¿Dios castiga? - Parte 3: Respuesta a Luis Fernando Gutiérrez y José María Lang, del programa "Pensamiento Crítico"

Debate

Para continuar esta nueva serie sobre el tema del castigo divino, quiero atender la petición que me ha hecho un amigo de analizar un aporte sobre este tema que se produjo hace algún tiempo en Radio María de Costa Rica en el programa “Pensamiento Crítico” conducido por Luis Fernando Gutiérrez y José María Lang, en donde dan su opinión sobre este tema y específicamente sobre este debate. Mi amigo ha tenido la gentileza de grabar todo el programa y de enviármelo en formato de audio para que lo comente, y para los que deseen escucharlo en su totalidad lo he colocado en el siguiente enlace: 

Pensamiento Crítico - ¿Dios castiga? 

A medida que avance en el análisis del programa también voy a señalar elementos del pasado debate con Alejandro Bermúdez a los que ellos hacen referencia, ubicándolos en mi libro sobre el tema. Quienes no tengan el libro pueden descargarlo gratuitamente en el siguiente enlace y así cuando referencie alguna página la podrán tener a la mano:

Libro digital gratuito en PDF: ¿Dios castiga?, por José Miguel Arráiz

Ahora sí, sin más preámbulo comencemos:

Introducción al programa

En la primera parte del programa los conductores dedican una buena parte del tiempo a hablar de la importancia de mantener el diálogo apologético en buen tono, de tomarse el tiempo de escuchar el argumento de con quien se debate, no cerrarse y cuidar las formas para que la otra parte no se cierre. Respecto a esto nada que objetar.

La importancia de la definición de la terminología

Lo primero que me ha llamado la atención porque es un elemento constante a lo largo de todo el debate, es el reproche continuo tanto para Alejandro como para mi persona, de que hemos caído en el error de no clarificar la terminología y explicar qué entendemos por castigo. Así por ejemplo afirman:

“El debate se ha planteado de manera un poco equivocada, es mi opinión y ha faltado la clave fundamental, el elemento básico inicial por el que se tiene que empezar un debate para solucionar un debate o discrepancia de opiniones que es aclarar los términos

Los dos cometieron errores básicos de debate: no definir los términos de la discusión, y los dos a su manera cayeron en la falacia del espantapájaros, que es construir el pensamiento supuesto del otro para agarrarlo a palazos.”

Arráiz … no aclara el concepto de castigo y sobre todo no es sensible a lo que entiende la gente por castigo.”

Así como esas se encuentran muchas otras afirmaciones similares donde me atribuyen el error de no definir qué se entiende por castigo. Esto sin embargo NO ES CIERTO. Por lo menos en lo que a mí respecta siempre he tenido claro que antes de empezar un debate es indispensable y fundamental clarificar los términos para poder lograr un entendimiento entre las partes, de allí que mi primera entrega la dedicara a eso. Véase por ejemplo que en mi libro, en la página 9, dedico todo el capítulo para definir qué se entiende por castigo tanto coloquialmente (como lo entienden las personas, según lo define el diccionario), como teológicamente (como lo define la teología), y lo hago también en la página 30. Precisamente por eso inicié la primera entrega escribiendo: “Dice el refrán escolástico: “De definitionibus non est disputandum” (“las definiciones no se discuten”), porque las cuestiones terminológicas son de segundo orden con respecto a las cuestiones de fondo o de contenido y porque cada uno tiene derecho a elegir su propia terminología, dentro de ciertos límites. Sin embargo, es importante que cuando se haga uno de alguna terminología, se explique de manera clara que se quiere decir con ella, evitando así equívocos y malos entendidos. En el caso de la palabra “castigo” tenemos que distinguir de lo que realmente significa la palabra, y la forma en que la entienden muchas personas…etc. etc.”

Desconozco si lo que ha sucedido es que a nuestros amigos les parecieron insuficientes las definiciones dadas, o simplemente no las leyeron, en cuyo caso me hubiese gustado que pusiesen un poco más de diligencia a la hora de documentarse, ya que atribuir a otros un error que no han cometido, y hacerlo públicamente, lo que logra es desinformar. Demás está decir que si se va a comentar un debate, lo menos que se espera es que estén bien informados de lo que están diciendo.

Definición del castigo según Luis Fernando Gutiérrez y José María Lang

A continuación ambos conductores sostienen la tesis de que el debate es más semántico que teológico, y que la cuestión es que el asunto no puede resolverse con un mero “Dios sí castiga” o “Dios no castiga” sin clarificar el término:

“Yo creo que el debate más que teológico es semántico y tiene que ver mucho con la comprensión. En lógica hay una falacia que es la falacia de pregunta compleja, que es cuando yo a la hora de afirmar exijo a la otra persona ponerse en una opción sin aclaración posible de los términos. Entonces cuando digo Dios castiga o no castiga tendría que responder sí o no, cuando lo que quiero responder es: depende de que entiendas por castigo…”.

Sí, de acuerdo completamente, la falacia de la pregunta compleja es un error muy común que se comete al debatir, porque se pretende reducir todo a un mero “SI” o “NO”. Recuerdo que precisamente para no caer en este tipo de error dediqué toda una entrega a clarificar el significado de castigo, pero ahora pido a los lectores que no pierdan de vista esta falacia lógica, porque como se verá a continuación, es casualmente el mismo error que más adelante ellos cometen sin darse cuenta y es la causa que les impiden entender el por qué es doctrina católica afirmar que Dios sí castiga. Adelanto que la diferencia con nuestros amigos tampoco es semántica, sino doctrinal.

Continúan ahora sí definiendo que entienden por castigo y en qué sentido es inaceptable para ellos que Dios castigue:

Si tú entiendes castigo como una acción vindicativa y retaliativa de Dios (de venganza y retaliación) en respuesta a un mal que tú cometes con otro mal que te hace, entonces es inaceptable aceptar que Dios castiga.”

Clarificando el significado de castigo:

Antes de continuar indicando dónde está el error en la forma de razonar de nuestros amigos, es conveniente repasar brevemente el concepto de castigo y lo que enseña la fe católica al respecto. Ante todo, castigo es la pena impuesta por haber cometido una falta. Una pena es la privación de un bien que una criatura racional sufre involuntariamente por culpa propia. Ahora bien, tal como recordó el Papa Juan Pablo II “una de las verdades fundamentales de la fe religiosa, basada asimismo en la Revelación: o sea que Dios es un juez justo, que premia el bien y castiga el mal” (San Juan Pablo II – Encíclica Salvifici Doloris), y es aquí donde puede surgir la pregunta: ¿Puede Dios castigarnos? O como lo plantean nuestros amigos:

¿Puede Dios enviarnos un mal?

Y aquí sí nos encontramos en la situación de la falacia de la pregunta compleja de la que hablaban nuestros amigos, y que sin darse cuenta cometen al razonar de manera simplista y reducir la respuesta a un simple “NO”, sin detenerse a clarificar los términos. Utilizando su misma forma de responder yo les diría:

¿Puede Dios enviarnos un mal?

Depende de qué entiendas por mal…

Esta pregunta es clave, porque el error de Alejandro Bermúdez es el mismo de nuestros amigos, ya que se empeñan en ignorar que en teología cuando se habla del mal hay que hacer una distinción: puede uno referirse a un mal físico, o a un mal moral.                                                                     

Y es que si es cierto que una pena es un malfísico” lo es que también es un “bien”, porque tal como explica Santo Tomas “la pena es buena, porque es justa y viene de Dios.”, ¿pero puede la pena ser un mal y también un bien al mismo tiempo? Sí puede y de hecho lo es, en cuanto a que restaura el orden moral perturbado por el pecado, y puede ser infligida para obtener un bien mayor, como la conversión del pecador.

Cuando un preso sufre una pena de prisión y la pena es justa, no es malo el juez por impartir la sanción merecida. Esto que nuestros amigos entienden sin dificultad para el orden civil, son incapaces de entenderlo con respecto a Dios y el orden moral trascendente. Y es que ¿puede ser un juez humano bueno y justo cuando castiga a un malhechor aquí en la tierra pero no puede serlo Dios cuando también lo hace, siendo que es el supremo legislador?

No voy a profundizar mucho sobre esto, porque ya de esto compartí la explicación completa de Santo Tomás a esta objeción (Ver: Dios castiga, parte 1 - la paradoja de Epicuro) y también la explicación del cardenal Zeferino González en su Manual de filosofía elemental (pág. 43 de mi libro). En ellos se explica de manera muy didáctica el tema. Sugiero a quienes no lo hayan leído hacerlo.

