(Elnuevodiario/InfoCatólica) El fallo acogió un recurso de amparo contra el obispo de Cartago presentado por miembros de la Asociación Costarricense de Humanistas Seculares. ciudad vecina a San José y antigua capital de Costa Rica. En septiembre pasado monseñor Ulloa Rojas exhortó a los fieles en una homilía a no votar por candidatos "que niegan a Dios y defienden principios que van contra la vida, contra el matrimonio y contra la familia".
El tribunal electoral, que en Costa Rica es un poder autónomo del Estado, condenó también al obispo de Cartago "al pago de las costas, daños y perjuicios causados". "Con su actuación, el Obispo Ulloa cruzó la línea demarcada por el constituyente en el artículo 28", señaló el Tribunal en la sentencia. El artículo 28 de la Constitución costarricense prohíbe a los clérigos hacer propaganda política, si bien en ese país el catolicismo es la religión oficial del Estado.