermanos suyos en el episcopado que no asumen positivamente el documento del Santo Padre) y debería dar fundadas razones para esperar de su parte una actitud de receptividad de las que el siervo de Dios Juan Pablo II llamó “justas aspiraciones” de aquellos “fieles católicos que se sienten vinculados a algunas precedentes formas litúrgicas y disciplinares de la tradición latina” (Motu proprio Ecclesia Dei, n. 5). La negrita –que es nuestra– tiene el objeto de subrayar y recalcar que el deseo de poder acceder a la liturgia precedente no puede ser a priori considerado antojadizo o caprichoso ni los fieles que lo expresan dejan de ser católicos. Puede que haya quien haga una bandera de división y de cisma de la misa romana antigua, puede que haya quien se acerque a ella por puro estetismo o por otras razones de índole extra-eclesial, pero no puede juzgarse a todos por esos casos particulares. Hay quien también hace del rito ordinario de la misa una bandera de división ideológica y lo instrumentaliza, despreciando las rúbricas y las normas de celebración, y sin embargo nadie dirá que el Novus Ordo de Pablo VI es por ello un factor de división. Por lo demás, el propio papa Benedicto reconoce que en algunas regiones “no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriendo con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían embebido tan profundamente su cultura y su espíritu”. O sea que hay buen número de fieles cuyo apego a la liturgia antigua es serio y digno, por lo tanto, de ser tenido en cuenta (como que movió a Juan Pablo II y a su actual sucesor a legislar a su favor).

Afirma también el prelado malacitano que, como Obispo diocesano, desea “servir a las necesidades reales de la diócesis” para a continuación concluir que “no se dan las condiciones adecuadas en la diócesis de Málaga para establecer una celebración regular de la Misa con el modo extraordinario del rito romano”. Es decir, debemos deducir que esa celebración no es una necesidad real de su diócesis. ¿Es, entonces, una necesidad banal o ficticia? A tenor del motu proprio Summorum Pontificum no parece que sea así; de lo contrario, no habría tenido sentido su promulgación. Por otra parte, la demanda de este rito es muy real, como lo prueba la carta que el grupo de fieles malagueños le remitieron en su día. Da igual que los signatarios sean 12 como si fueran más. Los Obispos deben velar por todas sus ovejas y ser sensible a sus expectativas: “Para procurar mejor el bien de los fieles, según la condición de cada uno, esfuércense en conocer bien sus necesidades” dice el Concilio Vaticano II, que continúa: “Muéstrense interesados por todos, cualquiera que sea su edad, condición, nacionalidad, ya sean naturales del país, ya advenedizos, ya forasteros. En la aplicación de este cuidado pastoral por sus fieles guarden el papel reservado a ellos en las cosas de la Iglesia, reconociendo también la obligación y el derecho que ellos tienen de colaborar en la edificación del Cuerpo Místico de Cristo” (Decreto Christus Dominus, 16).

En cuanto a que no se den las condiciones adecuadas para “una celebración regular de la Misa con el modo extraordinario del rito romano” debemos suponer que el Sr. Obispo se refiere sólo a la celebración pública en las parroquias, ya que queda salvo el derecho:

a) de todo sacerdote, tanto secular como regular, a escoger sea el Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII sea el Misal Romano promulgado por Pablo VI para la celebración privada (sine populo),

b) de las comunidades de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, de derecho tanto pontificio como diocesano, de hacer uso del Misal Romano de 1962 en las misas conventuales o comunitarias en sus oratorios propios, y ello incluso de manera permanente;

c) de los fieles de poder unirse a las celebraciones privadas de los sacerdotes que eligen el Misal Romano del beato Juan XXIII si lo piden voluntariamente.

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9.10.07

Carrera en el fin de su carrera.

Es bien sabido en la archidiócesis de Barcelona, y de paso en el resto de la iglesia en Cataluña, que el Vaticano no ha admitido la renuncia por edad a Monseñor Carrera porque, a menos que haya cambiado algo muy recientemente, el ordinario no ha conseguido que le acepten a quienes quería como obispos auxiliares. Es muy probable que Roma quiera elegir a un candidato que algún día pueda pastorear otra diócesis catalana y, visto el tenor de los últimos nombramiento episcopales para las diócesis "menores" de aquella región española, no hace falta ser muy inteligente para llegar a la conclusión de que desde la Ciudad Eterna no tienen la menor intención de que en la archidiócesis con sede en la Ciudad Condal haya un obispo auxiliar que vaya por la línea de pasteleo pactista con los sectores más progres del clero catalán.