Otro elemento de la doctrina católica que nuestros amigos rechazan es que la justicia de Dios sea distributiva,  de manera que Dios sin acepción de personas  procede como juez equitativo recompensando el bien (justicia remunerativa) y castigando el mal (justicia vindicativa). Esto nuestros amigos no lo aceptan rechazando un elemento fundamental de la fe católica, de allí que su primer error les ha llevado a otro más grave aún: la incomprensión de cómo Dios puede impartir justicia, premiar y castigar sin por eso ser injusto. El término “retaliación” que utilizan tampoco es el más apropiado, porque estaría identificando la justicia divina con una mera justicia conmutativa, tipo ley del Talión, ojo por ojo y diente por diente, donde la severidad de la pena es proporcional a la culpa, cosa que ya hemos aclarado no es así.  Tampoco profundizo más sobre esto porque ya para tratar este punto compartí la explicación del manual de teología dogmática de Ott que está bastante completa (Véase Ludwig Ott , Manual de Teología Dogmática, La justicia de Dios)

¿Buena exégesis versus pésima exégesis?

Acto seguido nuestros amigos afirman:

Arráiz pone un ejemplo que habla de su pésima exégesis a mi juicio, y miren que ya voy por delante en la afirmación simplista de Alejandro. Arráiz pone un ejemplo del NT que es la mudez de Zacarías. Pero si tu entiendes castigo como lo entiende el mundo moderno, cómo había que entender la mudez de Zacarías por no haber creído el anuncio del ángel, se tendría que entender en estos términos: “Como no creíste te dejo mudo, y la próxima vez que vuelvas a dudar del anuncio del ángel te vuelves a quedar mudo o algo peor”. Mientras, lo que en realidad sucedió, y la exégesis así lo enseña es que la mudez de Zacarías es un signo milagroso que testimonia que el anuncio del ángel se va a cumplir… Más que un castigo por no tener fe, en la exégesis correcta del pasaje es un estímulo para que Zacarías crea”. Esa mudez más que un castigo es una corrección.”

Yo había utilizado el ejemplo de Zacarías para mostrar como el castigo también puede tener un carácter correctivo y medicinal, sin embargo, nuestros amigos califican mi exegesis de “pésima” alegando que allí lo que ocurre es un signo milagroso, “una corrección”, o un “estímulo para Zacarías”.

Pero si mi exégesis es pésima por entender que Zacarías fue castigado por Dios, lo es también la exégesis del Papa Juan Pablo II quien interpretó el suceso de la misma manera:

Habiendo llegado al final del largo itinerario de los salmos y de los cánticos de la Liturgia de Laudes, queremos detenernos en la oración que, cada mañana, marca el momento orante de la alabanza. Se trata del Benedictus, el cántico entonado por el padre de san Juan Bautista, Zacarías, cuando el nacimiento de ese hijo cambió su vida, disipando la duda por la que se había quedado mudo, un castigo significativo por su falta de fe y de alabanza.

Ahora, en cambio, Zacarías puede celebrar a Dios que salva, y lo hace con este himno, recogido por el evangelista san Lucas en una forma que ciertamente refleja su uso litúrgico en el seno de la comunidad cristiana de los orígenes (cf. Lc 1,68-79)

Juan Pablo II, Audiencia del Miércoles 1 de octubre del 2003,

Tomado de Juan Pablo II, Cantad al Señor un cántico nuevo, Libros Palabra, Madrid 2004,  Catequesis sobre los laudes, p. 301

Pero no, no es que mi exégesis ni la del Papa sean pésimas, es que nuestros amigos han cometido un error muy común sobre todo entre protestantes conocido como la “dialéctica de los contrarios”. En la dialéctica de los contrarios se suelen ver como contradictorios conceptos compatibles o incluso complementarios. Un protestante por ejemplo diría que como hay un solo mediador ante Dios y los hombres, que es Jesús, los ángeles y santos no pueden interceder ante Dios por nosotros; diría además que como somos salvos por medio de la fe, no es necesario hacer buenas obras; y así como este podríamos citar muchos ejemplos, pero detrás de todos estos casos está siempre el mismo error de razonamiento. En el caso específico que nos aboca, nuestros amigos asumen que porque la mudez de Zacarías es un signo milagroso, no es por lo tanto un castigo, como si una cosa excluyese la otra. Más allá de eso, el sentido común les debería llevar a darse cuenta que quedar mudo, más que un premio, es un castigo, y las palabras del ángel son bien explicitas en sancionar que la causa de la pena es haber dudado del mensajero de Dios.

Ahora detengámonos en la diferencia entre la exégesis del Papa Juan Pablo II y la de nuestros amigos. El Papa más que caer en el error de la dialéctica de los contrarios ve en el suceso un “castigo significativo”, e indica además lo que nuestros amigos expresamente niegan: que fue “castigado por su falta de fe y de alabanza”. Pero eso no le impide ver allí un signo milagroso que mueve a Zacarías a celebrar que Dios salva. No es pues el aut aut protestante, sino el et et católico. Como decía el Papa Juan Pablo II en su catequesis: Dios castiga y Salva, no Dios castiga O Salva.

La Biblia Comentada por los profesores de la Universidad de Salamanca da una explicación similar a la mudez de Zacarías:

 “Ante este anuncio, Zacarías pide una señal al ángel. No duda del poder de Dios, pues es sacerdote y conoce estas maternidades milagrosas, pero insiste en la vejez de ambos. Acaso teme una ilusión en la visión. En otras ocasiones, los personajes pidieron, en casos semejantes, un signo, y no hubo castigo, y en otras se ofrece el signo sin ser pedido, y poco después María lo pedirá, recibiéndolo del ángel. Pero algo hubo en él que trae el castigo.” (Biblia comentada profesores de Salamanca)

Dejo el ejercicio a los lectores de investigar cómo han interpretado los santos y padres de la Iglesia ese suceso.

Otro castigo temporal más severo que el de Zacarías fue el de Elimás, cuya pena fue quedar ciego temporalmente por entorpecer la obra de Dios:

“Habiendo atravesado toda la isla hasta Pafos, encontraron a un mago, un falso profeta judío, llamado Bar Jesús,  que estaba con el procónsul Sergio Paulo, hombre prudente. Este hizo llamar a Bernabé y Saulo, deseoso de escuchar la Palabra de Dios. Pero se les oponía el mago Elimas - pues eso quiere decir su nombre - intentando apartar al procónsul de la fe. Entonces Saulo, también llamado Pablo, lleno de Espíritu Santo, mirándole fijamente, Hch 13:10  le dijo: «Tú, repleto de todo engaño y de toda maldad, hijo del Diablo, enemigo de toda justicia, ¿no acabarás ya de torcer los rectos caminos del Señor? Pues ahora, mira la mano del Señor sobre ti. Te quedarás ciego y no verás el sol hasta un tiempo determinado.» Al instante cayeron sobre él oscuridad y tinieblas y daba vueltas buscando quien le llevase de la mano. Entonces, viendo lo ocurrido, el procónsul creyó, impresionado por la doctrina del Señor.” (Hechos 13,6-12)

Obsérvese como aquí ocurre algo similar: Dios envía una pena física a Elimás pero obtiene un bien mayor. Razonando de la manera simplista sosteniendo que Dios no pueden enviar ningún mal a nadie, inclusive físico y para obtener un bien mayor, no podríamos entender tampoco ese suceso o tendríamos que inventar una interpretación poco convincente para justificar nuestro error.

Pero el ejemplo del castigo de Zacarías y el de Elimás no es ni por mucho menos la excepción en el Nuevo Testamento. Del caso de la muerte de Ananías y Safira, castigados por Dios por haber pecado contra el Espíritu Santo, se ha dicho también que realmente no murieron sino que fueron “excomulgados” a pesar de que cuando en el Nuevo Testamento se excomulga a alguien se explica claramente que así ha sido, como con los casos de Himeneo y Fileto (2 Timoteo 1,20; 2 Timoteo 2,17), o el incestuoso de la comunidad de los Corintios (1 Corintios 5,5). Distinto es el caso de ambos esposos, tal como explica el reconocido comentario bíblico de Ratisbona, que cuenta con sus respectivas licencias de aprobación eclesiástica:

La muerte de los dos cónyuges es presentada sin rodeos como un castigo. Se ha dicho que un castigo semejante es demasiado severo y que, en consecuencia, toda esta historia da mucho que pensar desde el punto de vista de la moral cristiana. Que el castigo sea severo, es indiscutible. Pero también la falta es juzgada muy grave. Tentar al Señor es un pecado de especial gravedad, a juicio del propio Pablo (I Cor 10,9), y por eso entrega en poder de Satán al incestuoso de Corinto para ruina de la carne, a fin de que el espíritu sea salvo en el día del Señor. Sólo infligiendo a los culpables una pena capaz de hacer estremecer a los miembros de la comunidad (v. 5.11) podía ésta conservarse en toda su pureza. Por lo demás, en ninguna forma se da a entender (como en el caso de 1,25, respecto a Judas) que los esposos en mención hayan incurrido en la condenación eterna. No sería tampoco del todo exacto decir que Pedro tenía toda la conciencia e intención de infligir un castigo mortal. Las palabras inspiradas que él pronuncia provocan, es cierto, la muerte de Ananías; pero se trata de un juicio de Dios. Él no pronunció amenaza o maldición alguna, como sí sucede en 8,20 y en 13,10-11. 9 A Safira le anuncia luego el mismo juicio de Dios. Pero Pedro podía y debía hacerlo, una vez que con su mentira pertinaz ella se había hecho culpable del mismo pecado que su marido, incurriendo así en el mismo castigo.”

