Tribunal de Justicia de la UE: es legal prohibir llevar símbolos religiosos en el lugar de trabajo

Ante la consulta por el uso del velo islámico

Tribunal de Justicia de la UE: es legal prohibir llevar símbolos religiosos en el lugar de trabajo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que es legal que se prohíba a una trabajadora musulmana el uso del velo islámico en su lugar de trabajo, si la medida responde a una política de «neutralidad» religiosa y de convicciones que el empresario aplica a todos sus empleados.

(Agencias) La sentencia responde a una consulta del Tribunal de Casación belga sobre el caso de una recepcionista de confesión musulmana que, tras tres años en la misma empresa, fue despedida al anunciar su intención de acudir a su puesto de trabajo con el velo islámico.

La compañía alegó que está prohibido para todos los empleados llevar «de modo visible símbolos religiosos, políticos y filosóficos».

La empleada comenzó a trabajar en 2003 para la empresa, en la que regía una norma «no escrita» respecto a no vestir símbolos políticos o religiosos, y tres años después informó de su intención de llevar el velo islámico.

La empresa le informó de que «no toleraría» esa decisión y modificó su reglamento interno para incluir la prohibición para todos los trabajadores de llevar símbolos visibles de carácter religioso, político o filosófico.

El tribunal con sede en Luxemburgo ha concluido que la norma interna de una empresa privada que veta el uso de cualquier signo político, filosófico o religioso visible «no constituye una discriminación directa» por causa de religión o convicciones.

Sí considera que puede darse una discriminación «indirecta» en el caso de que la prohibición «aparentemente neutra» ocasiona una desventaja particular a quienes profesan una religión determinada o tienen convicciones concretas.

En este caso, el Tribunal ha matizado que tal discriminación indirecta puede estar «justificada objetivamente» si la medida responde a un régimen de «neutralidad política, filosófica y religiosa» en las relaciones de la empresa con sus clientes, y siempre que se aplique por medios «adecuados y necesarios».

Con todo, el TUE ha advertido en un segundo fallo emitido este martes que en ausencia de una norma interna que limite los símbolos, que un empresario responda al deseo de un cliente de no seguir siendo atendido por una empleada que lleva pañuelo islámico «no puede considerarse requisito profesional» y, por tanto, puede ser discriminación.

El segundo caso se refiere a una mujer de confesión musulmana que fue contratada por una empresa francesa tras un periodo de prácticas en el que ya portaba el velo islámico, pero fue despedida posteriormente al negarse a retirarse el pañuelo como le pidió la empresa tras la queja de un cliente.

A falta de un código interno previo, «sólo en muy contadas circunstancias» una característica vinculada a la religión puede constituir un requisito profesional esencial y determinante», ha advertido el Tribunal, ya que implica un requisitos de la naturaleza de la propia actividad profesional o su contexto y «no cubre razones subjetivas» como atender a los «deseos particulares de un cliente».

Comunicado de Lumen Dei

LUMEN DEI SE CONGRATULA DEL ARCHIVO POR PARTE DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 2 DE OVIEDO DE LA DENUNCIA PRESENTADA CONTRA MONSEÑOR SANZ MONTES 

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo ha archivado, mediante Auto de 09/03/2017, notificado ayer lunes  13/03/2017,  la denuncia presentada contra Mons. D. Jesús Sanz Montes, arzobispo de Oviedo, por la sra. Dª Sara Clotilde Bermejo Rodríguez y 164 personas más, todas ellas ex-miembros de Lumen Dei,  por la supuesta comisión de un delito de falsedad documental. La parte dispositiva del citado Auto es clara, en cuanto declara "que no se estiman acreditados los hechos objeto de la referida denuncia", procediendo, por tanto, a archivar la misma.

En Lumen Dei nos congratulamos vivamente una vez más del archivo de la causa penal, que se engloba dentro de otras muchas denuncias que la sra. Bermejo (que dice actuar en nombre de Lumen Dei, si bien no tiene representación ninguna de nuestra entidad, y está utilizando poderes antiguos derogados) y otras ex-miembros de la Asociación, están interponiendo en distintos juzgados de España contra nuestro Superior General, Comisario Pontificio nombrado por la Santa Sede.

Este Auto supone el comienzo del fin de la trama urdida contra Mons. Sanz, de la que se han hecho eco algunos medios de comunicación, que han aceptado de forma acrítica y sin prueba alguna las alegaciones efectuadas sin más por las denunciantes (a las que, con evidente engaño, denominan religiosas cuando son simplemente laicas). Con esta resolución judicial comienzan a ponerse las cosas en su sitio. Confiamos en que algunos medios de comunicación que hasta la fecha han difundido las noticias contra Monseñor Sanz de forma parcial y evidentemente manipulada, publiquen esta noticia por pura honestidad profesional. Es sorprendente que uno de ellos sea una agencia de noticias estatal que pagamos todos los españoles con nuestros impuestos, y que hasta la fecha no se ha preocupado de contrastar con nosotros lo que publica. Pedimos, pues, que, por mera deontología profesional, rectifiquen, y procedan a informar al público de lo que realmente está sucediendo.

