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18.02.15

El caso de los abusos de Granada será juzgado

El pasado lunes supimos que el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada había decretado la prescripción de los delitos de abusos sexuales sin penetración, exhibicionismo y encubrimiento que se imputaban a once personas, entre ellas 10 sacerdotes y un seglar. Decretó, por el contrario, que continúe la causa contra uno de los imputados, sacerdote, por los delitos de abuso sexual continuado con prevalimiento.

El juez aclaraba en su auto que la aplicación de la prescripción no se aplica a capricho o arbitrio judicial, sino que es «de obligado cumplimiento, si concurren plazos y requisitos legales».

En otras palabras, el juez no puede juzgar algo que, aun en el caso de ser delito, ha prescrito. Y solo mantiene la imputación del sacerdote que, supuestamente, ha cometido un crimen que todavía puede ser juzgado. La ley en España es la que es y en relación a los abusos sexuales no especialmente graves -esto es opinable-, con menores o sin ellos, las penas son más bien escasas

Partimos del hecho de que en este país la edad de consentimiento sexual está, todavía, en los trece años. Es decir, un señor de 50 años puede mantener relaciones sexuales con una cría de trece si la joven acepta de forma libre. Y si en vez de una joven es un adolescente de esa edad y todavía barbilampiño, idem. Por supuesto, si el adulto ha coaccionado de alguna manera al menor, se da el delito de abuso.

En el caso de Granada, la víctima dice haber sido objeto de abusos desde los catorce años hasta que cumplió diecisiete. Por lo que parece, solo mantuvo relaciones sexuales “completas” con uno de los sacerdotes acusados, considerado como el cabecilla del grupo. En su momento la justicia española determinará si se produjeron dichas relaciones y, esta es la clave, si fueron consentidas o no.

A nivel eclesial la situación es muy diferente. Según la ley de la Iglesia, a menos que haya un matrimonio de por medio -14 años, mujer, 16 varón-, siempre que hay relaciones sexuales entre un adulto y un menor de edad -18 años-, se produce un delito de abuso. Tanto si el menor consiente como si no. Desde ya les digo que ojalá todos los países del mundo tuvieran una ley así. El gobierno de España ha anunciado, otra cosa es que lo hagan, que se va a elevar la edad de consentimiento hasta los 16 años. Poco me parece pero mejora la situación.

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