Comentario de Ratisbona al Nuevo Testamento, Tomo V. Los Hechos de los Apóstoles, Editorial Herder, Barcelona 1973, p. 106

Pero inclusive, admitiendo la explicación de que Ananías y Safira no fueron castigados con la muerte sino con la excomunión, todavía habría que admitir que fueron castigados.

Para no hacerlo largo, termino con unas breves aclaraciones a nuestros amigos Luis Fernando Gutiérrez y José María Lang:

- No entro a analizar la “comprensión conductista” del castigo porque son básicamente las mismas objeciones de Alejandro Bermúdez que ya analicé (véase la pág. 55 en delante de mi libro). Podría profundizar nuevamente en el tema pero ya será en una futura entrega.

- Aclaro también que nunca he dicho, como me atribuyen, que castigo y corrección sean equivalentes. Lo que he dicho es que el castigo tiene un carácter correctivo en el caso específico del castigo temporal. De allí que los textos bíblicos que he colocado y en los que aparece la palabra “castigo” y “corrección” juntas, se refieren al castigo temporal y no al castigo eterno.  

- Tampoco sostengo que Alejandro Bermúdez haya caído en marcionismo, lo que he dicho es que su argumento para sostener que Dios no castiga es esencialmente el mismo de Marción, que Dios no castiga porque es amor. Para clarificarlo mejor si no se entiende: es posible compartir el argumento de alguien en un punto sin compartir toda su doctrina. El argumento de Marción lo reproduce San Ireneo en su tratado contra las herejías. Pueden constatar que su razonamiento, de que Dios no castiga porque es amor, es básicamente el mismo que el de Marción para negar que Dios castigara:

Otro error consistió en arrancar al Padre el juicio y el castigo, pensando que ese poder es impropio de Dios. Por eso imaginaron haber encontrado a un Dios “bueno y sin ira”, así como a otro Dios “cuyo oficio es juzgar” y “otro para salvar”. Esos pobres no se dieron cuenta de que a uno y a otro lo privan de la sabiduría y de la justicia. Pues, si el juez no fuera al mismo tiempo bueno, ¿cómo daría a premio a quienes lo merecen y reprenderá a quienes lo necesitan? Un juez de este tipo no sería ni sabio ni justo. Y si fuese un Dios bueno y únicamente bueno, pero sin juicio para juzgar quiénes merecen esa bondad, un tal Dios no sería ni justo ni bueno, pues su bondad sería impotente; ni podría ser salvador universal si carece de discernimiento.

Marción por su parte, al partir a Dios en dos, a los cuales llamó al primero “bueno” y al segundo “justo”, acabó matando a Dios desde las dos partes. Porque si el Dios “justo” no es a la vez “bueno”, tampoco puede ser Dios aquel a quien le falta la bondad; y por otra parte, si es “bueno” pero no “justo”, del mismo modo sufriría que le arrebataran el ser Dios.

San Ireneo de Lyon, Contra todas las herejías, Libro III, 25, 2-3

- Jamás he sostenido que las claves de interpretación del Antiguo Testamento sean las mismas que las del Nuevo Testamento, todo lo contrario, pero yo para mi argumentación no me estoy basando en el Antiguo Testamento, me estoy basando en toda la Revelación, en el magisterio de los santos padres de la Iglesia y de los Papas. Ustedes no han hecho lo mismo..

- Una recomendación final es que cuando vayan a analizar un tema, por favor tómense la molestia de documentarse bien. Mi impresión es que no sólo no se tomaron el tiempo de estudiar bien nuestros argumentos, sino que su documentación teológica y doctrinal sobre el tema es prácticamente nula. No se trata meramente de presentar aquello que pensamos como si fuera doctrina católica, sino de investigar realmente que enseña la Iglesia para hablar con propiedad. Hubiese bastado que consultaran cualquier tratado de dogmática para no cometer tantos errores de negligencia. Y no me malentiendan: no sostengo tener más formación teológica que nadie, pero precisamente, por estar consciente de mis limitaciones es que cuando voy a tratar un tema me documento bien.

Hasta una próxima entrega….

Puede leer las entregas anteriores aquí:

Parte 1 - ¿Dios castiga? La paradoja de Epicuro

Parte 2 - : ¿Dios castiga? Objeción “Dios no castiga, nosotros nos castigamos”

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42 comentarios

  
Néstor
Excelente.

Saludos cordiales.
07/11/15 10:26 PM
  
Gregorio Sánchez Ramos
Excelente aclaración, gracias por explicar esas falacias, que son tan comunes. 😊
07/11/15 11:48 PM
  
Álvaro
Efectuvamente, excelente, razonado y documentado.
Muchas gracias.
08/11/15 12:11 AM
  
Nicolás
Hay un pequeño error, pusiste: tampoco no es semántica, sino doctrinal; cuando lo correcto sería: tampoco es semántica, sino doctrinal (sin el no).

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JM: Corregido gracias.
08/11/15 12:27 AM
  
ubiero
Jesús fue informado de una masacre “cuando Pilato había dado muerte en el Templo a unos galileos, mientras estaban ofreciendo sus sacrificios” (Lc. 13, 1-9).
Ante la información que le traen, Jesús aprovecha la ocasión para hacer un dramático llamado al arrepentimiento, advirtiendo del riesgo que corremos si no nos convertimos. “¿Piensan ustedes que aquellos galileos porque les sucedió esto eran más pecadores que los demás galileos?”, les pregunta. Y El mismo contesta: “Ciertamente que no”.
Y para continuar el tema de la culpabilidad y el castigo, Jesús trae un hecho similar a la discusión: “Y aquellos dieciocho que murieron aplastados por la torre de Siloé, ¿piensan que eran más culpables que todos los demás habitantes de Jerusalén? Ciertamente que no”.
08/11/15 1:35 AM
  
Luis Fernando
Dicen:
“Los dos cometieron errores básicos de debate: no definir los términos de la discusión, y los dos a su manera cayeron en la falacia del espantapájaros, que es construir el pensamiento supuesto del otro para agarrarlo a palazos.”

Digo:
Los dos cometieron un error básico. Acusar a Arraiz de no haber hecho algo que sí ha hecho. A partir de ahí, ¿de qué vale lo que digan? ¿qué sentido tiene criticar algo si ni siquiera se tiene el cuidado de no decir una falsedad notable sobre ese algo?

Toda esta absurda polémica, que consiste en que uno -Arraiz- explica lo que la Revelación y el Magisterio enseñan y otros se empeñan en negar la Revelación y el Magisterio, demuestra el gran mal en el que ha caído no ya el catolicismo liberal, sino una parte del catolicismo que se supone que es "pata negra".

Lo sucedido con Ananías y Safira, en pleno Nuevo Testamento, debería zanjar cualquier debate.

Tras la cita que da Arraiz de San Juan Pablo II sobre el padre de San Juan Bautista, ¿qué piensan decir?
08/11/15 6:06 AM
  
Néstor
Es que la mala formación, lamentablemente, no es patrimonio exclusivo de los "progres". Después del Concilio en los Seminarios se ha enseñado muchas veces cualquier cosa, y se ha dejado en la orfandad doctrinal a los laicos. El ecumenismo, la apertura, la tolerancia, y también el miedo a perder en cualquier discusión rigurosa, nacido de la falta de formación filosófica y concretamente del abandono de la neoescolástica, han funcionado como frenos a la hora de definir y decir "esto sí, aquello no". La consecuencia es que un tiempo después la gente define en sentido contrario a al fe.

Saludos cordiales.
08/11/15 3:58 PM
  
Frank
Recientemente una misionera comboniana visitó mi parroquia, y nos contó que una vez una mujer musulmana se le acercó, porque quería conocer al Dios que no castiga. Verdaderamente esta musulmana parece que conoce mejor a Dios que algunos que lo único que hacen es citar papas fuera de contexto.

PD. Nuestro señor le reveló esto a Santa Faustina:

"Una vez, cuando pregunté al Señor cómo podía soportar tantos delitos y toda clase de crímenes sin castigarlos, el Señor me contestó: Para castigar tengo la eternidad y ahora estoy prolongándoles el
tiempo de la misericordia..." Diario 1160.

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JM: Si he citado un Papa fuera de contexto, entonces díganos cual es el contexto. Recuerde que lo que gratuitamente se afirma, gratuitamente se niega.