En cualquier caso, es cuestión de poco tiempo que Monseñor Carrera pase a ser emérito. Y antes de que se le pase el arroz, se está dedicando a regalarnos algunas perlas de indudable "solera" jubano-sistachista. Por ejemplo, en la edición de 27 de septiembre de Catalunya Cristiana, reflexionando sobre el nuevo curso pastoral, escribió el siguiente párrafo:

Cuando las cuestiones que los hombres y las mujeres de nuestro tiempo tienen pendientes son de fondo, no sería apropiado que nosotros gastáramos más energías que las estrictamente necesarias en debates menores sobre formas rituales, o en patéticas añoranzas de lenguas muertas.

Hombre don Joan, se puede entender que a un laico poco y/o mal formado le importe un pimiento la liturgia y la fidelidad al Concilio Vaticano II en lo referente a la lengua que ha de usarse en la misa (Sacrosanctum concilium, 36). Pero que todo un obispo de nuestra Iglesia hable con desdén de esas cosas no tiene perdón de Dios. Es una falta de respeto a los fieles que se sienten contentos y felices por el último motu proprio del Papa. De hecho, es una falta de respeto al Santo Padre, al cual no le parece un tema menor todo lo relacionado con la liturgia y la lengua oficial de la Iglesia latina.

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4.10.07

Carta abierta de Roma Æterna -Una Voce- a Monseñor Julián López

ASOCIACIÓN CULTURAL ROMA ÆTERNA

Agregada a la Federación Internacional UNA VOCE

CARTA ABIERTA AL SR. OBISPO DE LÉON

+ Barcelona, 3 de octubre de 2007.

Excelentísimo y Reverendísimo Monseñor:

Le escribo a propósito de sus declaraciones del 1º de octubre ppdo. a la prensa concernientes al motu proprio Summorum Pontificum dado por el Santo Padre Benedicto XVI, y lo hago no sólo como católico, a quien obviamente interesa lo que un obispo diga en materia de fe y costumbres (y la Liturgia entra en este campo), sino también en mi condición de presidente de la Asociación ROMA ÆTERNA, miembro de la FEDERACIÓN INTERNACIONAL UNA VOCE y organización decana en España para el mantenimiento y difusión del rito romano extraordinario y de la música sacra tradicional (canto gregoriano y polifonía clásica). Me ciño a lo que Su Excelencia escribe en carta aclaratoria a los diarios que publicaron esas declaraciones; por lo tanto, utilizo sus propias frases.

1. Cito textualmente: "Es importante que todo el pueblo de Dios comprenda y viva la celebración del mejor modo posible, lo que no creía que se consiguiera con la lengua latina. Sin embargo, añado ahora, hay fieles en algunos lugares que han preferido una forma de celebración más silenciosa, uniéndose interiormente al sacerdote".

Pareciera que el problema de la comprensión de la Liturgia por el Pueblo de Dios se redujera a una mera cuestión de idioma, cuando de lo que se trata es de entender lo que se hace. De nada sirve que se reconozcan las palabras si se ignora su sentido en el contexto de la acción sagrada (y mucho me temo que la ignorancia entre los fieles está hoy muy extendida). Por otra parte, la Liturgia no es un conjunto de proposiciones que se hayan de entender clara y distintamente (eso es racionalismo cartesiano); es más bien misterio, que apela a todas las dimensiones del ser humano y no sólo a su facultad intelectiva, por lo cual también la celebración silenciosa tiene su importancia. En fin, la Liturgia se da en el ámbito de lo sagrado, es decir, de un espacio y un tiempo en discontinuidad con el espacio y tiempo comunes. En esta perspectiva las lenguas muertas adquieren una especial significación de trascendencia y se han usado y se usan no sólo en los ritos católicos, sino en los de la mayor parte de las religiones. Lo mismo dígase del silencio que rodea la mayor parte -y la más importante- de las celebraciones. ¿O es que durante más de mil años la Iglesia habría impedido al Pueblo de Dios la mejor comprensión y vivencia de la Liturgia por su empecinamiento en conservar el latín? E incluyo al beato Juan XXIII, que en su constitución apostólica Veterum Sapientia de 1962 ordenó que los obispos y superiores generales de órdenes religiosas velaran para que "ninguno de sus súbditos, por desmedido afán de novedades, escriban contra el empleo de la lengua latina tanto en la enseñanza como en los ritos sagrados de la Liturgia". También me refiero al Concilio Vaticano II, que estableció que se conservara "el uso de la lengua latina en los ritos latinos, salvo derecho particular" (SC, 36 § 1).

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