En Nava (Asturias), a 14 de Marzo de 2017

 

 

 

11 comentarios

Fuenteovejuna
La sentencia del TUE de avalar la decisión de una empresa belga de despedir a una empleada por llevar velo islámico parece razonable, pero si esa medida empresaria fue tomada apoyándose en el reglamento interno que prohibe llevar a los empleados "cualquier símbolo político, religioso o filosófico visible" ya no me parece tan razonable, porque implica que tampoco ningún empleado/a católico/a puede ir a trabajar -por ejemplo- con una cruz al cuello a la vista de todos.
Si desde los remotos y gloriosos tiempos de la Cristiandad, mucho antes de que Europa se llamara Europa y de que en Europa se constituyeran las naciones o que los ciudadanos se llamaran ciudadanos, los cristianos siempre se identificaron orgullosamente llevando una cruz al cuello, ¿por qué ahora un pseudo Tribunal autocalificado pomposamente de "Justicia" se arroga el derecho de prohibirle a los cristianos que se muestren como cristianos en una nación históricamente cristiana?
Este es el triunfo horrendo de la Revolución judeomasónica a la que con tanto acierto se refirió el gran Jean Ousset, cuando al término de la II Guerra Mundial anticipó con espíritu visionario que los cristianos hemos quedado fuera de la ley, una profecía hace rato desgraciadamente cumplida, a la espera humillante de la Contrarrevolución que sólo Dios sabe cuándo llegará.
14/03/17 9:52 PM
Ricardo
Aunque imagino que muchos hermanos cristianos se alegrarán de esta decisión masónica por la inquina hacia el islam, yo como cristiano, católico, apostólico y romano, me entristece esta sentencia liberticida y antirreligiosa movida únicamente por el odio a Dios. Desean que nos ocultemos hasta tal punto que no se vean los símbolos externos de nuestra fe. Y apuesto que esta sentencia injusta no incluirá a los que lleven piercing o tatuajes y asquerosidades semejantes. Otro triunfo de las logias que dominan completamente las instituciones europeístas, que no europeas, pues Europa, la auténtica Europa, tiene un alma cristiana y no se entiende sin sus raíces cristianas.
14/03/17 9:57 PM
Alfonso Gerona Lérida
Bien, pues que a partir de ahora, en todos los colegios y universidades públicas de Europa se prohíban las vestimentas humillantes islámicas a las niñas y "jóvenas" musulmanas, y se ponga fin a la imposición musulmana de la ausencia de carne de cerdo en los comedores escolares y se ponga fin a la exigencia islámica del certificado halal en los comedores escolares.
14/03/17 10:59 PM
José Gonzalo, de Chile.-
Cuánta razón tienen los ingleses. De tan poco que sirve y ha servido la tan manoseada UE
14/03/17 11:12 PM
jorge
Más adelante terminarán prohibiendo llevar pantalones a los varones a fin de evitar discriminar a los transgéneros.

Así está la ridícula Unión Europea....para eso los europeos pagan impuestos, para financiar tremendo despropósito.
15/03/17 3:13 AM
Martinna
Me parece que ponerse un pañuelo en la cabeza sea islamico, de moda o folclórico no debería impedirse porque cualquiera se pone un sombrero y nadie protesta.
Entiendo que no se consienta el uso del burka porque oculta a la persona y no puede identificarse, por lo mismo podrían prohibir usar cualquier prenda de vestir que oculte la cara como los gorros llamados pasamontañas en las manifestaciones etc.
Se prohíben signos de identidad que no hacen daño a nadie, las empresas tienen sus logotipos, los partidos políticos sus siglas por todas partes, pero no les gustan las cruces que no agreden a nadie, los pañuelos, las ramas de olivo o las palomas... Parece que vale el poder económico, ideológico, político, sin embargo hay que prohibir cualquier alusión a las religiones aunque sean de paz o de guerra lo mismo que los otros poderes.
En lugar de prohibir símbolos que usen los medios para favorecer la convivencia y propagar La Paz entre todos que tanta falta nos hace.
15/03/17 9:00 AM
chico
En este mundo, todo lo resuelven los Tribunales. Ellos dicen y todos dicen "amén". Pero si hay gente inteligente, que sí la hay, tiene que pensar que Dios es El Juez, que da a cada cual lo que le corresponde, aquí y después de muerto. Y por supuesto a los jueces de la tierra a los primeros.
15/03/17 9:16 AM
Renzo
Lógico, se trata de una empresa privada, y del mismo modo que las hay en las que tienes que vestir con traje y corbata o que no aceptan tatuajes o piercings visibles, las hay que no quieren que se muestren símbología religiosa y/o política.
15/03/17 10:30 AM
Quico
Me parece una noticia de extremada gravedad; mucho más de lo que aparenta en una primera mirada: es la consagración legal de la prohibición de cualquier signo religioso que puedan llevar las personas en el ámbito laboral. A partir de ahora -y a no mucho tardar- si alguien lleva una cruz o una medalla en el trabajo le podrán exigir que se la quite bajo pena de despido aunque, por supuesto, no pasará nada si llevan propaganda o insignias de un sindicato al que tampoco pertenecen todos. La sana laicidad es que el estado no se identifica con ninguna religión pero puede colaborar con cualquiera de ellas; el insano laicismo (que por eso termina en -ismo y es un partid-ismo) consiste en perseguir con hostilidad cualquier manifestación religiosa siempre que se pueda. El pretexto hipócrita es que la religión debe ser "algo privado", ¡vaya concesión! Como que no podrían controlar el ámbito privado aunque quisieran, así que se ataca con saña todo lo religioso que no es privado poniendo el ademán hipócrita, educado y civilizado de que "cada cosa debe estar en su sitio". Por supuesto sus ideologías, sus sindicatos, sus discursos no son para nada "privados".
15/03/17 10:35 AM
Charo
Estos lo que en el fondo quieren es quitarnos el crucifijo o las medallas a los católicos.
15/03/17 11:59 AM
María
Miren yo no lo veo de extrema gravedad, estas señoras lo que querían es armar lío, y liantes los y las hay en todas las confesiones. Miren la gente normal trabaja, estudia, y se comporta, cada trabajo tiene un cierto modo de vestir, que no está escrito pero que el sentido común lo dicta y la inteligencia y el razonamiento de las personas está para algo.
15/03/17 12:40 PM

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