Pero lo que más me asombra es como se ha atrofiado la lógica también entre nosotros los católicos, al punto que llega usted citando un texto que más bien admite que Dios castiga para intentar demostrar lo contrario. Y es que es de lógica elemental que el que alguien desee retrasar un castigo, no implica que no lo vaya a impartir.

Se hubiese dado cuenta si hace la tarea completa. Santa Faustina escribió mucho sobre el castigo divino:

Un día Jesús me dijo que iba a castigar una ciudad, que es la más bonita de nuestra patria. El castigo iba a ser igual a aquel con el cual Dios castigó a Sodoma y Gomorra. Vi la gran ira de Dios y un escalofrió traspasó mi corazón. Rogué en silencio. Un momento después Jesús me dijo: Niña Mía, durante el sacrificio, únete estrechamente Conmigo y ofrece al Padre Celestial Mi Sangre y Mis Llagas como propiciación por los pecados de esta ciudad. Repítelo ininterrumpidamente durante toda la Santa Misa” Santa María Faustina Kowalska, Diario ‘La Divina Misericordia en mi alma’, 39”

“Oh alma mía, adora al Señor por todo y glorifica su misericordia, porque su bondad no tiene límites. Todo pasará, pero su misericordia no tiene límites ni fin; si bien la maldad llegue a llenar su medida, en la misericordia no hay medida. Oh Dios mío, aun en los castigos con que hieres la tierra veo el abismo de Tu misericordia, porque castigándonos aquí en la tierra, nos liberas del castigo eterno. Alégrense, todas las criaturas, porque están mas cerca de Dios en su infinita misericordia que el niño recién nacido del corazón de su madre. Oh Dios, que eres la Piedad misma para los más grandes pecadores arrepentidos sinceramente; cuanto más grande es el pecador, tanto mayor es el derecho que tiene a la Divina Misericordia” Santa María Faustina Kowalska, Diario ‘La Divina Misericordia en mi alma’, 423”

Cuando así rezaba, vi la impotencia del ángel que no podía cumplir el justo castigo que correspondía por los pecados. Nunca antes había rogado con tal potencia interior como entonces. Las palabras con las cuales suplicaba a Dios son las siguientes: Padre Eterno, Te ofrezco el Cuerpo y la Sangre, el Alma y la Divinidad de Tu Amadísimo Hijo, nuestro Señor Jesucristo, por nuestros pecados y los del mundo entero. Por su dolorosa Pasión, ten misericordia de nosotros” Santa María Faustina Kowalska, Diario ‘La Divina Misericordia en mi alma’, 475”

“Cuando traté de intervenir a favor de ellas no pude encontrar nada para justificarlas y sin poder imaginar nada en aquel momento en su defensa, se me partió el corazón de dolor y lloré amargamente. Entonces, el Señor me miró amablemente y me consoló con estas palabras: No llores, todavía hay un gran número de almas que Me aman mucho, pero Mi Corazón desea ser amado de todos y, debido a que Mi amor es grande, los amenazo y los castigo.» Santa María Faustina Kowalska, Diario ‘La Divina Misericordia en mi alma’, 1702-1703”

08/11/15 4:19 PM
  
Ikari
Que buenos temas, gracias José Miguel por ser de los que sube el nivel de los debates.
09/11/15 3:29 AM
  
luis roca
es curioso, tanto Luis Fernando Gutierrez como Alejandro Bemudez provienen del Sodalicio de Vida Cristiana, institución que esta siendo investigada por abusos en la formación de sus integrantes, quizas la idea de que Dios no castiga sea parte de sus formación.

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JM: Dudo que tenga algo que ver. El error es predicado en infinidad de parroquias inclusive por sacerdotes que no tienen nada que ver con el Solidacio de la Vida Cristiana.
09/11/15 4:15 AM
  
Luis Fernando
Quería conocer al Dios que no castiga...

Pues se ha equivocado de religión. El Dios cristiano sí castiga a sus hijos cuando es necesario. Como buen padre. Si no, sería un mal padre.
09/11/15 10:34 AM
  
Feri del Carpio Marek
Este es un tema interesante. Sin embargo la reflexión no debe ser sobre si castiga o no castiga, pues está revelado sin ambigüedades que castiga. La reflexión católica debería ser sobre por qué Dios castiga y cómo castiga.

Uno de los problemas que vemos de inmediato es que Dios quiera servirse del dolor para buscar un bien. Eso, a primera vista, nos parece contradictorio con la bondad de Dios, que debería llevarle a buscar otros medios. Pero que el dolor está íntima, y misteriosamente unido al amor, nos es revelado en la Cruz, y sólo en la Cruz, de ahí que para Job permanecía un misterio completamente velado. El escándalo de la Cruz. Por lo demás, buscar otro origen para el dolor llevaría inevitablemente a contradecir la omnipotencia de Dios, y de que en Él vivimos, nos movemos y existimos.

El dolor es el instrumento por el que Dios amorosamente corrige a sus hijos, cambia nuestros corazones de piedra en corazones de carne, sin violentar nuestra libertad. Por eso es únicamente eficaz cuando nos dejamos mover por la gracia para aceptar ese dolor.

El dolor también, unido al sacrificio de Cristo, y únicamente de esta manera, tiene virtud reparadora, de restituir la justicia, el bien retirado por el pecado. Por eso pienso no estar equivocado cuando afirmo que los únicos castigos capaces de reparar una injusticia son los que se padecen en libre actitud de ofrecimiento, unidos al sacrificio de Cristo. Ya que cualquier ofensa a Dios es imposible de ser reparada por el hombre.

Finalmente, están casos extremos, como el de Ananías y Safira. En este caso, el castigo es para corrección de la comunidad, como lo atestigua el mismo libro de los Hechos cuando dice que un gran temor se apoderó de toda la Iglesia, se entiende, el don del temor de Dios dado por el Espíritu Santo, y me parece que también es medicinal para Ananías y Safira, pues Dios en su presciencia sabe que lo que más convenía a aquellas dos almas era perder la vida, ya sea para sufrir menos castigos en el purgatorio, si aceptaron la misericordia de Dios, o en el infierno, si es que la rechazaron. O sea, Dios no podría haber sido más benevolente con Ananías y Safira, dejándoles con vida, como carnalmente se nos podría ocurrir.

En cualquier caso, el castigo es una prueba de confianza en la bondad y misericordia de Dios, creyendo firmemente que toda acción y permisión de Dios es fruto de su amor y sabiduría, de humildad y gratitud a Dios reconociendo que mereceríamos castigos mucho peores, pero nuestro Salvador ha padecido el gran Castigo en la Cruz por nosotros, y finalmente una prueba de amor, padeciendo gozosamente las penalidades que nos toca padecer como oportunidad de ofrecernos como víctimas por nuestros pecados y los de nuestros hermanos, asociándonos a la única Víctima agradable, Cristo.
09/11/15 4:33 PM
  
Luis Fernando
No mezclemos churras con merinas ni aprovechemos que el Pisuerga pasa por Valladolid para arremeter contra el Sodalicio. La inmensa mayoría de sus fieles son buenos cristianos.
09/11/15 4:46 PM
  
Feri del Carpio Marek
Se entiende que cuando se habla de "dolor" nos referimos a la pena, física o moral, padecida por la privación de algún bien.
09/11/15 5:39 PM
  
Néstor
La reparación de la injusticia por el castigo no depende de la aceptación del castigado. Si así fuera en el Infierno no habría justicia alguna, ni la pena infernal restablecería el orden de la justicia.
09/11/15 9:31 PM
  
Feri del Carpio Marek
Pienso yo que ninguna pena sufrida por la criatura humana en sí misma es capaz de reparar la injusticia hecha a Dios. Si el Magisterio dice lo contrario, me retracto, y ya me esforzaré para entender mi error de comprensión, de otro modo, me mantengo en esa afirmación.

La pena del infierno no es en sí una pena infringida por Dios para restaurar una justicia cometida. La mayor pena del infierno es la privación de Dios, de su amor, que es una consecuencia misma de la elección que hizo la persona, y es una opción escogida por la persona libremente. Nadie va al infierno sin que haya optado libremente por esa elección, el estar separado de Dios. Es diferente de las penalidades temporales que nos toca padecer en esta vida y en el purgatorio, porque estas, además de la posibilidad de ser reparadoras, tienen la importante finalidad purificadora, santificadora.

El único castigo capaz de reparar la injusticia causada por el pecado es el castigo sufrido por Cristo en la Cruz. La única manera de que un castigo sufrido por el hombre sea reparador es que esté asociado a ese castigo que Cristo quiso padecer para nuestra salvación. Además sólo hay reparación donde hay amor, Dios es justo, no vengativo, son cosas diferentes; por eso la reparación sí depende de la aceptación y ofrecimiento del castigado.
09/11/15 11:06 PM
  
José Luis
«Dios castiga terriblemente las obras impuras, no solo con el infierno, sino ya en esta vida: Visitaba un sacerdote un manicomio y temblaba de espanto y pena al ver tantos centenares de desgraciados. Preguntó al médico:

— ¿Cómo han venido a parar a tan triste situación?

El médico le respondió:

— Más de la mitad se han vuelto locos por sus obras impuras, y una cuarta parte por sus borracheras.
Lo mismo dicen los médicos en los hospitales: “centenares de enfermos se ven acosados de atroces dolores, corrompidos en plena juventud y agusanados por sus obras impuras» (B. Martín Sánchez, «La Doctrina Católica», ejemplo número 170. Apostolado Mariano. Sevilla)



Si un alma quiere pecar siempre y si espera no recibirá castigo alguno, se equivoca completamente. Y pretender hacer creer que Dios no castiga, es contradecir al mismo Dios, a la Sagrada Escritura.
10/11/15 4:28 PM
  
Eva
Citar a santa Faustina, que tuvo visiones del infierno y del purgatorio, para negar que Dios castiga, tiene delito oiga. Eso no es lógica atrofiada, es ausencia de lógica.
10/11/15 5:24 PM
  
Néstor
"Pena" quiere decir "castigo". Si hay pena del Infierno, hay castigo en el Infierno. Y si hay castigo en el Infierno, entonces el que inflige ese castigo es Dios.

Jesús dice en Mateo 25: "E irán estos al castigo eterno, y los justos a la vida eterna". Por tanto, el Infierno es castigo.

También habla del "fuego eterno, preparado para el diablo y sus ángeles", adonde van también los hombres que quedan a su izquierda en el Juicio.

Obviamente que el que ha preparado ese fuego, que es pena y castigo, es Dios. Por tanto, el Infierno es castigo y Dios castiga en el Infierno.

Además, Jesús envía al Infierno a los condenados: "Apártense de mí, malditos, al fuego eterno..."

Y así dice el Catecismo:

"1038 La resurrección de todos los muertos, "de los justos y de los pecadores" (Hch 24, 15), precederá al Juicio final. Esta será "la hora en que todos los que estén en los sepulcros oirán su voz [...] y los que hayan hecho el bien resucitarán para la vida, y los que hayan hecho el mal, para la condenación" (Jn 5, 28-29). Entonces, Cristo vendrá "en su gloria acompañado de todos sus ángeles [...] Serán congregadas delante de él todas las naciones, y él separará a los unos de los otros, como el pastor separa las ovejas de las cabras. Pondrá las ovejas a su derecha, y las cabras a su izquierda [...] E irán éstos a un castigo eterno, y los justos a una vida eterna." (Mt 25, 31. 32. 46)."

El Catecismo cita también a Lumen Gentium 48:

«Como no sabemos ni el día ni la hora, es necesario, según el consejo del Señor, estar continuamente en vela. Para que así, terminada la única carrera que es nuestra vida en la tierra mereceremos entrar con Él en la boda y ser contados entre los santos y no nos manden ir, como siervos malos y perezosos, al fuego eterno, a las tinieblas exteriores, donde "habrá llanto y rechinar de dientes"» (LG 48).

El castigo infernal no tiene finalidad medicinal, porque ahí no hay curación ni conversión posible. Jesús habla del fuego "eterno", o sea, sin fin, sin salida, sin salvación.

Por tanto, su única finalidad es vindicativa, es decir, restaurar el orden de la justicia mediante la pena sufrida por el condenado.

Saludos cordiales.
11/11/15 3:13 PM
  
Néstor
En la Escritura, es Dios el que echa o lanza al Infierno a los condenados, por sí o por medio de los ángeles:

Se utiliza la fórmula del "pasivo divino", en la que por respeto no se nombra a Dios: "fue lanzado" significa "Dios lo lanzó".

Mt. 3,10 Y ya también el hacha está puesta a la raíz de los árboles; por tanto, todo árbol que no da buen fruto es cortado y echado en el fuego.

Mt. 5, 29 Por tanto, si tu ojo derecho te es ocasión de caer, sácalo, y échalo de ti; pues mejor te es que se pierda uno de tus miembros, y no que todo tu cuerpo sea echado al infierno.

Mt. 5, 30 Y si tu mano derecha te es ocasión de caer, córtala, y échala de ti; pues mejor te es que se pierda uno de tus miembros, y no que todo tu cuerpo sea echado al infierno.

Mt 11,23 Y tú, Capernaum, que eres levantada hasta el cielo, hasta el Hades[a] serás abatida; porque si en Sodoma se hubieran hecho los milagros que han sido hechos en ti, habría permanecido hasta el día de hoy.

Mt 13, 42 y los echarán en el horno de fuego; allí será el lloro y el crujir de dientes.

Mt 18, 9 Y si tu ojo te es ocasión de caer, sácalo y échalo de ti; mejor te es entrar con un solo ojo en la vida, que teniendo dos ojos ser echado en el infierno de fuego.

Lc. 12, 5 Pero os enseñaré a quién debéis temer: Temed a aquel que después de haber quitado la vida, tiene poder de echar en el infierno; sí, os digo, a éste temed.

2 Pe 2, 4 Porque si Dios no perdonó a los ángeles que pecaron, sino que arrojándolos al infierno los entregó a prisiones de oscuridad, para ser reservados al juicio;

Ap. 20:10 Y el diablo que los engañaba fue lanzado en el lago de fuego y azufre, donde estaban la bestia y el falso profeta; y serán atormentados día y noche por los siglos de los siglos.

Ap. 20:15 Y el que no se halló inscrito en el libro de la vida fue lanzado al lago de fuego."

Saludos cordiales.

11/11/15 3:37 PM
  
Néstor
No se trata, además, de "reparar" por el castigo del pecador la injusticia hecha a Dios. La palabra "reparación" se usa solamente, que yo sepa, para la obra redentora de Jesús y su aplicación a los justos. De lo que se trata con el castigo es de restaurar el orden de la justicia roto por el pecado.

Saludos cordiales.

11/11/15 4:01 PM
  
Feri del Carpio Marek
Gracias por tus comentarios, Nestor, pero como bien sabes, los católicos no practicamos sola escritura, sino que realizamos la exegesis necesaria de los textos, siendo uno de los criterios el de situar el texto que se quiere interpretar en la totalidad de lo revelado y enseñado por la Iglesia, de manera que no se dé una exegesis contradictoria (a pesar de que los textos mismos muchas veces presenten aparentes contradicciones).

Los textos que citas, no sólo no entran en contradicción con las afirmaciones que hice, bajo una exegesis adecuada, sino que, bajo la exegesis que tú pretendes darles, entran en contradicción con otros textos que citaré abajo, que demuestran que la elección de ir al infierno la hace la criatura, y Dios sólo ratifica esa elección con su sentencia.

La interpretación que se da al tipo de textos que citas es que en ellos se usa un lenguaje pedagógico, son figuras con las que, especialmente Jesús en los Evangelios, nos quiere transmitir una idea en términos más visuales. Nos resulta más fácil imaginar a Dios mandándonos al infierno que a nosotros escogiendo esa opción. Es una pedagogía inicial sobre los misterios divinos que, por ejemplo Jesús usa muchas veces.

El castigo del Infierno es diferente de los castigos en esta vida y en el purgatorio, porque no tienen finalidad, son una manifestación del estado de separación de Dios. Por eso está mal concluir que como no son medicinales, entonces deben ser vindicativos. No son ninguna de las dos cosas. Es simplemente el sufrimiento causado por esa elección, que Dios la permite. Como dije antes, el sufrimiento de una criatura, por más que dure la eternidad, es insuficiente para restaurar el orden de la justicia roto por el pecado, porque pecando no sólo se ofende a una criatura, sino a Dios. Esa rotura sólo puede ser restaurada por el castigo sufrido por Cristo, y además es suficiente.

Ahora te dejo con las citas prometidas. Comienzo con el Catecismo, ya que tú lo citaste, y continúo con una catequesis de san Juan Pablo II, que a mi modo de ver es totalmente contundente:

«Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de Él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno".» (Catecismo, 1033)

«La pena principal del infierno consiste en la separación eterna de Dios en quien únicamente puede tener el hombre la vida y la felicidad para las que ha sido creado y a las que aspira.» (Catecismo, 1035)

«para que eso suceda es necesaria una aversión voluntaria a Dios (un pecado mortal), y persistir en él hasta el final.» (Catecismo, 1037)

«Dios es Padre infinitamente bueno y misericordioso. Pero, por desgracia, el hombre, llamado a responderle en la libertad, puede elegir rechazar definitivamente su amor y su perdón, renunciando así para siempre a la comunión gozosa con él. Precisamente esta trágica situación es lo que señala la doctrina cristiana cuando habla de condenación o infierno. No se trata de un castigo de Dios infligido desde el exterior, sino del desarrollo de premisas ya puestas por el hombre en esta vida. La misma dimensión de infelicidad que conlleva esta oscura condición puede intuirse, en cierto modo, a la luz de algunas experiencias nuestras terribles, que convierten la vida, como se suele decir, en «un infierno».

Con todo, en sentido teológico, el infierno es algo muy diferente: es la última consecuencia del pecado mismo, que se vuelve contra quien lo ha cometido. Es la situación en que se sitúa definitivamente quien rechaza la misericordia del Padre incluso en el último instante de su vida.» (Catequesis de JPII, 28/07/99, N. 1)

«Las imágenes con las que la sagrada Escritura nos presenta el infierno deben interpretarse correctamente. Expresan la completa frustración y vaciedad de una vida sin Dios. El infierno, más que un lugar, indica la situación en que llega a encontrarse quien libre y definitivamente se aleja de Dios, manantial de vida y alegría. Así resume los datos de la fe sobre este tema el Catecismo de la Iglesia católica: «Morir en pecado mortal sin estar arrepentidos ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra infierno» (n. 1033).

Por eso, la «condenación» no se ha de atribuir a la iniciativa de Dios, dado que en su amor misericordioso él no puede querer sino la salvación de los seres que ha creado. En realidad, es la criatura la que se cierra a su amor. La «condenación» consiste precisamente en que el hombre se aleja definitivamente de Dios, por elección libre y confirmada con la muerte, que sella para siempre esa opción. La sentencia de Dios ratifica ese estado.» (Catequesis de JPII, 28/07/99, N. 3)

No podía dejar de despedirme con tu firma infocatólica: Saludos cordiales.

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JM: En mi opinión el problema es que cometes el error de la dialéctica de los contrarios. Esos textos sólo sirven para demostrar que de nosotros procede la culpa.
12/11/15 3:20 AM
  
Feri del Carpio Marek
Dicho en una frase: la pena del infierno es ontológica, no jurídica.

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JM: Ambas.
12/11/15 4:31 AM
  
Feri del Carpio Marek
Además de haber presentado un argumento, que desde mi punto de vista es sólido, de por qué no puede ser jurídica la pena del infierno, veo que tanto el Catecismo como Juan Pablo II hablan únicamente de la pena ontólogica, no de la jurídica.

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JM: Inclusive aunque el Catecismo no enfatizara que la pena del infierno es una pena jurídica, eso no significa que no lo sea, pues omitir algo no equivale a negarlo. El hecho, como demostrará Nestor con abundantes citas del Magisterio, es que la pena del infierno es una pena jurídica y no sólo ontológica.
12/11/15 4:08 PM
  
Néstor
Es evidente que hay una falsa oposición, y que no hay contradicción alguna. Miremos simplemente el caso de la justicia humana: ¿es el juez el que envía al delincuente a la cárcel o es el delincuente mismo con su delito? Es claro que ambas cosas son verdad.

Sin duda, Dios no envía al Infierno como quien tira una piedra a un pozo. Por el contrario, el castigo divino es la consecuencia lógica del pecado de la creatura, libremente cometido por ella.

Como ir a la cárcel (es decir, que nos manden a la cárcel) es la consecuencia natural e inmanente de robar un banco (si nos agarran, claro).

De lo contrario convertimos la pena del Infierno en un mal físico, como la enfermedad o la muerte, y eso es absurdo, porque le quitamos su dimensión esencialmente moral.

Una pena solamente “ontológica” no es una pena, es un mal físico. Para que haya pena, es decir, castigo, recordemos que el Nuevo Testamento habla del castigo del Infierno, tiene que haber un elemento moral.

Lo jurídico, por otra parte, se basa en lo moral, no somos positivistas jurídicos.

Cuando hablamos de “rechazar el amor de Dios”, no estamos hablando necesariamente de un rechazo explícito y formal de Dios y de su amor. Y menos aún de una decisión del tipo “Me voy al Infierno, está decidido.”

Como dice el Catecismo, basta para ello permanecer en el pecado mortal rechazando la invitación al arrepentimiento que Dios nos hace mediante la voz de la conciencia.

Eso es todo lo que hace el condenado: permanece en ese estado hasta que le llega la muerte.

Hasta aquí no ha tomado ninguna decisión de “irse al Infierno”.

Con la muerte termina el tiempo de la opción libre. Así que el alma del condenado, al presentarse ante el juez, ya no puede tomar ninguna decisión. No hay lugar, por tanto, tampoco aquí, para que decida “irse al infierno”.

Lo único que resta es que el Juez mismo lo envíe al Infierno, como dice repetidamente el Nuevo Testamento, según vimos.

Se dice que ése es un lenguaje pedagógico. Pero uno piensa que si la verdad, tan importante, a trasmitir es “no soy yo el que te mando al infierno, sino solamente tú mismo”, no es muy pedagógico que digamos expresarla mediante “Dios envía al infierno a los que se condenan”.

Sin duda que el condenado está forzado a reconocer interiormente la justicia de su condenación, pero eso no quiere decir que se condene a sí mismo.

Eso no tiene sentido. La creatura no tiene autoridad sobre sí misma para condenarse, ni está obligada ante sí misma a hacer el bien, sino ante Dios, de modo que no es a sí misma que debe dar cuentas, sino a Dios.

En todo caso el condenado sólo puede ratificar, ante la evidencia de su culpa, el juicio y la condena divinos.

Y por eso el Nuevo Testamento presenta a Jesús como Juez. ¿Eso es también “lenguaje pedagógico”? Porque ha pasado hasta al Credo: “Desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos”.

¿Por qué no dice “desde allí ha de venir a ver cómo los vivos y los muertos se juzgan a sí mismos”, si ésa es en definitiva la verdad? De nuevo ¿qué tiene eso de “pedagógico”?

¿O será que Jesús nos juzga pero nosotros nos condenamos? ¿Y nos declaramos salvos, según el caso?

Porque si yo me condeno, entonces también yo me declaro salvo.

Pero entonces Jesús no juzga, a lo sumo aportará el expediente para que el Juez, es decir, yo, se pronuncie. Claro que entonces el Credo estaría equivocado.

Veamos lo que dijo Benedicto XVI en la Cuaresma de 2008 a los sacerdotes y diáconos romanos:

“Cuando no se conoce el juicio de Dios, cuando no se conoce la posibilidad del infierno, del fracaso radical y definitivo de la vida, no se conoce la posibilidad y la necesidad de la purificación. En la encíclica he buscado demostrar que justamente el juicio último de Dios garantiza la justicia. Todos queremos un mundo justo, pero no podemos reparar todas las destrucciones del pasado, todas las personas injustamente atormentadas y asesinadas. Sólo Dios mismo puede crear la justicia, la cual debe ser justicia para todos, también para los muertos. Y, como dice Adorno, un gran marxista, sólo la resurrección de la carne – a la que él considera irreal – podría crear justicia. Nosotros creemos en esta resurrección de la carne, en la que no todos serán iguales. Hoy se ha tornado habitual pensar: ¿qué es el pecado? Dios es grande, nos conoce, en consecuencia el pecado no cuenta, al final Dios será bueno con todos. Ésta es una bella esperanza, pero existe la justicia y existe la culpa verdadera. Los que han destruido al hombre y a la tierra no pueden sentarse imprevistamente en la mesa de Dios, junto con sus víctimas.”

El Papa habla del Infierno como lugar de la justicia, y habla del juicio de Dios, no del nuestro. Recalca que sólo Dios mismo puede crear la justicia.

Saludos cordiales.
12/11/15 4:46 PM
  
Néstor
Es absurda además la idea de un castigo sin finalidad. Dios no hace o permite nada sin una finalidad, porque todo lo hace con Sabiduría.

Además, la Revelación del Nuevo Testamento no tiene nada de "inicial", sino que es la culminación de la Revelación divina, en la "Plenitud de los tiempos".

Si el sufrimiento del Infierno no restaura el orden de la justicia, entonces si, es un sufrimiento inútil y cruel, absurdo. Si en relación con el pecado del hombre basta con el sufrimiento de Cristo, entonces ¿para qué el Infierno?

Además, Cristo no sufrió castigo, propiamente, en la Cruz, pues no fue pecador. Y ciertamente no sufrió las penas del Infierno.

Saludos cordiales.
12/11/15 6:10 PM
  
Néstor
Algunos textos del Magisterio:

Profesión de fe de Lúcido en el Concilio de Arlés (475)

D-160b "Profeso también que los fuegos eternos y las llamas infernales están preparadas para los hechos capitales, porque con razón sigue la divina sentencia a las culpas humanas persistentes; sentencia en que incurren quienes no creyeren de todo corazón estas cosas."

Si hay una sentencia divina, es en el caso del Infierno una sentencia de condenación, y hay un Juez divino que juzga y condena.

Concilio de Quierzy (853)

D-316 "Cap. 1. Dios omnipotente creó recto al hombre, sin pecado, con libre albedrío y lo puso en el paraíso, y quiso que permaneciera en la santidad de la justicia. El hombre, usando mal de su libre albedrío, pecó y cayó, y se convirtió en «masa de perdición» de todo el género humano. Pero Dios, bueno y justo, eligió, según su presciencia, de la misma masa de perdición a los que por su gracia predestinó a la vida [Rom. 8, 29 ss; Eph. 1, 11] y predestinó para ellos la vida eterna; a los demás, empero, que por juicio de justicia dejó en la masa de perdición, supo por su presciencia que habían de perecer, pero no los predestinó a que perecieran; pero, por ser justo, les predestinó una pena eterna. Y por eso decimos que sólo hay una predestinación de Dios, que pertenece o al don de la gracia o a la retribución de la justicia."

Concilio de Valence (855)

D-321 "Can. 2. Fielmente mantenemos que «Dios sabe de antemano y eternamente supo tanto los bienes que los buenos habían de hacer como los males que los malos habían de cometer» , pues tenemos la palabra de la Escritura que dice: Dios eterno, que eres conocedor de lo escondido y todo lo sabes antes de que suceda [Dan. 13, 42]; y nos place mantener que «supo absolutamente de antemano que los buenos habían de ser buenos por su gracia y que por la misma gracia habían de recibir los premios eternos; y previó que los malos habían de ser malos por su propia malicia y había de condenarlos con eterno castigo por su justicia» , como según el Salmista: Porque de Dios es el poder y del Señor la misericordia para dar a cada uno según sus obras [Ps. 61, 12 s], y como enseña la doctrina del Apóstol: Vida eterna a aquellos que según la paciencia de la buena obra, buscan la gloria, el honor y la incorrupción; ira e indignación a los que son, empero, de espíritu de contienda y no aceptan la verdad, sino que creen la iniquidad; tribulación y angustia sobre toda alma de hombre que obra el mal [Rom. 2, 7 ss]. Y en el mismo sentido en otro lugar: En la revelación - dice - de nuestro Señor Jesucristo desde el cielo con los ángeles de su poder, en el fuego de llama que tomará venganza de los que no conocen a Dios ni obedecen al Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, que sufrirán penas eternas para su ruina... cuando viniere a ser glorificado en sus Santos y mostrarse admirable en todos los que creyeron [1 Thess. 1, 7 ss]."

San Gregorio X. Profesión de fe (1274)

D-464 "Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales."

Véase aquí y en el que sigue la equivalencia entre pena y castigo.

Juan XXII, Carta a los Armenios (1321)

D-493a "Enseña la Iglesia Romana que las almas de aquellos que salen del mundo en pecado mortal o sólo con el pecado original, bajan inmediatamente al infierno, para ser, sin embargo, castigados con penas distintas y en lugares distintos."

Concilio de Trento. Decreto sobre la Justificación. (1547)

D-840 "Can. 30. Si alguno dijere que después de recibida la gracia de la justificación, de tal manera se le perdona la culpa y se le borra el reato de la pena eterna a cualquier pecador arrepentido, que no queda reato alguno de pena temporal que haya de pagarse o en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la entrada en el reino de los cielos, sea anatema."

Nótese el “reato de la pena eterna”, que es evidentemente, también de orden moral y jurídico.

Saludos cordiales.
12/11/15 8:21 PM
  
Feri del Carpio Marek
En todas tus citas, Nestor, sólo vi que se dice que quienes tomaron la opción de rechazar definitivamente el amor de Dios (de la manera como lo entiende el Magisterio, no sé por qué te diste el trabajo de aclarar eso, la discusión no va por ahí), reciben el castigo. Hasta ahí no se dice que que el castigo sea ontólogico y jurídico o solamente ontólogico. Es por justicia de Dios, que en el Juicio Él ratifica la elección por la que optó el condenado. De ahí no se puede concluir que entonces la pena tenga también carácter jurídico.

Por último, Dios en su justicia y misericordia, alivia a algunos más que otros de la pena que se sufre en el infierno, de manera que cada uno reciba la pena que corresponde en justicia a sus obras. Pero eso no quiere decir que tengan carácter de restaurar el orden moral perturbado por el pecado, no es que Dios les de la medida de castigo necesario para restaurar el orden, pues en cualidad de criaturas son incapaces de restaurar ese orden, sino para distinguir los grados de culpa con los que cada condenado acabó optando por el infierno, que son diferentes.

No veo que ninguna cita que diste contradiga esta forma de interpretarlas.

José Miguel, por su puesto que omitir algo no equivale a negarlo. Por eso lo mencioné con un "además" por el comienzo, como para que quede claro que mi argumento no se sostiene en la omisión del Catecismo y de la catequesis de Juan Pablo II, pero que es significativo notarla.

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JM: La pena jurídica es la sanción merecida por parte de la justicia divina. Todas las citas que te ha mostrado Nestor dejan claro que es Dios el supremo legislador quien imparte la sanción merecida, es precisamente lo que significa se trata de una pena jurídica.
13/11/15 1:16 AM
  
Feri del Carpio Marek
Con respecto a la última cita del Concilio de Trento, por supuesto que para el condenado queda el reato de la pena eterna, pero eso no sigue de ahí que el sufrimiento de dicha pena sea capaz de restaurar el orden moral.

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JM: Cuando se habla de restaurar el orden moral no se dice que las cosas quedan tal cual como si el pecado no se hubiese cometido. Lo que se dice es que la sanción que ha sido merecedora de una pena, ha sido castigada.
13/11/15 1:22 AM
  
Feri del Carpio Marek
Ah, entonces el error fue mío por usar el término "pena jurídica" sin entender con precisión su significado.

A lo que me refiero es que, al ratificar Dios la libre elección del condenado de vivir separado del amor de Dios, la pena sí se recibe como justa sentencia merecida por el condenado, pero la sentencia no satisface la ofensa cometida, no es suficiente para restaurar el orden moral perturbado, por eso, aún en el caso de que todos nos vayamos al infierno, sería necesario el sacrificio de nuestro Señor para restaurar el orden moral.

Creo que esta cita del Catecismo también refuerza mi punto (leer la última oración):

«El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, cuya privación se llama la "pena eterna" del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las criaturas que es necesario purificar, sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la "pena temporal" del pecado. Estas dos penas no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado.» (Catecismo, 1472)

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JM: Creo que estás bien confundido. Ya se dijo que para restaurar el orden moral perturbado por el pecado, no es necesario, y de hecho es frecuentemente imposible, que la situación vuelva a ser igual a como si el pecado no se hubiese cometido. Los condenados por otro lado no se apropian de los méritos de Cristo en la cruz, no son por tanto justificados.
13/11/15 1:41 AM
  
Feri del Carpio Marek
Mi punto es que, contrariamente a Néstor, yo pienso que el castigo del infierno no tiene una finalidad, sino es ya una consecuencia. O si se quiere, tiene la finalidad de conceder al réprobo la elección por la que optó por las decisiones que fue tomando en su vida. Manifestar la misericordia de Dios de conceder la libertad a sus criaturas incluso hasta el extremo de optar por existir separados de su amor.

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JM: Todo lo que ordena Dios tiene finalidad. Decir que no tiene finalidad sino es una consecuencia es nuevamente caer en la falacia de la dialéctica de los contrarios.
13/11/15 1:45 AM
  
Feri del Carpio Marek
Pero sí dije la finalidad que tiene. Lo que decía es que no se encuadra en las posibles finalidades de los castigos temporales: medicinal y reparador.

Dios no sólo restaura el desorden moral causado por todos los pecados, incluso los de los réprobos y de los demonios, sino que la restauración de todas las cosas en Cristo, por los méritos de su muerte y resurrección, supera el orden inicial. No sigue de ahí que los condenados sean redimidos, porque no es automática, no se recibe si no se la acepta, y por su estado de condenados ya optaron por rechazar definitivamente esa gracia.

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JM: Lo que dijiste fue esto: "yo pienso que el castigo del infierno no tiene una finalidad, sino es ya una consecuencia. O si se quiere, tiene la finalidad de conceder al réprobo la elección por la que optó por las decisiones que fue tomando en su vida.", pero esa no es su única finalidad.
13/11/15 2:25 AM
  
Feri del Carpio Marek
Bueno, me equivoqué al argumentar que no tiene finalidad, sí la tiene, pero no es ni la medicinal ni la reparadora.

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JM: Medicinal no, y ya se ha aclarado a que se refiere con "reparadora"
13/11/15 3:17 AM
  
Feri del Carpio Marek
Entonces para no volver sobre puntos ya aclarados: la pena del infierno es ontológica y también jurídica, pero no reparadora. Y no veo que ninguna de las citas que ofrece Nestor contradiga esa afirmación, como ya lo justifiqué (en los lugares donde usé "jurídica", cámbiese por "reparadora"). Por lo demás esa fue la objeción inicial de Nestor, que la pena del infierno sí es reparadora, y por lo que viene argumentando se ve que, para él, el hecho de que una pena tenga carácter jurídico, automáticamente la hace reparadora. Yo pienso que no, y ya di mis argumentos de por qué no.

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JM: Nestor lo que ha dicho del infierno es que "su única finalidad es vindicativa, es decir, restaurar el orden de la justicia mediante la pena sufrida por el condenado". Cuando habla de "la reparación de la injusticia por el castigo no depende de la aceptación del castigado" lo hace en este sentido, en sentido que se repara la injusticia al restaurar el orden de la justicia.
13/11/15 4:07 AM
  
Kat
Puedo escribir un correo electrónico privado, José Miguel Arraiz?
importante
Debido a que la historia de Angelica Zambrano.

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JM: Seguro, a [email protected]
13/11/15 7:17 PM
  
Feri del Carpio Marek
Exactamente, José Miguel, eso es lo que dijo Néstor, y yo ya argumenté que si bien se recibe por justicia el castigo del infierno, este no es suficiente para restaurar el desorden causado por la injusticia del pecado.
13/11/15 8:19 PM
  
Feri del Carpio Marek
En realidad, la objeción de Néstor fue que yo argumenté que no sólo no es suficiente para reparar, sino que no repara, porque el único castigo reparador es el que sufrió su HIjo, el cordero sin mancha, por nosotros, cargando nuestras culpas. Sólo cuando se acepta el castigo y se ofrece el correspondiente sufrimiento asociándolo al de Cristo, tiene carácter reparador, se hace capaz de restaurar el orden moral, siempre por los méritos de Cristo, de su Cruz y su Resurrección.

No veo cuál de las citas que puso Néstor contradice eso.

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JM: Lo primero que tendría que tener claro es que significa el orden moral. El orden moral es el conjunto de normas y leyes que rigen al hombre como ser inteligente y libre, siendo Dios como supremo legislador quien define que está bien y que está mal. Como seres libres dotados de libre albedrío o libertad psicológica podemos abusar de nuestra libertad y pecar, y allí transgredimos o violamos el orden moral. Pero así como elorden moral se viola al transgredir las leyes morales, se restaura al sancionar al transgresor. Así, cuando se sanciona la violación de la ley se restaura el orden moral.

El problema es que al no tener claros los conceptos, pareciera que cuando entiende orden moral habla de la creación, y por eso menciona el sacrificio de Cristo, pero para restaurar el orden moral no era necesesario que Cristo muriera, sino que el culpable fuese castigado. En el caso de la redención del género humano, Cristo no muere para restaurar el orden moral, que hubiese sido restaurado de cualquier manera cuando nosotros hubiesemos sido castigados, sino para salvarnos sufriendo el castigo en nuestro lugar, que es muy distinto.
13/11/15 8:25 PM
  
Néstor
En efecto, el error mío consistió en asumir la palabra "reparación" que Feri indebidamente mezcló con el tema del castigo divino. La palabra correcta en relación con el castigo es "restauración" del orden de la justicia.

El sacrificio de Cristo no tiene como finalidad restaurar el orden de la justicia roto por el pecado del hombre. El sacrificio de Cristo no pertenece al orden de la justicia, sino al de la misericordia. Ahí es donde cabe la palabra "reparación".

Para restaurar el orden de la justicia, basta con el castigo del Infierno. Precisamente la misericordia de Dios está en que va más allá del orden de la justicia, sin violarlo, enviando a su Hijo como Redentor.

No tiene sentido un "castigo ontológico" que no sea al mismo tiempo moral y jurídico.

En el puro orden ontológico sólo se podría hablar de "mal físico", pero no de "castigo", que tiene connotaciones morales y jurídicas evidentes.

"Jurídico" está tomado aquí en el mismo sentido analógico en que se toma "ley divina".

El castigo, en efecto, implica una culpa que merece una pena. Y la ley divina declara cuáles son las conductas intrínsecamente malas y la pena que les corresponde.

Por supuesto que el castigo es también ontológico, pues es un mal físico que se inflige como pena por el pecado.

Esencialmente, la pena dice solamente restauración del orden de la justicia, y ésa es su finalidad. En esta vida, y en el Purgatorio, o sea, "per accidens", se le agrega la finalidad medicinal, sin quitar la otra, que es esencial.

Por tanto, no es la finalidad del Infierno "reparar" nada, sino restaurar el orden de la justicia, y eso lo hace cumplidamente.

Y el encargado de velar por el orden de la justicia es obviamente Dios, por tanto, es Él el encargado también de aplicar la pena o castigo.

Recordemos que el mal no puede ser causado en sí mismo, directamente, salvo por una "causas deficiente", pues es un no ser, una privación, no un ser. Y Dios nunca es "causa deficiente", sólo puede serlo la creatura.

En el orden natural, el mal físico consiste en que se produce algún bien, que es incompatible con otro bien, el cual es por eso mismo destruido.

Por tanto, en el orden natural Dios es Causa Primera directa del bien físico producido, como lo es de todo bien creado, y por eso mismo es Causa Primera indirecta del mal físico correspondiente.

En efecto, si Dios simplemente no diese a una creatura la forma o acto que necesita en el orden natural, en vez de causar indirectamente que esa forma le falte haciendo que alguna creatura produzca otra forma creada incompatible con ella, ya estaríamos en el orden sobrenatural.

En la pena infernal, que en la economía actual es de orden sobrenatural, se distingue tradicionalmente entre la pena de daño, o privación de la visión de Dios, y la pena de sentido, o fuego eterno.

La segunda se puede explicar simplemente por la producción divina directa de ese bien que es en sí mismo el fuego, como todo lo que es ente.

La primera hay que explicarla, entiendo, por negación divina de la gracia de la visión beatífica.

Se puede objetar que tras la muerte es imposible al condenado cambiar la opción de su voluntad, y que por tanto, en su caso es superflua esa negación divina de la visión beatífica.

Pero todavía hay que ver si esa imposibilidad es metafísica, dependiente del principio de no contradicción, o sólo natural, como la necesidad de que los muertos no vuelvan a la vida.

En el segundo caso, que parece el más probable, Dios podría sobrenaturalmente cambiar la voluntad del condenado y entonces darle la visión bienaventurada.

De modo que en todo caso es necesaria la libre negación divina de ese don sobrenatural, y en eso consiste el castigo de la “pena de daño” activamente considerado en Dios.

Saludos cordiales
18/11/15 2:14 PM
  
Catholicus
Mucho ánimo Arráiz. Es vergonzoso lo que han hecho esos dos "amigos" en la radio, siendo que tienes TODO el Magisterio, comentarios papaples, la misma Biblia diciendo lo que dices tu.

Ellos solo tienen la triste realidad de querer agradar a un mundo que no desea "justicia" porque al parecer solo la desea para los demás, pero nunca para uno mismo y no le suena bien. Venden así la Palabra de Dios con "exégesis" tan absurdas como la de Zacarías.

Les da igual contrariar a San Juan Pablo y hasta al mismo Doctor Común.

Aquí te dejo por si quieres ilustrar un poco más a esos dos "amigos" indocumentados en la doctrina católica, el comentario de Padres y santos de la Catena Aurea de Santo Tomás.

Hasta cinco veces se habla con claridad del castigo infligido a Zacarías:

Lucas 18, 22
hjg.com.ar/catena/c396.html

Vergüenza para Radio María si también a ellos les llega la contaminación.
25/11/15 2:55 PM
  
Catholicus
San Juan Crisóstomo, homiliae 2, De incomprehens. Dei natura: Sobre la mudez de Zacarías:

Para que los vínculos de su impotencia generativa se trasladasen a las cuerdas vocales. No se le perdona por la consideración de ser sacerdote, sino que por el contrario, se le castigaba más, porque debía aventajar en la fe a los otros.

Dice "y he aquí", como si dijese: "En este instante". Pero considera la misericordia del Señor en lo que se sigue: "Hasta el día en que sucedan estas cosas". Como si dijera: cuando te demuestre lo que te digo con la realización de los hechos y conozcas que has sido castigado con justicia, entonces te sacaré de esta pena. Y manifiesta la causa de la pena cuando añade. Por lo mismo que no has creído en mis palabras, que se cumplirán a su tiempo, no atendiendo al poder de Aquel que me envió y a quien yo asisto. Si es castigado aquel que es incrédulo acerca de un nacimiento mortal, ¿cómo evitará el castigo el que rechaza el nacimiento celestial e inefable?
25/11/15 3:01 PM
  
Juan Sebastian Salazar
-----EDITADO------

JM: Intentar bombardear con insultos sólo demuestra que está desequilibrado mentalmente. Y que envíe tantos mensajes seguidos tampoco logra nada porque con eliminarlos tengo.
29/11/15 10:57 PM
  
luis alexis
Dice Feri del Carpo:
"además sólo hay reparación donde hay amor, Dios es justo, no vengativo, son cosas diferentes; por eso la reparación sí depende de la aceptación y ofrecimiento del castigado."

Romanos 12:19:
"Porque mía es la venganza dice el Señor."
10/12/15 5:05 PM

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